Miguel ¿Cuáles son las últimas modificaciones sobre el seguro de vida ley?
Hasta la fecha se han publicado dos normas que modificaron las reglas de aplicación del Seguro de Vida Ley.
La primera fue el Decreto de Urgencia N.º 044-2019, mediante su segunda disposición complementaria mencionó:
El trabajador tiene derecho a un seguro de vida a cargo de su empleador, a partir del inicio de la relación laboral.
Por lo tanto, las empresas deberán asumir como parte de sus costos laborales la contratación del seguro vida ley desde el inicio de la relación laboral (anteriormente esta obligación se iniciaba cuando el trabajador cumplía los cuatro años).
Por otra parte, a pesar de la norma antes mencionada, la obligación de contratar dicho seguro aun entraría en vigor hasta la publicación del reglamento.
Finalmente, el 10 de febrero se publicó el Decreto Supremo N.º 009-2020-TR que aprueba las normas reglamentarias del Decreto de Urgencia N.º 044-2019.
Lo que significa que lo mencionado por el Decreto de Urgencia N.º 044-2019 entró en vigencia a partir del 11 de febrero de 2020.
Seguro de Vida Ley
Miguel ¿Qué es el seguro de vida ley?
El Seguro de Vida Ley es un beneficio para el trabajador que se otorga de forma obligatoria por parte del empleador cuando se ha iniciado la relación laboral.
Miguel ¿A quiénes aplica esta obligación de contratar el seguro de vida ley?
El artículo 2 del Decreto Supremo 009-2020-TR menciona:
Tienen derecho al seguro de vida:
a) Los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten; y,
b) Los trabajadores de entidades y empresas del sector público sujetos al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728, Ley de Fomento del Empleo.
Miguel ¿También incluyen a las MYPES, por ejemplo una microempresa?
Es correcto, la norma menciona: independientemente del régimen laboral (incluye a los regímenes especiales).
Implementación del Seguro Vida Ley
La implementación se realizará gradualmente según los años que ha laborado el trabajador:
Miguel, actualmente, tengo 10 trabajadores con dos años de antigüedad ¿A partir de cuando tendría que contratar el seguro de vida ley?
Desde 11 de febrero de 2020, pero solo con los siguientes beneficios:
- Fallecimiento del trabajador a consecuencia de un accidente.
- Invalidez total y permanente del trabajador originada por accidente.
Miguel, si contrato un trabajador a partir del 15 de febrero de 2020 ¿Tengo obligación de contratar el seguro de vida?
Es correcto, el trabajador deberá contar con dicho seguro a partir del inicio de la relación laboral.
Miguel ¿Dónde adquirimos dicho seguro?
La norma indica que tiene que ser una empresa de seguros supervisada por la SBS.
Por ejemplo, algunas aseguradoras:
Miguel ¿Sería válido el seguro +vida Essalud en vez del seguro vida?
La respuesta es NO, por todo lo contrario sería un seguro alternativo que puede contratar el trabajador, lo antes mencionado se tipifica en el artículo 7 del Decreto Supremo 009-2020-TR:
La obligación del empleador de contratar el seguro de vida regulado por el Decreto Legislativo No 688, Ley de Consolidación de Beneficios Sociales, y sus modificatorias, es independiente de otros seguros de vida y/o de accidentes que, de manera facultativa, adquiera o haya adquirido el trabajador.
Registro Obligatorio de Contratos del Seguro de Vida Ley
Dentro de los 30 días calendario de suscrito el contrato de seguro y a través de la página web del Ministerio de Trabajo, el empleador deberá informar:
La Información contenida en el Registro Obligatorio de Contratos del Seguro Vida debe consignar en el registro la siguiente información:
- Datos de la póliza del seguro: compañía de seguros, número y vigencia de póliza.
- Información del Empleador: Registro Único de Contribuyentes (RUC), razón social y dirección domiciliaria.
- Información del Trabajador: nombres y apellidos, documento de identidad, fecha de nacimiento y sexo.
- Datos del contrato laboral: fecha de ingreso o reingreso, remuneración asegurable y tipo de moneda.
- Datos de los Beneficiarios: declaración de beneficiarios, nombres y apellidos, número de documento de identidad, grado de parentesco.
Descarga el manual del Registro de Contrato de Seguro de Vida Ley eb la pagina del MINTRA:
Responsabilidad Solidaria
La responsabilidad solidaria prevista en la norma sobre intermediación laboral y tercerización de servicios resulta aplicable, según corresponda, a la obligación de contratar la póliza del seguro y al pago de las primas; así como al pago directo del beneficio en caso de incumplimiento de estas obligaciones.
Miguel ¿Cómo se realiza el asiento contable del seguro de vida ley?
Conclusión
- A partir de 11 de febrero todo trabajador que inicia a laborar deberá contar con el seguro de vida ley.
Recomendación
- Esta semana empezamos el Taller Presencial: "Full Day Laboral 2023", donde aprenderás como calcular los principales beneficios laborales: gratificación, vacaciones y CTS, si deseas más información, te dejo este link: Full Day Laboral 2023.
Juan Riojas dice
Miguel, la prima de seguro vida ley debe figurar en la boleta de manera obligatoria.
Miguel Torres dice
Es correcto.
María Fuentes dice
Existe una manera de subir masivamente a los trabajadores en la WEB DEL MINTRA por el vida ley?
Giuliana dice
Hola tengo una consulta
Hay una mype que tiene 2 trabajadores y cada uno es part time quiere decir que ganan S/512.50, en ese caso es obligatorio el seguro o no se puede
Gyanina Cañari Torres dice
Si tengo personal que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo, también es obligatoria el seguro???
Miguel Torres dice
Es correcto.
Maritza dice
Al loguearme registrando mi ruc y contraseña me aparece un mensaje por lo cual no puedo registrar seguro de vida, los datos de su empresa no han podido ser obtenidos, por favor intente mas tarde
Miguel Torres dice
Problemas de la plataforma.
karina dice
Buen día, gracias por tu aporte, respecto al tema, quisiera que por favor me indiques ¿Qué pasaría si pasado los 30 días no declaro la POLIZA al Ministerio de Trabajo?, existe alguna infracción, alguna multa?, si es que lo tuviera, me podría facilitar la base legal por favor.
Melissa Ruiz dice
Buenas tardes, consulta si una empresa de regimen agrario contrata obreros que están 1 o dos semanas también es necesario contratarles el seguro?
Ana dice
Gracias Muy didactico.
En Julio ya tienen la póliza de seguro de vida. Recién enviaron el contrato del seguro en Agosto. Recién se regulariza el contrato a Mintra .Los trabajadores están en la planilla hace 2 años.
Tendre Multa ?
Miguel Torres dice
No, ya lo subsanaste.
Lourdes dice
Buenos dias Miguel
Quisiera saber como se modifica en la página de mintra la remuneración de un trabajador por renovación del contrato de seguro de vida ley.
Miguel Torres dice
No lo he probado, aunque la prioridad es subir la póliza.
Liz dice
Muy buena tu articulo Miguel, tengo la siguiente consulta la empresa donde laboro se tiene un contrato de manera anual, pero paga de manera mensual por ser empresa retail pero a la fecha no se ha declarado el contrato en el MINTRA mi consulta es, se tiene que registrar todos los contratos del 2020 o solo tengo registrar el ultimo contrato que va desde el 01 de Julio de 2022.
Gracias
Miguel Torres dice
Te recomiendo el último contrato.
Juan Montoya dice
Buenas tardes
Miguel
Ya saque el seguro vida ley pero recién va a estar vigente a partir de Enero 2022.
¿Tengo multa porque recién obtuve el seguro vida ley ?
¿Si lo declaro ante MINTRA y PDT PLAME en el mes de ENERO 2022 estaría subsanando la infracción ya que estoy cumpliendo con la obligación?
Gracias
Miguel Torres dice
Es correcto, no hay multa, dado que actualmente no hay trabajadores afectados.
JUAN MONTOYA dice
Buenas dias
Miguel
Pero esta planilla ya tiene trabajadores desde el 2017, aun asi se estaría subsanando la infracción ya que estoy cumpliendo con la obligación en este mes de Enero 2022 por lo que recien estaria vigente el Seguro de vida ley que no ha proporcionado la aseguradora
Miguel Torres dice
Claro, porque un motivo, al no morirse nadie, no hubo daño y por lo tanto es una infracción que puedes subsanar.
Maribel dice
Buenas noches, si un trabajador deja de laborar un 06 de diciembre, se tiene que declarar el seguro de vida ley en ese mes o ya no?.
gracias
Miguel Torres dice
Si claro.
Willy dice
Hola, dime, se contrata Vida Ley por los practicantes pre-profesionales y practicantes profesionales?
Miguel Torres dice
No, se contrata.
Alberto dice
Muy buenas las publicaciones muy instructivas muy didácticas.
muchas gracias
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Ker dice
Joven Miguel buenas tardes, para la declaración jurada de beneficiarios Vida Ley es necesario que las firmas sean notarialmente? Gracias de antemano por su respuesta
Miguel Torres dice
Consultalo con tu broker de Seguro o aseguradora del seguro.
Miguel James dice
Buenas tardes Miguel, una consulta tengo al Gerente es único como trabajador en planilla a partir del 08/03/2021, y recién en Agosto 2021 se ha contratado y se pago SEGURO DE VIDA LEY. Tendré multa?.
Miguel Torres dice
No habría infracción ya subsanaste la contingencia.
Luciana dice
Miguel, renovamos contrato con la misma aseguradora, la fecha de suscripción para la declaración al Mintra cual es? la del año anterior por ser renovación o la actual,
Muchas gracias por tus aportes, bendiciones
Miguel Torres dice
Es por cada póliza que vayas renovando.
Leticia dice
Miguel hola, tengo una pregunta, que pasa si he venido declarando vida ley en en PLAME pero no lo he declarado en en el MINTRA, si lo regularizo todos los meses no declarados en el portal, tendré alguna multa ?
Miguel Torres dice
No tendrías multa.
