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Inicio » Laboral » Reinicio de Actividades Laborales Estado de Emergencia

Reinicio de Actividades Laborales Estado de Emergencia

Publicado por Miguel Torres el 2 de junio de 2020 45 comentarios

El reinicio de las actividades económicas se ha dividido en cuatro fases. La primera fase ya empezó a formalizarse con la autorización del Ministerio de Salud.

Pero, este reinicio de actividades trae consigo obligaciones que deben cumplir las empresas con respecto de sus trabajadores.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Reinicio de Actividades Laborales
  • Riesgo de Exposición al COVID-19
    • Equipo de Protección Personal (EPP)
    • Pruebas serológicas o moleculares
    • Ficha de Sintomatología
    • Medición de Temperatura
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    • Artículos Relacionados:

Reinicio de Actividades Laborales

En primer lugar, debemos mencionar que las empresas para poder reiniciar actividades necesitan tener la autorización del Ministerio de Salud, para esto necesitan haber elaborado su Plan de Vigilancia Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo.

Constancia de Registro SISCOVID-19

Riesgo de Exposición al COVID-19

En primer lugar, deben determinar a que tipo de riesgo de exposición pertenecen los trabajadores, pudiendo ser:

  1. Riesgo Bajo de Exposición, por ejemplo, trabajadores administrativos.
  2. Riesgo Mediano de Exposición, por ejemplo, trabajadores de atención al publico.
  3. Riesgo Alto de Exposición, por ejemplo, trabajadores de salud.
  4. Riesgo Muy Alto de Exposición, por ejemplo, trabajadores de salud que tratan pacientes COVID-19.

Te comparto un material donde se explica a detalle los riesgos de exposición al COVID-19.

  • Riesgo de Exposición de los Trabajadores a COVID-19

Miguel ¿Esto del Riesgo de Exposición para que sirve?

Para dos puntos principales:

  • Equipo de Protección Personal (EPP)
  • Pruebas serológicas o moleculares

Dependiendo la categoría de riesgo de exposición del trabajador recibirán un tipo de especial de EPP y la obligación de realizar una prueba serológica o molecular.

Equipo de Protección Personal (EPP)

Equipos de Proteccion Personal

Pruebas serológicas o moleculares

Miguel ¿Quién asume el costo de las pruebas COVID-19?

Pruebas serologicas o moleculares

El empleador asume el costo de las pruebas.

Miguel ¿Cada cuanto tiempo debo realizar pruebas a los trabajadores?

La norma indica que es protestar del personal del responsable de seguridad y salud en el trabajador.

Pruebas serologicas o moleculares negativa

Por otra parte, ante un caso sospechoso debe realizarse prueba serológica o moleculares.

Ficha de Sintomatología

Cada trabajador que regrese o se reincorpore debe llenar una ficha de sintomatología.

Ficha Sintomatologia

Medición de Temperatura

La empresa esta en la obligación de tomar la temperatura del trabajador todos los días que ingresa al centro de laborales.

Adicionalmente, puede llevar un registro de la temperatura de los trabajadores, esto es una labor de la asistente social o el área de seguridad y salud en el trabajo.

Medicion de Temperatura

Miguel ¿Cuál es la base legal que tengo que medir la temperatura de los trabajadores todos los días?

Si no sabes la base legal, significa que no has investigado nada sobre el Plan de Vigilancia Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo.

Para responder tu pregunta puedes revisar el numeral 3 del artículo 7.2.2.1 de la Resolución Ministerial N° 239-2020-MINSA.

Un pequeño consejo:

Tienes que leer tu Plan de Vigilancia Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo, por otra parte si no menciona dicho punto, esta completamente errado.

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45 comentarios

  1. Miguel Torres dice

    11 de junio de 2020 a las 2:41 am

    Tiene que implementar PLAN y las pruebas (depende del riesgo de exposición).

    Responder
  2. Angelica Quiliche dice

    4 de junio de 2020 a las 3:16 pm

    Hola, gracias por tu aporte positivo! estoy 4 días tratando de subir mi plan y me sale el mensaje de ALGO FALLO Y NO SE SUBIO TU REQUERIMIENTO, pero obviamente no me dice que fallo y no son demasiados campos
    Sabes que podria ser, ya mande mails diariamente a la dirección que indican pero nadie responde 🙁
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2020 a las 7:31 pm

      Yo no he tenido problemas, te recomiendo subirlo en otra maquina.

  3. Medalit Grados dice

    4 de junio de 2020 a las 2:57 pm

    Respecto a una empresa que ahora sus ventas las hará por medio de comercio electrónico, es un solo trabajador ( jefe/empleado) en cuanto al contacto con sus proveedores es por teléfono, y quizás tenga que salir a visitar algún otro proveedor; la consulta es: esta empresa debe tener un Plan de reinicio de actividades y presentarlo al Minsa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2020 a las 7:32 pm

      Si es correcto.

  4. Veronica dice

    4 de junio de 2020 a las 12:14 am

    Hola miguel para una empresa Procesadora y distribución de agua de mesa, que debo hacer por favor para iniciar los labores? graccia por su apoyo,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2020 a las 7:34 pm

      Realizar su PLAN y presentar al MINSA.

  5. Nelly dice

    3 de junio de 2020 a las 9:20 pm

    Miguel muchas gracias por tus aportes.
    mi empresa se dedicaba a eventos pirotecnicos,pues ahora estamos en SP,dime pasados los 90 dias que debo hacer al respecto,claro esta que no le voy a renovar el contrato a mi personal,pero con respecto a mi tributacion como hare?

