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Pago de dietas al directorio [Aspecto Societario]

Publicado por Miguel Torres el 19 de mayo de 2022 Deja un comentario

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La empresa Noticiero Contable, por acuerdo de los accionistas, se acuerda pagar a los directores por las reuniones realizadas durante el 2021.

El importe pagado será S/ 4,500 soles por reunión para cada director.

  • Utilidad antes de Impuesto S/ 1,450,000
  • Número de directores: 4


En primer lugar, revisemos la parte normativa o mejor dicho societaria del pago de dietas al directorio.

¿Que es el directorio?

El artículo 153 de la Ley General de Sociedades lo define:

El directorio es órgano colegiado elegido por la junta general. Cuando una o más clases de acciones tengan derecho a elegir un determinado número de directores, la elección de dichos directores se hará en junta especial.

¿Es obligatorio que una empresa tenga un directorio?

El artículo 152 de la Ley General de Sociedades menciona quien es el administrador de una sociedad:

La administración de la sociedad está a cargo del directorio y de uno o más gerentes, salvo por lo dispuesto en el artículo 247.

La norma antes mencionada una excepción tipificada en el artículo 247, que menciona:

En el pacto social o en el estatuto de la sociedad se podrá establecer que la sociedad no tiene directorio. Cuando se determine la no existencia del directorio todas las funciones establecidas en esta ley para este órgano societario serán ejercidas por el gerente general.

Precisar que este ultimo artículo esta en el sección sétima que desarrolla las características de una sociedad anónima cerrada.

Por lo tanto, se puede concluir:

  • Sociedades Anónimas Abiertas: Es obligatorio contar con un directorio
  • Sociedades Anónimas Cerradas Es opcional contar con un directorio

Finalmente, la Ley General de Sociedades del artículo 153 hasta el 184 reglamentan las actuaciones del directorio, por ejemplo:

  • Número de directores
  • Libro de actas de directorio
  • Responsabilidades
  • Obligaciones, etc.

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