Gladys dice
Buenos días
Una consulta si tengo un trabajador con edad de 63 años esta obligado a tener seguro de vida ley, ya que todas las aseguradoras me indican que no se puede afiliar al seguro por tener mayor de 60 años.
Miguel Torres dice
Ten un cargo de lo mencionado, en caso de revisión de SUNAFIL puedes mostrar el cargo.
Luciana dice
Gladys, hice el tramite en Rimac Seguros por dos trabajadores que pasan los 63 años
Luis Parra dice
Hola Gladys, te puedo ayudar con el seguro Vida Ley hasta los 65 años.
Contáctame.
Diana dice
Hola!! Dos consulta. La declaración de beneficiarios tiene algún periodo de renovación. Es decir, el documento en físico.
La segunda pregunta es que, si el colaborador hace entrega de la declaración y al cabo de un tiempo renuncia, este documento debe ser devuelto al colaborador??
Muchas gracias.
Miguel Torres dice
No existe en las normas laborales dicha precisión, es más que todo procedimientos del seguro o bróker.
Zoraida dice
Gracias por tu aporte! Tengo un problema, intento registrar a 2 trabajadores extranjeros que tienen PASAPORTE, pero la pag solo acepta como Tipo de Documento al “Documento Nacional de Identidad” y “Carnet de Extranjería”, y no me permite registrar a esos 2 extranjeros. E llamado reiteradas veces al MINTRA y no responden
Miguel Torres dice
Si ya tienen contrato vigente, pueden cambiar su calidad migratoria y obtener su C.E.
Jacky dice
Hola Miguel, si he venido declarando en PDT PLAME el seguro vida ley, existe alguna sanción?
Miguel Torres dice
Si lo has venido declarando no hau sanción.
Jorge Hurtado dice
Buenos días consulta, el gerente que es el representante legal de la empresa y esta planilla actualmente tiene 72 años, hace dos años atrás el indico de manera expresa que para el no se le contrate el seguro de vida ley, la consulta es se le debe contratar de manera obligatoria dicho seguro de vida ley, o por su edad ya no es obligatorio ni factible
Miguel Torres dice
Debes contratarlo.
Javier Novca Marquina dice
Excelente explicación
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Rocío Medina dice
Miguel, lo que comentas no es del todo cierto. Las microempresas no están obligadas a contratar el seguro de Vida Ley. Es incompatible con lo regulado para el regimen especial Laboral: Ley 28015 que establece la obligación del Seguro Vida Ley para la Pequeña empresa solamente (no incluyendo a la Micro), y una norma general no puede prevalecer sobre una especial.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario.
Brenda dice
Buen artículo, muchas gracias.
Favor podrías sacarme de duda
Se contrató el seguro vida ley de todos los trabajadores en febrero, pero no se ha registrado al ministerio y tampoco se declaró en el PLAME, solo tendría que registrar en el ministerio y las futuras declaraciones plame colocar el seguro o corregir las boletas anteriores a su ves?
Agradeceré tu respuesta, buen día.
Miguel Torres dice
Te recomendaría lo mismo.
Carmen dice
Contratamos el seguro vida ley en febrero; aún no se ha registrado la póliza en el MINTRA. Los trabajadores ya renunciaron el 08/10/2020, incluso hemos suspendido el RUC por un año. Debo registrar la póliza de todas maneras en la pág. del MINTRA?. Muchas gracias
Miguel Torres dice
Es recomendable.
Adelina dice
Miguel, muy buen articulo
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Yuliana Villarreal dice
Buenas tardes
quisiera saber si sigue vigente el registro al mtpe de los trabajadores que cuentan con seguro vida ley.
Miguel Torres dice
Esta vigente.
Fatima Maria dice
Buenos días, tengo 7 trabajadores que ingresaron a laborar el 01/10/2020 pero han renunciado el 22/10/2020 es necesario contratarles seguro vida ley por esos días ya no están laborando.
Miguel Torres dice
Ya no tendría sentido.
Bereniz Escudero dice
Hola Miguel gracias por compartir la información
Una consulta en el caso que tenga trabajadores con licencia sin goce todo el mes y subsidiados
¿Se debe hacer algún pago correspondiente a vida ley?
Gracias
Miguel Torres dice
Si deberías hacerlo, aunque la mayoría de pólizas son anuales un solo pago.
Bereniz Escudero dice
Hola Miguel gracias por tu publicación
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Rubi dice
Hola buenos días , en mi caso contrate el seguro vida ley con la aseguradora MAPFRE por 3 meses de agosto a octubre, Mi consulta es si dentro de ese periodo registro a todos los trabajadores, y los que cesan en el mismo periodo, debo igual registrarlos en el mintra y enviar su contrato de póliza o ya no seria necesario.
Miguel Torres dice
Debes hacer lo que mencionas.
Flor de Liz dice
Hola Miguel, muchas gracias por el artículo de Seguro Vida Ley es muy didactico. Tengo una duda, si la empresa contratas a dos aseguradoras por el tipo de trabajador por ejemplo Mafre y Rimac, como podria registrarlo en el Mintra, he visto el manuel del usuario y sólo se puede registrar a una aseguradora. Gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Con registrar una ya estas cumpliendo con la norma.
