Miguel ¿Cuáles son los beneficios laborales del practicante pre profesional contabilidad?
Muy buena pregunta.
Existe una frase que dice: “recordar es volver a vivir”, si nos preguntaran: ¿Cuál fue tu primer trabajo?
Quizás muchos responderían: fue como practicante Pre Profesional en una empresa privada (modalidad formativa laboral).
ÍNDICE DEL ARTÍCULO
Practicante Pre Profesional Contabilidad
El practicante pre profesional está comprendido dentro de las modalidades formativas laborales.
Las modalidades formativas laborales son tipos especiales de convenios que relacionan el aprendizaje teórico y práctico mediante el desempeño de tareas programadas de capacitación y formación profesional,
Adicionalmente, la norma que regula es la Ley Nº 28518.
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Las labores a realizar por el practicante pre profesional deben de estar directamente relacionadas con las áreas que correspondan a su formación académica y al desarrollo de sus capacidades.
Obligaciones de la Empresa
Un practicante pre profesional no tiene las mismas condiciones que un trabajador normal en el sector privado, veamos algunos beneficios:
Jornada Trabajo
Debe laborar como máximo 6 horas diarias o 30 horas semanales, debiendo plasmarse en el convenio dicha información.
Subvención Económica
La remuneración no puede ser menor a la remuneración mínima vital (S/ 1,025.00) siempre y cuando se labore la jornada máxima.
Por otra parte, si el practicante labora menos horas, el pago de la subvención será proporcional a las horas laboradas.

Media Subvención
Tiene derecho a media subvención por cada 6 meses de labores, dicha subvención es igual a media remuneración.
Esta media subvención adicional no es un concepto de gratificación, ya que no entrega en julio o diciembre, si no mas bien por cada 6 meses de labor.
Descanso Vacacional
Tiene derecho a un descanso vacacional de 15 días subvencionados por cada 12 meses de labor continua. Dicho pago debe otorgarse antes del inicio del beneficios.
Seguro Social
El practicante tiene derecho a un seguro privado que lo cubra en caso de accidente o enfermedad.
La cobertura del seguro debe garantizar el pago de 14 subvenciones mensuales en caso de enfermedades y 30 subvenciones en caso de accidentes.
Certificado de practicante
Una vez concluida la labor del practicante, la empresa deberá entregar un certificado por las prácticas pre profesionales.
Convenio de Practicante
La empresa debe elaborar un convenio de prácticas pre profesionales con con el practicante y la casa de estudios, el tiempo del convenio dependerá de la casa de estudios, el plazo máximo es de 24 meses.

El convenio firmado ya no se presentará al ministerio de trabajo, pero debe registrarse al practicante en el T-Registro.
Descarga el Material
Comparto el material del video para que lo puedas descargar y guardarlo en tu base de datos de archivos importantes.
Trabajos de Practicante Pre Profesional Contabilidad
Si eres un estudiante de la carrera de contabilidad es muy importante que realices tus prácticas pre profesionales, mientras más pronto lo hagas, los resultados serán mejores.
Para poder ayudarte en la búsqueda de tu primer empleo, te recomiendo las siguientes páginas web:
- Trabajo de Practicante de Contabilidad [Computrabajo]
- Empleos de Practicas preprofesionales contabilidad [Jooble]
- Practicante Pre Profesional De Contabilidad [Bumeran]
- Practicante en Contabilidad [Aptitus]
- Empleos de Practicante profesional Contabilidad en Lima [indeed]
Preguntas Frecuentes de Practicante
Miguel ¿Cómo se aplican los permisos a los practicantes?
La Ley Nº 28518 y su reglamento no menciona tácitamente que hacer en este caso, las buenas prácticas recomienda aplicar la compensación de las horas dejadas de laborar.
Miguel ¿Qué pasa con el practicante que cesa antes de los 6 meses de labor, se paga la media subvención proporcional?
En este caso, tampoco señala norma que se deba pagar proporcionalmente la media subvención a los meses laborados cuando es inferior a 6 meses. Mucho menos si se debe calcular en base a meses y días laborados.
Miguel ¿Los practicantes deben renunciar con 30 días de anticipación o en todo caso pueden pedir la exoneración?
Tampoco se menciona que los practicantes deben renunciar con 30 días de anticipación o que puedan pedir la exoneración a esta regla.
Miguel ¿Si no está regulado, entonces qué hacemos?
Puedes detallar la posición de la empresa en el convenio de practicantes pre profesionales, o también en el reglamento interno de trabajo.
Conclusiones
- Si vas a contratar un practicante pre profesional para tu empresa no olvidar realizar el convenio, de no hacerlo se entenderá un contrato verbal, que significa un trabajador con todos sus beneficios.
