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Inicio » Sunat » Renta Anual 2015 – PDT 702

Renta Anual 2015 – PDT 702

Publicado por Miguel Torres el 5 de enero de 2016 138 comentarios

La declaración jurada de renta anual 2015 presentara por primera vez la opción de poder usar un formulario virtual para su presentación.

La Resolución de Superintendencia 358-2015, establece el uso del Formulario Virtual 702 y el PDT 702 para el cumplimiento de la declaración anual de renta de tercera categoría.

[clickToTweet tweet=”El PDT 702 – Renta Anual 2015 ya esta disponible para su descarga y análisis respectivo.” quote=”El PDT 702 – Renta Anual 2015 ya esta disponible para su descarga y análisis respectivo.”]

Para descargar el PDT 702 solo debemos ingresar a la pagina de la Sunat en el siguiente link —> descargar PDT 702

renta anual

PDT 702

En el presente artículo les mencionare algunas de las novedades e información que debemos tener en cuenta para su llenado.

Menú Ayuda

Una opción disponible en toda declaración electrónica o PDT existente es el menú de ayuda, que se activa solo presionando la tecla F1.

PDT 702

En dicha sección encontrar una pequeña guía sobre el llenado de la declaración jurada anual.

Balance de Comprobación

Para la presentación de la declaración jurada de la renta anual 2015 se redujo la base para la obligación de presentar el balance de comprobación (ejercicios anteriores fue 500 UIT).

balance comprobacion

Para esta oportunidad si una empresa ha obtenido ingresos iguales o superiores a 300 UIT (S/. 1,155,000) deberá presentar el balance de comprobación.

Recomendación

Si estas obligado a presentar el balance de comprobación, no vayas a decir:

Miguel lo presento así no mas sin balance, de ahí lo rectifico, no tengo mula por que no hay tributo omitido.

Eso es una infracción tipificada en el numeral 3 del artículo 176 del código tributario:

Presentar las declaraciones que contengan la determinación de la deuda tributaria en forma incompleta.

Estados de Ganancias y Perdidas

En la sección de llenado de los estados financieros, el rubro estados financieros ha sufrido algunos cambios no tan importantes, pero merece la pena comentarlo.

estados financieros

Ventas Netas

En ejercicios pasados, solo debíamos colocar el monto directamente en la casilla 461, para la presentación del ejercicio 2015 tendrás que detallar si las ventas netas o ingresos provienen de fuente peruana o fuente extranjera.

ventas netas

Costo de Ventas

De igual manera con la casilla 464 en ejercicios anteriores solo se coloca el monto directamente, en esta oportunidad tendremos que detallar la distribución de los costos incurrido en dos categorías:

Costo de Existencias

inventarios

Costo de Producción

costo ventas

Recomendación

Sin duda estos cambios apuntan a fiscalización futura por el tributo de renta, priorizar más esta información si estas obligado a presentar los inventarios permanentes valorizado (cruce de información).

También mencionar que para ejercicios futuros esta casilla tomara más importancia, dado que los libros electrónicos en su columna 34 del Formato 8.1 Registro de Compras se pedirá el detalle del tipo de bien y /o servicio efectuado.

libro electrónico

Ingresos Financieros

Al igual que la casilla de ventas netas, debemos detallar el origen de los ingresos entre fuente peruana y fuente extranjera.

ingresos financieros

Información Complementaria

En esta sección han añadido 2 pestañas nuevas para el ingreso de información de darse el caso.

Detalle de las Exportaciones Embarcadas

En esta sección se deberá ingresar la información respecto a las diferencias entre las exportaciones embarcadas e ingresos declarados por bienes.

embarcaciones

¿Qué es el DAM?

(Declaración Aduanera de Mercancías); anteriormente llamada DUA (Declaración Única de Aduanas) se cambia el nombre a DAM de acuerdo a la Nueva Ley General de Aduanas en Perú.

