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Inicio » Laboral » Sancionan a empleadores por boletas de Pago

Sancionan a empleadores por boletas de Pago

Publicado por Miguel Torres el 26 de noviembre de 2009 177 comentarios

En lo que va del año, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) sancionó a unas 600 empresas por no entregar la boleta de pago a sus trabajadores o adulterar su contenido, informó su titular, Manuela García.

“La boleta es importante porque acredita la existencia del vínculo laboral; establece la antigüedad en el centro de trabajo; menciona el monto de la remuneración, demuestra si se pagó las gratificaciones, la asignación familiar, el pago de horas extras así como los descuentos a la seguridad social y pensiones”, precisó la autoridad.

Este documento igualmente constituye un medio de prueba ante la inspección del trabajo o el órgano jurisdiccional para la denuncia administrativa o demanda judicial, pues permite establecer el periodo de tiempo laborado en una empresa o la falta de pago de las remuneraciones o beneficios sociales.

Con la boleta de pago, inclusive el trabajador puede acceder a un crédito bancario; conocer si labora para una empresa formal identificando a su empleador; acredita los años de aportación a la seguridad social. “Su boleta de pago es la mejor garantía para su jubilación”, dijo García.

Incluso, anotó que el empleador también se beneficia con la entrega de las boletas de pago pues éstas le sirven para acreditar el pago de las remuneraciones y los demás conceptos remunerativos en caso de recibir la visita de un inspector laboral.

Multas

Según la legislación vigente, la no entrega de boletas de pago es una infracción leve que puede ser sancionada por montos que van desde los S/. 177.50 hasta los S/. 17,750.

Sin embargo, consignar datos distintos, falsos o que no correspondan a los registrados en la planilla, constituye una falta grave que amerita una multa que puede variar entre los S/. 1,065 y los S/. 35,550.

Diario Oficial El Peruano (24.11.2009), Sección Derecho,  Pág. 14

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177 comentarios

  1. Angelo Christopher Salvador Quiroz dice

    3 de agosto de 2022 a las 10:25 am

    Hola, en mi caso yo ya tengo un año y 4 meses laborando en la empresa sin descanso,al ver mi boleta de pago figura que descanse del 01/07/2022 al 31/07/2022 lo cual yo estuve laborando y nadie me dijo nada pero solo me pagaron las vacaciones pero no mi remuneracion lo que trabaje y mi contrato termina el 01/09/2022.Que es lo que me recomienda hacer su apoyo porfavor

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de agosto de 2022 a las 4:26 am

      Nada, cuando te liquiden o cesen, reclamas el pago o te quejas a SUNAFIL.

  2. Alejandro dice

    3 de julio de 2021 a las 11:38 am

    Buenos días estimado

    Tengo una propuesta laboral formal, pero me han indicado lo siguiente:
    Mi sueldo seria de 3 000 mensuales, pero en las boletas de pago saldría de esta manera:

    Sueldo básico 2000
    Bonos 1000

    Quisiera saber si eso es correcto por parte de la empresa y si eso podria traerme problemas mas adelante con mi CTS, AFP, Gratificación, vacaciones o liquidación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2021 a las 4:56 pm

      Es claro, que solo sera remunerativo los 2,000 soles y el resto no. Afecta beneficios laborales.

  3. Henry dice

    20 de enero de 2021 a las 10:12 am

    Hola Miguel , trabaje en una empresa durante dos años como practicante de contabilidad , no firme contrato osea no estaba en planilla ni me pedian que emita recibo por honorarios , me pagaban solo en efectivo , me quiero titular y la universidad me pide boletas de pago , las boletas de pago por excel son validas ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de enero de 2021 a las 10:54 am

      Si claro son válidas, por otra parte un practicante no firma contrato, sino más bien convenio.

  4. Erick dice

    10 de diciembre de 2020 a las 2:45 pm

    Buen día una consulta trabaje cerca de 10 años en una cooperativa de ahorro y no encuentro mis boletas de pago, puedo pedirlas a mi empleador, yo trabaje en los años 90 y no se que procedimiento seguir, espero su ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2020 a las 2:15 pm

      Es posible, puedes solciitar.

  5. Paola Elizabeth dice

    26 de agosto de 2019 a las 4:14 pm

    Buen dia Miguel quisiera saber si en el caso de que la empresa quiere trasladar la firma del gerente a un sello debido a que es difícil que firme manualmente porque viaja constantemente, cual es el procedimiento para la firma digital, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2019 a las 4:28 am

      Compras la firma a una empresa que presta el servicio, los pagos tienen que ser mediante entidad financiera.