Daysi Delgado dice
Estimado
una consulta , queria saber si es que esto sucede ahora pero intento buscar el archivo excel para poder cargar los datos de los trabajadores y subirlos a la pagina del MINTRA pero en realidad no se si le han dado de baja pero no lo encuentro por ningun lado, ha habido algun actualizacion?
20/10/2020
Miguel Torres dice
Hay un manual que puedes descargar desde la pagina del Mintra de como subirla póliza.
Luis Larios Martel dice
Una consulta, ya voy a contratar el seguro de vida ley pero tambien el seguro de essalud +vida ley, ya que los trabajadores cumplen mas de 4 años. Mi pregunta es necesario que el trabajador pague el seguro essalud +vida ?
Miguel Torres dice
No es necesario, pero si desean un seguro adicional pueden hacerlo.
Lucia dice
Buenas tardes, una consulta como registro en el PLAME el seguro vida ley, la póliza de seguro pacifico fue pagada por un año, ya que en el pdt solo figura por cada trabajador mensual tengo 9 trabajadores como saber la prima mensual de cada uno de ellos, la prima total es de 2,989.87 mas igv de 538.18. es necesario declarar mensual o una sola.
Miguel Torres dice
Se declara en forma mensual por cada uno de ellos, pídele el detalle a tu sectorista por cada trabajador.
Joana Narvaez dice
Estimado miguel es necesario colocar a los beneficiarios al momentos de presentarlos al ministerio del trabajo???
Miguel Torres dice
No tienes que colocar a los beneficiarios.
Alvaro C dice
Referente a Microempresa, aclarame, el DS 009-20TR dice todo regimen labora, tu incluyes al regimen especial de Microempresa , pero este es dado por una Ley , hubo alguna modificacion en cuanto a jerarquias de Ley, ¿un Decreto supremo puede sustituir o modificar una ley?, o estoy equivocado, gracias. espero tu aclaracion. y un reconocimiento a tu gran labor que haces en este blog,
Miguel Torres dice
No habido ninguna modificación hasta la fecha, aplica para todo tipo de régimen laboral.
Noemi dice
En conclusión todos los trabajadores con dependencia laboral tienen derecho a tener este seguro, sin importar su cargo? es decir así trabajen a el área administrativa, operativa, etc.
En caso que se informó esta disposición legal a los representantes de la empresa y hacen caso omiso, que medida sugieres tomar?
Miguel Torres dice
Es correcto, aplica para todos. Sobre lo segundo, no te puedo responder.
GREGORIO ROSALES QUEZADA dice
Deslindar responsabilidad por escrito, advirtiendo la infracciòn como falta grave, costosa, y la posibilidad de asumir la cobertura en caso de requerirlo
Mercedes dice
Buen dia MIguel, no puedo visualizar la constancia de presentación del seguro de vida, llamé al MINTRA y se corta, que puedo hacer ya que se ha grabado sin la información de un trabajador.
gracias
Miguel Torres dice
Puedes actualizar la información y obtener una nueva constancia.
María dice
Miguel, excelente información. Consulta: se puede registrar el contrato en la web del Mintra donde ya hay una versión anterior o tenemos que esperar que implementen la nueva versión? Ya pasaron los 45 días que dijeron para la implementación.
Miguel Torres dice
Esperar la nueva versión.
Sandy dice
Buenas tardes Miguel gracias por tu articulo, una consulta para poder hacer el registro en el MINTRA te solitan que adjuntes un contrato escaneado en PDF, que contrato es este?
Miguel Torres dice
Es el contrato de la póliza.
Carlos dice
Buenas Miguel y muchas gracias por tu respuesta.
una trabajadora esta en modalidad part time y recibe ademas de su basico movilidad supeditada a asistencia, tambien se incluye dicha movilidad para la remuneracion asegurable de Seguro de Vida Ley. Gracias
Miguel Torres dice
No se incluye.
Marialexandra Desiree Gutierrez Velásquez dice
Buenas noches
Unas consulta, respecto ala BI para el calculo de la prima , es el sueldo – descuentos de faltas y tardanzas o es sobre el sueldo sin los descuentos .
Miguel Torres dice
Es el bruto del trabajador. Normalmente se cotiza una sola vez y pagas la prima anual.
Nestor Cabezas Vega dice
Hola Miguel, consulta inmensa, ¿se puede hacer la carga masiva de la vida ley?
Miguel Torres dice
Te refieres al PDT PLAME, si claro.
Ramsey Rodriguez dice
MIguel, en caso no tenga a nadie a quien colocar como beneficiario, como debo presentar el documento que solicitan llenar? En blanco, pero notariado?
Miguel Torres dice
Lo puedes dejar en blanco, y ya luego tus beneficiarios (según la ley de herencia) harán los reclamos.
Emmanuel Vega dice
Estimado Miguel, existe algún plazo adicional para la declaración del mismo? tengo entendido que luego del 11 de febrero dieron 30 días.
Gracias.
Miguel Torres dice
No hay prorroga.
