Miguel, acabo de conseguir un nuevo cliente, me doy con la sorpresa que no tienen libros contables ¿Cuánto es la multa por no tener libros contables? ayúdame please.
No te preocupes, yo siempre ayudo a las chicas bonitas, además es una pregunta muy interesante.
Para responder tu pregunta: depende.
Miguel ¿De qué depende?
De la forma de llevado de los libros contables:
- Manual
- Computarizado
- Electrónico
Miguel ¿Cómo voy a saber eso?
Muy fácil, tienes varias opciones: en primer lugar, revisaría la ficha RUC, luego el historial del PLE 5.2.0.1 (para saber si han presentado algún libro y/o registro electrónico).
Multa por no tener Libros Contables
Toma mucha atención princesa, esta parte es muy importante:
En primer lugar, la infracción por no tener libros contables, esta tipificado en el numeral 1 del artículo 175 del código tributario:
Omitir llevar los libros de contabilidad, u otros libros y/o registros exigidos por las leyes, reglamentos o por Resolución de Superintendencia de la SUNAT u otros medios de control exigidos por las leyes y reglamentos.
Por otra parte, la multa es 0.6% IN, que se aplica para los todos los regímenes tributarios, excepto el Nuevo RUS.
Nota: La multa no podrá ser menor al 10% de la UIT ni mayor a 25 UIT.
Pero, no te preocupes, no pongas carita de niña triste. Existen dos formas de solucionar este problema: Técnica de Castigo o Reto.
Técnica del Castigo
Esta técnica consiste en legalizar los libros y/o registro contable ya sea de forma manual o computarizada.
Posteriormente, tendrás que subsanar la infracción, deberás ponerte al día. Finalmente pagar una multa equivalente 0.3% IN, con una rebaja del 90%.
Nota: La multa no podrá ser menor al 10% de la UIT ni mayor a 25 UIT.
Miguel, pensé que no tendría que pagar multa.
Bueno, por algo se llama: Técnica del Castigo = pagar tu multa.
Técnica del Reto
Por otra parte, esta técnica consiste en llevar los libros y/o registros de forma electrónica. Será un reto subsanar la infracción en forma electrónica.
Adicionalmente, al subsanar la infracción, sin que SUNAT te haya notificado, obtienes el beneficio de no pagar ninguna multa.
Miguel ¿Enserio no pago multa?
No corazón, te recomiendo leer el siguiente artículo donde explico la facultad discrecional:
Conclusión
- Si no tienes libros contables, se pueden subsanar de forma electrónica, omitiendo el pago de multa e intereses.
Recomendación
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JACQUELYNE dice
SOY UNA ASOCIACION, DECLARO CERO TODOS LOS MESES, TENGO EL RUC DESDE DIC DEL 2020, ESTOY EN EL MYPE TRIBUTARIO, ESTOY LEGALIZANDO RECIEN LOS 3 LIBROS CONTABLES, VOLUNTARIAMENTE QUIERO ACOGERME A PAGAR LA MULTA CON REBAJA…COMO LO HAGO, PODRIAS ORIENTARME..dE ANTEMANO MUCHAS GRACIAS
Francisco dice
Hola Miguel, tengo una duda porque en el cuadrito menciona que la multa es de 0.6% de los IN y tu mas abajo dices que la multa es del 0.3% ?
Lucerito Pamela dice
Hola miguel, la empresa es regimen especial fue creada en abril, sus ingresos empezaron el mayo, no legalice los libros contables lo puedo legalizar mañana estaría pagando alguna multa?
Miguel Torres dice
Estarías en multa.
Renzo dice
Hola miguel, una consulta mi empresa está en operaciones desde el 11/22 estoy en régimen especial, eh estado llenando mis libros contables , pero no sabía que había que legalizarlos, sigue vigente lo de la facultad discrecional? O como podría hacer para evitar la multa?
Renzo dice
Desde el 11/21 disculpa hasta la actualidad
Gladys dice
Buenas tardes, una consulta, una empresa envía libro diario y mayor de las cuales ayer me toco enviar del mes de agosto y me olvide enviar, de las cuales quiero saber cuanto es mi multa? porque hoy recién lo envié. Espero su respuesta gracias
Miguel Torres dice
Si lo subsanas no hay multa.
