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Inicio » PLE » ¿Cómo se paga la multa por Libros Contable?

¿Cómo se paga la multa por Libros Contable?

Publicado por Miguel Torres el 3 de febrero de 2021 98 comentarios

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Miguel ¿Cómo se paga la multa por libros contables?

Depende, del tipo de multa que desees pagar vinculada a libros contables.

Por otra parte, el tipo de multa que deseas pagar es independiente a la forma de llevado de libros contables.

Por ejemplo, el código de multa será el mismo si llevas libros contables manuales o Electrónico.

Código de Multa Libros Contables

Revisemos las multas mas frecuentes relacionadas a libros y/o registros contables para este ejercicio 2021.

Código Multa  Infracción Código Tributario
6031No llevar libros contables u otros registros exigidos.Numeral 1 Art. 175
6033No registrar ingresos, rentas, patrimonio, ventas, remuneraciones o registrarlos por montos inferiores.Numeral 3 Art. 175
6034Usar comprobantes o documentos falsos, simulados o adulterados, para respaldar las anotaciones en los libros de contabilidad.Numeral 4 Art. 175
6035Llevar con atraso los libros y registros.Numeral 5 y 10 Art. 175
6037No conservar libros y documentación sustentatoria.Numeral 7 Art. 175
6038No conservar los sistemas o programas electrónicos de contabilidad.Numeral 8 Art. 175
6075No exhibir los libros, registros que la Adm.Trib.solicite.Numeral 1 Art. 177
6094Presentar los estados financieros o declaraciones sin haber cerrado los libros contables.Numeral 9 Art. 177
6095Autorizar libros, registros vinculados a asuntos tributarios sin seguir el procedimiento establecido.Numeral 14 Art. 177

Nota: La multa minima no podrá ser menor al 10% de la UIT ni mayor a 25 UIT.

Pago de Multa

El pago de la multa lo puedes realizar por dos formas:

  • Utilizando el Formulario 1662 Pago Varios
  • Utilizando la Clave Sol

En lo personal, la forma mas sencilla es por el clave sol.

Ingresamos al Formulario Virtual 1662. Posteriormente, colocamos el periodo tributario, tipo y multa.

Pago Multa Libros Contables

Una vez llenado los datos solicitados, procederemos al pago.

Codigo Multa Libros Contables

Miguel ¿Por qué se coloca el periodo Enero 2020?

Recordemos que, en caso de pago de multa por libros electrónicos, se pagara la multa más antigua, subsanada la infracción.

Por ejemplo: este es un ejemplo de pago de multa por atraso en libros electrónicos.

Recuerda: La multa por atraso para libros electrónicos es 0.6% IN (ingresos anuales del 2020).

Pago de Multa 2021

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98 comentarios

  1. KATIPSA dice

    30 de enero de 2023 a las 8:31 pm

    Buenas noches Miguel, una consulta estoy en Regimen Especial tengo ingresos desde año 2016 y recien voy a legalizar en este año 2023 . cuanto seria la multa? como seria el calculo, intereses y la rebaja. gracias

    Responder
  2. Abigait dice

    2 de noviembre de 2022 a las 11:38 pm

    Buenas noches, tengo una consulta, la empresa inicio sus actividades en marzo del 2021, en el mype pero no se han legalizado libros, y ha llegado un requerimiento de Sunat solicitando reg vtas, compras y diario simplificado, en este caso aparte de la multa por no llevar registros, desconoceran el credito del igv desde marzo hasta octubre de este año?

    Responder
  3. nataly dice

    12 de septiembre de 2022 a las 10:31 am

    Buenos dias quisiera saber cual es el limite máximo de atraso de los libros de compra y venta ya que tengo mi empresa y estoy en RER pero se terminaron y quise legalizar el 2 tomo y lo legalice el día 12 de febrero del 2022 y el libro 1 tomo se quedo con el mes de noviembre 2021, tengo muchas dudas si quizás incurro en multa. Porfavor si me podría aclarar esta duda.

