![RTF Nº 08731-8-2017](https://noticierocontable.com/wp-content/uploads/2023/09/RTF-No-08731-8-2017.png)
Las regalías por uso de marca son deducibles a efectos del Impuesto a la Renta.
Respecto del reparo al gasto por alquiler de marca a través de un contrato de franquicia, toda vez que de la evaluación conjunta de los medios probatorios presentados por la recurrente, dicho gasto resulta razonable en su quehacer empresarial y para los fines objetivos de su negocio, esto es, cumple con el principio de causalidad.
![parrafo RTF Nº 08731-8-2017](https://noticierocontable.com/wp-content/uploads/2023/09/parrafo-RTF-No-08731-8-2017.png)
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