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Permiso de Lactancia. Mi mujer dio a luz un bebe

Publicado por Miguel Torres el 3 de marzo de 2014 2 comentarios

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La llegada de un bebe es unos de los sucesos más importantes que te puede pasar en la vida, privilegio por el cual solo tu enamorada, tu novia, tu concubina o tu esposa pasara luego de 9 meses de embarazo.

Subsidio de Maternidad

Cuando una trabajadora está embarazada, tiene derecho al subsidio de maternidad, claro está si cumple los requisitos previos, dicho beneficio cubre un descansó de 90 días (pre y post parto) y en caso excepcionales hasta 120 días. Esto significa que la trabajadora no laborara 90 días, pero gozara de su remuneración (subsidiada)

Permiso de Lactancia

Una vez que acabe el Subsidio de maternidad (post parto), la trabajadora tiene que volver a su rutina laboral, luego de este suceso la trabajadora tiene derecho a un permiso especial, llamado “Permiso de Lactancia”.

Vamos a explicarlo de la siguiente manera, con un caso:

Mi esposa es una trabajadora que viene laborando en una empresa, hace poco días nació nuestro hijo “rollito”, el día de hoy finaliza el descanso post natal (subsidio), por lo cual rollito tiene 2 meses y necesita lactar todavía leche materna.

Leyendo en una página web, mi mujer encontró la siguiente base legal, el artículo 1 de la Ley Nº 27240:

La madre trabajadora al término del período post natal tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna hasta que su hijo tenga un año de edad. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral.”

Por lo tanto, mi esposa tendrá una hora de permiso para poder dar de lactar a nuestro bebe rollito, tener en cuenta que dicha hora está incluida en la jornada laboral. No significa que va laboral una hora más por la hora de lactancia. Dicho permiso finalizará cuando rollito cumpla 1 año de edad.

Permiso de Lactancia – Parto Múltiple

Si una trabajadora tiene un parto múltiple, quiere decir, en el supuesto de dos bebes o más, el permiso de lactancia se extiende 1 hora más, con base en el artículo 1 de la Ley 28731:

La madre trabajadora, al término del período postnatal, tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga un año de edad. En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará una hora más al día. Este permiso podrá ser fraccionado en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral, en ningún caso será materia de descuento.

Conclusión

Por best practice el periodo de lactancia siempre es la primera hora de trabajo, quiere decir si la trabajadora ingresa a las 8:00 am, con el permiso de lactancia ingresará a las 9:00 am.

Que la llegada de un bebe a tu familia sea una bendición y no una carga.

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Etiquetado como: descanso, maternidad, trabajadora

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2 comentarios

  1. Nathaly dice

    11 de noviembre de 2015 a las 1:59 pm

    Hola miguel, si una trabajadora esta con el periodo de pre y post natal y gusto culmina cuando termina su contrato, estoy obligada a renovarle su contrato? y si no lo hago que pasaría?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2015 a las 11:33 am

      Es un tema muy debatible, el punto es que tu tengas el sustento del ¿porque? no renuevas.

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