Luego de que el Congreso dictara que el aporte de los trabajadores independientes a una AFP o a la ONP será “libre y voluntario” y ya no obligatorio, la pregunta que queda en el ambiente es si los descuentos que se realizaron desde el 1 de agosto hasta la fecha serán devueltos.
La norma aprobada hoy por el Congreso reza que “los aportes previsionales obligatorios que se cobraron en cumplimiento de las normas materia de derogación podrán ser devueltos o ser considerados para el reconocimiento del cálculo de la pensión a elección del trabajador independiente”.
Así, será potestad de los afiliados decidir si retiran o no de la AFP y la ONP el dinero que le hayan descontado hasta la fecha para un sistema de pensiones.
Ley por Ley
Melvin Escudero, ex intendente de AFP de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), señaló que, pese a que los fondos de las AFP son considerados intangibles por la legislación vigente y, por lo tanto, se pensaba que no serían devueltos, el escenario cambia con la norma aprobada hoy.
“Al ser una ley aprobada por el Congreso, del mismo rango que la ley del Sistema Privado de Pensiones que dicta la intangibilidad de los fondos de AFP, la devolución puede ser posible”, dijo.
Indicó que deberá ahora definirse cuál será el mecanismo para la devolución de los mismos.
Tal como está el texto aprobado por el Congreso, la devolución también se aplicaría a los aportes que se hicieron en agosto del año pasado, antes de que la obligación de aportar a un sistema previsional fuera suspendida por un año.
“Hay que esperar a ver qué hace Palacio de Gobierno. Si prospera el texto como está, entonces la devolución debería aplicarse a todos los descuentos que se hicieron amparados en la obligatoriedad de los aportes”, dijo Escudero.
Diario El Comercio (28/08/2014)
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