Si la Resolución que declara infundado un recurso de reclamación contra una Orden de Pago, ¿convierte en exigible la deuda tributaria contenida en la misma, aún cuando se haya presentado contra dicha Resolución un recurso de apelación en el plazo de ley?
Se debe continuar con la suspensión del Procedimiento de Cobranza Coactiva de una Orden de Pago notificada conforme a ley y reclamada dentro del plazo de veinte días, en caso que el deudor tributario apele oportunamente la Resolución que declaró infundada dicha reclamación.
INFORME Nº 265-2008-SUNAT/2B0000
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