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Inicio » Consultas » Multa por la no presentación del pdt 601

Multa por la no presentación del pdt 601

Publicado por Miguel Torres el 13 de diciembre de 200968 comentarios

Tengo recibos x honorarios no declarados, algunos tienes retención otros no, quisiera saber que multan tengo y si estas son fraccionadas en q monto quedan porque es por todo un año q no se declararon.

Respuesta

1.- Los recibos por honorarios se declaran en el PDT 601, si no se presentó dicha declaración, se configura la multa del artículo 176º numeral 1 del Código Tributario por cada mes que se omitió dicha declaración, la cual asciende a 1 UIT (contribuyentes del Régimen General). Esta multa se encuentra sujeta al régimen de gradualidad establecido en la Resolución de Superintendencia Nº 063-2007/SUNAT. Cabe indicar que la gradualidad máxima llega al 90% siempre que se subsane la infracción y se pague la multa antes que la SUNAT notifique al contribuyente.

2.- Esta multa SI se puede acoger al fraccionamiento del artículo 36º del Código Tributario de acuerdo a los requisitos y condiciones establecidos en la Resolución de Superintendencia Nº 199-2004/SUNAT. Cabe indicar que el acogimiento al fraccionamiento se hará por el importe total de la multa más los intereses moratorios correspondientes.

3.- Si el contribuyente no pagó el tributo retenido dentro de los plazos establecidos se configura la multa del artículo 178º numeral 4 del Código Tributario, la cual asciende al 50% del tributo no pagado. Asimismo, la norma señala que esta multa no debe ser inferior al 5% de la UIT.

Así también cabe indicar que esta infracción puede ser acogida al régimen de incentivos de acuerdo a lo regulado en el artículo 179º del Código Tributario, cuya rebaja máxima asciende a 90%.

4.- La multa señalada en el punto 3 también puede acogerse al fraccionamiento del artículo 36º del Código Tributario de acuerdo a los requisitos y condiciones establecidos en la Resolución de Superintendencia Nº 199-2004/SUNAT. Cabe indicar que el acogimiento al fraccionamiento se hará por el importe total de la multa más los intereses moratorios correspondientes.

Temas: multas, Sunat

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68 comentarios

  1. Rosario Janampa Chávez dice

    24 de mayo de 2017 a las 1:26 pm

    Pague Dividendos por Util.2012 retuve 4.1% debí declarar hasta el 18.05.17 lo haré hoy pero tengo multa por Declar.Extemp.(1 UIT/90%) y no pagar la Retenc.(50%del Trib) hay un incentivo de 90% para este último? la Retenc.es de S/.700.00 te agradeceré me digas si es correcto y los códigos pf.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 1:48 am

      Si es correcto lo que mencionas, no te olvides de los intereses.

    • Jennifer Torres dice

      23 de enero de 2018 a las 3:26 pm

      Hola Miguel tengo una consulta me llegó una multa del código 6441 y el código asociado es 5210 sólo xq pague un día después d la fecha de vencimiento un monto de 202 , esa es la multa x atrasarte un día??

  2. Eric Meza dice

    26 de abril de 2017 a las 7:06 pm

    Cual es el código de la multa por no presentar el plazo en los plazos establecidos y el tributo asociado a la multa?

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2017 a las 7:25 am

      Si sobre la planilla 6441 – tributo asociado puede ser essalud o onp.

  3. Jakeline Ramos dice

    20 de febrero de 2017 a las 9:47 am

    Hola Miguel, tengo una consulta, no declare el PDT Plame de diciembre, estoy en el Régimen General; quisiera saber cuanto es la multa por no declarar, todavía no me llego ninguna notificación.

    Muchas gracias por tu respuesta, buen día.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2017 a las 2:45 am

      La multa es 1 UIT, con un descuento de 90%.

  4. Luz Clarita dice

    26 de diciembre de 2016 a las 12:46 pm

    Hola miguel mi consulta es no declare el Plame 601 del periodo 11-2016 pero si realice mis pagos de esalud y onp en la fecha indicada, mi pregunta cuanto es la multa por no realizar la declaración, o como hago el calculo .
    atento a tu pronta respuesta.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2016 a las 5:56 am

      La multa es 1UIT con un descuento del 90%.

