• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » OIT respalda al Gobierno ante los reclamos de sindicatos estatales

OIT respalda al Gobierno ante los reclamos de sindicatos estatales

Publicado por Miguel Torres el 20 de diciembre de 2012 Deja un comentario

 oitLímites presupuestales deben ser considerados por árbitros al resolver una negociación colectiva en el sector público, señala informe de la Organización Internacional del Trabajo.

El Comité de Libertad Sindical (CLS) de la Organización Internacional del Trabajo) opinó que el Estado peruano está facultado para establecer límites presupuestales a la negociación colectiva en los casos de entidades o empresas públicas, reveló Delia Muñoz, ex directora internacional del Ministerio de Trabajo.

“Con este pronunciamiento, los árbitros ya no podrán inaplicar los topes que coloca el Estado en las normas presupuestales, ya que, según la OIT, no son inconstitucionales o anticonvencionales ni vulneran las normas de la OIT”, aseguró.

El caso

Meses atrás una entidad sindical presentó una queja contra el Estado peruano ante la OIT señalando que los árbitros deben resolver los casos de entidades y empresas del Estado usando el criterio de “equidad”, esto es solucionar los conflictos económicos no necesariamente sujetándose al marco legal (normas de presupuesto).

Sin embargo, el Estado señaló que los árbitros debían resolver el caso con un criterio de “ponderación”, es decir, respetando los límites presupuestales y los fijados por Fonafe (órgano que dicta las políticas remunerativas de las empresas del Estado) y los criterios del Tribunal Constitucional.

Al respecto, el CLS concluye que es válido establecer particularidades (diferencias), cuando la negociación colectiva es en el sector público. Y flexibiliza el criterio de que en la negociación rija solo la voluntad de las partes (sindicato y empresa) cuando se trate de una empresa o entidad pública (rigen normas de presupuesto).

El CLS recomienda al Estado fijar un abanico salarial como base de las negociaciones, o establecer una asignación presupuestaria global fija, que permita la reducción de tiempo de trabajo, aumentos de salario, entre otros.

Diario Gestión (19.12.2012)

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

Etiquetado como: empresas, normas, Reclamos, salarial, trabajo

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE presencial sabado 17 de mayo

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto