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Inicio » Sunat » ITAN 2025 – Impuesto Temporal a los Activos Netos

ITAN 2025 – Impuesto Temporal a los Activos Netos

Publicado por Miguel Torres el 19 de febrero de 2024 154 comentarios

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Miguel ¿Qué es el ITAN 2025?

El ITAN – Impuesto Temporal a los Activos Netos, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos de una empresa.

Este impuesto se aplica a los generadores de renta de tercera categoría sujetos al Régimen General y/o Régimen Mype Tributario.

El Impuesto se aplica sobre los activos netos al 31 de diciembre del año anterior.

El ITAN, puede utilizarse como crédito contra los anticipos de renta y regularización del Impuesto a la Renta.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Obligados a declarar el ITAN
  • Inafectos del ITAN
  • Tasa del ITAN
  • PDT 0648 ITAN
    • Pago al Contado ITAN
      • Código Tributo ITAN
    • Pago en Cuotas ITAN
  • Cronograma de Pagos ITAN
  • Crédito contra el Impuesto a la Renta
  • Acreditación de Pagos a Cuenta del Impuesto a la Renta
  • Cronograma ITAN 2025
  • Información Complementaria
  • Cronogramas Tributarios Smartphone
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    • Artículos Relacionados:

Obligados a declarar el ITAN

Los contribuyentes que generan rentas de tercera categoría cuyo valor de los activos netos al 31 de diciembre de 2024 supere un millón de Soles (S/ 1,000,000.00) que estén comprendidos en el Régimen General o Régimen Mype Tributario.

La obligación incluye a los que se encuentran en Régimen de Amazonía, Régimen Agrario, los establecidos en Zona de Frontera, entre otros.

Están obligados, también, las sucursales, agencias y demás establecimientos permanentes de empresas no domiciliadas.

Miguel ¿Qué pasa con los contribuyentes del Régimen Mype Tributario?

Para los contribuyentes del RMT, la obligación empezó en el ejercicio 2017, de cumplir los requisitos antes señalados.

Inafectos del ITAN

  • Los sujetos que iniciaron operaciones en ejercicio 2025.
  • Las empresas que presten el servicio público de agua potable y alcantarillado.
  • Las empresas que se encuentren en proceso de liquidación o las declaradas en insolvencia por el INDECOPI al 1 de enero de cada ejercicio.
  • La Corporación Financiera de Desarrollo – COFIDE.
  • Las entidades inafectas o exoneradas del Impuesto a la Renta a que se refieren los artículos 18 y 19 de la Ley del Impuesto a la Renta.
  • Las personas naturales, sucesiones indivisas o sociedades conyugales que perciban exclusivamente las rentas de tercera categoría a que se refiere el inciso j) del artículo 28 de la Ley del Impuesto a la Renta.

Tasa del ITAN

La tasa del impuesto está determinado por el siguiente cuadro:

tasa-ITAN

Miguel ¿Cuál es la base del ITAN para realizar el cálculo, lo que refleja el balance general del PDT Anual?

Eso hace que la mayoría de los contadores, copiar el mismo monto que figura en el estado de situación – Activos Netos de la Declaración Anual.

Pero, el Informe N.º 232-2009-SUNAT/2B0000, respondió dicha pregunta con la siguiente aseveración:

Puede afirmarse que la base imponible del ITAN equivale al valor de los activos netos consignados en el balance general más el valor de las depreciaciones y amortizaciones– ambos calculadores de acuerdo a las normas y principios contables – menos el valor de las depreciaciones y amortizaciones calculados según la legislación del impuesto a la renta.

base ITAN

PDT 0648 ITAN

Para la declaración y pago del ITAN debemos utilizar el PDT 0648 – Impuesto Temporal a los Activos Netos (versión 1.3).

El ITAN podrá ser pagado de dos formas:

  • Al contado o
  • Nueve cuotas mensuales iguales.

Pago al Contado ITAN

Si el contribuyente opta por el pago al contado, debe realizado junto a la presentación del PDT 0648.

En caso de presentación con pago cero, este debe regularizarse utilizando el Formulario 1662 – Guía Pagos Varios, con la siguiente información:

Código Tributo ITAN

  • Código Tributo: 3038
  • Periodo: 03/2025

Pago en Cuotas ITAN

Si el pago se realiza en cuotas, el monto total del ITAN se dividirá en 9 cuotas.

La primera cuota debe pagarse con la presentación del PDT 0648.

