Me acaban de notificar la pérdida del Fraccionamiento RAF ¿No se puede fraccionar la deuda?
La respuesta es NO.
Si ingresas a tu clave sol y tratas de fraccionar la deuda (como lo harías si fuera un fraccionamiento perdido). verás que el sistema indica que es una deuda no acogible.

Lo que significa que no podrás fraccionar y mucho menos refinanciar la deuda.
Miguel ¿Por qué no se puede fraccionar o refinanciar el RAF?
Te comparto un artículo que escribió Dr. Mario Alva Matteucci, lo explica muy bien.
RAF
Miguel ¿Qué es un RAF?
El RAF significa:
Régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de las deudas tributarias administradas por la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT (RAF).
Tiene un nombre muy largo. Para definirlo lo compararía como un fraccionamiento, se creó por temas de la pandemia para ayudar a los contribuyentes con el pago de las obligaciones tributarias.
En general, el RAF te permitía aplazar las deudas tributarias por 6 meses y además fraccionarlas en 36 cuotas.
Pérdida Fraccionamiento del RAF
Miguel ¿Que podría hacer un contribuyente ante la pérdida del RAF?
Tienes dos opciones:
- Realizar el pago total de la deuda acogida al RAF.
- La Técnica del Termo
Miguel ¿Cómo qué técnica del termo?
Así la llame a esta técnica, porque me recuerda un poco mi pasado. Te doy una pista: ¿Porque algunos chicos les dicen termo?.
Te explico el procedimiento, vamos hacer lo que indica está en la Resolución de la Intendencia de pérdida del RAF.

Queda a salvo el derecho del contribuyente de interponer, contra la presente Resolución, el recurso de reclamación en el plazo máximo de veinte (20) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de notificación.
En otras palabras, se debe presentar un recurso impugnatorio contra la resolución de pérdida del RAF.
Miguel ¿Qué se gana presentando un recurso impugnatorio?
En primer lugar, debemos mencionar que no se va discutir el monto de la deuda, debido que al fraccionar mediante el RAF has aceptado el origen de las deudas.
Lo que va discutir es la resolución de pérdida del fraccionamiento RAF, por ejemplo:
- Verificar si el contribuyente ha cumplido con las causales de pérdida del RAF.
- Verificar que los pagos de las cuotas del fraccionamiento se harán en la fecha correcta.
Adicionalmente, mientras la deuda se encuentre en un Procedimiento Contencioso Tributario, no podrá ser exigible de cobro mediante un procedimiento de cobranza coactiva.
Por otra parte, es recomendable que mientras dure todo el procedimiento impugnatorio, el contribuyente siga realizado los pagos de las cuotas del fraccionamiento perdido.
Presentar Recurso Impugnación
A partir del 01 de diciembre de 2020, se implementó el Expediente Electrónico de Reclamación el cual permite la presentación del recurso de reclamación a través del Portal SUNAT.
Para acceder al Expediente Electrónico de Reclamación solo debes ingresar a la siguiente ruta:

Por otra parte, lo han dividido en tres secciones:

Pero, lamentablemente, aún tiene algunos inconvenientes, por ejemplos el RAF:

Debido a esto, deberemos utilizar la opción de Mesa de Partes de SUNAT.

Posteriormente, SUNAT evaluara tu recurso de impugnación, si todo esta conforme a ley, recibirás un reporte de recepción.

Miguel ¿Cuánto tiempo durará este procedimiento?
SUNAT tiene un plazo de 9 meses para responder el recurso de reclamación. Ahí es donde está otra ventaja adicional, ganar un poco de tiempo para poder cumplir con el pago del fraccionamiento.
Por ejemplo, supongamos que SUNAT tarde 9 meses en responder el recurso de reclamación, tiempo suficiente para poder realizar el pago total del fraccionamiento perdido.
Suspensión del RUC
Miguel ¿Qué pasa si la empresa no paga el RAF y suspende el Ruc?
La principal consecuencia, en lo personal es que te notificarán a la central de riesgo, lo que podría afectar tu nivel crediticio para las entidades financieras, así como para calificar como proveedor de empresas grandes.