Gastos de Investigación Científica y Tecnológica

El segundo párrafo del literal a.3) del artículo 37º de la Ley del Impuesto a la Renta precisa que los gastos en proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación tecnológica vinculados al giro del negocio de la empresa se deducirán a partir del ejercicio en que se efectúe dicha calificación.

tecnologia

Más información sobre este tema, les recomiendo leer el artículo del Dr. Mario Alva Matteucci que lo explica de una manera extraordinaria:

  • ¿Conoce usted los gastos en proyectos de investigación científica, tecnológica e innovación tecnológica?

Gasto de Representación

Mucho cuidado con la información que van a ingresar en este casilla, recuerda que previamente debes verificar los limites con tus ingresos, en caso de exceso deberás adicionar – diferencia permanente.

gastos representación

  • Renta Anual 2015 – Gastos de Representación [aplicación de FODA]

Vencimientos

Los vencimientos empezaran el 23 de Marzo del presente año, no esperar ultimo momento, recuerda se  viene mucho trabajo con los Libros Electrónicos PLE 5.0.

renta anual

  • Cronogramas de obligaciones tributarias en tu celular

Actualización

Con la actualización del 19 de Febrero de 2016 del PDT 702, se corrigió la casilla 464 – Costo de Ventas.

costo de venta

Conclusiones

  1. Las empresas ya pueden empezar a realizar sus declaraciones juradas de renta anual 2015.
  2. En caso del Formulario Virtual 702, todavía estará disponible el 15 de febrero del presente año.
  3. Envía tu declaración jurada anual 2015 completa , con todos los campos solicitados, el no hacerlo es una infracción cuya multa equivale al 50% UIT (inciso 3) del artículo 176 del código tributario).

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Etiquetado como: impuesto, pdt, renta anual

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138 comentarios

  1. Luzdom dice

    17 de marzo de 2017 a las 5:20 pm

    Hola Miguel Quisiera saber si los asientos de cierre se incluyen en el balance de comprobación, es que es la primera vez que nuestra empresa declara el balance de comprobación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2017 a las 12:42 am

      No se incluye.

  2. Mariela dice

    27 de noviembre de 2016 a las 5:11 pm

    Hola miguel, si presento una rectificatoria de mi Dj anual 2015 pdt 702 , debo obligadamente volver a presentar el balance de comprobacion?, a pesar que los asientos contables por la rectificatoria los registrare en mi ejercicio 2016?

    agradezco de antemano tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2016 a las 3:23 pm

      Si tendrías que volver a presentarlo para que cuadra con la rectificación.

  3. Nataly dice

    27 de abril de 2016 a las 7:48 am

    Miguel si se omitió poner los datos del contador en la declaración anual y al hacer un trámite me pide que deben figurar esos datos para que el PDT sea válido. ¿Se considera esto como una rectificatoria del PDT?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de abril de 2016 a las 10:48 am

      Es correcto, es una rectificación.

  4. Mary dice

    19 de abril de 2016 a las 1:02 pm

    Hola Miguel,
    Una consulta en el PDT702 se tiene la casilla 409 Obligaciones financieras.
    En ella ¿se debe considerar el total de la Ctas 45?
    La duda nace a raíz que por NIIF las oblgaciones financieras se deben mostrar neteadas es decir el total de las ctas 45 menos los intereses ctas 37.

    Quedo atenta.

    Responder
  5. Yesenia dice

    7 de abril de 2016 a las 1:41 pm

    Hola Miguel si me equivoque en consignar los datos del contador de forma erronea habría alguna observación por parte de sunat?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de abril de 2016 a las 11:15 pm

      No es lo correcto, pero no creo que haya problemas en esa información.

  6. Carla dice

    6 de abril de 2016 a las 2:56 pm

    Felicitaciones Miguel !! eres muy Didáctico

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de abril de 2016 a las 12:57 am

      Muchas gracias 🙂

  7. Wilmer dice

    1 de abril de 2016 a las 2:39 pm

    Buenas tardes una consulta, es obligatorio llenar el campo de datos del contador o se puede declarar así nada mas sin ingresarlo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de abril de 2016 a las 11:02 am

      Tienes que llenar dichos datos.