El pago de las 8 cuotas restantes se realiza utilizando el Formulario 1662 – Guía Pagos Varios, detallando la siguiente información:

  • Código Tributo: 3038
  • Periodo: XX/2025

Cronograma de Pagos ITAN

NÚMERO DE CUOTASPERIODO TRIBUTARIO
PRIMERA03/2025
SEGUNDA04/2025
TERCERA05/2025
CUARTA06/2025
QUINTA07/2025
SEXTA08/2025
SÉTIMA09/2025
OCTAVA10/2025
NOVENA11/2025

La primera cuota debe pagar con la presentación del PDT 0648.

  • Asiento Contable Pago de ITAN

Crédito contra el Impuesto a la Renta

Sobre este punto debemos revisar el Decreto Supremo N.º 417-2020-EF que modifico el Reglamento del Impuesto Temporal a los Activos Netos.

“El Impuesto efectivamente pagado en los meses de abril a diciembre del ejercicio al que corresponde el pago podrá ser aplicado como crédito contra los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta de los periodos tributarios de marzo a diciembre del mismo ejercicio que no hayan vencido a la fecha en que se efectúa el pago del Impuesto …”

Acreditación de Pagos a Cuenta del Impuesto a la Renta

Los contribuyentes que ejerzan la Opción utilizarán como crédito el pago a cuenta determinado de acuerdo con las normas del Impuesto a la Renta, efectivamente pagado, correspondiente al periodo tributario consignado en la columna “A”, contra la cuota mensual del Impuesto indicada en la columna “B” del cuadro que a continuación se detalla:

Acreditacion de Pagos a Cuenta del Impuesto a la Renta

Adicionalmente, se podrá utilizar el pago del ITAN para la regularización de la declaración del impuesto a la renta 2024.

Para realizar lo antes mencionado, debe efectuarse el pago dentro del plazo de la presentación de la declaración jurada anual.

Pago del ITAN mes efectuo pago

Cronograma ITAN 2025

La declaración y pago al contado del ITAN se debe realizar en los plazos previstos del periodo tributario marzo.

012-34-56-78-9Bue. Con.
15/04/202516/04/202521/04/202522/04/202523/04/202524/04/202525/04/2025

Información Complementaria

El PDT 0648 solicita la información del representante legal y del contador público colegiado que certifica la declaración.

Esta información es de carácter obligatorio.

datos ITAN

Cronogramas Tributarios Smartphone

Si deseas obtener el cronograma tributario de las obligaciones tributarias 2025, te recomiendo leer este artículo (incluye cronograma del ITAN 2025):

  • Cronograma Obligaciones Tributarias 2025 SUNAT

Conclusión

  1. El ITAN – Impuesto Temporal a los Activos Netos, es un impuesto al patrimonio, que grava los activos netos de una empresa.

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154 comentarios

  1. Victoria dice

    21 de abril de 2025 a las 12:22 pm

    Si se declaró fuera de fecha el ITAN de 2024 existe la multa, y si existe, el régimen de gradualidad es el de 2025?!

    Responder
  2. olegario dice

    27 de marzo de 2025 a las 6:30 pm

    buenas tardes una consulta tengo un consorcio que inicio sus operaciones en octubre 2024 solo cobro adelantos aun no presento ninguna valorizacion de obra sus activos netos superan el millon esta obligado pagar el ITAN? gracias de antemano por su respuesta

    Responder
  3. JUAN VILLACORTA dice

    11 de marzo de 2025 a las 2:26 pm

    ES OBLIGATORIO QUE EN LA DECLARACION ITAN SE CONSIGNE EL NOMBRE DEL CONTADOR Y SU CODIGO DE COLEGIATURA GRACIA.

    Responder
  4. Josselyn dice

    4 de diciembre de 2024 a las 9:31 am

    Hola Miguel,
    Gracias por tu aporte, tengo una duda, los bonos también son parte de los Activos Netos, sin embargo no son dinerarios, en este caso también debería considerarlo en el ITAN????

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2024 a las 3:14 am

      Si los considero.

  5. Diana Silva dice

    23 de abril de 2024 a las 11:47 am

    Hola Miguel, gracias por la informacion
    Consulta: ¿De cuanto es la multa por presentar fuera de fecha el ITAN?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2024 a las 7:18 am

      Es 1 UIT, con una gradualidad del 90%.

  6. Margot dice

    12 de abril de 2023 a las 3:49 pm

    buenas tardes,y a consulta Miguel ,el período 2022 tuvimos cerca de 3 millones ingreso anual,cuál es el tope para declarar el irán?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2023 a las 12:28 pm

      No hay tope, si superas el 1 millón en activos, ya estás obligado.