Milagros Huaringa dice
Miguel gracias por tu respuesta, fallecio el contador y una empresa tiene hojas continuas desde el año 2009 de legalizadas y solo hay impresas 71 hasta mayo 2011. No me va a alcanzar los folios hasta hoy 2021. Lei que respondiste que “Le daria preferencia a los 4 años ultimo, los otros años ya prescritos lo dejaria sin hacer”. Existe prescripcion de los libros? de cuantos años?
Miguel Torres dice
Es correcto, 5 años o la prescripción del tributo el que resulte mayor.
Jordy Vargas dice
Y qué hay con la multa de atraso en libros por los años qué están fuera de esos 5 años? Sunat podría emitir una orden de pago por esa multa?
Miguel Torres dice
No podría porque ya prescribió.
Evelyn dice
Hola miguel, mi consulta es como sunat se entera que no hice legalizar mis libros a tiempo o es que si voy tarde a legalizar la notaria es la que les pasa lo datos?
Miguel Torres dice
Cuando te lo solicite en una fiscalización.
Félix dice
Hola estimado,
Si inicié actividad en diciembre de 2020, pero solo he hecho las declaraciones; no he llevado libros contables.
Aún no he sido notificado por sunat. Debería llevar libros contables físicos o electrónicos?
Miguel Torres dice
Te conviene electrónicos.
Sabrina dice
Hola Miguel, gracias por tu aporte, tengo una pregunta, si tengo una empresa que inició actividades en 2019 pero no he legalizado los libros, si lo hago este año la legalización, tendré multa y cuanto seria, o puedo acogerme voluntariamente hacer libros electrónicos, tendré multa?
Miguel Torres dice
Te recomiendo ponerte al día con libros electrónicos para no pagar multa.
Fkciber dice
Es un cliente que constituyó su empresa 11/2019 Régimen Mype tributario, el mismo mes hizo unas compras las cuales fueron declaradas en diciembre y luego declararon la DJ anual con ventas 0 pero si incluyendo sus compras.
El problema es que no tienen libros, nunca los legalizaron, que solución puedo darle, gracias.
Pd. Todo el 2020 no tuve operaciones.
Miguel Torres dice
Llevalo en formato electrónico.
Nora Gómez Céspedes dice
Gracias Miguel por tus aportes tan importantes. Quisiera saber que libros son fundamentales cuando la Sunat lo solicita…que no sean prico. Muchas gracias
Miguel Torres dice
Los básicos RC, RV y LDS.
Consuelo dice
Gracias por tus aportes Miguel, si una empresa no tiene sus libros actualizados desde el 2012, puede actualizarlos desde los ultimos cinco años y pagar el 0.3% de IN o 10% de UIT.
Miguel Torres dice
Si son libros manuales si es correcto.
Luis L. dice
En el Régimen mype tributario se puede llevar libro de compras y ventas de manera electrónica y diario simplificado de manera física?
Miguel Torres dice
Es correcto.
Luz dice
Tengo libros contables diario y mayor físicos legalizados en la fecha indicada pero no he tenido tiempo de ponerlos al día, tengo la contabilidad en un sistema y preferiría legalizar hojas sueltas puedo imprimir desde noviembre 2017 hasta diciembre 2020, la base de calculo para la multa, seria los ingresos del 2017 calculando el 0.3 IN y se aplica gradualidad del 90%?
Gracias
Miguel Torres dice
La base de la multa seria ingresos netos del 2020 (si declaraste DJ), de lo contrario bajas al 2019, tienes rebaja del 90%.
Patricia dice
Estimado Miguel, de antemano gracias por tu respuesta.
En el 2009 inicio actividades, el 2015 se dio de baja su RUC, ahora en el 2019 deseo activar el RUC en este caso tendría que legalizar nuevos libros o continuar con lo que se dejo en el 2015.
Miguel Torres dice
Si es correcto, puedes legalizar nuevos folios.
Gisella dice
Hola Miguel, una consulta hay multa por resaltar el libro diario. Un asistente de la empresa resaltó 5 hojas del libro diario
Miguel Torres dice
No debería tener infracción por dicho acontecimiento.
Paloma dice
Buenas Noches una consulta una empresa inicio sus operaciones en el 2012 de las cuales hasta el año presente 2018 no con cuenta con libros contables; pero si ha realizado los pdt mensuales le pido su ayua en cuanto a como proceder que sancion o infracion esta incurriendo, cuanto seria la multa y el plazo para poder regularizar los libros contables. Agradezco su respuesta muchas gracias.
