Si se trata de deudores tributarios domiciliados en el interior del país ¿pueden fijar como domicilio procesal la ciudad de lima?
“Para efecto de los procedimientos seguidos ante el Tribunal Fiscal, los deudores tributarios pueden fijar su domicilio procesal en la ciudad de Lima, a pesar de pertenecer al directorio de una Intendencia u Oficina Zonal que tenga competencia en otra zona geográfica del país”.
Informe N° 099-2008-SUNAT/2B0000
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