Conste por medio del presente documento, un acuerdo laboral de adelanto de vacaciones que celebran de una parte la empresa Noticiero del Contador SAC, con RUC Nº 20556106909, con domicilio en Pasaje Martir Olaya Nº 129 Oficina 1107 – Miraflores, debidamente representado por Miguel Torres Chauca, con DNI Nº 47589591, con domicilio en (…) a quien en adelante se le denominará EMPLEADOR y de la otra parte el Sr. Jesus Carraco Godoy, con DNI Nº 43988458, con dirección en (…) a quien en adelante se le denominará TRABAJADOR, conforme a lo siguiente:
Primero: El artículo 10 del Decreto Legislativo Nº 713 – Legislación sobre descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada – establece que “Por acuerdo escrito entre las partes, pueden adelantarse días de descanso a cuenta del período vacacional que se genere a futuro conforme a lo previsto en el presente artículo”.
Segundo: El TRABAJADOR solicita adelantar el goce de su descanso vacacional, el motivo obedece a razones estrictamente personales que me obligan a ausentarse temporalmente de mis laborales.
El tiempo de adelanto de vacaciones que requiero es de 15 días calendario.
Tercero: El EMPLEADOR conforme a su actividad empresarial está en disponibilidad de otorgar el adelanto de vacaciones en el mes de agosto de los corrientes, siendo que el trabajador se encuentra de acuerdo con este ofrecimiento.
Cuarto: El TRABAJADOR y EMPLEADOR de común acuerdo deciden establecer como oportunidad de descanso vacacional el mes de agosto del año 2021, cuya duración será de treinta (15) días calendario, desde el 01 de agosto de 2021 hasta el 15 de agosto de 2021, con el pago de la correspondiente de remuneración vacacional en el plazo de ley.
Ambas partes firman el presente acuerdo, a los 25 días del mes de julio de los corrientes, no habiendo mediado dolo, vicio o error en el mismo.
EL TRABAJADOR LA EMPRESA
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