Miguel Torres dice
La multa por libros contables, solo sería una sola por todos los libros y ejercicios atrasados. Multa: 0.3% IN con una rebaja del 90%.
Marco Villarruel dice
Hola una consulta mi empresa inicio actividades en 2014, solo tuvo unas ventas, los años posteriores no hubo actividad mas no se dio de baja, recién en este año estoy empezando a reiniciar actividades pero no cuento con libros contables pasados. ¿ que sanción se aplicaría a mi empresa?. gracias por la respuesta.
Miguel Torres dice
Mientras no te notifiquen puedes subsanarlos, solo pagarías la multa por atraso. 0.3% de los IN, con un descuento del 90%.
Carlos Alberto García Quispe dice
Una consulta mas sobre ese caso en especial, si la renta anual es S/ 813, el 0.3% de esa cantidad solo seria S/ 2.439 , ahora mencionas arriba que la sanción no podrá ser menor al 10% de la UIT ni mayor a 25 UIT, eso quiere decir que tomaremos lo segundo en base a la UIT del 2016, que daría el monto de S/395.00, la rebaja aun se aplicaría, lo cual seria una multa de solo s/39.50, verdad?
Miguel Torres dice
La multa sobre libros electrónicos es en base a los Ingresos Netos, no sobre la Renta Anual. Pero tu procedimiento es correcto.
Issela Barroso dice
Buenos tardes miguel, una consulta: Inicie las actividades en setiembre del 2016 en el régimen especial hasta hoy 29/09/2017 no tengo libros contables, como calcularía mi multa para legalizar mis libros, le agradecería muchísimo, gracias saludos.
Miguel Torres dice
El 0.3% de los IN del 2016 (sumas tus ingresos desde 09/2016 – 12/2016).
Maria Sara dice
Hola Miguel quiero hacer una consulta , mi empresa inicia sus actividades julio del 2016, no tengo libros contables, estoy en general mi dj anual si se declaro quiero saber cuanto de multa tengo …
Miguel Torres dice
La multa es 0.3% IN (DJ Anual 2016), con un descuento del 90%.
Carolina Asencios dice
Una consulta Miguel, de mi folio de hojas sueltas en el Libro Diario quisiera anular unas hojas en blanco ya que están son insuficientes para imprimir el siguiente periodo y deseo imprimirlo en otro folio de hojas que tengo legalizadas, es posible esto?
Miguel Torres dice
Su puedes hacer eso.
Mirella dice
Hola Miguel, tengo un caso, si una empresa que inicia sus operaciones en enero 2017, pero se afilio voluntariamente a la PLE desde 26/04/2017, segun el cronograma de tipo A estaría con atraso y multa, cómo lo calculo, tambien quiero saber si se paga por cada libro o la multa es por ambos?
Miguel Torres dice
La multa es una sola por todos libros atrasados, en tu caso la multa es 40% UIT.
Katherine dice
Hola miguel una consulta mi empresa esta en R.G. con solo libros de compras, ventas y formato simplificado, en mi ficha ruc figura como inicio de actividades junio 2015 pero recién en mayo 2016 realice movimiento, mi pregunta es si tengo que imprimir desde el 2015 mis libros de compras y ventas a pesar que solicite la impresión de mis comprobantes en abril 2016.
Miguel Torres dice
Si es correcto, deberían estar los folios con la leyenda sin movimiento.
Shirley dice
Miguel, yo inicie un negocio en el reg. especial el 01/02/2016 y la ultima factura q emiti fue el 30/11/2016 y el 31/01/17 le di de baja temporal y el 23/04/17 le di de baja definitivo, ahora solo tengo mi ruc como persona natural sin negocio para emitir RHE. Dime ¿cuanto debo pagar de multa?¿podría subsanarlo?
Miguel Torres dice
Si diste de baja definitiva, significa que para Sunat no tienes multas, porque en ese momento debieron cobrarte.
Romina Paredes dice
Hola miguel, tengo una duda que pasaria si una empresa que recién se forma en el RE. emite una factura de venta pero aun no tengo libros (compra y venta) es decir no están legalizados aun … quisiera saber si se tiene alguna multa que pagar o que mas se podría hacer… gracias por tu respuesta
Miguel Torres dice
Si tienes multa, y debes pagarla aplicando un descuento de 90%.
Mariana dice
Hola Miguel, tengo una empresa que se ha constituido en Febrero pero a la fecha no a legalizado sus libros, cuanto es la multa y supongo la multa es por cada libro… por favor tu ayuda.
Gracias,
Miguel Torres dice
La multa es una sola por todos los libros, es igual al 40% de UIT, con una gradualidad del 90%.
Yenny dice
Hola miguel …por favor quiero que me ayudes en este punto .soy persona natural con negocio régimen especial este año en el mes de abril empece un pequeño negocio y hasta el momento no tengo libros contables ,quiero saber cuanto seria mi multa o como debería sacarlo ,necesito que me orientes en este punto por favor.
Miguel Torres dice
La multa 40% UIT y gradualidad 90%.
Christian dice
hola Miguel una consulta, saque el ruc de mi empresa en octubre 2015 pero puse en mi ficha ruc inicio de actividades en junio 2016, en el mes de marzo realizamos una pequeña compra no supera los 100 soles, no tenemos venta aun ya que estamos en producción,y bueno a la fecha no he legalizado mis libros, tengo multa por ello? tengo entendido que tengo 10 dias en abril?
Miguel Torres dice
En ese caso esa compra no seria valida, ya que tu inicio de actividades es Junio 2016, es más no deberias hacer movimiento después de esa fecha, a menos que hagas el cambio de actividades.
Susana dice
Hola Miguel, una consulta, una empresa que esta en el RG tiene como F/I de actividades en la ficha ruc el 20/01/2016 y ha presentado su PDT 621 para el periodo enero y febrero con monto cero, Y aperturado la cta. cte. de la empresa en soles con un monto de S/.500. y $ 15,000 ,pero hasta la fecha no ha legalizado sus libros, ¿ha cometido alguna infracción? agradeceria mucho una respuesta.
Miguel Torres dice
Mientras no los uses no hay problema, usar significa realizar una venta o una compra.
Rosario dice
Miguel una consulta si después de los 60 días no presente mi contabilidad de nuevo hecha que multa tendría. Ya hice la denuncia por pérdida y ya presente a mesa de partes. Ahora no puede rehacer la contabilidad porque mis clientes son de provincia y no puedo viajar.cual sería mi solución. Gracias.
Miguel Torres dice
La multa surtirá efecto si te han solicitado los libros, en ese caso se configura la infracción del artículo 177 del codigo tributario.
Roberto dice
Hola una consulta en caso de aperturar mi ruc en el mes de 01/03/2016 en el RUS emiti una boleta por un monto de 800 soles pero por motivos de emitir una factura de venta me cambie al regimen especial me cambie el 21/03/2016 pero sunat lo considero el 01/03/2016 en el regimen especial y mis libros contables fueron legalizados el 22/03/2016 mi pregunta es si voy ha tener alguna multa.
Miguel Torres dice
Los libros contables deben legalizarse antes de su uso (significa antes de emitir una factura o realizar una compra).
Lugo dice
Hola Miguel, tengo una empresa RG, los libros de ventas y compras se dejaron de hacer el 2012 que debo hacer para legalizar nuevos libros y que multa tendre por esto
Miguel Torres dice
Para legalizar los libros solo debes ir a una notaria, la multa es 0.3% de los IN.
Sharon dice
Hola acabo de iniciar un negocio el cual estoy en el régimen especial, me hice afecto el 24 de marzo del 2016 , pero por motivos de arreglos en mi local donde se iniciara el necio no cre tener ventas por que ya se acaba este mes , asi que mi pregunta es. ¿ si declaro mi pdt 621 en cero es necesario tener estos libros de compras y ventas e ingresos ? claro se que solo es para este mes.
Miguel Torres dice
No es necesario, pero si debes tenerlos legalizados antes de usarlos, tener en cuenta que no solo es venta, si no también el registro de compras.
Rosario dice
Hola Miguel una consulta tengo una citación en Sunat para presentar mis libros y todo sobre ventas y compras . que pasa si no me presentó ya que la contadora no lo tiene listo.
Miguel Torres dice
Tienes una multa que esta tipificada en el artículo 177 del código tributario.