    Responder
  4. Omar Tello dice

    6 de mayo de 2021 a las 10:53 am

    Tengo una empresa en el régimen especial desde 2018 y no legalizo libros contables, la multa es el 40% de UIT de este año???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 4:48 pm

      Es 0,6% de los IN, solo aplicas 40% UIT cuando no tienes ingresos.

  5. Yessica dice

    3 de febrero de 2021 a las 8:30 pm

    Hola Miguel,

    una consulta, soy del RMT compré en noviembre 2020 una lap top pero no tengo libro de activo fijo, igual tengo multa?, puede llevarlo de manera electrónica?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2021 a las 12:23 pm

      No tienes multa por ello, para una empresa nueva del RMT, solo deberias tener RC, RV y LDS.

  6. Bernardo Castilla Ruiz dice

    20 de octubre de 2020 a las 4:41 pm

    Buenas tardes Miguel, yo estoy en el NRUS, me llego una carta inductiva, pidiendo que me pase al régimen general desde Enero 2019, y legalice mis libros de compras, ventas y libro diario simplificado en Julio 2020, cual es la multa que debo pagar por legalizar fuera de fecha y con que periodo. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2020 a las 9:35 am

      La multa es 0.3% IN.

  7. Isa dice

    24 de mayo de 2019 a las 3:05 pm

    Buenas tardes una pregunta saque ruc en agosto 2018 y hasta el día de hoy mayo 2019 no e facturado hay multa en el caso de libros contable ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de mayo de 2019 a las 12:20 pm

      Te recomendaría realizar un cambio de inicio de actividad.

  8. Violeta dice

    8 de mayo de 2019 a las 9:11 pm

    Miguel buenas noches. Tengo un contribuyente que le notificaron con una esquela por ventas omitidas 07 a 12 2017. Pertenecía al RNUS CAT. 2 . y por lo seis meses se regularizará en el Mype . Tomo en cuenta los IN DEL SUS para la multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de mayo de 2019 a las 12:44 am

      Tienes que sumar los IN + Ingresos del RMT.

  9. Cesar Garcia dice

    3 de mayo de 2019 a las 10:54 am

    Hola Miguel, que pasa si una empresa no cuenta con libros contables impresos (libro diario y mayor), e inicio actividades en el 2011. no existen legalizaciones notariales. En el 2018 se solicito la legalización de apertura de libros. a cuanto asciende la multa, si fuera el caso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de mayo de 2019 a las 11:48 am

      La multa es 0.3% in con una rebaja de la 90%.

  10. Geraldine dice

    15 de junio de 2018 a las 12:42 am

    Hola Miguel, en mi caso no legalice desde febrero e inicio sus opreaciones en 2017 en enero que gradualidad y porcentaje para calcular su multa estipularia… Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2018 a las 12:41 pm

      La gradualidad es la misma 90% si es voluntario, sin haber sido notificado.

  11. Miguel Torres dice

    9 de marzo de 2018 a las 5:41 am

    Si puedes legalizar, la multa es 0.3% IN, con una rebaja del 90%.

    Responder
  12. Julio dice

    24 de diciembre de 2017 a las 8:37 am

    Hola Miguel, inicie mis actividades agosto del 2016 como Regimen Especial, no legalice libros, posteriormente me pase RMT, como calculo la multa?. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de diciembre de 2017 a las 1:07 am

      En base a tus ingresos del 2017, si pagas la multa en el 2018.

  13. Heberth dice

    21 de diciembre de 2017 a las 11:56 am

    Inicie mis actividades en 02 de octubre del 2017 y recién voi a legalizar el día 22 de diciembre estoy en RMT y soy persona natural con negocio. Tengo Multa, y si la tengo hay rebaja?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 11:12 pm

      Si iniciaste con el RMT no tendrías multa por pagar solo por este ejercicio.

