No basta con que el costo de adquisición de un activo sea mayor 1/4 UIT para que constituya activo fijo.
RTF N° 0878-4-2020
“La Administración no ha especificado en el valor impugnado, si los bienes adquiridos funcionaban independientemente o si formaban parte de otro activo fijo, careciendo de utilidad de manera aislada, más aún si desde la etapa de fiscalización la recurrente ha señalado que dichos gastos corresponden a gastos de mantenimiento que no aumentan la vida útil de sus activos, siendo que si bien dicho argumento ha sido consignado en el valor impugnado, la Administración no se pronunció al respecto en dicho valor”.
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