  7. carlos dice

    7 de abril de 2023 a las 10:28 am

    Buenos días, considero que el Activo Neto es la casilla 390 menos la casilla 412 del Balance General, ¿es lo mismo para la Base Imponible del ITAN?.
    Gracias por tu respuesta. Bendiciones.

    Responder
  8. Naty dice

    3 de abril de 2023 a las 11:12 pm

    Buenas noches estimado Miguel, una consulta respecto al pronunciamiento de Sunat sobre el informe N° 054-2021-SUNAT/7T0000, que indica considerar los alquileres en el calculo del ITAN, esta vigente? Muchas gracias.

    Responder
  9. Bere0810 dice

    29 de marzo de 2023 a las 6:37 pm

    Miguel, debo adicionar mi provision de cobranza dudosa?

    Responder
  10. Roy Jesus dice

    28 de noviembre de 2022 a las 12:02 pm

    Hola Miguel,

    Si mis activos netos superan el millon de soles pero al deducir mis inversiones mobiliarias (acciones que se tiene en otras empresas) tengo un importe menor al millon de soles, igual debo presentar ITAN ???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de noviembre de 2022 a las 2:53 pm

      Revisa el artículo 5 de la Ley Nº 28424.

  11. NOEMI ZEVALLOS dice

    2 de septiembre de 2022 a las 10:42 am

    PARA PAGAR LAS CUOTAS DEL ITAN, EXISTE CRONOGRAMA O COMO ES LA FORMA DE PAGO, TALVEZ MENSUAL PARA EL AÑO 2022.

    Responder
  12. Kathy dice

    27 de julio de 2022 a las 9:25 am

    Hola Miguel
    La primera cuota lo presente en su oportunidad, pero por error se olvidaron de pagarlo, y este ya se había considerado para compensar el pago a cuenta del impuesto a la renta de marzo 2020, se pago 5 días después de su fecha de vencimiento.
    Mi consulta es que debe retirar del pdt 621 de marzo para recién usarlo en abril?
    Espero tu respuesta. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de agosto de 2022 a las 1:27 am

      Es correcto.

  13. Benedicto Miguel Cabrera Farfán dice

    14 de febrero de 2022 a las 12:08 pm

    Según RTFOO N° 03885-8-2021 si es posible solicitar compensación del saldos de ITAN a otros tributos como el igv, por favor su comentarios

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2022 a las 12:32 pm

      La RTF N° 03885-8-2021, reconoce la posibilidad de compensar el saldo no utilizado de ITAN contra otros tributos, por lo que sería posible que se pida la compensación del saldo no usado contralos pagos a cuenta o la regularización del impuesto a la Renta.

  14. Wily dice

    30 de septiembre de 2021 a las 6:16 am

    Miguel buenas,
    de antemano gracias por tus aportes que son muy valiosos.
    consulta estuve obligado en el periodo 2020 a presentar la dd.jj del itan pero no lo hice, ¿puedo regulariza la dd.jj. del itan en setiembre 2021 y utilizar el pago del impuesto del itan, como pagos a cuenta de los periodos de set, oct, nov y dic. 2021?
    gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2021 a las 1:09 am

      Si es correcto, o en tu DJ Anual tb.

  15. Nicol Quispe Rivas dice

    9 de septiembre de 2021 a las 2:44 pm

    Según RTFOO N° 03885-8-2021 si es posible solicitar compensación del saldos de ITAN a otros tributos como el igv, por favor su comentarios

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de septiembre de 2021 a las 4:39 am

      Ninguno, no he visto ningún caso practico de ese tipo de compensación.

  16. Manuel dice

    27 de agosto de 2021 a las 8:27 pm

    Buena información Miguel

    Mi Consulta es que una empresa compro el año 2020 una maquinaria del año de fabricación del año 2014, mediante leasing financiero, es deducible para el ITAN 2021.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2021 a las 6:04 am

      En lo personal creo que sí.

  17. Lilia dice

    2 de agosto de 2021 a las 6:21 pm

    Hola Miguel buenas tardes, leí tu articulo sobre multas por declarar fuera de plazo 2021 y según tu cuadro de gradualidad si se subsana y pagas sin que sunat te notifique se puede tener una gradualidad del 100% no pagas multa también aplica para el itan?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de agosto de 2021 a las 9:26 pm

      No aplica para el ITAN.

  18. Emma dice

    18 de junio de 2021 a las 6:30 pm

    Buenas noches si declare el ITAN del periodo 2019, fuera de fecha (el marzo del año 2021), debo pagar la multa o hay alguna facultad de discrecionalidad que se aplique?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de junio de 2021 a las 1:26 pm

      Debes pagar la multa.

