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Prestamos a Trabajadores [Intereses Presuntos]

Publicado por Miguel Torres el 21 de octubre de 2021 18 comentarios

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Miguel ¿Puedo prestarle a mi trabajador un préstamo de S/ 5,000 soles?

Si claro es correcto, solo debes tener en cuenta ciertas formalidades y además agregar una tasa de interés.

Miguel ¿Debo cobrar interés por los préstamos a trabajadores?

Es correcto, aunque existen dos excepciones, tipificado en el artículo 26 de la LIR.

Prestamos a Trabajadores

En primer lugar, el artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, nos indica que todo préstamo en dinero devengan intereses, no menor a la tasa activa de mercado promedio mensual en moneda nacional (TAMN) que publique la Superintendencia de Banca y Seguros

  • Tasas de interés activas de mercado

En segundo lugar, el tercer párrafo del artículo 26 de la Ley del Impuesto a la Renta, nos refiere a la presunción de intereses relacionado a préstamos al trabajador.

Las presunciones contenidas en este artículo no operarán en los casos de préstamos a personal de la empresa por concepto de adelanto de sueldo que no excedan de una (1) Unidad Impositiva Tributaria o de treinta (30) Unidades Impositivas Tributarias, cuando se trate de préstamos destinados a la adquisición o construcción de viviendas de tipo económico; así como los préstamos celebrados entre los trabajadores y sus respectivos empleadores en virtud de convenios colectivos debidamente aprobados por la Autoridad Administrativa de Trabajo. 

En conclusión, existen dos supuestos donde no operará la presunción de intereses:

  • Préstamos menores a 1 UIT
  • Préstamos menores a 30 UIT destinados a construcción de vivienda

Finalmente, en esa misma línea el inciso e) del artículo 15 del reglamento del Impuesto a la Renta hace mención a la presunción de intereses por préstamos a trabajadores.

Formalidades de un Préstamo

Los documentos o medios probatorios son muy importantes cuando se van a realizar préstamos a trabajadores, por ejemplo:

  • Contrato de Mutuo (opcional: legalizado)
  • Entrega y devolución del préstamos utilizando un medio de pago
  • Cobro de intereses en caso de préstamos superiores a 1 UIT o superiores a 30 UIT para construcción de vivienda.

Miguel ¿Qué tasa de interés se cobraría?

Un pequeño ejemplo de tasa de interés según la SBS: 10.59% Anual

tasa activa de mercado promedio mensual en moneda nacional

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18 comentarios

  1. DANIEL dice

    25 de febrero de 2025 a las 4:26 pm

    SI EL ACUERDO ES BAJO CONTRATO DONDE ESTIPULA LAS CONDICIONES Y FORMAS DE PAGO ENTONCES ¿QUE PASARIA SI EL PRESTAMO SUPERA LAS 30UIT Y LA TASA DE INTERES ANUAL Q APLICARIA ES INEFRIOR A LO QUE DICE LA SBS. HABRA ALGUNA OBSERVACION O MULTA POR PARTE DE SUNAT?

    Responder
  2. GLENDA AREVALO dice

    14 de marzo de 2023 a las 12:25 pm

    HOLA MIGUEL

    REALIZAMOS UN PRESTAMOS DE 50,000 SOLES A UN TRABAJADOR PARA LA COMPRA DE SU VEHICULO PROPIO, CUANTO DE INTERES SE LE DEBERIA COBRAR ? Y QUE DOCUMENTOS SE DEBE DE FORMALIZAR?

    Responder
  3. Paula dice

    18 de enero de 2023 a las 11:32 am

    una consulta , si se ha otorgado préstamos mayores a 1 uit y no se les cobró intereses , hay alguna multa o sanción que pueda afectar a la empresa o al trabajador, alguno de estos préstamos ya se terminaron de descontar, que debería realizar la empresa en este caso.
    otra consulta si estos prestamos se consideran adelanto de sueldo quedaría liberado de intereses.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2023 a las 3:10 pm

      El que te puede observar intereses presuntos es SUNAT, tiene el sustento para hacerlo, debido a que superan 1 UIT. Sobre tu segunda pregunta es correcto.

  4. HELEN dice

    18 de octubre de 2022 a las 11:41 am

    Buen dia Miguel, Sí la empresa presto al colaborador 2,000 soles pero si pacto una tasa en el mutuo dinerario. La empresa deberá emitir comprobante por el cobro de ese interés. Y de ser menor la tasa del mutuo en comparación a la TAMN. Entonces se deberá emitir el comprobante a la tasa actualizada TAMN.
    Esperando tu valiosa apreciación.

    Responder
  5. Meylin dice

    14 de octubre de 2022 a las 11:24 am

    Buenos días Miguel,
    Si al trabajador le otorgo préstamos menores a una UIT todos los meses y al sumarlos en un periodo de un año superan una UIT, debería aplicar la tasa de interés?

    Gracias de antemano.

    Responder
  6. Alexandra Mejia dice

    29 de noviembre de 2021 a las 11:33 am

    Hola, miguel, entiendo que el prestamo al personal menor a 1UIT, es referido x cada trabajador, es correcto?.
    o sea, podria tener “X” cantidad de prestamos de 2000 soles , y no tendria q aplicar intereses presuntos…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2021 a las 2:25 pm

      Es correcto.

  7. Ricardo Falcon dice

    3 de noviembre de 2021 a las 7:55 pm

    Con respecto a los prestamos a colaboradores con Recibo de Honorario se aplica lo que indica la LIR o el Codigo Civil, un abrazo y espero tu respuesta. Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de noviembre de 2021 a las 12:13 pm

      No, se aplica la presunción a terceros.

  8. Vanesa dice

    26 de octubre de 2021 a las 10:07 pm

    Muchas gracias Miguel por la información!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de octubre de 2021 a las 11:01 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  9. Angel T. dice

    22 de octubre de 2021 a las 12:52 pm

    Buen dia Miguel, existe un respaldo para negar la solicitud de adelanto o prestamo del colaborador o solo queda a criterio del empleador?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2021 a las 11:32 am

      Es criterio del empleador.

  10. Mateo Quispe dice

    21 de octubre de 2021 a las 4:34 pm

    Estimado Miguel, me encanta tus artículos, realmente nos sirve de mucho orientación a los que estamos iniciando en la contabilidad. Dios te bendiga y te prospere en todo tus proyectos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2021 a las 11:46 am

      Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.

  11. Eloisa dice

    21 de octubre de 2021 a las 2:44 pm

    Muchas gracias. Interesante, desconocía que los préstamos por vivienda estaban exentos de intereses.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2021 a las 11:49 am

      Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.

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