  6. Jackeline dice

    29 de junio de 2018 a las 3:37 am

    Hola Miguel

    Tengo una preegunta que pasa si no tengo ni mi contrato, ni mis boletas ni mi carta de renuncia perdi todos los documentos que acrediten que trabaje en una empresa, donde los puedo pedir????
    El ministerio de trabajo guarda dichos documentos????
    Donde podria solicitarlos????
    Agradeceria tu ayuda por favor.
    Gracias!*

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2018 a las 5:43 pm

      Tendrías que pedirlos a la empresa donde laboraste.

  7. Juana dice

    15 de junio de 2018 a las 11:21 am

    me entregaron boletas de mayo figura como sueldo basico 850 no se aplicaba en mayo los 950 como sueldo basico
    por favor solicito respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2018 a las 2:21 pm

      No necesariamente, si el único sueldo que recibes, si debería haber el cambio a 930 soles.

  8. Roy Murris dice

    28 de mayo de 2018 a las 3:49 pm

    Una pregunta miguel disculpa soy medico y no pague mis aporte afp por que recién comence como medico y en mi boleta de pago no configura los aportes. es valido mi boleta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de mayo de 2018 a las 7:35 pm

      No es valido si estas en planilla.

  9. romel Garcia retuerto dice

    3 de abril de 2018 a las 9:30 am

    tengo 10 años trabajando en una empresa y el empleador recien me puso en planilla en junio del año pasado ai su viveza ni mis boletas me entrega y cuando le pido una constancia de trabajo por los años trabajado no quiere darme que puedo hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2018 a las 4:01 pm

      Acumula pruebas de tu vinculo laboral de los 10 años, y lo denuncias al ministerio de trabajo.

  10. Carla dice

    30 de marzo de 2018 a las 5:40 pm

    Hola Miguel, llevo dos años laborando como secretaria en un estudio contable, sin boleta de pago y sin vacaciones, como podría hacer para que mis derechos laborales se cumplan si deseo denunciar ante el ministerio de trabajo y no tengo como probar.

    Responder
  11. Willian dice

    20 de marzo de 2018 a las 4:46 am

    buen dia Miguel. Hola, quisiera saber qué puedo hacer si en mi boleta de pago NO aparece mi bono de productividad (Movilidad en la boleta) ,ya que solo aparece Basico, Asig. Familiar y Feriado Trabajado si es el caso. ya tengo un año y solo una boleta incluye el bono. eso es una irregularidad por parte de la empresa, me perjudica en mi liquidación por tiempo de servicio, que puedo hacer? Ayuda

    Responder
  12. Cesar dice

    12 de marzo de 2018 a las 3:02 pm

    Hola como puedo calcular mi liquidacion yo llevo laburando 11 años y 4 mesesy deseo renunciar mi sueldo es 1150 no me pon en sobretienpo en mis boletas gracias miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2018 a las 9:16 pm

      Tu liquidación es igual a los beneficios pendiente de pago. Por ejemplo si cesas el 31/03, recibirías, gratificación trunca por 3 meses, 5 meses de CTS trunca y vacaciones depende de los años no gozados.

  13. Ana Rivera dice

    8 de marzo de 2018 a las 11:46 am

    Hola Miguel, Una pregunta. ¿Puede el empleador retener tu remuneración por no recoger la boleta de pago de los meses anteriores?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2018 a las 5:40 am

      No puede hacerlo, pero es una medida para que aprendas a recoger tu boleta.

  14. Jerson dice

    19 de febrero de 2018 a las 8:18 am

    Hola buenos dias necesito ayuda trabaje por 5 años en una empresa y solo recibi por parte de la empresa mi Cts.y mis 15 dias trabajdo deliquidacion,vacaciones truncas,pero en mi cheque y boletas y liquidaciones me doy con la sorpresa que mi segundo nombre esta mal escrito,estoy me afectaria a un futuro o cual seria lo corecto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2018 a las 11:55 am

      Puedes pedir una corrección, revisar que los aportes se hayan realizado correctamente.