  14. Doris dice

    16 de diciembre de 2017 a las 12:24 pm

    Miguel inicie mis actividades en noviembre 2016 y legalice mis libros en noviembre 2017, como debe calcular la multa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 2:58 am

      Según los IN del 2016, con una rebaja del 90%.

  15. Katerin Guisela Chávez Vásquez dice

    13 de noviembre de 2017 a las 11:00 pm

    Buenas noches sr. Miguel tengo una consulta, inicié actividad él 25 de octubre del 2017 y recién hoy 13 de noviembre del 2017 mande legalizar mis libros de compra y venta, y la fecha para pagar a la SUNAT es el 15 de noviembre tengo alguna multa por esto??? Y si es así como hago para pagarlo …le agradeceré su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de noviembre de 2017 a las 7:34 am

      Si estas en el RMT, no tienes multa.

  16. Stefany Enciso dice

    23 de octubre de 2017 a las 9:07 am

    Hola Miguel,
    Mi consulta es que estando en el Regimen especial desde abril y empezando a tener operaciones en el mes de julio, hasta la fecha no legalizo mis libros de ventas y compras. Cómo seria el tratamiento y el orden, legalizo mis libros y luego pago la multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2017 a las 6:29 am

      La multa 40% de la UIT, rebaja 90%.

  17. Luis Ramos dice

    12 de septiembre de 2017 a las 6:45 pm

    Buen día; si pago la multa por retraso de libros el día de hoy 12/09/2017 que periodo consigno en la guía de pagos? y tiene intereses esta multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2017 a las 10:19 pm

      Coloca el periodo de pago.

  18. Asly dice

    15 de agosto de 2017 a las 5:07 pm

    Hola: para junio 2017 reactive mi ruc en Reg. Especial, por no declarar me pasan al general, no se ha enviado el reg.comp-vta, cuanto seria la multa, si tuve movimiento en el 2016. pero se perdió toda información (pdt, backup, facturas, libros) que se puede hacer en este caso.gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2017 a las 1:31 am

      En este caso mejor da de baja RUC, y crea una empresa jurídica.

  19. Natalia dice

    8 de agosto de 2017 a las 10:07 am

    Hola Miguel buen dia mi empresa se cambio del RUS a Régimen Especial el 2017, y no se legalizo libros, quisiera saber cual es el procedimiento para pagar mi multa …. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de agosto de 2017 a las 2:41 pm

      El monto de la multa en ese caso seria 40% UIT con una rebaja del 90%.

  20. Catherine dice

    26 de julio de 2017 a las 11:01 pm

    Hola Miguel, mi empresa inicio actividades el 26 de mayo del 2017 por el nuevo régimen mype tributario, su primera venta y compras fue a partir del 12/06/17. Tengo multa?. ahhh mis ventas de junio fue por S/. 30,000
    Te agradezco de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de julio de 2017 a las 5:47 am

      No tienes multa, el RMT tienes exoneración de multa solo por este ano sobre atraso.

  21. Pamela dice

    6 de junio de 2017 a las 5:11 pm

    Hola Miguel, Buen dato, Una consulta en el caso de que se incurra en multa por atrazo de Legalización de Libros contables físicos, ¿Cual código debo utilizar para pagar la multa 631 o 635?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2017 a las 7:24 pm

      El código es 6035.

  22. Sonia dice

    5 de mayo de 2017 a las 7:58 pm

    Primero felicitarle por la gran labor profesional que realizas. Mi consulta es, de oficio la sunat me pone para registrar libros de ventas y compras electrónicamente desde el año 2015-01, sin embargo no lo hice. ahora me llegó una carta Informativa, que me encuentro omiso a la presentación hasta 2016-12. por favor me ayudas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de mayo de 2017 a las 11:42 pm

      Primero debes subsanar la presentación y luego pagar tu multa 0.3% IN.

