Retiro de bienes gravado con IGV por no acreditar la entrega.
RTF Nº 00657-2-2020
No se encuentra acreditado que la recurrente hubiera entregado los bienes en cuestión a sus destinatarios finales o a los eslabones intermedios de la cadena de distribución, mediante la emisión de los respectivos comprobantes de pago o constancias de entrega, sino que tales bienes fueron entregados a sus propios trabajadores lo que hace imposible acreditar que tales obsequios cumplieron su finalidad promocional.
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