- Un practicante no puede ser contratado para un cargo de jefatura o imponer el cumplimiento de metas específicas (Expediente N° 01167-2012-PA/TC).
- No es recomendable entregar vales de alimentos, cupones a un practicante, ya que desnaturaliza el convenio de prácticas pre profesionales (Expediente Nº 01167-2012-PA/TC).
Recomendación
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Hola Miguel, quisiera saber si es necesario envié el convenio o contrato al ministerio de trabajo? Yo recién contraté a un practicante y ya firmamos el convenio pero no se que otros documentos debo presentar. Gracias por la información
No es necesario el envío al MINTRA.
Muy interesante los temas, es de mucha ayuda para nosotros, quisiera consultar lo siguiente: en que tipo de seguro es más recomendable asegurar al practicante, Essalud o un seguro privado? gracias, me es de mucha ayuda sus respuestas, Dios lo bendiga.
Seguro Privado es la unica opción.
Buenos días Miguel, es necesario que la empresa avise al ministerio de trabajo que empezará a contratar practicantes por primera vez? Hay algún registro? O solo se contrata y se registra en el T registro?
Ya no es necesario.
Hola, Miguel, gracias por la información. Tengo una consulta, tendría que otorgarles algún documento que acredita el pago similar a la boleta de remuneración?
Si es correcto, puedes copiar del PLAME.
Excelente aporte Miguel, Se agradece por todo tus comentarios en todos los temas que tu tocas.
Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.
Hola Miguel,
Tengo la siguiente consulta , como seria el asiento contable , para el pago de una practicante pre profesional.
Saludos.
Igual que de un trabajador, solo que no hay descuento ni aportes. El aporte ya se tuvo que registrar con la factura del seguro privado.
Se declaró en el PDT PLAME monto diferente por inasistencias de un practicante .
Será necesario presentar una rectificatoria?.
Gracias por su atención
Sería recomendable hacerlo.
Tengo una empresa bajo el régimen de mype. Y deseo incorporar un practicante profesional. Debo ingresarlo en t registro? La subvencion economica para este tipo de practicante debe ser de igual forma la remuneración minima vital por lo menos? Tambien debo contratarle un seguro? O por el hecho de tenerlo en t registro ya podria hacer uso de essalud?
Tienes que ingresarlo al T-Registro, luego cada 6 meses le corresponde media subvención. El seguro es privado con una aseguradora.
Hola Miguel , una consulta, al practicante pre profesional también se le debe hacer una liquidación de beneficios? en el caso que tenga vacaciones pendiente de gozar, estas se pagan?
Gracias
La norma no indica que se debe realizar pagos fraccionados.
Hola, tengo la siguiente consulta:
Si un practicante pre profesional tiene trabajando 8 meses y al noveno mes ha pasado como practicante profesional, ¿ Pierde el descanso vacacional y la media subvención que le correspondía al cumplir el año como practicante pre?.
Gracias por tu respuesta.
La norma no ha previsto que se paga dicho beneficios en forma proporcional, por un tema de buenas prácticas deberias hacerlo, pero no hay base legal sobre ello si no lo pagas.
Muy buen tema muchas gracias por hacerlo tengo una pregunta
Si el practicante no fue registrado en el T-Registro ni declarado en el PLAME presentaría algún inconveniente o en todo caso se podría regularizar eso?
Regularizas rectificando tu PDT PLAME.
Muy interesante. =)
Mi duda es:
El practicante tiene derecho a un seguro privado que lo cubra en “caso de accidente o enfermedad”
¿solo en caso de accidente o enfermedad? ¿o apenas esteé inscrito en el T-Registro ya se debe de pagar su seguro??
EL seguro privado que paga la empresa tiene ciertos beneficios, lo consultas con la aseguradora.
Buen trabajo. Admirable para adelante.
Una consulta los practicantes ¿pueden estar incluidos en los niveles diseñados de equidad remunerativa? Según lo establecido en la Ley 30709
No, dado que no existe vinculo laboral con ellos.
Me gusta tu pagina.
Una consulta, el practicante entra en planilla?.
No es planilla, pero si le das de alta en el T-Registro y lo declaras en el PDT Plame.
Excelente el Noticiero Contable, muy didáctico toda la información.
Agradeceré la siguiente consulta: que documento entregar al practicante? una boleta de pago del PLAME? o un recibo de caja simple?
Gracias.
Una formato de boleta simple.
Hola miguel, quisiera saber si un practicante puede compensar las hora de un día que dejo de trabajar, gracias : )
Si claro también podría compensar.
Hola Miguel
Me encanta leer tus post son muy claros, precisamente tengo un practicante en planilla quisiera saber si en el plame aparte de su pago mensual se puede habilitar la opción para ingresar la media subvención por 6 meses, agradeceria tus comentarios
No hay dicha opción.