  8. maria dice

    30 de marzo de 2016 a las 7:37 pm

    Tengo una duda para que cuadre mi pasivo y patrimonio.. las obligaciones financieras…que vendria ser el igv…segun en mi balance… sale como saldo a favor….para enero 2016 …pero ese dato…enque casilla la pondria…para que reste…y me cuadre con el activo…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2016 a las 1:31 am

      En la casilla Otros activos.

  9. Edgar dice

    21 de marzo de 2016 a las 6:20 pm

    Miguel en que casillas del PDT 702 se registran los ingresos exonerados (subsidios gubernamentales y/o por el Drawbak) de tal suerte que no formen parte de la base para determinar el impuesto a la renta anual,

    Responder
  10. Belmi dice

    18 de marzo de 2016 a las 3:07 pm

    Gracias, como siempre. Pero el menú ayuda no funciona en mi caso, me sale una ventana con esta información.
    ¿Por qué no se puede obtener Ayuda de este programa? y otro texto mas.
    si tienes alguna idea me ayudarías mucho. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de marzo de 2016 a las 1:46 pm

      Necesitas contar con office 2010 o superior.

  11. Percy dice

    17 de marzo de 2016 a las 3:36 pm

    Hola Miguel muy interesante tu contribución ,,, a propósito porfa mira tengo en mi cta 40 consolidada un resultado de -29193, como lo registró en el pdt 702 ya que no puedo ponerlo negativo, mi jefe no esta y me dejo esta chamba
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2016 a las 1:24 am

      En la parte del activo, como otros activos.

  12. jose dice

    16 de marzo de 2016 a las 6:02 pm

    hola Miguel Torres
    me parece super tu blog
    quiero hacerle una consulta en referencia a una asociacion sin fines de lucro, exonerado de IGV, RENTA, cual seria lo que se debe tener en cuenta para la presentacion de la DJ anual renta 2015, ?

    Responder
  13. Miguel Guzman dice

    9 de marzo de 2016 a las 12:47 pm

    Hola miguel, en la pestaña 100 principales socios en la ddjj 2014 ponia consolidado 99 100% y listo y ahora en la ddjj 2015, no lo permite y sale una adevertencia. que hago ahora. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de marzo de 2016 a las 5:53 am

      Tienes que detallar uno por uno.

  14. Celia dice

    9 de marzo de 2016 a las 10:49 am

    Miguel, muchas gracias por todo tu apoyo , y compartir todos tus conocimientos con todos tus colegas y otros …………son muy interesantes e importante todo lo que publicas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2016 a las 11:52 am

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  15. Sara dice

    3 de marzo de 2016 a las 5:21 pm

    Hola Miguelito,voy a presentar mi DJ anual en el pdt 702,y estoy realizando mi balance..mi consulta es, los ingresos por servicios tienen costo de ventas,o mejor dicho costo de servicios???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 11:50 am

      Es correcto, si tienes costo de ventas.

  16. Pedro dice

    25 de febrero de 2016 a las 7:04 pm

    Una consulta en el registro de ventas electronico quiero registrar ventas consolidadas de todo 01 dia son como 50 boletas de venta… que tipo de documento y que tipo de comprobante debo poner para operaciones consolidadas, para que no sea rechazado por ple

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de febrero de 2016 a las 3:56 am

      Debes colocar el tipo de documento: 03 Boleta de Venta.

  17. Juana dice

    24 de febrero de 2016 a las 3:55 pm

    Buenas tardesa en la casilla 423 que esta en el pasivo del pdt 702 dice utilidad del ejercicio ahi pongo la utilidad descontandole el 28 % y ese 28 % lo coloco en tributos que esta en la casilla 402 en el estado de ganacias y perdidas automaticamente me sale una utilidad despues de impuesto ese monto es el que pongo en utilidad del ejercicio de antemano gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 3:19 am

      Es correcto, la utilidad es la que se calcula disminuyendo el 28%.

    • Juana dice

      26 de febrero de 2016 a las 12:50 pm

      y el 28 % que saque de la utilidad va en la casilla 402 , de antemano muchas gracias

    • Miguel Torres dice

      27 de febrero de 2016 a las 5:28 am

      Debe ser la casilla 492.

