• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foros
  • Planes
  • Mi Cuenta
Inicio » Sunat » Declaración Anual Sunat 2019 Persona Natural [Formulario Virtual 709]

Declaración Anual Sunat 2019 Persona Natural [Formulario Virtual 709]

Publicado por Miguel Torres el 21 de febrero de 2020 24 comentarios

Miguel ¿Cómo saber si estoy obligado a presentar declaración anual Sunat 2019 Persona Natural?

Muy sencillo.

Estarás obligado si cumples algunas de las tres siguientes condiciones:

  • Si tienes un saldo por regularizar a favor del fisco, por conceptos de rentas de primera, segunda o trabajo.
  • Si tuvieras saldo a favor de ejercicio anteriores.
  • Los que han percibido rentas de quinta categoría y desean deducir las 3 UIT adicionales.

Por otra parte, desde el día 17 de febrero de 2020 podrás realizar tu declaración renta anual 2019.

Miguel ¿Quienes no establecidos a presentar la declaración anual 2019 persona natural?

Las personas no domiciliadas en el país que hayan obtenido rentas de fuente peruana.

Miguel ¿Cómo realizo la declaración Declaración Anual Sunat 2019 Persona Natural?

Lo realizas mediante la página web de la SUNAT, para ello nos dirigiremos al siguiente link:

  • http://www.sunat.gob.pe/sol.html

Luego seleccionas: Declara Renta Anual 2019 – Personas.

declara renta anual 2019

Finalmente, tendrás que presentar el Formulario Virtual nº 709.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Formulario Virtual Nº 709
  • Cartilla de Instrucciones Persona Natural 2019
  • Regularización del Pago de la Renta Anual 2019 Persona Natural
  • Vencimiento del Impuesto a la Renta Anual 2019
  • ITF – Casilla 522

Formulario Virtual Nº 709

Para ingresar al Formulario Virtual Nº 709 solo necesitas contar con tu clave sol.

El formulario automáticamente se actualizará con la información que Sunat disponga de tus ingresos.

Te gusto este artículo, suscríbete a nuestro canal de YouTube para recibir más información >> canal Revista Misha aquí.

Es importante, verificar que la información detallada en el Formulario Virtual Nº 709 sea la correcta.

Cartilla de Instrucciones Persona Natural 2019

Te comparto la cartilla de instrucciones de la declaración anual Sunat 2019 Persona Natural [Formulario Virtual Nº 709]

  • Cartilla de Instrucciones para Personas Naturales
  • Casos Prácticos de Renta de Primera y Segunda Categoría 
  • Casos Prácticos de Renta de Trabajo

Regularización del Pago de la Renta Anual 2019 Persona Natural

Para regularizar el impuesto dependerá del tipo de renta que genere el contribuyente.

Los datos consignar serán:

  • Primera Categoría: Código 3072
  • Segunda Categoría: Código 3074
  • Rentas de Trabajo: Código 3073

El periodo a consignar será: 13/2019.

Regularización del Pago de la Renta Anual 2019 Persona Natural

Vencimiento del Impuesto a la Renta Anual 2019

El plazo para presentar la declaración y efectuar el pago de regularización del impuesto a la renta anual 2019 empezará el 25 de Marzo de 2020.

Vencimiento del Impuesto a la Renta Anual 2019

ITF – Casilla 522

El ITF es conocido como el impuesto chismoso, y razón no le falta.

Por lo tanto, es obligatorio que revises la casilla 522 del Formulario Virtual Nº 709, porque será un indicador para evaluar tu desbalance patrimonial para el ejercicio 2019.

Miguel ¿Por qué es importante el ITF – Casilla 522?

Este valor es un dato muy importante que refleja tu movimiento financiero en el ejercicio 2019, para decirlo de una manera simple: ¿Cuánto dinero has movido en las entidades financieras?.

En el video te explico como realizar el calculo, solo tienes que realizar una regla de tres simples.

ITF – Casilla 522

En lo personal, obtuve un ITF en el año 2019 de S/ 34 soles. Por lo tanto, mi movimiento financiero es S/ 680,000 soles.

  • Planeamiento Tributario – ¿Cómo realizar un Tax Planning?

Conclusiones

  1. Presentarán el Formulario Virtual Nº 709, las personas naturales que tengan un saldo a favor del fisco por regularizar, de no haber impuesto por pagar no están obligados a presentar el formulario.
  2. También podrán presentar el Formulario Virtual Nº 709, los perceptores de quinta categoría que desean deducir las 3UIT adicionales.

Recomendación

  1. Te gusto este artículo, suscríbete a nuestro canal de YouTube para recibir más información >> canal Revista Misha aquí.

