Miguel ¿Cómo funciona PEI CPE SUNAT?
El PEI es un aplicativo para informar a la Sunat de los comprobantes impresos emitidos por contribuyentes designados emisores electrónicos.
En otras palabras, usaran el PEI CPE SUNAT los contribuyentes (emisores electrónicos) que por causas no imputable a ellos, tuvieron que emitir comprobantes físicos.
Por ejemplo:
- Fallas en el fluido electrónico
- Robo
- Conexión de Internet
- Desastre Naturales
- Fallas en el sistema de facturación
- Venta Itinerante
- Abandono de Trabajo (personal facturación).
Plazos para el envió del PEI CPE SUNAT
El emisor electrónico envía a la SUNAT el resumen de comprobantes impresos el día en que se emitieron los comprobantes de pago, las notas de crédito y/o las notas de débito o, a más tardar hasta el séptimo día calendario contado desde el día calendario siguiente a su emisión.
Por ejemplo:
EL día 09 de enero de 2018, la empresa Noticiero Contable emite un comprobante en formato impreso ¿Hasta cuándo podrá enviar dicho comprobante a través del PEI?
Hasta el séptimo día calendario contando del día calendario siguiente de su emisión, por lo tanto, será hasta el Martes 16 de enero de 2018.
Adicionalmente, el envió del PEI CPE SUNAT tiene naturaleza de una declaración informativa.
Significa, que es válido presentar una declaración sustitutoria y/o rectificatoria de una declaración presentada.
PEI CPE Sunat Descarga
Para descargar el PEI SUNAT lo puedes realizar del siguiente link:
Caso Practico de Envió del PEI SUNAT
En el siguiente video te comparto una casuística de cómo realizar una declaración de informativa del Resumen de Comprobantes Impresos a través de PEI SUNAT.
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PEI SUNAT – Menú Historial
Para verificar las declaraciones enviadas, solo debemos consultar en el Menú Historial del PEI CPE SUNAT.
Macros en Excel PEI SUNAT
Si estas interesado en adquirir la macros, envía un correo a cursos@noticierocontable.com solicitando la cotización del aplicativo.
Muy buen aporte Miguel, pero una duda si empresa emite sus facturas fisicas pero lo registra en diario y no en registro de venta es igualmente obligatorio enviar los comprobates impresos emitidos??.
Es correcto, siempre y cuando seas emisor electrónico.
Los comprobantes anulados también se envían?.
No se envían.
Me parece que miguel torres hace muy buenos aportes a los estudiantes y profesionales de la contabilidad hace ver mas facil el mundo contable.. me gusta que es muy practico y poco teorico…. definitivamente soy un seguidor mas de tus sabidurias contables…
Muchas gracias, buenas vibras 🙂
Quisiera comprar aplicativo de macros excel del PEI.
En el artículo explico como puedes obtenerlo.
Una consulta los que emiten recibos por honorarios en caso que no pueda emitir electronicamente ya que es odontologo y el consultorio no tiene internet los recibos fisicos que en su mayoria son todos los tiene que subir tambien? gracias por el dato y de antemano por tu respuesta
Si tendrían que añadirlos directamente desde la pagina de la SUNAT.
Exacto, deberia de indicar el numero de factura que se envia en el PEI es una excelente apreciación Miguel. Que te contraten en SUNAT como asesor 😉 jeje
Gracias por tu aporte
Muchas gracias 🙂 buenas vibras.
Gracias Miguel.
Gracias 🙂
Miguel, aunque tarde deseo que tus metas 2018 sean hermosas realidades., tus lectores seguidores estamos agradecidos por tus excelentes ilustraciones,La sunat también te debería agradecer si no es por tu persona nos quedamos sin saber a ciencia cierta como aplicar sus resoluciones.
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Estos Comentarios de Actualizacion Tributaria son Excelentes y Precisos.
Gracias por el Apoyo Incondicional.
Gracias, buen fin de semana 🙂
Gracias Miguel por el articulo.
Gracias por el comentario 🙂
Hola Miguel una consulta como puedo adquirir el macro que mostraste en tu video.
Muchas gracias.
En el artículo explico, tienes que mandar un email.
Excelente aporte Miguel.
Bendiciones 🙂
Miguel felicitaciones, muy didáctico tu explicación, es cierto como el cliente estará seguro que la factura vale sabiendo que emite factura electrónica.
Gracias, bendiciones para la familia.
Excelente alcance Miguel.
Gracias, buen día, bendiciones.
Muy interesante, claro y preciso mi estimado Miguel…Gracias
Muchas gracias 🙂
EXCELENTE MIGUEL. GRACIAS , BIEN DIDACTICO.
Estimado Miguel buenas tardes, una consulta. En el caso de los boletos de viaje, estos se informan o no, porque de acuerdo a la RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 159-2017/SUNAT, en el ANEXO I, menciona que solo se permite los siguientes comprobantes: 01 Factura, 03 Boleta,12 Ticket, 07 Nota de crédito, 08 Nota de débito.
MIL GRACIAS MIGUEL,EXCELENTE INFORMACIÓN.
Hola Miguel, una consulta, y yo como receptor de un comprobante físico que ha sido enviado por PEI-CPE Sunat, ¿Cómo puedo consultar la validez de dicho comprobante? Pues, tengo entendido que aquellos comprobantes físicos de aquellas empresas obligadas a emitir cpe a partir de Enero 2018 no tendrán validez tributaria.