Trabajadores hasta los 40 años de edad que emitan recibos o laboren por su cuenta deberán aportar a un sistema previsional desde agosto.
Los trabajadores independientes con ingresos mensuales desde S/.750 estarán obligados a aportar para acceder a una pensión cuando se jubilen, indica Óscar Graham, funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas.
Si bien este grupo laboral no cuenta con un trabajo fijo y su ingreso es variable, cada mes tendrá que registrar un pago. Para ello deberán elegir si encargan la administración de sus ahorros a una AFP a o a la ONP.
Con recibos
Si trabajan para una empresa, la cual les paga mediante recibos por honorarios, deberán entregarle a esta una constancia de afiliación.
Ya sea que estén inscritos en una AFP o en la ONP, será esta compañía la que haga la retención del aporte aplicando la tasa de descuento que le corresponda según el monto del sueldo.
Sin recibos
Si es médico, abogado, profesor independiente o da otro tipo de servicio a terceros –es decir, labora por su cuenta–, usted mismo tendrá que aportar.
Graham precisa que si está en la ONP, deberá hacerlo en la Sunat, que en los próximos días dará una norma para facilitar este pago. Si se afilió a una AFP, lo podrá hacer vía el portal www.afpnet.com.pe. Estas entidades permiten, igualmente, hacer el aporte en bancos.
Planilla y recibos
Si, además de estar en planilla para una compañía, emite recibos por honorarios para otra, debe saber que a partir de agosto tendrá que aportar también por su ingreso como independiente.
“No es un doble pago, sino un aporte por el total de su ingreso real. Así, en el largo plazo tendrá un mayor fondo”, asegura Graham.
Datos
Si gana más de S/.1,125, el pago será 10% del sueldo en la AFP y 13% en la ONP.
Si gana menos de S/.1,125, el aporte será menor y variará.
Diario Peru21 (12/07/2013)
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