Jessica dice
Hola Miguel, si inicie mis operaciones en el 2015 y declare o en todo el año, y en el 2016 tengo ventas y compras ,y lo subsano voluntariamente en el 2016, la multa seria 40% de la uit , segun el articulo 180 del parrafo 5 que mencionas . estoy en el regimen especial,muchas gracias!!!
Miguel Torres dice
Si lo subsanas de manera de voluntaria, no tienes que pagar esta multa, si no mas bien por legalización extemporanea. Si de voluntad propia subsanas quiere decir que ya tienes tus libros contables y ya los anotaste. La multa que si te ganarías es por legalización extemporánea porque si bien es cierto ya tienes tus libros pero no los has legalizado antes de usarse.
Angel dice
Hola amigo miguel,tengo una consulta, es sobre si una empresa tiene la obligacion presentar libros pero no lo hace dentro de los plazos establecido por sunat,esta en la infraccion de 0.3% de lo IN pero mi pregunta ¿es si la multa sera por cada libro omitido a presentar o por la totalidad de libros no presentado?
Miguel Torres dice
Es por la totalidad de los libros, pero existe actualmente una gradualidad del 100% si lo subsanas antes del 30 de junio.
Pamela Pizarro dice
Hola Miguel, El 06/01/16 activé mi RUC, estoy levando registo de compras, ventas y libro diario simplificado vía excel pero no he legalizo ninguna hoja, aún no he impreso ni legalizado nada.
En Enero sólo realicé compras y en Febrero recién tuve las primeras ventas. Debo pagar una multa por no haber legalizado aún las hojas? Cómo puedo regularizar esto para estar en orden. Pf oriéntame.
Miguel Torres dice
Tienes que legalizarlo y pagar la multa por legalización, 0.3% IN del ejercicio anterior (gradualidad 90%).
Angela dice
Buenos días, señor Miguel Tengo 11 años con mi RUC, empecé con el Nuevo Rus, luego me cambié al RER ya llevo 6 años, he realizado mis declaraciones y pagos, pero no legalice mis libros, cual sería la multa a pagar y que es lo que podría hacer para evitar la sanción, podría presentar una denuncia en la cual me han robado o pérdida de los libros. Gracias por tu respuesta.
Miguel Torres dice
Si puedes hacer eso, pero cuando informes a la sunat de la perdida de libros, te pedirá que detalles fecha y datos de la notaria que legalizo tis libros contables.
Fiore dice
Me ha llegado una notificación de.la sunat que me van.a revisar libros,compras ventas. Estoy em regimen especial he declarado mensual pero nunca legalice libros..cual seria la multa. Que pasa. Si hago denuncia x perdida de libros.
Miguel Torres dice
Bueno sunat, te va dar 60 días para que rehacer tus libros, tendrás que presentar en mesa de partes la denuncia por perdida detallando los datos de la legalización de los libros.
Mary dice
Miguel según lo consultado ella tendria que rehacer los libros de los ultimos 04 años o desde que se inicio sus actividades
Miguel Torres dice
Le daria preferencia a los 4 años ultimo, los otros años ya prescritos lo dejaria sin hacer.
Carla Paredes dice
Buenos Días, Miguel tuve una revisión de sunat y me observaron el no tener el libro de matricula de acciones, la empresa estuvo en el Régimen especial hasta setiembre del 2014, de ahí paso al Régimen Gral, inicialmente la multa se calculo sobre las vtas de mi declaración anual (oct. a dic), pero me envió un correo el fiscalizador indicándome que se debe calcular la multa sobre el resultado de sumar todas mis vtas del año, es decir de ambos regímenes, Es correcto eso? Gracias de antemano.
Miguel Torres dice
La multa se calcula sobre los IN percibidos, se entiende que es de todo el ejercicio, tanto como RER y RG.
Melanie Aleman dice
Buenas tardes Miguel. tengo una empresa del RG como persona natural con contabilidad simplificada, la misma que inicio operaciones en Enero 2015 y ha declarado en cero desde la fecha, pero en Mayo comenzo a pagar IR de 1ra categoria por Alquiler de un local, aun no cuenta con libros contables. A la fecha quiere poner al dia sus libros contables. A cuanto asciende la multa?
Miguel Torres dice
La multa sería por legalización extemporanea 40% UIT con una gradualidad del 90%.
