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Inicio » Tributario » Régimen Especial de Renta [Actualizado 2023]

Régimen Especial de Renta [Actualizado 2023]

Publicado por Miguel Torres el 12 de enero de 202326 comentarios

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Miguel ¿Qué es el régimen especial de renta?

El Régimen Especial de Renta es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría, es decir rentas de naturaleza empresarial o de negocio.

Miguel ¿A quienes está dirigido el régimen especial de renta?

Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de:

  1. Actividades de comercio y/o industria, entendiéndose por tales a la venta de los bienes que adquieran, produzcan o manufacturen, así como la de aquellos recursos naturales que extraigan, incluidos la cría y el cultivo.
  2. Actividades de servicios, entendiéndose por tales a cualquier otra actividad no señalada expresamente en el inciso anterior.

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ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Acogimiento al Régimen Especial de Renta
    • Requisitos para acogerse
  • Calculo de los Impuestos a Pagar
    • Cuota del  Impuesto a la Renta 
    • Impuesto General a las Ventas
  • Código Tributo
  • Libros Contables

Acogimiento al Régimen Especial de Renta

Con la declaración y el pago de la cuota, que corresponda al periodo de inicio de actividades declarado en el RUC, y siempre que se efectúen dentro de la fecha de vencimiento.

Requisitos para acogerse

  • Los ingresos netos anuales  no deben superar los S/ 525,000.
  • Las adquisiciones afectadas a la actividad no deben exceder los S/ 525,000.
  • El valor de los activos fijos afectados a la actividad  no debe superar los S/ 126,000.
  • La cantidad de personal afectado a la actividad no debe ser mayor a 10 personas.

Calculo de los Impuestos a Pagar

Cuota del  Impuesto a la Renta 

Es la que se paga aplicando el 1.5% sobre el ingreso neto mensual  y que determina el impuesto a la renta mensual a pagar, por los contribuyentes de este régimen.

  • Como calcular el IGV y Renta Mensual para Régimen Especial Renta

Impuesto General a las Ventas

Impuesto que se  paga con la tasa del 18% ( incluido el 2% del impuesto de promoción municipal ) como producto de las operaciones de venta del negocio.

Al determinar el impuesto mensual  se puede deducir ( como crédito fiscal), todo el impuesto( IGV)  pagado y registrado en el mes como producto de las compras y adquisiciones de bienes y servicios vinculados con la  actividad económica, con lo cual se pagará ante la SUNAT sólo la diferencia del impuesto.

Código Tributo

Para realizar el pago del impuesto a la renta del RER debemos utilizar el siguiente código de tributo:

  • 3111 Régimen Especial de Renta

Libros Contables

Registro de Compras.- El primero de ellos les permite tener derecho a ejercer el crédito fiscal en el pago del IGV.

Registro de Ventas.- El segundo caso les permite llevar en orden cronológico el monto de sus ingresos afectos tanto al IGV como al impuesto a la Renta.

  • Libros Electrónicos para empresas RER [Régimen Especial de Renta]

Adicionalmente, la forma de llevado de los registros contables pueden ser en formato manual, computarizado o electrónico.

Icono

Carpeta Régimen Especial de Renta

Tributario 12 de enero de 2023
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Recomendación

  1. Si deseas saber mucho más sobre el Cierre Tributario Impuesto a la Renta 2022, invitarlos para el Lunes 16 de enero de 2023 al taller full práctico donde revisaremos los ingresos gravados, reglas para deducir gastos, gastos susjetos a limites, etc más información del taller aquí.

Temas: RER

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26 comentarios

  1. Arturo dice

    16 de febrero de 2023 a las 2:55 pm

    Hola Miguel, una consulta. Mi contador me ha dicho que si estoy en régimen especial ya no es necesario hacer declaraciones anuales. Que con el impuesto que se pagaría del 1.5% mensual ya es todo y que en diciembre se cierra toda obligación de declaración. ¿Es eso cierto? Ya que yo entendía que todas las empresas están obligadas a declarar anualmente sin importar el tipo de régimen.

    Accede para responder
  2. José guerrero dice

    13 de febrero de 2023 a las 10:51 pm

    Miguel una consulta…. quiero aperturar una empresa dedica a los servicios de ensayos y laboratorio, puedo acogerme al RER, me avisas como puedo comunicarme contigo para tus servicios gracias

    Accede para responder
  3. Luis dice

    9 de febrero de 2023 a las 8:14 pm

    Una PN del Remype puede bajar al NRus de manera directa . Gracias por tu respuesta y felicitaciones.