  18. Lhouis Aldave dice

    24 de febrero de 2016 a las 11:09 am

    Hola Miguel el pdt 702 se actualizo el 19/02/2016, ahora el costo de venta ya no se desglosa en costo de producción ni costo de existencia …es correcto ..por favor confirmame porque llame a sunat y me dijieron que si se actualizo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 3:46 am

      Es correcto amigo, ya se actualizo.

    • Cesarin dice

      27 de marzo de 2016 a las 9:49 am

      Hola miguel,

      Es referente a la consulta de Lhouis Aldave, ya no se me habilita el campo de Costo de Venta?….

    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2016 a las 5:13 pm

      Es correcto, con la ultima actualización solo se coloca el monto incurrido directamente.

  19. Yessenia dice

    20 de febrero de 2016 a las 9:05 am

    Hola, ¿debo completar la información de exportaciones embarcadas o puedo dejarlas en blanco, debo registrar todas las dam del año 2015?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 7:59 am

      Si se podría dejar en blanco, no crees que no lo deberían poner?

  20. David Romani dice

    19 de febrero de 2016 a las 5:48 pm

    Gracias por tu apoyo Miguel, quisiera consultarte como seria el caso de una empresa que maneja inventarios y asimismo realiza un proceso productivo (MP+MO+CIF). Revisando el PDT 702 solo permite llenar el costo de existencias o de produccion. Es posible que llene ambos? Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 9:33 pm

      No se puede llenar ambos, tienes que elegir el productivo.

  21. Luz Alva dice

    25 de enero de 2016 a las 12:26 pm

    Muy importante la información, gracias 🙂

    y en el caso que una empresa lleve los dos costos: de existencia y de producción? ¿como se haría para la presentación?

    saludos

    Responder
  22. Pedro dice

    17 de enero de 2016 a las 7:36 pm

    MIguel una consulta si mi balance 2014 me arrojo una perdida de 10000 mil y mi balance 2015 me arroja 8000 utilidad, Podre aplicar el saldo de s/2000 soles perdida para el balance del 2016? y que pasaria con los pagos a cuenta que hice en el 2015, hasta que año puedo utilizar mi saldo a favor de pagos acuenta de renta 2015.-

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2016 a las 12:52 am

      Primero revisa el sistema de perdida que escogiste en la DJ Anual 2014 sobre los 10,000, de acuerdo a esa información podrás jalar la perdida para ejercicios posteriores.

  23. Fiorella dice

    17 de enero de 2016 a las 12:19 am

    Muchas Gracias… cuidate.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2016 a las 1:01 am

      Gracias 🙂

  24. AdaTello dice

    11 de enero de 2016 a las 4:36 pm

    Hola miguel, excelente el tema, muchas gracias por tu apoyo que nos brindas día a día, que nuestro señor te de muchas bendiciones en este año 2016.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2016 a las 4:15 am

      Muchas gracias, que tengas una super semana 🙂

  25. Yuri Maritza Perez Ponce dice

    9 de enero de 2016 a las 12:15 pm

    Hola miguel , primero para felicitarte por toda la información dada ya que es muy util mas aun cuando uno es estudiante, la verdad me gustaria saber como haces para estar tan informado eres admirable .
    suerte sigue adelante.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2016 a las 12:24 am

      Muchas gracias, hace poco escribí un artículo de como estar actualizado.

  26. Javier dice

    8 de enero de 2016 a las 9:39 pm

    Muy buena información Miguel…una gran ayuda..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de enero de 2016 a las 8:28 am

      Muchas gracias 🙂

  27. Melquizadez dice

    7 de enero de 2016 a las 2:08 pm

    Felicitaciones siempre con los últimos tips contables y tributarios, gracias por ello. sigue adelante. y que dios te bendiga este año 2016.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2016 a las 2:23 pm

      Muchas gracias 🙂

  28. Lucy dice

    7 de enero de 2016 a las 12:23 am

    Gracias Miguel, por tus grandes conocimientos que nos brindas cada dia.