Adicionalmente, recomiendo leer sobre el proceso de cobranza coactiva, en especial el tema de embargos.
Finalmente, si deseas que te ayude con este recurso, déjame un comentario y me contactare contigo.
Muy buena información, acabo de perder un RAF deseo asesoría para presentar la impugnación
Muy buena, deseo asesoria acabo de perder el Refinanciamiento. y tu articulo es muy interesante. Deseo presentar el recurso .Gracias.
Muchas gracias, bendiciones 🙂
¡Excelente artículo Miguel! ¿Cómo hago para comunicarme contigo?
Quiero que me asesores para enviar una solicitud por perdida de RAF, me avisas
Te paso el celular de la oficina 913010599.
Quiero que me asesores para enviar una solicitud por perdida de RAF, me avisas
Te escribo al correo.
Por favor, me puedes ayudar con el documento de impugnación
Buenas noches estimado Miguel, quisiera comunicarme contigo por favor, para una asesoria por el RAF perdido, gracias.
Te escribo por correo.
Buenas, no califico para el refinanciamiento del saldo del frae, se tiene alguna solucion, tal vez rectificar para evidenciar disminucion de ingresos?
Reclamar la perdida, si estas dentro de los 20 días de notificado la pérdida.
Nesecito que me envíes tus datos para poder pedirte asesoría o tu correo por favor
Le envio la información.
Miguel sabes del procedimiento para el presente año gracias
Muchas gracias 🙂
Hola! Miguel, por favor podrías ayudarme tengo un par de casos parecidos!
Si claro, no hay problema.
Miguel, la verdad que gran persona eres compartir tus conocimientos y aportes para todos es muy valioso. Que Dios bendiga mucho tu vida.
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Muchas gracias por el aporte, tengo una duda si se perdio el fraccionamoento por incumplir en el primer pago y ya paso mas de un mes de la notificacion tengo opcion de enviar el expediente de reclamo.
Si puedes, pero te pedirán que garantices el pago.
¡Excelente artículo Miguel! ¿Cómo hago para comunicarme contigo?
Te paso un mensaje.
Muchas gracias Miguel por lo que nos brindas contablemente tu ayuda nos sirve de mucho dios te bendiga amigo y cuídate mucho.
Muchas gracias 🙂
Miguel: Gusto de saludarte, perdi el RAF, lamentablemente pasaron los 20 dias habiles para proceder a presentar el Recurso Impugnatorio, pero hace pocos dias hice un pago de S/. 3,000.00 a cuenta , mi pregunta es ¿aun puedo hacer algo al respecto? o debo terminar de cancelar la diferencia
Puedes presentar el descargo, pero te pedirán que garantices la deuda.
Excelente, gracias
Muchas gracias 🙂
Estimado Miguel, quisiera saber si puedes ayudarme con un RAF perdido y una asesoría integral para organizar mi contabilidad. Gracias
Miguel
Después de los 20 días del plazo, hay posibilidad que pueda acceder sl recurso impugnatorio
Gracias por tu respuesta…
Si puedes, pero deberas garantizar el pago de la deuda.
Muy bueno el articulo pero tengo una pregunta como hago para pagar el RAF perdido una vez reclamado ya que en la pagina pagar ya no existe dicho numero de fraccionamiento. Pasa que lo perdi por no pagar la IA , y lo pago con saldo de mis detracciones . Gracias por la respuesta.
En la parte de pago de fraccionamientos (declara fácil), ahi tienes la opción para generar el pago.
Excelente la informacion, gracias me ayudo mucho.
Gracias 🙂
Amigo Miguel, comentas temas vigentes y de vital importancia para lis contadores. Usas buena didáctica y por ello es comprensible. Gracias por tus aportes. Felicitaciones
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Hola Miguel , gracias por todo lo que enseñas , como hacemos para comunicarnos contigo sobre este tema. Porfavor
Muchas gracias. Te paso un correo.
Buenos días, si una persona natural con negocio dejo de pagar fraccionamiento y siguen notificando Sunat dejo de pagar varios meses y peor con la pandemia no hay otra alternativa ya que dejo de trabajar y es una persona de tercera edad, que se puede hacer.
Lo que indica el artículo.
Miguel interesante el artículo, gracias….. como puedo sustentar la perdida de mi raf… se me juntaron dos meses y lo perdí…. pero me puse al día en el pago y me notificaron la pérdida. Por favor espero tu comentario Miguel.
Te paso un correo si deseas el servicio.
Miguel exelente tu comentario siempre te sigo, por favor ayudame con este recurso ya que tengo este caso con mi empresa. enviame si es posible un modelo de dicho recurso a mi correo (el indicado) mi No. Cel. 959 939 237
GRACIAs
No hay modelos, cada caso es distinto, te paso un correo si deseas la asesoría.
Miguel;
Es una muy buena salida; considerando este momento que vivimos el cual nos limita en muchos aspectos.
Gracias.
Gracias por el comentario.