La Municipalidad de Lima multará con 720 nuevos soles a las empresas de transporte público que no recojan en los paraderos a escolares, ancianos, niños, embarazadas o personas discapacitadas, pese a tener capacidad en el interior del vehículo.
Así lo dispuso la comuna capitalina, mediante una ordenanza publicada ayer en el Diario El Peruano, que da a conocer la reglamentación del servicio público de transporte regular de pasajeros de Lima Metropolitana.
La ordenanza edilicia señala que maltratar verbal o físicamente a los usuarios del vehículo, peatones y a los conductores; y la prestación del servicio que emplee como cobradores a menores de edad sin autorización serán sancionados con 360 y 720 nuevos soles, respectivamente.
Tampoco se permitirá que durante la prestación del servicio los usuarios transporten animales, bultos que obstaculicen el paso de los pasajeros en la unidad, así como materiales peligrosos, inflamables o explosivos. Ante ello se aplicará una multa de 720 nuevos soles.
También se multará con 360 nuevos soles cuando el servicio se preste con conductores y/o cobradores que no estén correctamente uniformados, y cuando en los vehículos se usen equipos de sonido con volumen excesivo.
Diario Oficial El Peruano (04.01.2010), Sección Derecho, Pág. 15
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