¿Qué son rentas de fuente extrajera?
Son Rentas de Fuente Extranjera aquellas que provienen de una fuente ubicada fuera del territorio nacional. Las rentas de fuente extranjera no se categorizan y se consideran para efectos del Impuesto siempre que se hayan percibido.
Por ejemplo, son Rentas de Fuente Extranjera, entre otras:
- La renta obtenida por alquilar un predio ubicado en el extranjero.
- Los intereses obtenidos por certificados de depósitos bancarios de entidades financieras del exterior.
- La renta obtenida por prestar servicios en el exterior.
Ejemplo Renta Extranjera
Ejemplos de rentas de fuente extranjera:
- La renta obtenida por una asesoría financiera brindada en Suiza.
- La enajenación de una marca de zapatos, registrada en otro país, cuya explotación se efectúa fuera de Perú.
- La renta producida por el arrendamiento de un departamento ubicado en otro país.
- Las utilidades percibidas de una empresa domiciliada en otro país.
- La renta por la venta de acciones emitidas por una empresa chilena, negociadas en la Bolsa de Valores (BV) de Colombia.
- La renta por la venta de acciones emitidas por una empresa argentina, negociadas en la BVL.
- La renta por la venta de acciones emitidas por una empresa colombiana, negociadas en la BV de Brasil.
- La renta por la venta de acciones emitidas por una empresa extranjera, negociadas en la BV de otro país.
- La renta por la venta de acciones de un colombiano a un peruano, emitidas por una empresa colombiana negociadas en la BV de Chile.
- La renta por asesoría técnica brindada en otro país.
Buenas tardes estimado, por estas rentas de fuente extranjera que asientos contables se deben generar?, entiendo que la declaración de estas rentas corresponde agregarla en la declaración anual del IR, pero en mi contabilidad como deben expresarse?.
Buenos días estimado Miguel, que sucede con servicios prestados en el extranjero, pero que están sujetos a pago de impuesto en el país que se prestó, es dable el doble pago de renta? en el país que efectúa el pago y Peru donde se reside?
Si es correcto, justamente para eso existen los CDI, convenios para evitar la doble imposición, y mas bien solo se tribute en el país de la fuente o de residencia (lo que diga el CDI).