  19. Elisa dice

    16 de junio de 2021 a las 11:34 am

    Que pasa si no e presentado la Declaración ITAN 2020? Dado a que los Activos netos no superan el 1,000,000.00. Igual lo se presenta fuera de plazo y hay multa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de junio de 2021 a las 1:32 pm

      Si no superas el millon de activos netos, no estas obligado a presentar ITAN.

  20. Omar dice

    14 de junio de 2021 a las 6:36 pm

    Buenas, una consulta, pagué la cuota del ITAN de marzo, pero no pagué la de abril, ahora voy a pagar la de abril y mayo. La pregunta es si puedo aplicar las cuotas de marzo, abril y mayo como crédito contra el pago a cuenta del I.R del periodo mayo, o solo se aplica la cuota de mayo. Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2021 a las 1:26 am

      Si puedes aplicar para el periodo mayo.

  21. Oscar Tafur dice

    4 de junio de 2021 a las 9:43 am

    Consulta. declaré, pero no pague el ITAN 2020, tuve perdida en ese año, ¿debo pagar el ITAN de todas formas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de junio de 2021 a las 10:34 pm

      Es correcto, no tiene nada que ver con si hay ganancia o pérdida, graba los activos netos.

  22. Rosa dice

    25 de mayo de 2021 a las 10:02 am

    Me pueden decir cual es el código para pagar la multa por declarar fuera de plazo los activos netos..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de mayo de 2021 a las 1:04 pm

      El mismo que del PDT.

  23. Stefany G dice

    19 de mayo de 2021 a las 10:44 pm

    Hola. Si presento la declaración jurada del ITAN fuera de plazo. Posteriormente, pago la primera cuota, y así las sucesivas, ¿tendría que pagar una multa por fuera de plazo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 1:15 am

      Es correcto.

  24. Elena dice

    16 de mayo de 2021 a las 4:59 pm

    Buenas Tardes Miguel
    Si yo tengo crédito de impuesto a la renta del ejercicio anterior y en el declaración del periodo 032021 empece a pagar ITAN, por lo tanto aplique la primera cuota contra IR
    ahora en el periodo 042021 como hago con el ITAN si voy a empezar a jalar el credito que me quedo de la declaración jurada anual 2020, gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2021 a las 11:12 am

      Es correcto, jalas el credito de renta y tb del ITAN.

  25. Jose farroñan dice

    12 de mayo de 2021 a las 11:43 pm

    Si no presente el Itan en su tiempo, Pero mis activos superan el 1MM de Soles ( A nivel de DJ Anual), pero calculando con las adiciones y deducciones no supero el Millon ( porque tengo activos que no tienen la antigüedad de 3 años) Estoy obligado a pagar la multa, Considerando que presente la DJ del Itan extemporanamente, con la base Imponible no supero el monto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 2:30 pm

      Si es correcto.

  26. Karin dice

    10 de mayo de 2021 a las 11:43 am

    Buen dia, no se declaro el itan 2020 ni el 2021, tengo multa? y si es asi con que código debo pagar?, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 4:18 pm

      Es correcto, la multa es como no declarar PDT.

  27. Yajaira dice

    5 de mayo de 2021 a las 5:42 pm

    Excelente artículo, gracias Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de mayo de 2021 a las 3:12 am

      Gracias 🙂

  28. Anthony Ocampo Mori dice

    14 de abril de 2021 a las 11:49 am

    Estimado Miguel, tengo saldo del ITAN que pagué en el periodo 2019 y no los apliqué contra el pago del IR de dicho periodo. Tampoco quiero pedir la devolución ¿Cómo sería el tratamiento contable para sacar esos saldos de mi contabilidad? ¿Una cuenta de gasto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2021 a las 12:04 am

      Contra la 59.

  29. Rosa dice

    15 de julio de 2020 a las 8:42 am

    Hola Miguel, una consulta, declare el día de ayer el ITAN , pero no realice el pago, hay multa por no realizar el pago junto con la declaración.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de septiembre de 2020 a las 9:30 pm

      No hay multa.

  30. Jorge dice

    30 de mayo de 2020 a las 12:57 pm

    Buenas tardes, muy buen aporte estimado miguel.
    mi consulta es: realize pagos del itan en el periodo 2017 y 2018 en el respectivo periodo por un total de s/ 19250.00. pero no compense el itan pagado con el impuesto a renta.¿ en el periodo 2020 puedo compensar dichos pagos del itan?. gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2020 a las 10:04 am

      Ya no puedes hacer eso.