    • Lili dice

      21 de enero de 2017 a las 3:26 pm

      Cual seria el código y el tributo asociado cuando se presenta fuera de plazo, pero si se pagaron los tributos en la fecha de vencimiento.

    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 12:11 pm

      Código 6441 – Asociado 5210.

  5. Yanira Valencia dice

    2 de septiembre de 2016 a las 11:02 am

    Mi consulta es, en el periodo 07-2016 tenia que declarar el pdt 601 ( solo era para pagar essalud), pero me olvide hacerlo pero si eh pagado el essalud .. como podria hacer ahora, declaro normal y pago una multa..???.. y cuanto tengo que pagar..?..
    gracias.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2016 a las 11:48 am

      Es correcto, tienes que subsanar con la declaración, pagas la multa de acuerdo a tu regimen tributario, RG 10% UIT, RER 10% (50% UIT).

    • Yanira Valencia dice

      2 de septiembre de 2016 a las 12:18 pm

      Buenos días, si pago esa multa antes que me llegue alguna notificación igual tengo que pagar esa cantidad u.u?? ….y también
      quisiera saber si llegara alguna notificación a mi domicilio fiscal así haya sido pagado.

    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2016 a las 1:03 pm

      Si, ya esta incluido con la gradualidad.

    • Yumy dice

      8 de noviembre de 2016 a las 12:48 pm

      Hola, una persona natural en el regimen general, adquiere los servicios de un chofer solo por 15 días, el cual le emite un recibo por honorarios por la suma de s/1200.00 n.s. que debo hacer para que se considere gasto, y si es necesario declarar en el el pdt 601?

    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2016 a las 11:49 pm

      Tienes que declararlo en el PLAME, adicionalmente puedes tener un contrato de locación de servicio, y demostrar la causalidad del servicio del chofer.

  6. Esther dice

    17 de marzo de 2016 a las 5:00 pm

    Buenas tardes mi pregunta es que no declare mi 621 en el plazo establecido mi duda es cual es el código de multa , y cual seria el tributo asociado. para el realizar el pago antes que sunat me notifique. att.gracias

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2016 a las 1:30 am

      El código multa 6041 con tributo asociado 1011.

  7. Aracely dice

    16 de junio de 2015 a las 7:59 pm

    Disculpe, quisiera hacer una consulta, en el periodo 04-2015 tenia que declarar el pdt 601 ( solo era para pagar essalud, afp), pero me olvide hacerlo pero si e pagado el essalud y el afp.. como podria hacer ahora, declaro normal y pago una multa..???.. o como podria hacer..?..
    gracias.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      18 de junio de 2015 a las 3:26 am

      Es correcto, declara tu PDT Plame y paga la multa con la gradualidad del 90%.

  8. Diego dice

    21 de junio de 2013 a las 1:52 am

    Hola, tengo una microempresa y no declaré DDJJ anual renta 2012 y me llegó una esquela F-4554, ya subsane el error haciendo mi declaración y este año arrojó perdida por lo que me resulta 0 de impuesto. ¿Qué implica esta esquela, me estan multando totalmente o aun puedo acogerme a gradualidad y rebajar el 90% de la multa para pagar solo 370 soles? Gracias

    Accede para responder
    • Miguel dice

      7 de agosto de 2014 a las 11:19 pm

      Es correcto, tienes una multa de 1 UIT pero te están aplicando la gradualidad del 90% por no haber declarado en su fecha.

  9. Heiner dice

    19 de junio de 2013 a las 1:52 am

    Hola Amigos,

    mi duda es, no declare el pdt 601, no tengo planilla pero hubo un mes que si contrate servicio de 4 categoria, si lo declaro igual tengo multa, asi sea la primera vez que cometo esta infrancción… ha pasado recien un dia desde la fecha de vencimiento… haber si alguien me puede orientar en este tema.

    Gracias

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      19 de junio de 2013 a las 11:14 pm

      Si hay multa por no declarar en su fecha correspondiente.