    Responder
  6. Jose Benites Soplopuco dice

    3 de junio de 2020 a las 7:14 pm

    Hola miguelito, ud me hace recordar aquellos tiempos que los contadores se quedaban altas horas de la noche trabajando, epoca de balances., bueno para hemos sido elegidos
    saludos, un abrazo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 8:54 pm

      Muchas gracias por el comentario.

  7. Rocio dice

    3 de junio de 2020 a las 4:42 pm

    Buenas tardes Miguel, los colegios particulares pueden iniciar sus labores en la parte administrativa? Y para ellos deben presentar su Plan SICOVID?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 10:54 pm

      No pueden iniciar actividades, podrían hacerlo remotamente.

  8. Ana Torres Cañas de Huidobro dice

    3 de junio de 2020 a las 3:16 pm

    Excelente como siempre.
    Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 10:59 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  9. Maria del carmen dice

    3 de junio de 2020 a las 2:34 pm

    Miguel los estudios contables con personeria jurídica no les están dando todavía la autorización en que fase de activación entrarán

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 11:02 pm

      Están en la Fase 1, pero será paulatinamente.

  10. Elizabeth dice

    3 de junio de 2020 a las 1:27 pm

    Hola Miguel, exelente artículo me sumo mucho, consulta; genere mi solicitud de reunión de operaciones el 27/5 pero hasta el momento no tengo los accesos del ministerio de salud, ¿Que procedimiento realizó?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 11:03 pm

      Tienes que esperar que te llegue el correo.

  11. Luis Sanchez dice

    3 de junio de 2020 a las 11:03 am

    Nosotros tramitamos la quincena de mayo el permiso y nos dieron: AUTORIZACIÓN PARA LA OPERATIVIDAD PARA LA PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS ESENCIALES.. es necesario volver a tramitar para que me den la constancia de registro para poder operar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 11:06 pm

      Para reiniciar actividades necesitas la autorización del MINSA.

  12. Eleodoro Flores dice

    3 de junio de 2020 a las 10:10 am

    Muy buena Miguel
    Tus apreciaciones son muy didácticas y muy útil para poder implementar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 11:07 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  13. Aldo dice

    3 de junio de 2020 a las 4:38 am

    Muchas gracias Miguel, por tu tiempo y dedicación.
    Excelente y necesario artículo. Felicitaciones !!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de junio de 2020 a las 11:09 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  14. Carmen dice

    3 de junio de 2020 a las 1:21 am

    Gracias, Miguel, la consulta es, cuando la persona es natural con negocio, y no tiene personal, también tiene que presentar el Pla n.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:36 am

      En teoría SÍ, porque se entienden que alguien presta el servicio.

  15. Luis B. dice

    3 de junio de 2020 a las 12:52 am

    Buenas Noches Miguel, una consulta tengo RUC por Recibo por Honorario, y presto servicio de Soluciones TI y Operaciones Contables, también necesito todas las autorizaciones burocráticas para brindar mi servicio o solo la solicitud de pase personal laboral, para prestar mi servicio. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:35 am

      No necesitas realizar el PLAN.

  16. Carmen dice

    3 de junio de 2020 a las 12:08 am

    Muchas gracias por el articulo Miguel. Excelente, es de mucha ayuda y orientación en las pasos a seguir para la reactivación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:36 am

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  17. Teresa dice

    2 de junio de 2020 a las 11:20 pm

    Miguel buenas noches quisiera saber con respecto a la publicación, si una empresa no ha parado sus actividades es microempresa y solo son dos trabajadores también tengo que tener ese plan y las pruebas moleculares

    Responder
  18. Shirley dice

    2 de junio de 2020 a las 10:53 pm

    Muy buen articulo Miguel.
    Una consulta, las mascarillas y todos los implementos que le debe dar la empresa a los trabajadores hasta cuando se debe proyectar? un mes, dos meses, tres meses, etc?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:43 am

      Hasta que una norma lo derogue o modifique lo normado.

  19. Jessica dice

    2 de junio de 2020 a las 10:49 pm

    Si soy una empresa del RUS y vendo productos de primera necesidad tengo que obligatoriamente presentar mi Plan. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:43 am

      Si claro, es obligatorio.

  20. Yessica dice

    2 de junio de 2020 a las 10:22 pm

    Que sucede si no he hecho mi Plan de Vigilancia Prevención y Control de COVID-19 en el Trabajo, no podré emitir comprobante de pago electronico?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:45 am

      En teoría no puedes hacerlo.

  21. James Mio dice

    2 de junio de 2020 a las 10:16 pm

    Gracias Miguel, excelente artículo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:45 am

      Gracias 🙂

  22. Paul dice

    2 de junio de 2020 a las 9:26 pm

    Buenas noches Miguel, una fabrica de calzado (microempresa) ya puede iniciar actividades realizando su protocolo de prevención del COVID19? Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:47 am

      Si es correcto.

  23. Victor Villalta dice

    2 de junio de 2020 a las 9:17 pm

    Mi actividad me permite trabajar en la Fase 1,…..pero debo viajar a brindar mi servicio a otro departamento, esta permitido…? Ejemplo de Chiclayo a Piura

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:48 am

      Aun no puedes hacer eso.

  24. Luis dice

    2 de junio de 2020 a las 9:06 pm

    Mi empresa ya esta ofreciendo servicios pero no ha realizado ni la autorización del ministerio ni pruebas, solo son 2 trabajadores que salen a laborar, va poder emitir comprobantes de pago.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2020 a las 2:49 am

      En teoría no puedes hacer eso.

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