El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 29498, de promoción a la inversión en capital humano, que flexibiliza las disposiciones del Impuesto a la Renta, con la finalidad de mejorar las capacidades productivas de los trabajadores y contribuir al fortalecimiento de la competitividad del sector productivo nacional. La norma regirá en 2011.
Así, se ha modificado la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de que los gastos y contribuciones que las empresas destinen al personal en el objetivo de brindarles servicios educativos, incluidos los de capacitación, puedan ser deducidos como gasto hasta por un máximo equivalente al 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio.
En consecuencia, las empresas para deducir el gasto por capacitación de sus trabajadores, conforme al artículo 37 de la Ley del IR, deberán acreditar que tal gasto es necesario para mejorar la productividad, que la capacitación está relacionada con el giro de la empresa y la labor que realiza el trabajador en la misma, que el gasto está facturado y registrado en los libros de la empresa.
Respecto a la exigencia de tener que capacitar a todos los trabajadores para deducir el gasto (requisito de generalidad), la nueva ley establece que dicho requisito debe evaluarse considerando situaciones comunes del personal, lo que no se vincula necesariamente con comprender a la totalidad de los trabajadores de la empresa, precisa un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima.
“De esta forma, se corrige parcialmente la actual exigencia de capacitar a todos los trabajadores –para deducir el gasto tributario–, por cuanto la decisión de capacitar a los cuerpos técnicos de la empresa, lo debe tomar siempre la gerencia de la misma, obviamente, cumpliendo con los requisitos que la ley exige para deducir un gasto tributaria”, añade el documento.
Reglamento y obligaciones
El gremio empresarial espera que el reglamento convierta a esta ley en una norma flexible que realmente incentive la capacitación y el perfeccionamiento de los trabajadores, aspecto fundamental para la competitividad y la productividad empresarial en una economía en creciente globalización.
La Ley Nº 29498 establece también que las empresas presentarán al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) un programa de capacitación de sus trabajadores con carácter de declaración jurada y sin costo alguno.
Diario Oficial El Peruano (19.01.2010), Sección Derecho, Pág. 14
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