Sindy dice
Hola Miguel, en caso de una asociación (Iglesia) que paga a una persona por recibo por honorarios, tambien debe contratar el seguro de vida?
Jennifer dice
muy buena aportacion.
Miguel una consulta si a hoy 23/03/2020 no he contratado seguro vida ley tendría alguna multa ya que esta entro en vigencia desde febrero , gracias por tu respuesta
Miguel Torres dice
Te paso un artículo sobre el tema: multa por seguro de vida ley.
Karina dice
Hola Miguel, una consulta sobre el registro de la póliza del seguro de vida ley en página web de ministerio de trabajo, se tiene que hacer el registro anual, mensual o según los movimientos del personal (cese o ingreso) Gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Si la póliza es anual, una sola vez, pero deberás actualizar si agregar trabajadores o retiras.
Jadher Dominguez dice
Estimado buenos días,
hay un monto asegurable máximo de sueldo asegurable? estoy cotizando en rimac seguros y me indican que es S/ 9707, asi es en todas las aseguradoras?
Gracias de antemano.
Miguel Torres dice
Hola Jadher, es correcto, hay límites en el seguro.
Edgar dice
Miguel una consulta a cuanto asciende aprox. el costo para la empresa por empleado el SCRT y Seguro vida ley para un empleado que gana mensualmente 1.023.
Empresa régimen general y dedicada brindar servicio de Matto Eléctrico y Telecomunicaciones
Miguel Torres dice
Te recomiendo consultarlo con una aseguradora.
Jose Luis dice
Es necesario cada año entregar copia certificada de los beneficiarios a la empresa
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Joana Narvaez dice
Miguel tengo la misma duda si recién el seguro se aplica en marzo ay alguna multa?
Miguel Torres dice
No hay multa si lo subsana.
Lis Calle dice
Tengo un negocio y declaro el PDT como mype, solo tengo un trabajador en planilla que trabaja desde el año pasado, aún no he contratado el seguro de vida, lo haré en estos días, me corresponde de la multa? O hay un tiempo de regularización ya que es una norma reciente.
Miguel Torres dice
Si lo regularizas este mes no pagarías multa.
Liz dice
Hola Miguel
Buenas tardes es necesario hacer una declaración jurada de beneficiarios que sea certificada notarialmente. o se puede obviar este procedimiento.
Miguel Torres dice
Lo primero sería coordinar con la aseguradora si ellos tienen un formato o procedimiento, la mayoría pedirá que el afiliado se acerca a una oficina a notificar los beneficiarios.
Jesus Torres dice
Estimado Miguel si estoy en planilla en dos empresas, ambas empresas estarían obligadas a contratar el seguro de vida Ley.
Miguel Torres dice
Es correcto.
Erick dice
Hola Miguel los trabajadores de la empresa de transporte donde trabajo como chófer cuentan con 150 unidades o buses hay más de 300 persona que trabajan y no están en planilla y no cuentan con ningún seguro de salud solo el SOAT también está obligada la empresa ha tomar el seguro de Vida Ley.
Miguel Torres dice
Claro que sí, deberían tener el seguro de vida ley.
Jian dice
Hola, se considera muerte accidental, si sucede haciendo otra actividad y horario ajena al trabajo para el que fue contratado?. Gracias
Luis Marcos dice
Buenas tardes
Tengo una duda, Para la declaracion de los beneficiarios, es necesario solicitar a los empleados una carta simple legalizada ? o no seria necesario ?
Miguel Torres dice
Ellos mismo lo pueden regularizar acercándose a la aseguradora, o estos les envían unos formatos para que luego lo remitan.
Susan dice
Buenas noches, habra alguna plantilla en excell para asegurar a varios trabajadores en el seguro de vida ley.
Miguel Torres dice
Las aseguradoras te envían un formato en excel para que indiques los trabajadores asegurar.
Ana dice
Que pasa si el trabajador no tiene carga familiar (esposa e hijos), sus papas son fallecidos y solo tiene hermanos MAYORES de 18 años.
Quienes serían sus beneficiarios para el seguro de VIDA LEY.
Claudia dice
Si la ley se aprobó a mediados de febrero, necesariamente tiene que cubrir todo el mes de febrero pues en mi empresa la póliza está a partir de cuando la solicitaron el 26 de febrero ¿Habrá alguna sanción , multa ?
Miguel Torres dice
Debería hacer desde el 11/02, pero no habría multa en tu caso, dado que ya subsanaste el problema.
Davis dice
Entiendo que a partir de feb-2020 toda las empresas están obligados a contratar el seguro de vida, que pasa si por desconocimiento no considero este seguro en mi planilla, y recién lo considero ejemplo en agosto 2020, cuál seria la contingencia, gracias
Miguel Torres dice
Escribí un artículo sobre ello >> Multa por no contratar el Seguro de Vida Ley
Arturo dice
Hola miguel con respecto a las empresa que estan obligados en el sector privado hay una entrevista que hace una abogada laboralista en radio exitosa donde indica que están exceptuados las microempresas. eso es cierto agradecere tu aclaración y si eso tiene base legal
Miguel Torres dice
Si lees la base legal del artículo, no menciona ninguna excepción.