  31. Rochicita dice

    15 de abril de 2020 a las 9:50 pm

    Buenas noches estimado Miguel, si mi valor de activos neto 2019(del año 2018) es de 2’000,000 y rectificando es de 2’800,000 ¿Habria multa por la diferencia? y si habría multa podría acogerme a alguna facultad discrecional para evitar la multa?….De antemano agradezco por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2020 a las 5:30 am

      Si claro si la falta se originó en el estado de emergencia, SUNAT no aplicará sanción alguna.

  32. Jean Clinton Masgo Eugenio dice

    14 de abril de 2020 a las 11:19 am

    Estimado Miguel Buenos días, en el caso si tuvieras activos revaluados en los rubros de Terrenos, Edificaciones, Maquinarias y Equipos y Vehículos, que fueron revaluados en el 2018. y estos mismo fueron declarados en el ITAN 2018. Cual seria su tratamiento para el ejercicio 2019 para la declaración del ITAN 2019. Agradezco su respuesta anticipadamente.

    Responder
  33. Gustavo dice

    12 de abril de 2020 a las 5:36 pm

    Excelentes respuestas a nuestras inquietudes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de abril de 2020 a las 7:39 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  34. Carol dice

    7 de abril de 2020 a las 4:36 pm

    Miguel, una consulta para el itan 2020 debo considerar los ajustes de la niif16

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de abril de 2020 a las 5:57 am

      Si dado que la NIFF 16 entro en vigencia el 2019.

  35. Marisela dice

    27 de marzo de 2020 a las 3:00 pm

    Hola, Miguel!!!
    Y que va a pasar con la declaración del ITAN 2020? También se posterga?
    Y si se declaró Renta Anual 2019 en la fecha?
    #YO ME QUEDO EN CASA
    Bendiciones!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2020 a las 5:16 pm

      Sigue vigente, dado que el valor de activo lo sabes sin necesidad de presentar la DJ Anual.

  36. Jemariza dice

    25 de marzo de 2020 a las 9:24 pm

    Miguel, buen día tengo saldo a favor de renta y no he aplicado el ITAN en los pagos a cuenta (porque primero debo agotar el saldo a favor y después el Itan), además tengo pérdida tributaria. En el Formulario 710 esta el mensaje que dicho Itan No aplica como crédito.¿para que se considere en gasto en 2019, debo realizar un tramite adicional y hasta cuando tengo máximo para dicho tramite?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de marzo de 2020 a las 8:04 am

      Pide la devolución del ITAN.

  37. Angela dice

    18 de marzo de 2020 a las 3:46 pm

    Buenas tardes.
    Una consulta si la base del calculo de itan no superan un millon, es obligatorio presentar la declaracion de itan de todas formas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de marzo de 2020 a las 8:22 pm

      No es obligatorio.

  38. Edu dice

    6 de noviembre de 2019 a las 4:06 pm

    Buenas tardes Miguel: para el Itan 2019, dices que los que iniciaron en el ejercicio 2018 no están afectos, es correcto ? la empresa que estoy viendo inicio en junio 2018 y al cierre diciembre supero el 1,000000, cual es la base legal por favor.

    Te agradeceré.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2019 a las 8:34 pm

      Es correcto, puedes llamar a la SUNAT si deseas la base legal exacta.

  39. Ronald dice

    11 de septiembre de 2019 a las 1:33 pm

    Miguel si me llegó una resolución de multa por no haber declarado ITAN y voy a declarar y pagar dentro de los 7 días con cuánto de rebaja la tengo que pagar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2019 a las 8:43 am

      Si no lo subsanarse la presentación dentro del plazo señalado en la resolución, ya no hay gradualidad.

  40. Maria Mercado dice

    12 de agosto de 2019 a las 10:29 am

    Hola Miguel, mi consulta es si no llegue a para la deuda del periodo 2017, tengo parar la cuota mas los intereses o solo los intereses.
    gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2019 a las 4:46 am

      Solo intereses.

  41. Yasselly Huachani dice

    19 de junio de 2019 a las 4:14 pm

    Buenas tardes, una consulta sengun la Sc 3727-2016 puedo compensar saldo afavor del Impuesto a la Rentq contra los pagos fraccionados de ITAN, como lo aplicaria en tu caso practico
    Espero tu respuesta gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2019 a las 10:09 am

      Si es correcto en el declara facil, compensar el pago de la cuota que vas pagando del ITAN.

  42. Raul SB dice

    31 de mayo de 2019 a las 8:51 am

    Gracias por tu Colaboración Miguel, Exitos !

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2019 a las 10:20 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  43. Carina dice

    20 de mayo de 2019 a las 4:57 pm

    Gracias por compartir tus conocimeintos , una pregunta , que pasa si olvide pagar las primeras cuotas de las nuevo del itan .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2019 a las 9:24 pm

      Solo regulariza el pago.

