• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foro
    • Contables
    • Laborales
    • Tributarios
  • Planes
    • Suscripción Mensual
    • Suscripción Anual
    • Suscripción Premium
  • Recursos
    • Contable
    • Laboral
    • Legislación
    • Tributario
  • Webinars
    • Contable
    • Laboral
    • Tributario
  • Mi Cuenta
Inicio » Incentivan capacitación laboral en las empresas

Incentivan capacitación laboral en las empresas

Publicado por Miguel Torres el 20 de enero de 2010Deja un comentario

El Poder Ejecutivo publicó la Ley Nº 29498, de promoción a la inversión en capital humano, que flexibiliza las disposiciones del Impuesto a la Renta, con la finalidad de mejorar las capacidades productivas de los trabajadores y contribuir al fortalecimiento de la competitividad del sector productivo nacional. La norma regirá en 2011.

Así, se ha modificado la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de que los gastos y contribuciones que las empresas destinen al personal en el objetivo de brindarles servicios educativos, incluidos los de capacitación, puedan ser deducidos como gasto hasta por un máximo equivalente al 5% del total de los gastos deducidos en el ejercicio.

En consecuencia, las empresas para deducir el gasto por capacitación de sus trabajadores, conforme al artículo 37 de la Ley del IR, deberán acreditar que tal gasto es necesario para mejorar la productividad, que la capacitación está relacionada con el giro de la empresa y la labor que realiza el trabajador en la misma, que el gasto está facturado y registrado en los libros de la empresa.

Respecto a la exigencia de tener que capacitar a todos los trabajadores para deducir el gasto (requisito de generalidad), la nueva ley establece que dicho requisito debe evaluarse considerando situaciones comunes del personal, lo que no se vincula necesariamente con comprender a la totalidad de los trabajadores de la empresa, precisa un informe legal de la Cámara de Comercio de Lima.

“De esta forma, se corrige parcialmente la actual exigencia de capacitar a todos los trabajadores –para deducir el gasto tributario–, por cuanto la decisión de capacitar a los cuerpos técnicos de la empresa, lo debe tomar siempre la gerencia de la misma, obviamente, cumpliendo con los requisitos que la ley exige para deducir un gasto tributaria”, añade el documento.

Reglamento y obligaciones

El gremio empresarial espera que el reglamento convierta a esta ley en una norma flexible que realmente incentive la capacitación y el perfeccionamiento de los trabajadores, aspecto fundamental para la competitividad y la productividad empresarial en una economía en creciente globalización.

La Ley Nº 29498 establece también que las empresas presentarán al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) un programa de capacitación de sus trabajadores con carácter de declaración jurada y sin costo alguno.

Diario Oficial El Peruano (19.01.2010), Sección Derecho, Pág. 14

Reciba estas noticias por e-mail

Temas: capacitacion

PRÓXIMO EVENTO: "CÁLCULO DE INTERESES LABORALES "

Invitarte este Viernes 15 de diciembre de 2023 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.

Barra lateral principal

PREGUNTAS SOBRE SIRE

Revisa más de 100 consultas sobre SIRE SUNAT realizadas por nuestros suscriptores en nuestro foro.

¡SI QUIERO!

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE SUNAT

BUSCAR

EVENTOS DEL MES DICIEMBRE

Dic 15
8:30 pm - 9:30 pm

Cálculo de Intereses Laborales

Ver calendario

WEBINARS DEL MES

gratificaciones diciembre 2023
Gratificaciones de Diciembre 2023
Laboral
tratamiento tributario consorcio
Tratamiento Tributario de Consorcios II
Tributario

RECURSOS EMPRESARIALES

Icono
Acta de acuerdo de Pago de Dividendos
33 KB 40 descargas
Icono
Régimen Laboral REMYPE
415 KB 59 descargas

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2023 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Estudio
  • Planes
  • Recursos
  • Contacto