    Saludos,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 1:59 am

      Muchas gracias 🙂

  29. Luliana Monroy dice

    6 de enero de 2016 a las 11:20 pm

    Miguel quiero agradecerte por compartir tus conocimientos, ya que son muy interesantes y nos permiten saber más acerca del tema contable y tributario, ojalá que este año 2016 sea mejor para ti que logres todas tus metas trazadas y que Dios te bendiga.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:04 am

      Muchas gracias 🙂

  30. Mercedes dice

    6 de enero de 2016 a las 7:17 pm

    Miguel gracias de antemano a mi consulta
    El Costo de ventas para las empresas de servicios es: Inventario Inicial , mas compras, menos inventario final = Costo del servicio
    para las empresas constructoras si lo podemos determinar porque hay materia prima, mas mano de obra y gastos indirectos , pero para otro tipo de empresas como son las notarias o salones de belleza como las determinamos? anteriormente esta casilla la dejabamos en blanco.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:13 am

      Pues usaran las casillas de producción. O por ejemplo costo cero, pero clasifican todo en base a gastos administrativos y de ventas.

    • Pedro M dice

      11 de enero de 2016 a las 10:10 am

      Estimado Miguel de acuerdo al párrafo 19 de la NIC 2. En el PCGE hay dos ctas con este tema la 6925 y la 694. Entonces, para efectos contables si tendriamos que seguir contabilizando los costos de los servicios, para efectos tributarios (PDT 702) tendriamos que clasificar estos costos en gastos administrativos y de ventas. Cual es tu opinion?

  31. Lizet dice

    6 de enero de 2016 a las 7:02 pm

    Gracias Miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:13 am

      Gracias 🙂

  32. Oscar Flores dice

    6 de enero de 2016 a las 5:03 pm

    Gracias Martín por esta nota importante es muy útil para los que estamos inmersos en la Contabilidad y negocios.

    Saludos,

    Hasta pronto,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:27 am

      Muchas gracias 🙂

  33. Teresa Huaman Santillan dice

    6 de enero de 2016 a las 4:24 pm

    Gracias miguel por los valiosos aportes que diario nos envías son de mucha utilidad nos mantienes informados de los cambios contables, por favor síguelo haciendo que con tus comentarios que recibimos aprendemos un montón gracias por tu excelente ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de enero de 2016 a las 4:33 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  34. Juan Carpio dice

    6 de enero de 2016 a las 11:56 am

    Hola Miguel felicitaciones muy buen trabajo, esto nos servira para irnos preparando para el llenado del PDT anual en su momento y no nos encontremos con sorpresas. Una consulta casi relacionada con el tema, el 2014 no hice un pago a cuenta del impuesto a la renta pero en la presentacion de la DDJJ anual pague todo el saldo que quedaba pendiente por pagar, me indican que debo pagar solo los intereses del pago a cuenta, pero la pregunta es, calculo hasta el dia en que presente la DDJJ o hasta el dia de hoy que recien voy a hacer el pago. Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:38 am

      Hasta el día que presentaste la DDJJ anual.

  35. Elisa dice

    6 de enero de 2016 a las 10:15 am

    Muchas gracias por la ayuda de esta manera evitamos pagar multa. bueno lo que quisiera saber es si es que ya salio el cronograma de vencimiento de daot 2015.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:57 am

      Gracias, todavía no sale.

  36. Mirian dice

    6 de enero de 2016 a las 10:12 am

    Buen tema, siempre actualizado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:57 am

      Gracias 🙂

  37. David dice

    6 de enero de 2016 a las 9:23 am

    Buenos días Miguel, gracias por tus comentarios y por mantenernos actualizado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:54 am

      Gracias 🙂

  38. Mario Amarillo Arizaga dice

    6 de enero de 2016 a las 8:46 am

    Muy bien mi estimado esto sera de mucha ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:44 am

      Gracias 🙂

  39. Edwin Armando dice

    6 de enero de 2016 a las 6:21 am

    Buen articulo Miguel, una consulta tengo ingresos por devolución de drawback las cuales son ingresos inafectos de IRTA, mi pregunta seria al consignarlo en ingresos no gravados me afecta a renta, entonces lo debo de deducir?