Pablo Casma dice
En marzo puedo contratar el seguro vida ley, por falta tiempo no pude cotizar gracias, tendría alguna multa.
Miguel Torres dice
No habría multa.
Orfa dice
Miguel, buenos dias.
como empresa que me recomiendas contratar una póliza mensual o anual ya que, se cuenta con 10 colaboradores.
Muchas gracias.
Miguel Torres dice
Anual, un solo pago y todos coberturados.
Flor Casamayor Barreto dice
Si un trabajador ingresó el 1 de febrero es obligatorio el seguro vida ley?
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Renzo dice
Miguel temgo 2 trabajadores en planilla hace un año 2019
es obligatorio que tenga mi seguro de vida ley , a partir de febrero-2020
Miguel Torres dice
Es correcto.
Susana dice
Miguel,
Una consulta, sobre la dinámica contable del seguro de vida ley, el gasto que se coloca en el asiento de planilla como aporte, no se duplica con la factura que nos va emitir la compañía de seguro.
Gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Simplemente no lo coloques en el asiento de planilla.
Medaly Liset dice
Buen articulo Miguel,mi consulta es si soy una microempresa y tengo 6 trabajadores en planilla y 4 estan por recibos por honorarios ¿tengo que contratar un seguro de vida ley para ambos o solo para planilla?
Miguel Torres dice
Solo planilla, salvo que los honorarios tengan un horario fijo, sueldo y subordinados, en ese caso todos deben tener seguros.
Stephany dice
Buenas tardes,
¿El Plame declarado en Febrero perteneciente a la planilla de Enero, se debe declarar el seguro de vida ley? o partir desde cuando se debe pagar el seguro y hacer su declaración.
Miguel Torres dice
A partir del periodo febrero que se hace en el mes de marzo.
Jaime garrido dice
Saludos Estimado Miguel:
Que pasa si recién una Empresa con 4 trabajadores, tramita su Póliza de Vida Ley recién en Marzo 2020? porque si tramito en el mes de febrero, recién la Póliza me la entregarían el 3 de Marzo o sea fuera de los 30 días calendarios para registro en el MINTRA,
Gracias por tu opinion
Jaima garrido
Miguel Torres dice
No habría ningún problema.
Carlos Haro dice
Estimado si yo tengo SCTR que es un seguro que da pensiones en caso muerte o invalidez debo contratar el seguro de vida Ley o en su defecto dejar de contratar el SCTR de pensiones ya que con el de vida ley lo tengo cubierto?. En caso pasara algo el trabajador cobra doble seguro por vida ley y por SCTR pensiones.
Miguel Torres dice
Tienes que contratar de igual manera el seguro de vida ley.
Víctor Timoteo dice
Hola Miguel, muy claro tu articulo, felicitaciones; consulta para poder registrar el vida ley en la “pagina del ministerio” de que manera se registra o en que pagina, gracias por tu pronta respuesta.
Miguel Torres dice
Hay que esperar un poco de tiempo para que este disponible.
Martín Castilla Torres dice
Buenas noches Miguel, en el caso de un colegio “jardín y primaria” los profesores dictan sus clases por horas, están obligados a estar dentro de vida ley?
Gracias saludos
Miguel Torres dice
Si es correcto.
Joana Narvaez dice
Estimado miguel , buenas Tardes si el trabajador genera recibos por honorarios, hace trabajos eventuales y no esta en planilla se le debe también ingresar en dicho seguro
Miguel Torres dice
Si son eventuales, no esta obligado. Muy diferente al trabajador que labora 8 horas, sueldo, subordinado y trabaja por honorarios.
Janet dice
Miguel. Tengo dos trabajadores que ya supéraron los 65 años. Las compañias de seguros se abstienen de emiitir poliza por ello. Como evito la falta. Gracias
Miguel Torres dice
Te recomendaría cotizar con otras aseguradoras.
Marilin dice
Buenas tardes, mi consulta seria: si la empresa ya cuenta con la póliza del SCTR es necesario también adquirir el SEGURO DE VIDA LEY?
Miguel Torres dice
Es correcto, es obligatorio.
John dice
Hola miguel, ¿cual es procedimiento para calcular el sueldo base para el seguro de vida ley, si tengo trabajadores con sueldos variables? ( comisiones y horas extras)
Miguel Torres dice
Te recomiendo colocar un promedio de comisiones de los últimos 12 meses (o meses que tengas a la fecha). En cada renovación de la póliza actualizaras la remuneración computable.
Jorge Luis Quezada dice
Miguel en caso de una empresa que sea regime especial o negocio personal y tiene 2a 3 trabajadores en planilla tambien contrataria este seguro
Miguel Torres dice
Están obligados a contratar el seguro.
Estevana dice
Hola Miguel, para una Micro empresa ¿Cuánto será el aporte mensual al seguro de vida por trabajador?.
Miguel Torres dice
Tienes que cotizar con una aseguradora.
Edgar Barreto dice
Cual es el tope del sueldo del trabajador para aplicar el porcentaje de la prima del Seguro Vida Ley
Miguel Torres dice
Esa respuesta te lo va dar la aseguradora donde cotices el seguro vida ley.