  44. Luciana Pintado dice

    18 de mayo de 2019 a las 10:02 pm

    Excelente como siempre Miguel, siempre atinado en tus respuestas, si podrías hacer un caso practico por favor, suerte y muchas bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2019 a las 11:47 pm

      Gracias, lo voy a tener en cuenta.

  45. Maria dice

    15 de mayo de 2019 a las 8:29 am

    Buenos días, tengo una duda, presente mi declaración del ITAN pero luego se hizo una rectificatoria a la DJ anual y tengo que presentar otra rectificatoria para el ITAN ya que el pago es un monto menor,el pago se fraccionó, mi pregunta es si ¿tengo alguna multa que pagar y que pasa con el primer pago que realicé?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2019 a las 11:50 pm

      Si tendrías que rectificar el ITAN, o lo puedes dejar así (dado que el monto es menor).

  46. Lyz dice

    26 de abril de 2019 a las 12:42 pm

    Hola Miguel

    ¿Cómo se calcula la multa y cómo se hace el pago respectivo por no declarar a tiempo el ITAN?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de abril de 2019 a las 1:35 pm

      Es igual como no declarar el PDT Anual, es la misma forma, 1 UIT con rebaja del 90%.

  47. Jose dice

    16 de abril de 2019 a las 10:24 am

    Buenos Días Miguel: El pago del ITAN que se hace en un periodo tributario, debe declararse en PDT 621, así no se tenga ingreso en el mes y/o no se haga compensación.Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 6:07 pm

      Si deberías declararlo para jalar el monto a compensar.

  48. Sandra Isabel Nuñez Valencia dice

    16 de abril de 2019 a las 8:06 am

    Buenos días, estimado hay multa por declarar fuera de plazo el ITAN ??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 6:11 pm

      Si es correcto, como un PDT.

  49. Jorge Hurtado Vasquez dice

    15 de abril de 2019 a las 1:32 pm

    Buenas tardes Estimado Miguel consulta cuando dice que puedo deducir las maquinarias y equipos que no tengan una antigüedad superior a los tres años se esta refiriendo a la cuenta 333 de plan contable general empresarial y si la empresa compra computadoras, impresoras también se deben deducir de la base del itan, eso es mi duda por favor estimado miguel gracias y bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 10:10 pm

      Hola, te paso un link con la información a tu email.

  50. Lucia Araujo dice

    8 de abril de 2019 a las 9:29 am

    Sugiero también tocar el tema de adiciones y deducciones hay mucha discrepancia en el tema a la hora del cálculo por Ejemplo en maquinarias y equipos la definición no engloba exactamente a toda la cuenta 33 entre otros.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de abril de 2019 a las 10:20 am

      Okis muchas gracias por la sugerencia.

  51. Catherine dice

    2 de abril de 2019 a las 8:15 pm

    Estimado Miguel, buenas noches y de antemano gracias por la respuesta tengo 10,000 soles de Itan del 2017 que no fue aplicado contra renta se puede utilizar para 2018 y 2019 o lo pierdo y se convierte en gasto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2019 a las 9:20 pm

      Se pierde.

  52. Angel Huamani dice

    18 de enero de 2019 a las 5:27 pm

    Buenas tardes estimado Miguel, el ITAN se paga en 9 cuotas mensuales de Marzo hasta Noviembre, que pasaría si por error pago en Diciembre una cuota de más.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de enero de 2019 a las 1:40 am

      Lo compensas como pago indebido con un tributo (FV 1648).

  53. Luisa dice

    20 de julio de 2018 a las 12:59 pm

    Hola Miguel,

    En el mes de julio de este año, he rectificado mi DJ ANUAL 2017 (solo cuentas de balance), con la rectificatoria mi activo se ha incrementado ¿?s Tengo que rectificar el calculo de ITAN, como haría mis pagos mensuales de ITAN y cual sería mi multa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2018 a las 10:57 am

      La multa es por el tributo omitido.

  54. César dice

    23 de abril de 2018 a las 2:52 pm

    Buenas tardes Miguel: Si una empresa solo pago 2 cuotas del ITAN 2017 (del año 2016), ¿el resto de cuotas puede ser exigible por la Sunat, se configura deuda por las cuotas no pagadas?..Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2018 a las 11:41 am

      Si te lo pueden cobrar. Mejor dicho te lo van a exigir.

  55. Lesly dice

    23 de abril de 2018 a las 8:16 am

    Gracias por lo compartido miguel .. muy buen aportacion 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2018 a las 2:37 pm

      Muchas gracias, bendiciones.