    Responder
  40. Rocío dice

    6 de enero de 2016 a las 12:56 am

    Una gran ayuda para los contadores! Gracias por su apoyo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de enero de 2016 a las 2:32 am

      Muchas gracias 🙂

  41. Raquel dice

    5 de enero de 2016 a las 10:12 pm

    Gracias !!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de enero de 2016 a las 2:33 am

      Super 🙂

  42. Yisela dice

    5 de enero de 2016 a las 9:03 pm

    Muy buen comentario muchas gracias por mantenernos actualizados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 9:36 pm

      Muchas gracias 🙂

  43. Ronald dice

    5 de enero de 2016 a las 7:20 pm

    Gracias por el dato, habrá que avanzar el PDT desde ahora.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 8:47 pm

      Es correcto amigo, hay mucha tarea.

  44. Karina dice

    5 de enero de 2016 a las 7:08 pm

    Gracias por la información.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 9:06 pm

      Super 🙂

  45. Ada Marixa Melendrez dice

    5 de enero de 2016 a las 5:53 pm

    Interesante Información gracias por resolver todas las dudas que existen en base ala declaracion jurada anual, Muchas Gracias MIGUEL

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 9:34 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  46. Manuel Carihua dice

    5 de enero de 2016 a las 5:41 pm

    Muy bueno el aporte, gracias por el tiempo que dedica a compartir las informaciones y sus conocimientos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 5:48 pm

      Muchas gracias por el comentario.

  47. Manuel dice

    5 de enero de 2016 a las 5:06 pm

    Lo del Balance de Comprobacion, se refiere a Ingresos Brutos o Netos del ejercicio?.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 5:22 pm

      Tienes que sumar las casillas: 463, 473, 475 y 477 del PDT 702.

  48. Jessie James dice

    5 de enero de 2016 a las 4:52 pm

    Muy buen aporte a la profesión contable Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 5:23 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  49. Daniel Diaz dice

    5 de enero de 2016 a las 4:44 pm

    Muy buenas tardes estimado colega, otra vez por aqui para felicitarte por tus aportes a esta estresantemente hermosa carrera, y a la vez reincidir con la pregunta del forista chirstian, como hacen las empresas de servicios, ya que no seria costo de ventas comercial, ni costo de producción, cual seria el correcto llenado para una empresa que tiene costo de servicio, gracias de antemano por absolver las duda de todos los colegas. Saludos y muchos exitos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 5:49 pm

      Al ingresar a la opción de Estados Financieros menciona guiarse de la NIC, en todo caso utilizara parte de los datos del costo de producción y gastos incurrido. Un ejemplo de la división podría ser:

  50. Miguel Ángel Moreno Barreto dice

    5 de enero de 2016 a las 4:31 pm

    Muchas gracias Miguel por la información actualizada. Dime cómo hago para conseguir el paquete para generar los Libros Electrónicos para SUNAT. Agradezco tu respuesta.
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 5:53 pm

      Si te matriculas en el curso virtual tendrás acceso a los aplicativos y al curso completo.

  51. Wilkarlos dice

    5 de enero de 2016 a las 4:22 pm

    Muchas Gracias, excelente la Información.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:00 pm

      Super amigo 🙂

  52. Maritza.. dice

    5 de enero de 2016 a las 4:17 pm

    Miguel, mil gracias por tu aporte a nuestra labor contable.
    un Feliz año y muchas bendiciones.
    abrazo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:01 pm

      Gracias, IDEM.

  53. Boris Paredes Aguilar dice

    5 de enero de 2016 a las 3:59 pm

    Excelente aporte Miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:08 pm

      Muchas gracias 🙂

  54. Christian dice

    5 de enero de 2016 a las 3:40 pm

    Hola Miguel buenas tardes, primeramente felicitarte por compartir tus conocimientos contable y tributarios, en que casilla se tendrá de llenar el costo de servicio, en caso de empresas que solo venden servicios, ya que en la casilla 604 solo da opción para existencias y costo de producción?
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:25 pm

      En la práctica utilizaras los costos de producción y los gastos. Para ello es importante una buena clasificación de los costos incurrido en base a la NIC 2.

