El nuevo reglamento de multas laborales contempla topes máximos de sanciones para aquellos casos calificados de muy graves e insubsanables por la afectación a derechos fundamentales, como aquellos donde se encuentre evidencia de trabajo infantil o de trabajo forzoso.
En estos casos no procederán los descuentos y las multas podrán ascender a 50 UIT para la mype, 100 UIT para la pyme y 200 UIT para las que no sean mype, remarcó el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), al subrayar que este reglamento prevé descuentos de entre 50% y 90% en las multas que se le impongan a las empresas, siempre que opten por la subsanación oportuna del incumplimiento de las normas sociolaborales.
Dicho portafolio anotó además que la nueva tabla de sanciones e infracciones ha sido elaborada sobre la base de factores de razonabilidad y proporcionalidad, eliminando márgenes de discrecionalidad al establecer el monto preciso de la multa, en función al tamaño de la empresa, número de trabajadores afectados por la falta y gravedad de la infracción.
De tal modo que las empresas infractoras podrán conocer el monto exacto de la sanción en forma previa a la emisión de una resolución de multa, acotó el MTPE.
Diario El peruano (04/03/2014)
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.