  10. jose dice

    20 de mayo de 2013 a las 9:43 pm

    necesito ayuda he pagado lo k es SCTR en banco periodo 04-2013 y hoy es mi ultimo dia para declara pero me sale el importe de seguro k ia e cancelado y en el momento de declarar me sale para selaccionar que banco puedo cancelar pero sino estamos afilidiados y ni tenemos saldo en nuestras cuentas bancarias que puedo hacer al respecto para pasar mi declaracion ya que hoy se vence necesito ayuda………

    Accede para responder
  11. Chura Borda Felipe dice

    29 de enero de 2013 a las 1:53 pm

    ES EL COLMO UN CPCC, NO SEPA CUANTO ES LA MULTA. ESTOY MUY SEGURO QUE ES DE alas PORQUE ESTAN VOLANDO

    Accede para responder
  12. Angel XD dice

    12 de enero de 2013 a las 5:11 pm

    Disculpa , agregando a la pregunta
    ¿No hay manera de rebajar mas la multa ?

    Accede para responder
  13. Iwao Ivan Tuchia dice

    12 de noviembre de 2012 a las 10:03 pm

    aia, vacan gracias

    Accede para responder
  14. Miguel Torres dice

    12 de noviembre de 2012 a las 6:55 pm

    50% del tributo retenido y no pagado (siempre y cuando el rxh esta afecto a retención)

    Accede para responder
  15. Iwao Ivan Tuchia dice

    8 de noviembre de 2012 a las 3:48 pm

    cuanto es la multa por no declarar el recibo por honorario???

    Accede para responder
  16. Miguel Torres dice

    17 de julio de 2012 a las 6:49 pm

    Lo que debiste hacer en ese caso es dar de baja los tributos de planillas, pero como ya te notificaron, como dice Jersy es mejor ir a orientación (el representante de la empresa).

    Accede para responder
  17. Jessica Diaz Lopez dice

    17 de julio de 2012 a las 5:49 pm

    Debes ir a sunat y pedir unos formularios que debes llenar y hacer firmar al representante legal de la empresa para poder darle de baja a.tu planilla ya que a pesar de que ya se liquidaron en marzo debiste declarar tu planilla en 0 los meses siguientes debido a que todavia no le has dado de baja a esos tributos. Te aconsejo que vayas a orientacion a sunat o llames al 3150730 anexo 2 y hagas la consulta respectiva. Saludos.

    Accede para responder
  18. Christian Cahua dice

    17 de julio de 2012 a las 4:23 pm

    facil cierra la empresa..

    Accede para responder
  19. Mirtha CH dice

    17 de julio de 2012 a las 4:20 pm

    que sucede si uno liquida en marzo a todos sus trabajadores y en abril ya no declaro nada y mayo tampo. y me llega una notificacion que me dice que tengo multa por no dar de baja la plla…. que podria hacer en estos casos ya que no tengo trabajadores a mi cargo ya que todos figuran en marzo liquidados, y como se haria la baja en todo caso

    Accede para responder
  20. Gustavo dice

    13 de julio de 2012 a las 12:46 pm

    Una consulta, no se ha considerado en la planilla electronica los recibos por honorarios por 3 meses, como se puede regularizar? , habria una multa ? gracias

    Accede para responder
  21. CLUDEX80 dice

    12 de julio de 2012 a las 12:11 am

    Hola, tengo una microempresa en donde sólo existe en planilla 1 trabajador sin regimen pensionario y a la vez le pago el seguro por medio del sis. En el PDT declaro la remuneracion que percibe y de manera informativa lleno en casillero de regismen integral de salud con S/. 15 porque el estado subsidia los otro 15 soles restantes… Por lo tanto nunca me sale ningún impuesto a pagar por medio del pdt 621. La pregunta es, un mes me olvidé de declarar… Quisiera saber cual es mi multa ya que no tengo ningún tributo omitido con el cual pueda comparar la multa mínima…

    Accede para responder
  22. jose antonio dice

    15 de junio de 2012 a las 7:42 pm

    hola  hoy es mi ultimo dia para presentar mi declaracion  pdt  601 pero el pdt no permite ingresar la remuneracion injdividual del personal que tengo por CAS que podria hacer ese problema solo se me presenta en los trabajadores q estan bajo regimen cas decreto leg. 1057

