Miguel ¿Qué es El Teletrabajo en Perú?
El teletrabajo es una forma especial de contratar los servicios de un trabajador.
Adicionalmente, se caracteriza por el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador, a través de medios informáticos, mediante los cuales se ejercen a su vez el control y la supervisión de las labores.
Miguel ¿Cuál es la base legal del Teletrabajo en Perú?
Esta nueva modalidad de contratación está regulada por dos normas legales:
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Características del Teletrabajo en Perú
Entre las principales características podemos mencionar las siguientes:
- Ser de carácter voluntario y reversible.
- Ser de forma temporal o permanente.
- Ser de manera total o parcial.
- Flexibilizar la distribución del tiempo de la jornada laboral.
- Realizarse dentro del territorio nacional o fuera de este.
- El lugar donde se realiza sé por decisión del teletrabajador, siempre que el lugar acordado cuente con las condiciones digitales y de comunicaciones necesarias.
Formalidad de Teletrabajo
El teletrabajo debe pactarse a través de contrato o convenio. Por razones excepcionales debidamente motivadas, el empleador puede implementar el teletrabajo de forma unilateral, así como revertir el teletrabajo previamente implementado. En este caso debe enviar una comunicación previa con un plazo mínimo de 10 días hábiles.
El teletrabajo es una modalidad que puede aplicarse de manera total o parcial, temporal o permanente.
Lugar donde se desarrolla el Trabajo
El teletrabajador es libre de decidir el lugar o lugares donde habitualmente realizará el teletrabajo y estos deberán ser informados al empleador antes del inicio de la prestación de labores.
En caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, el teletrabajador debe informarlo al empleador con una anticipación de 5 días hábiles, salvo causa debidamente justificada.
Equipos para el trabajador
En las instituciones y empresas privadas los equipos y el servicio de acceso a internet son proporcionados por el empleador. Cuando se acuerde que el teletrabajador aporte sus propios equipos y el servicio de acceso a internet, estos son compensados por el empleador, salvo pacto en contrario. En cualquiera de los casos se compensa también el consumo de energía eléctrica, salvo pacto en contrario.
Lo dispuesto en el párrafo anterior no es aplicable a los empleadores de la micro y pequeña empresa inscrita en el Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (Remype), salvo acuerdo expreso en contrario.
Beneficios Laborales del Teletrabajo en Perú
Los beneficios laborales son los mismos que un trabajador de la actividad privada que labore de manera presencial.
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Por lo tanto, le corresponde los mismos derechos y obligaciones (licencias, subsidios, gratificación, etc).
Tiempo de Jornada Laboral
El tiempo máximo de la jornada laboral del teletrabajador es el mismo aplicable al trabajador que labora de manera presencial.
Por otra parte, las exclusiones que se aplican al tiempo de la jornada laboral máxima de trabajo o de la prestación de labores, previstas en las normas que regulan la jornada de trabajo, se aplican también al teletrabajo.
Asimismo, las partes pueden pactar la distribución libre de la jornada laboral en los horarios que mejor se adapten a las necesidades del teletrabajador, respetando siempre los límites máximos de la jornada diaria y semanal, y sujetándose a las normas sobre duración de la jornada laboral.
Finalmente, en las instituciones y empresas privadas, las horas extras que labore el teletrabajador, después del tiempo de la jornada laboral o labore durante los fines de semana o feriados, deben ser reconocidas por el empleador conforme a ley. La realización de horas extras siempre es a solicitud y consentimiento del empleador.
Desconexión Digital
El teletrabajador tiene derecho a desconectarse digitalmente durante las horas que no correspondan a su jornada de trabajo.
Dicho derecho garantiza gozar de tiempo libre con motivo de un descanso, incluye las horas diarias de descanso fuera del horario de trabajo, el descanso semanal obligatorio, el período vacacional anual, las licencias por paternidad y maternidad, y las horas de lactancia, así como los permisos y licencias por accidentes o enfermedad, y otros.
Seguridad y Salud en el Trabajo
Las condiciones específicas de seguridad y salud en el caso de teletrabajo se sujetan a la Ley Nº 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su reglamento, en lo que corresponda.
Modelo de Contrato de Trabajo Teletrabajo
Para la contratación del teletrabajador se utilizan todas las modalidades de contratación.
El contrato o convenio de teletrabajo deberá incluir el siguiente contenido mínimo:
- Las obligaciones del empleador.
- Los derechos y obligaciones del teletrabajador.
- Las medidas de protección contra el hostigamiento sexual en el teletrabajo.
- Las medidas de seguridad y salud en el teletrabajo.
- Las medidas de seguridad de la información.
- En caso de provisión de equipos tecnológicos, el detalle de las medidas de seguridad y periodicidad de mantenimiento.
- Ajustes razonables implementados en el caso de trabajadores con discapacidad.
Descargar Modelo de Contrato de Teletrabajo
Conclusiones
- El Teletrabajo en Perú es una alternativa para contratar trabajadores, en especial para empresas nuevas que no cuentan con un establecimiento.
- Una opción para cumplir con la cuota de trabajadores con discapacidad.