  23. Jezer dice

    28 de abril de 2017 a las 11:52 pm

    Hola miguel torres, mi consulta es: Inicie mis actividades el (día/mes/año) 01/02/2017 y no tuve ventas ni compras y declare en cero para el mes de febrero; para el mes de marzo tampoco tuve venta ni compras y declare en cero; para el mes de abril tuve compras y ventas. Hoy 28/04/2017 legalice mis libros contables por primera vez. quisiera saber si ¿tengo que pagar alguna multa?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2017 a las 11:37 pm

      Si realizaste ventas o compras los primeros días de abril si lo tienes.

    • Erik dice

      16 de mayo de 2017 a las 5:07 pm

      Pero si inicio actividades en abril 2017, no tendría multa si legaliza el 28/04/2017, ya que aun no han pasado los 10 días hábiles siguientes que inicio actividades, corrígeme si me equivoco, gracias.

    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 3:44 pm

      En ese caso, no tendrías multa.

  24. Castro dice

    13 de febrero de 2017 a las 7:07 pm

    Miguel, no legalice hojas sueltas para diario, mayor, caja y bancos, inv.balanes y reg.de activos fijos para el año 2016. es una institución exonerada del I.R. y recién estamos legalizando dichas hojas. ¿cual es la multa, si los ingresos 2016 superan el millón?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de febrero de 2017 a las 12:04 pm

      La multa es 0.3% de IN, con una gradualidad del 90%.

  25. Carlos Enrique dice

    24 de enero de 2017 a las 5:19 pm

    Hola Miguel, por omisión no llevé libros contables desde que inicié actividades (abril 2011), recién los estoy legalizando hoy.

    El monto de mis IN 2016 es S/7,436.

    ¿Cuánto es lo que debo pagar (¿a qué se refieren con gradualidad del 90%? y ¿desde qué mes debo calcular los intereses?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 8:30 pm

      A dicho le aplicas el 0.3% IN, luego al resultado le aplicas el 90%. Pero existe multa minima que es el 10% UIT.

  26. Eduardo dice

    26 de diciembre de 2016 a las 4:18 pm

    Buenas tardes miguel, una consulta sigue vigente el plazo para legalizacion de libros de compras y ventas 10 dias habiles del mes siguiente y 3 meses para el libro diario actualmente??
    Saludos cordiales ,gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2016 a las 5:52 am

      Si es correcto, pero solo para libros físicos y computarizados.

  27. Alison dice

    21 de diciembre de 2016 a las 11:02 pm

    Hola Miguel, quiero regularizar mi libro de Ingresos y Gastos ya que soy independiente (Cuarta categoría), me han dicho que si regularizo todo solo tendría una sola multa, yo soy emisor de recibos desde el 2015, mi pregunta es desde cuando tendría que calcular los intereses. es la primera vez que voy hacer este libro. Saludos y gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de diciembre de 2016 a las 7:10 am

      Desde que se configura el atraso del libro de ingresos y gasto hasta el momento de la subsanación.

  28. Vanesa dice

    22 de noviembre de 2016 a las 8:18 pm

    Un favor como hacer el calculo de los intereses por el atraso del libro de ingresos y gastos .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de noviembre de 2016 a las 8:01 am

      Desde el día siguiente de vencido el plazo para la anotación hasta la fecha de subsanación. Tasa de interés 0.04%.

  29. Sintia dice

    22 de septiembre de 2016 a las 9:38 am

    Emití facturas electrónicas el día de ayer y hoy realizare la legalización delos libros contables, cuanto es la multa o que debo hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de septiembre de 2016 a las 1:51 am

      La multa es 03% de IN del ejercicio anterior o de lo contrario 40% UIT con una gradualidad del 90%.

  30. Enrique dice

    3 de septiembre de 2016 a las 1:00 pm

    Hola miguel. Mira legalice el libro de compras el 12 de agosto pero mi socio y yo olvidamos una factura x una compra que hicimos el 25 de junio. Aun no tenemos ingresos. Cuanto es la multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de septiembre de 2016 a las 7:36 pm

      La multa es 40% UIT con una gradualidad del 90%.