Si te gusta, compártelo 🙂

  • Haz clic para compartir en Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook
  • Haz clic para compartir en X (Se abre en una ventana nueva) X
  • Haz clic para compartir en LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn

Artículos Relacionados:

PRÓXIMO EVENTO: "CONTABILIDAD EN EMPRESAS DE SERVICIOS DE TRANSPORTES"

Invitarte este Martes 03 de Junio de 2025 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Información Aquí

Interacciones con los lectores

24 comentarios

  1. Joe Carra dice

    27 de marzo de 2020 a las 11:30 am

    Hola. Yo tengo gasto por un depa que pago alquiler. La suma de la deducción del 30% supera las 3 uit que puedo deducir adicionalmente.
    Cómo puedo atribuir ese exceso a mi esposa? Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2020 a las 1:22 pm

      Solo puedes deducir las 3 UIT. El exceso ya no es deducible.

  2. Filippo Storino Noce dice

    25 de marzo de 2020 a las 10:05 pm

    En mi declaración persona natural renta 2019 primera categoría en condomimos en valor del bien solo me permite poner tres dígitos, si pongo 6 dígitos que es lo que necesito, sale 00.
    Puedes ayudarme Miguel?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de marzo de 2020 a las 8:02 am

      No me he dado cuenta de ese detalle, en todo caso me parece raro que no puedas poner un monto de 6 dígitos. Puedes cerrar y volver a ingresar.

  3. Yanire dice

    23 de marzo de 2020 a las 5:55 pm

    Excelente ayuda … muchas gracias miguel.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2020 a las 10:27 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  4. Nancy dice

    17 de marzo de 2020 a las 1:51 pm

    Hola Miguel, El año 2018 se emitió un recibo de honorarios el 27/12/2018, en dólares se pago el 29/01/2019.
    La DDJJ Anual de Persona Natural del 2018 no se tomo en cuenta este recibo por lo percibido, lo voy a declarar recién en la DDJJ del año 2019.
    Mi consulta es que tipo de cambio debo usar y la fecha ? Y que periodo debo considerar Enero 2019?.

    .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2020 a las 10:31 pm

      El tipo de cambio de la fecha de pago.

  5. Jose dice

    12 de marzo de 2020 a las 12:47 pm

    Consulta: Las movilidades como condición de trabajo se deben consignar en la casilla 201 del Formulario Virtual 709

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de marzo de 2020 a las 7:55 pm

      No se hace eso.

  6. Jessica dice

    11 de marzo de 2020 a las 8:47 pm

    Hola Miguel presente la ddjj 2019 formulario 709 y se me paso el marcar que queria fraccionar la deuda, como hago ya que pu=se sustituir pero ya no me aparece la ventanita donde pregunta si deseo fraccionar o no.?

    ayuda porfa aun vence en abril puedo hacer algo? no deseo que le embarguen su cuenta, necesito fraccionar es mucho el importe por pagar.

    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2020 a las 4:31 am

      Solicita el fraccionamiento normal, hazlo por la opción del menú clave sol.

  7. Meli dice

    28 de febrero de 2020 a las 10:42 am

    Hola, una consulta si los gastos hoteles y restaurantes enero figuraba mas pero ahora vi que ha bajado esa información en marzo porque pueden haber reducido esos gastos deducibles usarlo, es error sistema. o se debería ingresarlo manualmente esos gastos que ya no aparece. saludos . Nota: B00 es electronico no? pero BK04 tambien lo es. Gracias mil.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2020 a las 6:26 am

      Si no figuran dichos comprobantes, los puedes añadir manualmente (siempre que figure tu DNI), dichos comprobantes son electrónicos.

  8. Jorge Cueva dice

    25 de febrero de 2020 a las 8:50 pm

    Felicitaciones amigo Miguel, por ser tan practico y didáctico en las orientaciones que nos hace llegar. Mil gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de febrero de 2020 a las 10:02 am

      Gracias, bendiciones 🙂

  9. Meli dice

    24 de febrero de 2020 a las 5:46 pm

    muchas gracias por su dedicación y consejos en el área contable.. Bendiciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2020 a las 5:20 am

      Muchas gracias 🙂

  10. Cesar dice

    24 de febrero de 2020 a las 5:10 pm

    Excelente Miguel…..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2020 a las 5:21 am

      Muchas gracias 🙂

  11. Blanca Guardia Hertera dice

    21 de febrero de 2020 a las 10:43 pm

    Muy importante gracias Miguelito

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de febrero de 2020 a las 6:13 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  12. Edgar dice

    21 de febrero de 2020 a las 3:57 pm

    Excelente información, gracias Miguel, bendiciones

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de febrero de 2020 a las 6:21 pm

      Gracias 🙂

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Barra lateral principal

BUSCAR

CURSO SIRE SUNAT

Taller SIRE Presencial 28 de Junio

PUBLICIDAD

Publicidad-Rapifac

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2025 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Legal
  • Contacto