Patricia dice
Hola Miguel, consulta en la empresa donde laboro, contamos con seguro MAPFRE, pero el personal no se encuentra en planilla, se puede contratar el seguro de vida ley?. y como se realiza el proceso?. muchas gracias.
Miguel Torres dice
Te recomendaría cotizar con una aseguradora y ellos te responderán.
Andrea dice
Hola Miguel es obligatorio reflejar el importe mensual de la prima pagada vida ley, en las boletas de pago de los trabajadores todos los meses, asi como la declaración en el Plame.
Miguel Torres dice
Si es correcto, bendiciones 🙂
Miguel dice
Hola Miguel
Tengo contratado ya un seguro privado con mis practicantes , debería contratarles otro?
Y que sucede con mis trabajadores de modalidad Cuarta-Quinta que también los tengo en la Planilla, también deberán tener el seguro ?
Gracias
Miguel Torres dice
Es correcto, aplica para todos ellos.
Victor Alvarado dice
Buen articulo miguel, tengo una consulta ¿ para el sector de construcción también estaría obligado a pagar el seguro de vida ley, ya que según norma estipula que cuando una obra supera las 50 UIT esta obligada a pagarles el essalud + vida?
Miguel Torres dice
Si están obligados, es para todo régimen especial laboral.
Kenida dice
Buena explicación sobre el tema, se le agradece.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Yesenia dice
Buenas tardes miguel el seguro vida ley también se les otorga a los practicantes pre profesionales.
Miguel Torres dice
Es correcto.
Julissa dice
Hola Miguel, se puede contratar el seguro vida ley mediante un broker de seguros?
Miguel Torres dice
No, debe ser directamente con una empresa regulada por la SBS.
Roxana dice
Buenas tardes miguel, tengo una duda el seguro de vida ley es para trabajador que son fijas (estan en planilla), un pequeño grupo eventuales (no estan en planilla). O solamente para el personal de fijo(en planilla?
Miguel Torres dice
Se aplica para todos los trabajadores dependientes (vinculo laboral).
Melvita dice
Los empleadores que tengan trabajadores con mas de 4 años laborando ya deben tomar el seguro?, al igual de aquellos que tienen menos de 4 años a partir de cuando es la obligatoriedad?, muchas gracias por su repuesta.
Miguel Torres dice
La respuesta esta en el artículo.
Melvita dice
Hola Miguel buenas noches, mis consulta: Si el Seguro de Vida Ley sera sujeto de descuento al trabajador?, como son los pagos de dicho seguro, es mensual o anual por parte el empleador?.
Miguel Torres dice
El empleador contrata una poliza con una aseguradora.
Milagros dice
Buenas tardes
Gracias por el aporte, tengo una duda que pasa con los que incumplan y no paguen el seguro vida ley a sus trabajadores, generada una multa.
gracias por tu respuesta
Miguel Torres dice
Escribí sobre ello, te paso el artículo >>> Multa por no contratar el Seguro de Vida Ley
Carola dice
No se declara en plame, entonces cómo es que se les paga y cuánto por favor???…es micro empresa y en planilla mediante contrato por 3 meses…..gracias.
Miguel Torres dice
Se paga mediante una póliza de seguro con una aseguradora regulada por la SBS.
Carlos dice
Miguel: si solo tengo 5 trabajadores en planilla tendrán derecho al seguro de vida
Miguel Torres dice
SI es correcto, la obligación aplica desde 1 a mas.
Nora Gomez Cespedes dice
Gracias Miguelito, siempre un paso adelante!!! bendiciones.
Miguel Torres dice
Gracias, buenas vibras.
Elizabeth dice
Interesante Miguel, muchas gracias, por tus comentariso
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones, buenas vibras.
Cesar Ivan dice
Estimado miguel una consulta cuando tengo 5 trabajadores ya en planilla desde el 15 de agosto del 2018 tienen derecho a tener seguro vida ley , que pasa con los trabajadores que cada vez que le renuevo cada 3 meses , si no contrato algun seguro vida ley tendria alguna multa supongo que seria en una fiscalizacion , si no pago el seguro vida ley tendria alguna multa.
Miguel Torres dice
Si estarías obligado a contratar el seguro de vida ley.
Josè Augusto Cabrera Silva dice
¿Le corresponde seguro de vida a un trabajador eventual?
Miguel Torres dice
Si claro, el requisito es la dependencia (planilla).
Olga dice
Hay alguna tolerancia
Miguel Torres dice
No ninguna, desde el 11 de febrero es obligatorio.
Tatiana dice
Muy buen artículo, tengo una duda los practicantes pre profesionales que cuentan con su seguro salud de acuerdo a su norma aplicar, requieren contar con el seguro vida ley
Miguel Torres dice
Si claro.
Lugo Saavedra dice
Estimado Miguel
Y los del régimen de Contratos Administrativos de Servicios dónde el trabajador paga un seguro personal esta incluido en esta norma?
Gracias
Miguel Torres dice
En el caso de trabajadores del sector publico, solo los que se rigen por el DL 728.