  31. Viviana dice

    23 de agosto de 2016 a las 6:28 pm

    Holas; queria saber si hice mi primera compra en 19 de julio de este año 2016 y recién legalice los libros el 15 de agosto, tengo alguna multa por pagar o no.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de agosto de 2016 a las 3:18 am

      Si tienes sanción.

  32. Cedrik Mateo dice

    10 de agosto de 2016 a las 11:34 pm

    Una consulta Miguel
    ¿Qué libros contables deberá legalizar un taxista que emite factura?? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de agosto de 2016 a las 12:41 am

      Depende del regimen tributario y su nivel de ingresos.

  33. Danna dice

    29 de mayo de 2016 a las 8:17 pm

    Buenas noches, tengo una consulta, yo inicié las operaciones de mi empresa el 10 del mes de mayo, quiero saber cuál es el plazo máximo para legalizar mis libros de compras y ventas. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2016 a las 12:05 am

      El plazo es antes de usar los libros contables.

  34. Isabella dice

    25 de mayo de 2016 a las 4:05 pm

    Hola Miguel , mira tengo un caso de libros legalizados fuera de plazo, tenemos una infracción en febrero del año 2015 por legalizar fuera de fecha que no pagamos, y tenemos en febrero de este año 2016 otra infracción por legalizar fuera de fecha, mi pregunta es si tenemos dos multas que pagar ? o sola una ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2016 a las 11:40 am

      Solo pagas una multa, y es en base a tus IN del 2015.

    • Isabella dice

      26 de mayo de 2016 a las 11:48 am

      Gracias Miguel, tus aportes son de gran ayuda, que siguen los exitos.

  35. Dany dice

    17 de mayo de 2016 a las 11:41 am

    Miguel, por favor orientame. Mi jefa ha constituido una empresa con fecha 01 diciembre 2015. Según escritura publica.
    Se ha declarado enero, febrero y marzo 2016, solo compras. Recién abril-2016 tuvo ventas. Los libros de actas y matricula de acciones se legalizaron en febrero 2016, pero los libros de registros contables aun no. Tengo aun plazo para hacerlo? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 8:58 am

      Ya estas con infracción, trata de pagar la multa aplicando la gradualidad, comunicate con sunat para más detalle.

  36. William dice

    17 de marzo de 2016 a las 2:47 pm

    Si mi ficha ruc tiene cono fecha de inicio el 26 de enero y yo legalice mis libros el 14 de marzo hay multa o no respondeme porfavor

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2016 a las 1:23 am

      Si hay sanción para el registro de compras y ventas.

  37. Alicia dice

    10 de marzo de 2016 a las 3:07 pm

    Buenas tardes, mira una empresa inicia sus compras en diciembre del 2014 en ese mes no tuvo ventas pero sus libros de compras y ventas recien fueron legalizados en enero 2015, tengo que pagar la multa y si es asi cuanto debo pagar, por favor respondeme

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de marzo de 2016 a las 10:27 am

      La multa por atraso es 0.3% IN, los libros contables debe legalizarse ante de su uso.

  38. Jessica dice

    9 de marzo de 2016 a las 12:01 pm

    Buenos Días, Es verdad que la multa por no legalizar los libros no debe ser menor a 10% de la uit, gracias Miguel!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2016 a las 12:06 pm

      Es correcto.

  39. Milton dice

    7 de marzo de 2016 a las 11:30 am

    Buenos dias: una consulta tuve una fiscalización el 03/03/2016me detectaron que los libros contables estaban legalizado fuera de plazo en distintas fechas y años y la fiscalizadora me puso multa por cada libros contable son mas o menos 4 multas. es correcto lo que me esta aplicando. saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2016 a las 11:39 am

      La multa solo es una por todos los libros.

