Es deducible el gasto entregado a personas con los cuales no se mantiene una relación laboral.
RTF Nº 02072-3-2022
De igual forma se revoca el extremo del reparo al crédito fiscal por vales de consumo, toda vez que no resulta suficiente para enervar la deducibilidad de un gasto, y en consecuencia, su reconocimiento como crédito fiscal, el hecho que los beneficios (vales) hayan sido entregados a personas con las cuales la recurrente no mantenía un vínculo laboral y estando a que fue la propia Administración quien ha reconocido que la entrega de los vales tuvo como propósito incentivar la venta de los productos que comercializa la recurrente.
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