Erikson dice
Miguel buenas noches.
yo saque mi ruc el 2014 y estuve en el régimen especial, de la misma manera como era principiante un amigo declaro un mes la renta mensual por mi persona y el coloco que pertenencia al regimen general y desde ahi estuve colocando con ese regimen, declare a la sunat siempre mis impuestos de igv mensual, pero nunca lleve libros contables solo hize mis cálculos en excel y siempre pagaba mis impuestos por igv mensual, ademas no presente mi DJ ANUAL del año 2014 y me llegue un comunicado de la sunat indicándome una inconsistencia para regularizar este tema de la declaración anual.
¿Que procedimientos debo realizar y de la misma manera que impuestos deberia pagar?, agradezco tu apoyo de antemano. Saludos
Miguel Torres dice
Muchos problemas juntos, para sunat tu empresa esta en régimen general por ende regulariza tu declaración jurada anual y luego puedes volver al régimen especial.
Omar dice
Sr miguel ,una consulta yo voy a tener ya 2 meses con mi empresa , estoy en el regimen especial y hasta la fecha no compre los libros contables , cual es la multa x pagar
Miguel Torres dice
En tu caso el 40% de la UIT, con una rebaja del 90%.
Abel Mendoza dice
Mi empresa esta en régimen especial se creo en octubre del 2014 pero no tuvo ingresos en ese año, recién en este año que tiene ingresos, la consulta es si estoy calculando bien mi multa “40% de la uit con gradualidad del 90%” s/ 1,540.00 – s/ 1,386.00 = s/ 154.00. Gracias por su respuesta.
Miguel Torres dice
Es correcto amigo.
Yovix dice
disculpe, eso es por cada libro??? 158 por registro de compras y 158 por reg. de ventas???, agradecida anticipadamente.
Miguel Torres dice
La sanción es una por todos los libros.
Marialejandra Raffo dice
Hola, me a llegado una notificación de auditoria de la Sunat! pero no tengo libros contables solo hacemos declaraciones mensuales y anuales, hace poco sufrimos un robo de equipos de trabajo y documentos con la denuncia a la policía del sector, me ayuda en algo esto? que hago para no pagar las multas.
Miguel Torres dice
Pues si mencionas que fue robo, el código tributario indica que tienes 60 días para rehacer tu contabilidad. Segundo debiste notificar a sunat en mesa de partes sobre el robo indicando los libros extraviados y otros datos mas.
Carlos Lopez dice
Buenas tardes, una consulta, tengo una empresa donde el contador simplemente desaparecio, mi actual contador me esta haciendo declaraciones 621 y 601 plame y estamos al dia con eso, pero no tengo libros contables, me dijeron que debo presentar una denuncia, pero que pasaría si solo compro los libros contables y comienzo nuevamente mi contabilidad ya que no se si en el algún momento tuve libros, ya que mi contador simplemente se hizo humo (cabe señalar que estoy en actividad desde el 2003 y no tengo ningún libro)
Miguel Torres dice
El hacer la denuncia te puede exonerar de la multa por legalización extemporánea.
Fredy Paima dice
Hemos pasado una revisión y nos acaban de poner una multa por no tener Libro de Matrícula de Acciones. Al no ser este un libro que contenga temas tributarios, es legal que la Sunat nos aplique la multa?
Miguel Torres dice
Si es correcto, siempre y cuando tenga incidencia en algún impuesto. Aunque para ser sincero no es muy común que lo soliciten.
Edwin Armando dice
Buenas tarde Miguel, tengo una duda lo que comentaste al principio es que segun el 5to párrafo del inciso b) del articulo 180 del código tributario ( ultimas lineas): ” o cuando hubiera iniciado operaciones en el ejercicio anterior y no hubiera vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual, se aplicará una multa equivalente al cuarenta por ciento (40%) de la UIT”. En tu ejemplo señalas que la empresa es fiscalizada en Febrero del 2014, en la cual le detectan la infracción, pero la empresa todavía no presenta la DJ Anual del 2013. ¿NO LE CORRESPONDERIA APLICAR COMO MULTA EL 40% DE LA UIT ?
Miguel Torres dice
Se aplica 40% cuando nunca se ha presentado DJ Anual, en tu caso que planteas al no haber DJ Anual presentada se tomara la anterior la del 2012.