  40. Marco dice

    4 de marzo de 2016 a las 7:32 am

    Buenos dias estimado.una consulta .yo inicie operaciones en 16 de diciembre del 2015. El 10 de enero del 2016 declare en cero , luego el 14 de febrero declare 1640 soles de compras tuve una venta el 22 de febrero de 250 soles que aun declaro en marzo.y ala fecha de hoy no e comprado ni legalizado libros .lo hare el dia de hoy.por favor ayudame cual el la multa que tendré gracias saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 11:43 am

      Puedes optar por esperar a que presentes la DJ ANUAL, para que tu multa sea 0.3% de IN del 2015 con una gradualidad del 90%.

  41. David dice

    18 de febrero de 2016 a las 2:36 pm

    Buenas tengo una consulta .
    estoy en el régimen especial mi inicio de actividad fue en setiembre 2014.
    pero no e legalizado hasta ahora los libros compras y ventas.
    quiero regularizar voluntariamente.
    quiero saber como calcular la multa.
    espero su respuesta .
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 5:49 am

      La multa es 0.3% IN con una gradualidad del 90%.

  42. Gerson dice

    15 de enero de 2016 a las 12:22 pm

    Amigo Miguel una consulta cuantos dias tengo del Nuevo periodo para volver a legalizar los Libros, y cual seria la multa si no lo realizo
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de enero de 2016 a las 12:36 am

      La multa es 0.3% IN del periodo anterior.

  43. Alex Idrogo dice

    15 de diciembre de 2015 a las 5:42 pm

    Amigo Miguel : una consulta, e legalizado los registro de ventas y compras con atraso, la multa es para cada registro o es una sola multa para ambas, gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de diciembre de 2015 a las 12:57 am

      La multa es solo una por todos los libros.

  44. Bertha Bardalez Aguirre dice

    14 de diciembre de 2015 a las 12:45 pm

    Buenos dias, una consulta: Una persona natural inicia sus actividades en enero del 2015, no legalizo libros hasta la fecha. Se que la multa es del 0.03% del IN del año anterior, en este caso no tiene. Como calculo la multa y los intereses y cual seriael codigo con el que pagaria. Gracias or la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2015 a las 2:02 pm

      En base al 40% UIT.

  45. Cindy dice

    27 de noviembre de 2015 a las 9:06 am

    Hola, buenos días, tengo una duda sobre los intereses, desde que fecha se computa, desde la fecha de legalización o desde el mes que se comienza a llenar el libro atrasado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 10:08 pm

      Desde la fecha que se empieza a llevar con atraso.

  46. Ignacio Ramos Yucra dice

    15 de noviembre de 2015 a las 4:29 pm

    Excelente ayuda.

    Responder
  47. Branco dice

    9 de octubre de 2015 a las 2:41 pm

    Muy buen artículo, siga así, felicidades !

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2015 a las 10:03 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  48. Veronica dice

    3 de julio de 2015 a las 6:07 pm

    Si la multa corresponde al 0.3% de los ingresos netos del año anterior, tiene régimen de gradualidad.? y en el caso que se haya terminado mi 1er libro R.C en el mes diciembre 2012 y recién he legalizado el 20 marzo del 2013 mi 2do libro y empece a registrar enero 2013. cuanto seria la multa? como seria el calculo, intereses y la rebaja. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2015 a las 10:38 am

      El calculo de multa es el que mencionas 0.3% de los IN y la gradualidad es el 90%.

  49. Miguel Torres dice

    10 de agosto de 2014 a las 8:39 pm

    Solo es una multa por ambos libros.

    Responder
  50. Jean dice

    10 de julio de 2014 a las 2:36 pm

    Una consulta, abrimos una empresa (regimen especial) en mayo, y mayo y junio declaramos cero compras y cero ventas. tengo la obligación de tener los libros legalizados? tengo multa por no tenerlos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2015 a las 3:53 am

      Es correcto, el atraso máximo de dichos libros es 10 días.

  51. Pilar dice

    2 de octubre de 2013 a las 8:51 pm

    Me ayudo mucho.

    Responder

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