Fiorella dice
Buenas noches , si tengo trabajadores que aún no cumplen los 4 años de servicio, estoy obligada a contratar el seguro a partir del 01/01/2021 o a partir de la entrada en vigencia del DS 009-2020 TR (que hoy entro en vigencia 11/02/2020)
Miguel Torres dice
A partir del 11/02 ya debes contratar el seguro, claro esta solo con dos beneficios.
Miguel Angel dice
Que pasa si no contrato el seguro de vida?
Miguel Torres dice
Asumes el pago de las indemnizaciones.
Lesly Flores dice
Hola Miguel
Genial Articulo
Una duda, si bien la vigencia es desde hoy 11 de febrero la adquision, existe algún tipo de tolerancia, o si o si la adquision debe ser de forma inmediata.
Miguel Torres dice
No hay tolerancia, la obligación es de inmediato, pero solo con dos beneficios.
James Mio dice
Gracias Miguel, interesante el artículo.
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones 🙂
Rosa Maria dice
Muy clara la explicacion Miguel, gracias.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Julio Gerardo dice
O sea si tengo contrato con una empresa que me brinda vigilancia (I. Laboral) y no contrata el seguro vida ley, ¿el solidario soy yo?
Buen artículo, gracias desde ya!!
Miguel Torres dice
Es correcto, tu empresa seria solidaria.
Elizabeth dice
Muchas gracias miguel mas claro no podía ser, bendiciones.
Miguel Torres dice
Gracias, bendiciones y buenas vibras.
Roxana dice
Buenas tardes miguel.- gracias por la publicación me sera de gran ayuda. Consulta donde laboro también de descuenta Es salud+Vida osea 5 soles. Es igual a Seguro Vida Ley.
Miguel Torres dice
Tienen la misma finalidad, pero Es salud+Vida se descuenta al trabajador.
Jessica Sosa dice
Muy buena explicación sobre el tema
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Cecilia dice
Miguel, buenas tardes, consulta por favor, también será obligatorio informar en el plame?
Miguel Torres dice
Se declara en el PDT PLAME.
Cecilia dice
Hola Miguel, hay algo que me tiene inquieta, con respecto al seguro de vida ley el cual menciona que el empleador debe de aportar a cualquier aseguradora, también es válido el Essalud Vida, el cual se aporta 5 soles mensuales? O es obligatorio aportar a alguna aseguradora. Gracias!!
Miguel Torres dice
Tienen la misma finalidad, pero no seria válido, dado que la norma menciona que dicho seguro debe tener la denominación de Seguro Vida Ley.
Lissete dice
El seguro +vida de EsSalud es válido para a este tipo de seguro,?
Miguel Torres dice
No sería válido, pero sería un seguro alternativo que el TRABAJADOR puede adquirir.
Rolando dice
Miguel estuve leyendo al Decreto Supremo 013.2013-produce , en su articulo 50, Se ha establecido expresamente que los trabajadores de pequeñas empresas
tienen derecho al seguro de vida a cargo de su empleador,. En este caso, los trabajadores y conductores de microempresas no tienen derecho a este.
Miguel Torres dice
El Decreto Supremo 009-2020-TR menciona en su artículo 2 la obligación para el sector privado, independientemente del régimen laboral (aplica a la Mypes, sector agrario, construcción civil, etc).
Eli dice
Hola Miguel, el seguro de vida ley también es para los trabajadores del hogar; gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Es correcto, también aplicaría para dicho régimen.
Anny dice
Hola. Miguel, el seguro de lida ley ? es lo mismo que essalud vida!, gracias de antemano,por la atención prestada
Miguel Torres dice
No es lo mismo.
Mila dice
Ya tengo claro q cuando un nuevo empleador ingrese ahora tendremos q pagarle su seguro.
Pero a los antiguos trabajadores como se hace tambien y desde cuando
Miguel Torres dice
En el artículo, respondiendo dicha pregunta.
Jaqui dice
Buenas tardes, es valido aportar al essalud vida?
Miguel Torres dice
No es válido.
Carmen dice
Hola Miguel, tengo personal con contrato de intermitencia, a ellos también les corresponde el seguro, pero tengo personal q viene trabaja 2 días por ejemplo y se va (sobre todo los nuevos) en ese caso contratar un seguro de vida el mismo día me genera mas trabajo y sobre todo no se si se quedara y ya tendría q pagar por un mes completo al seguro? en esos casos q podría hacer?, gracias
Miguel Torres dice
La norma indica independientemente la modalidad contractual corresponde el beneficio.
Mercedes Llenque dice
Buenos dias Miguel:
Se entiende que también aplica a los que prestan servicios por recibos por honorarios?
Miguel Torres dice
No aplicaría para locadores independientes.x
Daniel dice
Como siempre claro y conciso tus artículos, gracias.
Miguel Torres dice
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Andre dice
Buen articulo Miguel, Tengo una consulta ¿El seguro vida ley se declara en el PLAME? si es a si ¿Que casilla tendría que habilitar?
Miguel Torres dice
Se declara en el PDT PLAME.