Las infracciones laborales que se pueden aplicar en materia de contratación de trabajadores extranjeros están tipificados en el Decreto Supremo Nº 019-2006-TR:
Infracciones Leves
Artículo 41
41.1 Los incumplimientos que afecten a obligaciones meramente formales o documentales, en materia de contratación de trabajadores extranjeros, siempre que no estén tipificados como infracciones graves.
4.1.2 No entregar al trabajador extranjero, en los plazos y con los requisitos previstos, copia de su contrato de trabajo autorizado por la autoridad competente.
Infracciones Graves
Artículo 42
42.1 No formalizar por escrito los contratos de trabajo celebrados con trabajadores extranjeros, con los requisitos previstos.
42.2 No cumplir con los límites a la contratación de trabajadores extranjeros, cuando corresponda.
Infracciones Muy Graves
Artículo 25
25.17 La discriminación del trabajador, directa o indirecta, en materia de empleo u ocupación, como las referidas a la contratación, retribución, jornada, formación, promoción y demás condiciones, por motivo de ascendencia nacional.
Artículo 43
43.1 Ocupar o contratar trabajadores extranjeros sin haber obtenido previamente la autorización administrativa correspondiente.
43.2 La presentación a la Autoridad competente de información o documentación falsa para la exoneración de los límites a la contratación de trabajadores extranjeros.
43.3 La contratación fraudulenta de trabajadores extranjeros.
Escala de Multas Trabajadores Extranjeros
La sanción económica en soles dependerá del tipo de empresa, infracción y número de trabajadores.
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.