    Accede para responder
  23. MARCO dice

    22 de mayo de 2012 a las 11:03 am

    a ver si me pueden ayudar, no se declaro el pdt 601 que contenia essalud, 5ta categoria, tenia 4ta pero pago 0 porque no hubo retencion en los recibos por honorarios, pues cual seria mi multa y los interes por pagar, tengo multa por no declar y multa por no pagar? a ver si me puden ayudar.
    por essalud era 794 y por 5ta 986 y 4ta 0

    Accede para responder
  24. Miguel Torres dice

    17 de mayo de 2012 a las 6:29 am

    Pues claro, lo primordial es declarar a los quinta, ya si te olvidas declarar uno de cuarta no hay multa.

    Accede para responder
  25. Rocío Chuquichanca dice

    17 de mayo de 2012 a las 4:14 am

    pero si declare solo a los de cuarta categoria y me olvide pponer a los de quinta hay algun tipo d multa

    Accede para responder
  26. Carolina dice

    22 de marzo de 2012 a las 10:43 pm

    gracias por el aporte colegas

    Accede para responder
  27. MARI dice

    24 de enero de 2012 a las 11:48 am

    es la misma multa en una municipalidad por no declarar pdt 601 q en una empresa

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      25 de enero de 2012 a las 1:13 pm

      Las Tablas de Infracciones y Sanciones del Código Tributario están referidas a:

      Tabla I: Personas y entidades generadoras de rentas de tercera categoría.

      Tabla II: Personas naturales que peciban rentas de cuarta categoría, personas acogidas al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) y otras personas y entidades no incluidas en las Tablas I y III, en lo que sea aplicable.

      Tabla III: Personas que se encuentran en el Nuevo RUS.

      Dentro de este contexto la Municipalidad aplicaría la Multa de la Tabla II: 50% de la UIT, a la cual deberá aplicarse el Régimen de Gradualidad de Sanciones y los intereses moratorios desde cuando se cometió la infracción hasta la fecha de pago, inclusive.

    • LIDIA dice

      5 de junio de 2012 a las 10:47 pm

      un favor nesecito saber no declare ni page onp el año pasado 2011, y ahra mi monto omitido  es 175  es menor del  5% de uit es 180, cual tomo para es mi multa.

    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2012 a las 11:43 pm

      Debes de tomar el mayor valor, osea los S/. 180.00

  28. Miguel Torres dice

    23 de enero de 2012 a las 7:08 pm

    Claro no presentar la declaracion en fecha oportuna, multa 1 UIT (S/. 3,650), con una gradualidad de 90%.

    Accede para responder
  29. Jonhy Erique Erique dice

    23 de enero de 2012 a las 5:56 pm

    POR QUISIERA SABER POR QUE YO PAGE EN SU FECHA PERO ME OLVIDE PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA
    SI HAY UBISE ALGÚN TIPO DE SANCIÓN

    Accede para responder
  30. lina dice

    14 de diciembre de 2011 a las 12:59 pm

    hola necesito k e ayuden mi jefe no presento planilla hace tres periodos y acaba de llegar una esquela con la multa 6441 keria saber que es lo que tengo que hacer pq son tres periodos.ah y ademas keiero dar de baja a esa misma empresa

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      15 de diciembre de 2011 a las 3:14 am

      Ese código de multa es por no presentar la planilla electrónica PDT 601, seria bueno que presentes tus declaración y que ese mismo dia pagues la multa.

  31. luis dice

    16 de noviembre de 2011 a las 5:06 pm

    nopagar atienpo tecierran o te multan

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2011 a las 12:52 am

      Te multan.

  32. MARIZA dice

    31 de octubre de 2011 a las 12:17 pm

    hola no presente  la planilla el mes pasado pero ya esta pagada  lo q es essalud y el onp  cuanto es la multa  bueno es regimen especial

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2011 a las 12:52 am

      50% del tributo retenido por ONP, por essalud solo pagas intereses desde la fecha de vencimiento hasta la fecha de pago. Por no presentar es 50% de la UIT, con gradualidad.