Gracias, por la información contable Que Dios te bendiga.muy claro el tema.
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Gracias interesante aporte Miguelito
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Excelente el tema deja mucho para el aprendizaje.
Muchas gracias, comparte el artículo.
Gracias, por la información. Que Dios te bendiga.
Muchas gracias, bendiciones 🙂
Hola, una duda. El monto que se declara en PLAME corresponde al monto acordado como Subvención o al neto que recibe en un mes??
He visto ambas formas de registrar la información, cuál es la correcta??
El monto de la subvención.
Hola Miguel, es un gran aporte el tuyo, te lo agradezco de antemano, mi pregunta es ¿un practicante tiene que estar en T-Regitro y declararlo en el PDT Plame?
Psdt: No hubo convenio de por medio, solo verbal, aceptando el practicante recibir solo 150.00 mensual.
Si tiene que ser dado de alta en T-Registro y declarado en el PDT PLAME.
Voy a iniciar como practicante y la persona que me va a contratar me dice que me va a pagar todos los pasajes y la comida (pero solo eso)
¿Está bien aceptar a eso? Y si está bien ¿por cuánto tiempo debo de aceptar eso?
Bueno eso ya depende de ti, en el articulo has visto los beneficios del practicante.
Alguien sabe cuanto se paga por ese seguro de practicante?
Con cualquier seguro lo puedes cotizar.
Hola miguel, una pregunta a los practicantes preprofesionales debe estar registrados en el t-registro? y declararse en el Plame? y con respecto al seguro de salud en que momento se contrata este seguro?en el momento que inicia o antes o puedo gestionar este seguro después de haberle registrado en el t-registro?, espero tus respuestas
milagros
Es correcto, deben estar registrados en el T-Registro y declarados en el PLAME. El seguro se contrata con un privado (pacifico, positiva, etc).
Hola, yo hice mis practicas hace unos meses en una empresa. Ahora estoy haciendo mis tramites de convalidación con mi universidad.
Mi pregunta es si era necesario que mi contrato fuera enviado al ministerio de trabajo?
La empresa no lo llego a enviar, entonces no se si cuentan como practicas o no.
Yo hice mis practicas de Febrero a Julio
Claro para contratar un practicante la empresa debe celebrar un convenio (Universidad, Empresa, Trabajador).
Hola. Te cuento que entre como practicante a una empresa bajo el regimen agrario. Labore por 4 meses (31 de julio – 29 de noviembre del 2015) el contrato se renovaba cada 3 meses por lo que el primero lo hicieron julio – setiembre y el ultimo octubre – diciembre. Les dije que yo saldria en noviembre por cumplir mis 4 meses de practicas y me dijeron que no habia problema con el contrato. Ahora me pregunto ME CORRESPONDE UNA LIQUIDACIÓN LABORAL?
Si el documento que has firmado es un contrato de trabajo si te corresponde, por otro lado si es un convenio de practicas pre profesionales no te corresponde.
Y como se puede hacer si al momento de empezar a realizar las practicas no firmas ningún tipo de convenio, y por ello no te dan los beneficios correspondientes?
Porque el convenio lo realiza tu casa de estudios, si no tienes convenio quizas tengas otros documentos que prueben tu relación como practicante.
Buen aporte, para la juventud así hacerse respetar sus beneficios, hay empresas que abusan.
Gracias por el comentario 🙂
Gracias por la información contable que son excelente. Una pregunta: soy de provincia y me encantaría estas en tus talleres pero me es imposible porque trabajo de lunes a sábado. Me gustaría aprender mas.
Gracias por el comentario, estamos trabajando en los cursos virtuales.
Buenos Temas!
Gracias 🙂
Muy interesante ya que a muchos cuando hacemos practica solamente nos pagan solo S/. 300.00
Muchas gracias.
Miguel tengo una consulta al momento de una liquidación de un trabajador al momento de entrega de su ultima boleta puedo declarar remuneración basica aparte remuneración vacacional , compensación vacacional e indemnización si esta persona no tuvo vacaciones ? obvio muy aparte de su grati cts vacaciones truncas ,puedo colocar los dos conceptos remuneración basica y remuneraciones vacacional?
Claro puedes hacer eso, es mas es lo correcto como se debe llenar la boleta indicando los montos de las liquidación percibida.
Me pares+ce muy interesante este tema ya que nos ayuda a conocer nuestros derechos ya que muchas veces los empleadores no cumples con ello.
Concuerdo contigo 🙂
Miguel consulta, en caso de los convenios pre -profesionales es posible o la ley indica que se puede exonerar al practicante de descuento de afp ?
A un practicante no se descuenta pensión.