  56. Luis Pastor dice

    17 de abril de 2018 a las 2:12 pm

    Eres muy acertado en tus respuestas, tienes agudeza, preciso y esto en tributación es muy bueno. nos ayudas mucho con tus análisis, en especial para quienes nos iniciamos en esta profesión. Vales oro, no cambies, que dios te bendiga.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 8:05 pm

      Muchas gracias por las palabras, que tengas una super semana 🙂

  57. Gina dice

    15 de abril de 2018 a las 6:16 am

    Gracias por tu información Miguel .
    Sería excelente si comentaras sobre las adiciones y deducciones.

    Gracias …que tengas un lindo día ,bendiciones Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2018 a las 7:36 pm

      Muchas gracias, lo voy a tener en cuenta.

  58. Juan Bautista dice

    12 de abril de 2018 a las 4:47 pm

    Estimado Miguel:
    Interesante el artículo, muy didáctico, pero solo acotar que sería recomendar acerca de las adiciones y deducciones a la base imponible del ITAN.
    Saludos y bendiciones
    Juan M. Bautista

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 4:13 pm

      Muchas gracias, es un buen tema para escribir.

  59. Jorge Hurtado dice

    12 de abril de 2018 a las 11:11 am

    Buenos días estimado miguel, gracias de antemano por su apoyo mi consulta es si mi total activo neto que es casilla 390 de balance supera el millon tengo que restar la deprec de casilla 383 o ya no es necesario porque entiendo el activo neto lo resta, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 11:27 am

      Es correcto, ya la casilla activo neto ya tiene la depreciación restada.

  60. Nathalie dice

    12 de abril de 2018 a las 9:26 am

    Hola Miguel, voy a presentar el ITAN de una constructora. Mi consulta es si, puedo tomar como aplicación contra el pago de renta mensual.
    Y para ello tendría que pagar la renta dentro del plazo mensual, cierto?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de mayo de 2018 a las 3:55 pm

      Si es correcto, el pago del ITAN sirve como crédito de tu pago a cuenta.

  61. Karla dice

    2 de abril de 2018 a las 9:46 am

    Miguel, buenos dias, una consulta el cronograma de vencimientos del ITAN, es le mismo que se aplica para el 2018??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de abril de 2018 a las 3:23 pm

      En el artículo esta el cronograma 2018.

  62. Roberto dice

    22 de febrero de 2018 a las 9:50 am

    Una consulta ¿la casilla 328 del Itan porque esta activa solo de marzo a diciembre en el PDT 621?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2018 a las 10:41 pm

      Por que a partir de esos meses se puede aplicar el pago del ITAN, no puede pasarse para otro ejercicio.

  63. Flor dice

    20 de febrero de 2018 a las 10:14 am

    Buenos Días, tengo una duda el itan que pague el 2016 he ido aplicando a los pagos a cuenta del 2017 , sin embargo no se ha consumido en su totalidad puedo utilizarlo para el 2018??? esa es mi duda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2018 a las 11:12 pm

      No se puedes hacer eso.

  64. Stephanie Fiorella Rosas Zalazar dice

    9 de septiembre de 2017 a las 2:57 pm

    Disculpa, ¿el ITAN se aplica tanto para las EIRL como para las sociedades a nónimas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2017 a las 2:33 pm

      Es correcto.

  65. Carlessy dice

    24 de julio de 2017 a las 4:05 pm

    Cuanto es el porcentaje de interés que debo pagar por concepto de ITAN por no haber pagado mi cuota del mes de Junio 2017????

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de julio de 2017 a las 12:53 am

      La tasa es de 1.2% mensual.

  66. Jimm dice

    21 de julio de 2017 a las 4:18 pm

    Hola, y si no pago una de las cuotas del ITAN, sólo nos suman los intereses y no deduciremos en la renta del mes, o tenemos multa por no pagar la cuota del ITAN

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de julio de 2017 a las 1:43 am

      Tienes que pagar la cuota, solo pagas intereses.

  67. Norka dice

    10 de mayo de 2017 a las 8:35 pm

    Hola Miguel
    Los vencimientos de la renta anual según RS 100-2017 SUNAT es hasta agosto, si todavía no se presenta la declaración anual estamos obligados a presentar el itan?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 2:09 am

      En teoría no estaría obligada, porque no tienes el monto de activo del ejercicio.

  68. Jorge Mercado dice

    3 de mayo de 2017 a las 1:08 pm

    Estimado Miguel , si mi valor de activos netos es mas de 1’000 ,000 pero al efectuar las deducciones respectivas tengo solo S/.850,000.00, igual debo presentar?
    GRacias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de mayo de 2017 a las 12:34 am

      Si tienes que presentar, pero no pagas nada.

