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Inicio » Sunat » Postergan la obligatoriedad de uso de la PLAME hasta el mes de noviembre de este año

Postergan la obligatoriedad de uso de la PLAME hasta el mes de noviembre de este año

Publicado por Miguel Torres el 1 de mayo de 2012 17 comentarios

Mediante Resolución de Superintendencia N° 095-2012/SUNAT, publicada el sábado 28 de abril de este año, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT) ha postergado la obligatoriedad del uso de la PLAME hasta el Período Octubre 2012 (cuyas declaraciones se presentan a partir del mes de noviembre del presente año).

A diferencia de lo señalado en la norma original que estableció el cronograma de implementación progresiva (Resolución de Superintendencia N° 212-2011/SUNAT), en esta oportunidad, no existe diferenciación respecto del número de trabajadores que mantiene una empresa por lo que la obligatoriedad se entiende referida de cualquier empresa que tenga trabajadores a su cargo independientemente del número de éstos.

Para finalizar, se aprueba una nueva versión del PDT Planilla Electrónica – PLAME, esto, es, el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Versión 1.92, el cual se encontrará a disposición de los interesados en SUNAT Virtual  a partir del 25 de mayo de este año y que podrá ser utilizado desde el 01 de junio de 2012 hasta el 31 de octubre de este mismo año. Como consecuencia de esto último, el PDT Planilla Electrónica – PLAME, Versión 1.91 podrá ser utilizado hasta el 30 de junio de 2012.

Para obtener mayor detalle al respecto, le sugerimos revisar el texto completo de la norma en el su boletín diario empresarial.

Resolución N° 095-2012/SUNAT

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17 comentarios

  1. manuel seclen dice

    4 de septiembre de 2012 a las 8:32 am

    estas modificaciones sobre el `lame es muy importante estar actualizados pero a su vez perjudica mucho a los contadores que aun no se adecuan a este `programa que es algo nuevo pàra ellos, espero mi comentario ¡influya mucho sobre todo esto , gracias

    Responder
  2. Jesus Mendoza dice

    19 de julio de 2012 a las 12:59 am

    Efectivamnete aun hay muchas inconsistencias, si talvez necesiten un sistema de Planillas con los nuevos cambios podria ofrecerles.

    Saludos,

    Jesus Mendoza
    994624506      

    Responder
  3. kremlyn gomez rengifo dice

    22 de mayo de 2012 a las 9:25 pm

    realmente ay muchas inconsistencia todavia creo que aste ese mes ya estaremos bien capacitados

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de mayo de 2012 a las 3:32 am

      Pues yo creo que no va por eso lado, mas bien va por que las empresas tomen decisiones sobre las nuevas reglas del T-Registro por ejemplo, donde los plazos de alta, modificación y baja son mínimos.

  4. Miguel Torres dice

    18 de mayo de 2012 a las 2:18 am

    Si en mayo recién va contratar trabajadores, tiene la opción de usar el PDT 601 1.91, ahora esos nuevos trabajadores si tiene que registrar en el T-Registro, independientemente si usas el Plame o no.

    Responder
  5. Marco Chunga F dice

    18 de mayo de 2012 a las 1:15 am

    Guillermin, tampoco entender jjj

    Responder
  6. Guillermo De La Piedra dice

    17 de mayo de 2012 a las 10:11 pm

    Pregunta para las empresa que recien en el mes de mayo ingresan personal a planilla y tiene recibos por honorarios, solo tiene que declarar en el pdt 601 version 1.92 o 1.91 y no tiene que registrar en en t registrol

    Responder
  7. Garrido Abelardo E dice

    6 de mayo de 2012 a las 1:37 pm

    Hay muchchas inconsistencias aun en la PLAME

    Responder
  8. Miguel Torres dice

    4 de mayo de 2012 a las 5:49 am

    Ojo que es periodo octubre 2012, que se declara en el mes de noviembre

    Responder
  9. Miguel Torres dice

    3 de mayo de 2012 a las 5:33 am

    Es correcto, ya se puede usar , pero recordar que si empiezan a usar ya no pueden volver al PDT 601. 1.9.2

    Responder
  10. Miguel Torres dice

    3 de mayo de 2012 a las 5:30 am

    Mas tiempo para capacitarnos

    Responder
  11. Miguel Torres dice

    3 de mayo de 2012 a las 5:29 am

    Es correcto

    Responder
  12. Frank Roland Tapia Becerra dice

    3 de mayo de 2012 a las 3:13 am

    Buena medida pero por políticas de cada empresa se puede utilizar antes, esto para ir familiarizándose.

    Responder
  13. Gonzalo Lozano Mozombite dice

    3 de mayo de 2012 a las 12:14 am

    esta muy importante esta informacion. ya era tmpo tambien de utlizar esto

    Responder
  14. David Rengifo D dice

    2 de mayo de 2012 a las 11:40 pm

    Muy interesante, colegas tener en cuenta esto; mu y importante. Pero estemos atento ante cualquier cambio nos nos confiemos hay que apoyarnos y dominemos bien este sistema, porque es el segundo paso digital: el primero fue los recibo por honorarios electronicos, los libro s electronicos y ahora el PLAME ya se nos viene la era digital al 100 %

    Responder
  15. Andrea Vásquez Domínguez dice

    2 de mayo de 2012 a las 4:05 pm

    Pero si es facil

    Responder
  16. Luna Dionne dice

    2 de mayo de 2012 a las 2:58 pm

    k chvr!!!! aun hay tiempo =)

    Responder

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