    • Christian dice

      6 de enero de 2016 a las 9:19 am

      Miguel, Muchas gracias por la respuesta.

    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:54 am

      Super amigo 🙂

    • Joel dice

      5 de enero de 2016 a las 6:37 pm

      Hola estimado Christian espero que mi humilde comentario te sirva: El costo de ventas es para empresas que se dedican a la compra y venta de bienes (mercaderias); y el costo de producción les sirve para aquellas empresas que se dedican a la manufactura y a los servicios… Segun las NIC Suerte 😀

    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 9:06 pm

      Buena la aclaración.

  55. JCHT dice

    5 de enero de 2016 a las 3:35 pm

    Miguel, que tal a ver si realizamos un ejercicio incluyendo temas del ple con fines de la declaración de renta anual esta de mas decir que habrán temas tributarios (diferencias temporales, adiciones y deducciones etc); como contables en cuanto al registro, como asientos contables por el pago de los tributos por la renta anual y a si como también la presentación en los eeff.
    Si deseas colaboración no solo te ofresco la mía, también supongo que muchos querrán intervenir.
    Pero apresurémonos que el tiempo apremia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:27 pm

      Es buena idea, una ayuda adicional sería la cartilla de sunat que ya en estos días debe estar disponible.

    • Pedro dice

      6 de enero de 2016 a las 9:55 am

      Excelente acotacion……. (diferencias temporales, adiciones y deducciones etc)… es muy importante

    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 2:57 am

      Muchas gracias 🙂

  56. Jennifer dice

    5 de enero de 2016 a las 3:29 pm

    Gracias por la información que día a día nos envía.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:27 pm

      Gracias 🙂

  57. Yanet Cacsire dice

    5 de enero de 2016 a las 3:28 pm

    Muchas gracias Miguel por mantenernos actualizados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:27 pm

      Gracias amiga 🙂

  58. Gaby Soto dice

    5 de enero de 2016 a las 3:20 pm

    Gracias Miguel!!! muy interesante el tema 😛

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:28 pm

      Super amiga 🙂

  59. Felix dice

    5 de enero de 2016 a las 3:14 pm

    Hola Miguel, la verdad tu noticiero es muy importante para todos los contadores y que nos hace bastante facial a la hora de verdad – Gracias por todo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:29 pm

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  60. Aury Stely Hernandez Quispe dice

    5 de enero de 2016 a las 3:04 pm

    Muy buen tema gracias por tomarte el tiempo de hacerlo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:32 pm

      Gracias 🙂

  61. Danny Martin Pachas Gonzales dice

    5 de enero de 2016 a las 3:01 pm

    Gracias miguel por los comentarios indicados, bien tu apreciación personal.

    saludos,

    Danny Martin Pachas Gonzales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:32 pm

      Muchas gracias por el comentario.

  62. Luis Zevallos Diaz dice

    5 de enero de 2016 a las 2:44 pm

    Excelente el Tema de Hoy fuemuy lustrativo, Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:32 pm

      Muchas gracias 🙂

  63. Nataly dice

    5 de enero de 2016 a las 2:40 pm

    Gracias por tus consejos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:31 pm

      Muchas gracias 🙂

  64. Amadeo Cantera dice

    5 de enero de 2016 a las 2:04 pm

    Muy bueno el tema de hoy. Felicitaciones Miguel. 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 2:07 pm

      Muchas gracias 🙂

    • Lusely dice

      5 de enero de 2016 a las 5:03 pm

      Esta excelente el tema de hoy.

    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 5:22 pm

      Gracias 🙂

    • Ruben Gonzales dice

      8 de enero de 2016 a las 1:31 pm

      Miguel, felicitaciones, excelente tus comentarios

    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 3:17 pm

      Muchas gracias 🙂

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