La Ley General de la Persona con Discapacidad (Ley N° 27050) y su reglamento entraron en vigencia ayer y consideran la aplicación de sanciones económicas de 1,800 a 43,200 nuevos soles, es decir, montos mínimos equivalentes al 50 por ciento de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT) y máximos de hasta 12 UIT a quienes incumplan la norma.
El presidente del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), Guillermo Vega, manifestó que dicha norma permite a las personas con alguna discapacidad tener los mismos derechos y acceder en igualdad de condiciones a muchos campos de la actividad diaria.
Una infracción leve, por ejemplo, es no realizar un descuento del 50 por ciento a favor de estos ciudadanos en eventos culturales, deportivos o recreativos organizados por el Estado.
Y una infracción muy grave es la no aplicación de la bonificación del 15 por ciento del puntaje obtenido por los discapacitados en concursos públicos de entidades estatales, así como no cumplir con reconocer a los deportistas con discapacidad que obtengan triunfos internacionales.
En ese sentido, Vega llamó a las entidades públicas y privadas a tomar conciencia de que los discapacitados merecen desenvolverse con igualdad de oportunidades en la sociedad.
Diario Oficial El Peruano (02.01.2010), Sección Actualidad, Pág. 11
¡Cuéntame qué te pareció!
Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.