Recomendación
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howard.rincon dice
Estimado Miguel,
Consulta he estado leyendo que a los efectos del trabajo remoto creado por estado de emergencia del COVID, el mismo venció el pasado 31-12-2022, y se ha extendido hasta el próximo 25-02-2023 según INFORME TÉCNICO N°-2022-SERVIR-GPGSC en resumen, ¿existe la figura para poder seguir los colaboradores en trabajo remoto, o mixto? Agradezco tu percepción al respecto.
Luis Pillaca dice
Consulta, tengo entendido que los contratos a domicilio se registran en la web de sunat, ¿EL contrato de teletrabajo se registra en la web del MINTRA?
Miguel Torres dice
No es necesario.
Beatriz L dice
Muchas gracias Miguel por el aporte, solo una consulta adicional en caso el empleador reembolse de manera voluntaria los gastos de servicios ya sea de internet o energía eléctrica, cual sería el sustento para respaldar el gasto ya que ante un fiscalización la Sunat probablemente podría objetar.
Miguel Torres dice
Clausula en el contrato donde el empleador asumirá dichos gastos.
Patricia dice
Hola Miguel, respecto a los planes de internet q paga el empleador para el teletrabajador, estos como se declaran en la boleta? como condición de trabajo? qué pasa si el trabajador tiene un plan familiar de internet y el empleador asume lo equivalente a un plan básico, sigue considerándose como condición de trabajo?
Gracias.
Miguel Torres dice
Es correcto, es condición de trabajo.
Martha dice
Muchas gracias por todos los temas compartidos, una consulta, qué pasará con las declaraciones mensuales? que ya tocarían para muchas empresas, ya que si no estamos yendo al trabajo se hace complicado.
Gracias .
Miguel Torres dice
La SUNAT publicará la prorroga.
Melina dice
Gracias por el aporte.
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Karla dice
Una consulta, se puede hablar de contrato bajo la modalidad de teletrabajo siendo la empresa extranjera o debe ser bajo otro tipo de contrato?
Miguel Torres dice
Si es correcto, es una opción valida para contratar a un trabajador.
Patricia dice
Miki, excelente aporte, saludos, buen fin de semana
Miguel Torres dice
Muchas gracias, buen día.
Margaret dice
Me parece un excelente articulo y muy informativo.
Miguel Torres dice
Gracias, que tengas un super semana.
Angela dice
Interesante siempre ilustrándonos, grandioso…¡¡¡¡
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Cesar dice
Muy interesante el aporte Amigo Miguel, gracias.
Miguel Torres dice
Gracias, good weeek.
Wílmer LópezSantos dice
interesante el aporte Miguelito, gracias.
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
César López Alvarado dice
Gracias por el aporte, muy interesante los detalles.
Miguel Torres dice
Super, que tengas una buena semana.
Victor L. Jara S. dice
Hola Miguel T. saludos, por la noticia, muy excelente, estare en espera de nueva noticias, y que se debe de hacer para conseguir este tipo de chamba.
Miguel Torres dice
Gracias, buena suerte.
Lourdes Marina Aniceto dice
Mi estimado Miguelito muchas gracias por la noticia de verdad muy novedoso porque yo soy madre asi tendria mas tiempo para dedicar a mis hijos que tanto me necesitan trabajaria desde mi casa.
Miguel Torres dice
Gracias, te ayudaría mucho para tiempo con tus hijos.
Heidy Magdalena Vara Centeno dice
Que bueno que la SUNAT este interviniendo, porque había empresas que se aprovechaban de la necesidad de la gente, se que no debe afectar a la empresa ni al trabajador que a veces dejan hasta de estudiar porque no le dan permiso, , yo logre estudiar en la universidad y trabajar en momentos libres hasta domingos y feriados en una oficina contable.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario 🙂
Rosa dice
Super Interesante Miguel gracias por compartir una nueva opción laboral.
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Carlos Augusto Eyzaguirre Falcòn dice
Hola Miguel: Me permitirías compartir este escrito con mis estudiantes del primer año de bachillerato internacional? Dicto el curso de Gestion Empresarial.
Saludos
Carlos
Miguel Torres dice
Pues claro que sí amigo, esa es la idea del blog, compartir 🙂
Ricardo dice
Me parece una buena opción de trabajo y sobre todo para los discapacitados que no puedan movilizarse o para los que lo hacen con dificultad
Miguel Torres dice
Es una nueva opción, gracias por el comentario.
Hedy Elizabeth Poemape Mendoza dice
Gracias Miguelito, excelente noticia, igual a España, cuantos peruanos nos veriamos favorecidos.
Miguel Torres dice
Gracias por el comentario, buen día.
Victor Hugo García Cevallos dice
Modalidad sumamente novedosa, te relato de manera sucinta mi experiencia en la Municipalidad Distrital de Castilla (Piura),en el Área de Tributación Municipal por la enorme sobrecarga procesal de documentación ya la Infraestructura, Personal y Medios Informáticos quedaban insuficientes. Esta modalidad laboral cubriría este vacío.
Saludos Miguel, feliz inicio de semana.
Miguel Torres dice
Es correcto, es una buena opción para cubrir puestos con mucha carga laboral y espacios reducidos de trabajo.