  33. ROBERT CAMARA dice

    22 de septiembre de 2011 a las 7:31 pm

    COMO EL CODIGO DE TRIBUTO ASOCIADO VA A SER EL 6041 SI ESE CODIGO ES UN CODIGO DE MULTA, POR FAVOR ORIENTAR BIEN A LOS COLEGAR, POR QUE LOS CODIGOS DE TRIBUTOS SON EJEM. 5210, 5310, 3031, 3052, 1011, LOS CODIGO DE MULTA EN GENERAL EMPIEZA CON EL 6 POR DELANTE. 

    Accede para responder
  34. ARIANA dice

    15 de agosto de 2011 a las 9:47 am

    NECESITO AYUDA:: cuando fueron al banco le rechazaron el pago de la multa.mira no se presento el pdt 601 del periodo 2009 puse periodo tributario 04/2009 codigo de tributo 6441 pero tributo asociado me indico que faltaaaaaaa cual seria

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2011 a las 12:44 am

      Pues tienes que colocar en tributo asociado 6041. 

  35. ARIANA dice

    13 de agosto de 2011 a las 11:09 am

    que problema… si no se declaro se presenta ante sunat asi de normal algun periodo pasado como 2009 se presenta y luego se paga todos tributos y multas

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2011 a las 12:54 am

      Así es, no se realiza ningún otro tramite.

  36. Angelica dice

    17 de junio de 2011 a las 6:32 pm

    hola, no declare pdt 601 y no pague..la multa es una 1uit, con gradualidad el 90%, es lo minimo que puedo pagar. con que código debo de pagar la multa..etc,.
    se lo agradecere mucho.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      31 de julio de 2011 a las 7:29 pm

      El código de multa es 6441, con el tributo asociado 6041, recuerda que también pagaras multa por ONP y Renta de 5ta Categoría, que es el 50% del tributo omitido, también con la gradualidad.

  37. karla dice

    23 de marzo de 2011 a las 3:15 pm

    no declare el pdt 601 pero pague los tributos correspondiente, a cuanto equivale mi multa si aun no me llega notificacion de sunat

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      31 de julio de 2011 a las 7:30 pm

      La multa una 1 UIT,  con gradualidad de 90%, osea solo pagarías S/.360.00 por no presentar la declaración en el plazo establecido.

  38. esmilia maldonado dice

    12 de noviembre de 2010 a las 10:20 am

    tengo una consulta:

    el periodo de julio no presente la planilla 601, en la cual declaro essalud y ley de pensiones 199990(onp), entonces para subsanar voy a presenta el pdt correspondiente, mas la multa de 360 soles, y 10% de tributo retenido, ahora el seguro regular mas seguro contra trabajo de riesgo, no tiene multa o mora, por favor expliquenme sobre eso.gracias.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2010 a las 5:29 pm

      Una correccion es el 50% del tributo omitido comparado con la multa minima que es el (5% de la UIT), ahora el essalud no tiene multa solo vas a pagar los interes correspondientes al igual que el seguro complementario de riesgo.

  39. Juan Rojas dice

    26 de agosto de 2010 a las 2:09 pm

    Estimados para ahondar un poco más la pregunta.
    Que pasa en el siguiente caso.
    La empresa no tiene personal en planilla, en algunos meses contrata los servicios de terceros (cuarta categoría).¿Como presento mensualmente el PDT 601 si en algunos meses no tengo trabajadores tampoco personal de 4ta y el PDT pide ingresar un valor cero y simplmente no se puede?.

    Gracias por sus comentarios

    Accede para responder
  40. Jessica Sacsa dice

    12 de abril de 2010 a las 12:09 pm

    Un contribuyente el cual se encuentra en reg. General, Tiene recibos x honorarios no declarados, ninguno de ellos supera los 1500 soles, quisiera saber si tiene multa por la no presentacion en el pdt 601.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      31 de julio de 2011 a las 7:36 pm

      Asi es, por que al contratar los servicios de tercero bajo la modalidad de cuarta categoria esta obliago a presentar el el PDT planilla electronica, las multas ya estan detalladas lineas arriba.

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