    Accede para responder
  4. MARGARITA dice

    8 de febrero de 2023 a las 8:30 pm

    Buenas noches, la consulta es si me acojo el RER en enero y supero los 525mil en Octubre, paso al El Régimen MYPE Tributario automáticamente o SUNAT me pasa el Regimen General … y debo hacer mi declaración anual desde Octubre a Diciembre o desde Enero a Diciembre 2023 ….muchas gracias

    Accede para responder
  5. Gerson dice

    12 de enero de 2023 a las 11:00 am

    Miguel agradezco tu respuesta, un ruc se inscribio en el Mype pero se declaro y pago dentro de fecha en Regimen especial, se hace efectivo el cambio?

    Accede para responder
    • ®v© dice

      13 de enero de 2023 a las 10:49 am

      QUE DICE TU FICHA RUC, parte de ahì ,luego si es necesario rectifica tu declaracion

  6. BETTY QUINTANA dice

    11 de enero de 2023 a las 1:13 am

    BUENAS NOCHES , UNA CONSULTA SI UNA EMPRESA ACOGIDA AL REGIMEN ESPECIAL SUPERA LOS 525,000 EN EL MES DE JULIO 2022 EN AGOSTO 2022 DEBERIA CAMBIAR DE REGIMEN? O TIENE QUE ESPERAR A ENERO 2023 PARA RECIEN CAMBIAR DE REGIMEN YA QUE A DICEMBRE DEL 2022 LLEGO SUS INGRESOS CASI A UN MILLON

    Accede para responder
    • ®v© dice

      13 de enero de 2023 a las 10:55 am

      su superas el limite del règimen al que perteneces, el cambio de se da automáticamente, la sunat ya tiene registrado ese detalle de los limites, mediante tus declaraciones

  7. Lesly dice

    3 de enero de 2023 a las 8:39 pm

    LOS SERVICIOS POSTALES DE MENSAJERIA en moto lineales puedo acogerme al RER.GRACIAS

    Accede para responder
  8. Katy dice

    23 de agosto de 2022 a las 3:59 pm

    Buenas disculpé tengo una inquietud si mi negocio no llega a esa cantidad anual que es de 525.000 y llega a menos el impuesto a pagar siempre va ser el 18% IGV

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      28 de agosto de 2022 a las 11:38 am

      El impuesto no es 18% (IGV), es la renta de 1.5% de cada mes de tus ventas.

  9. Alexandra dice

    22 de julio de 2022 a las 3:34 pm

    Si la empresa acogida al RER, no tuvo ventas ni compras en el periodo, debo realizar la declaracion?

    Accede para responder
  10. Natalia dice

    14 de julio de 2022 a las 6:11 pm

    Hola Miguel, la empresa recién va iniciar actividades y prestar servicios de laboratorio médico y clínico, quisiera saber si puede acogerse al RER. Gracias por tu ayuda.

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2022 a las 3:38 am

      Revisa las actividades que estan prohibidas en el RER. VER AQUÍ.

  11. Erick Lopez Pretel dice

    13 de julio de 2022 a las 11:03 am

    Hola Miguel, si una empresa ofrece servicios como organizacion de eventos pequeños o privados lo que son quinceañeros entre otros, puede acogerse al RER o al MYPE?

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2022 a las 3:50 am

      Revisa si dicha actividad está en la excluidas del RER.

  12. Yolis dice

    20 de diciembre de 2021 a las 8:21 pm

    Hola Miguel si inicié mis actividades en mayo 2021 puedo acogerme al RER si solo declaré y no pague, aún en mi ficha RUC al día de hoy sigo como régimen especial

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      21 de diciembre de 2021 a las 3:36 am

      En enero puedes acogerte al RER.

  13. Rosabel dice

    15 de mayo de 2021 a las 10:24 am

    Hola Miguel una consulta, si una empresa se inscribe al RER pero cuando inicia actividades no tiene movimientos en el primer mes, por lo que declara el PDT en cero igual queda acogida, presentando la dj en cero o tiene que haber si o si pago de renta en el primer mes para quedar acogido ??

    Quedo atenta
    Gracias

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2021 a las 1:31 pm

      Si esta correctamente acogida.

  14. Mariale dice

    15 de diciembre de 2020 a las 7:51 pm

    Hola , una consulta . Si estoy en NRUS y deseo cambiar a RER, pero esta vez ya no quiero hacerlo como persona natural sino jurídica ( deseo asociarme a alguien) , se puede ? Podría quedarme con la misma razón social ?

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      16 de diciembre de 2020 a las 1:46 pm

      No se puede hacer eso.

  15. Anabel dice

    23 de marzo de 2020 a las 6:33 pm

    Buenas tardes,
    Una consulta, en este régimen es obligatoriamente poner en planilla a los trabajadores?

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2020 a las 10:24 pm

      No es por el régimen, es obligatorio poner en planilla a tus trabajadores.

  16. Susana dice

    15 de abril de 2013 a las 8:32 am

    Me parece bien esta información excelente que fue !

    Accede para responder
    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2020 a las 12:38 pm

      Muchas gracias, bendiciones.

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