  69. Javier dice

    27 de abril de 2017 a las 3:15 pm

    Sobre la RSNAO 039-2016, publicada el 19 de agosto de 2016, sobre la facultad discrecional de no sancionar infracciones tipificadas en cualquier norma tributaria. Esta norma aplica al articulo 176 numeral 1, específicamente los que presentan fuera de plazo en este caso el ITAN, igual deben de pagar la multa? sigue vigente esta norma?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de abril de 2017 a las 8:24 am

      No aplica para el 2017.

  70. Mary dice

    21 de abril de 2017 a las 4:04 pm

    Hola Miguel gracias por la información una consulta ayer venció para declarar el ITAN, hay multa y si lo hay cuanto es y cuanto de rebaja tengo si lo hago voluntariamente.

    De antemano gracias por tu respuesta.

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2017 a las 12:56 am

      La multa es 1 UIT. La rebaja es 90%.

  71. Eddie dice

    20 de abril de 2017 a las 4:32 pm

    Hola buenas tardes, si el total de mis activos superan un millón, pero la empresa obtuvo perdida, de todas formas tiene que declarar el itan? gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de abril de 2017 a las 12:46 am

      Es correcto, debe presentar ITAN.

  72. Lucy dice

    10 de abril de 2017 a las 1:07 pm

    Una pregunta miguel si una empresa tubo resultado perdida en total activo y pasivo tubo 875340 y el resultado de la perdida es 264812 y total del resultado es de 1,140,152 se debería presentar el Itam??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2017 a las 12:46 am

      Si tu total activo no supera el millón de soles no declaras ITAN.

  73. Rosa dice

    9 de abril de 2017 a las 3:42 pm

    Muchas Gracias Miguel por el articulo que Dios te de mucha sabiduría en esta semana sagrada que se nos viene.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:28 am

      Muchas gracias 🙂

  74. Luisa Durand Quispe dice

    7 de abril de 2017 a las 5:57 pm

    Hola Amigo miguel podrías ayudarme mi pregunta es ,si una empresa compra un vehículo con factura y luego decide venderlo a otra empresa como serie el asiento contable.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:37 am

      Es lo mismo que una venta, solo que puedes utilizar una 16,40,75.Luego dar de baja el activo fijo.

  75. Adriana dice

    7 de abril de 2017 a las 10:53 am

    Hola Miguel interesante articulo, tengo una consulta si hasta el año 2016 pertenecia al Regimen General y desde Enero del 2017 al Regimen Mype Tributario estoy obligado a declarar el ITAN?

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:44 am

      Si por el ejercicio 2016. Ademas el RMT tb declara ITAN.

  76. Alejandro Jesus dice

    6 de abril de 2017 a las 6:10 pm

    Hola Miguel. Consulta, he visto artículos en donde indican que para obtener la base para el ITAN, a los activos netos se les hace deducciones y adiciones. Es correcto hacerlas? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:05 am

      Si es correcto, pero no en todos los casos.

  77. Aida dice

    6 de abril de 2017 a las 5:58 pm

    Miguel gracias . y en el caso de las zonas de emergencia. Cuál sería la fecha.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:08 am

      Se prorrogan hasta el plazo de vencimiento de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes al periodo siguiente a aquel en que se hubiera publicado dicha declaratoria.

  78. Samuel dice

    6 de abril de 2017 a las 5:12 pm

    Hola Miguel muchas gracias por la publicación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:06 am

      Muchas gracias, buen día.

  79. Natalie dice

    6 de abril de 2017 a las 2:45 pm

    Hola Miguel, una empresa que no tuvo movimientos en el 2016, también tiene que presentar el ITAN

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:12 am

      El requisito es que los activos netos superen el millón de soles.

  80. Jorge Garnique dice

    6 de abril de 2017 a las 2:26 pm

    Amigo Miguel, y las empresas que tengan su domicilio fiscal en zona de emergencia, igual aplica el mismo cronograma de vencimiento, o se rigen por el cronograma de vencimiento prorrogados.
    gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 1:15 am

      Se prorrogan hasta el plazo de vencimiento de las obligaciones tributarias mensuales correspondientes al periodo siguiente a aquel en que se hubiera publicado dicha declaratoria.

    • Daniel Diaz dice

      10 de abril de 2017 a las 3:53 pm

      Buenas tardes estimado Miguel, eso quiere decir que el ITAN no esta prorrogado, ya que los periodos prorrogados son enero y febrero 2017 y el ITAN se declara en marzo 2017, corrigeme si me equivoco. Gracias.

    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2017 a las 12:53 am

      Es correcto.

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