  15. Miguel angel dice

    16 de febrero de 2018 a las 7:57 am

    Buenas días una consulta yo gano el doble del sueldo mínimo y en mis boletas sale con el sueldo mínimo que puedo hacer
    La empresa me dijo que para que me ponga a mi sueldo real yo.Tengo que pagar la otra parte de mi cts y no tengo asinacion familiar que puedo hacer me pueden ayudar

    Responder
  16. Michael dice

    12 de febrero de 2018 a las 9:17 am

    Hola que tal… Nunca me entregaron boletas de pago y me liquidaron el día 31/01/18. Y necesito mis boletas.. ¿¿Mi expleador esta en la obligación de entregarme mis tres ultimas boletas??? Y tampoco me dieron copia de mi liquidacion

    Responder
  17. Gabriela dice

    7 de febrero de 2018 a las 12:54 pm

    Buenas Tardes, tengo una duda yo solo tengo un trabajador en planilla, y quería saber si la Boleta que se genera en el PLAME también es valida

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 5:27 pm

      Es totalmente valida.

    • ROXANA dice

      27 de febrero de 2018 a las 10:38 am

      ES NECESARIA LAS FIRMAS, EN LAS BOLETAS GENERADAS EN EL PLAME_?

  18. Liana dice

    8 de enero de 2018 a las 5:14 pm

    Quiero hacer una consulta que pasa si en mi boleta viene un monto de dinero que es el sueldo mínimo y en la realidad me pagan más cantidad.

    Responder
  19. Andy dice

    20 de diciembre de 2017 a las 12:35 am

    Hola Miguel mi consulta es…
    Llevo ya 7 meses que me estan descontando de mi seguro ONP no tengo firma de contrato tampoco firmo planilla, llevo meses pidiendo las boleta y no me dan respuesta ahora ya paso 15 de diciembre y no hay respuesta sobre mi gratificacion que podria hacer necesito de su ayuda !

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de diciembre de 2017 a las 12:10 am

      Te recomendaría que te quejes ante el ministerio de trabajo.

  20. Leonardo dice

    15 de diciembre de 2017 a las 11:38 am

    Hola:
    El monto de mi sueldo basico varia constantemente, a que se debe? esta permitido que la empresa pueda cambiar eso?
    gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 4:51 am

      Depende, el sueldo bruto no debería cambiar, salvo que seas destajero.

  21. Yess dice

    12 de diciembre de 2017 a las 7:48 pm

    Hola, quisiera saber qué puedo hacer si en mi boleta de pago aparecen horas que nunca he trabajo y mi pago normal, un ejemplo, soy trabajador part Y en mi boleta figura horas trabajadas, 240 Y figura de pago total sin descuentos de 481.67 Y en otro que 120 horas Y de pago 511.67, eso es una irregularidad por parte de la empresa, que puedo hacer? Ayuda

    Responder
  22. Georgina dice

    20 de noviembre de 2017 a las 11:55 am

    Buenos días Miguel, mi consulta es, de considerar el monto de la CTS en la boleta de pago, ¿debo elaborar también la liquidación de CTS que indica el Dec. Leg. 650?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de noviembre de 2017 a las 4:44 am

      La norma solo indica declararlo en el PLAME, pero no la boleta de haberes. La liquidación de CTS, es obligatorio.

  23. Juan M. Rodriguez dice

    11 de noviembre de 2017 a las 10:48 am

    Buenos días, tengo una consulta.
    Firmé los documentos de liquidación le dí un vistazo muy rápido a los papeles y salí de la oficina. Luego revise con mas calma los documentos y me di con la sorpresa que no me había pagado 60 hrs. extras que había hecho. Mi pregunta es la siguiente. ¿Puedo reclamar aún estas horas?
    Agradezco desde ya su respuesta.

    Responder
  24. Angel dice

    11 de octubre de 2017 a las 5:51 pm

    Buenas tardes Miguel. Una consulta, que pasa si se tiene registrados en Es Salud los derechohabientes ( hijos ) de un trabajador, pero a la vez, no se le esta pagando asignación familiar. Ya que el hecho, de que se tenga en Es Salud a sus niños, es una prueba, que tiene menores de edad y por consiguiente pagar A. Familiar verdad?. Se tiene multa en alguna fiscalización?

    Responder
  25. Veronica dice

    7 de octubre de 2017 a las 9:08 pm

    Buenas noches trabajo en una empresa nunca me han entregado una boleta de pago me dieron un usuario y contraseña de una pagina web pero no se puede entrar este me me gan pagado la mitad de mi sueldo he hablado con mi jefe de area para que me reiteren y ya paso una semana que debo hacer gracias por su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2017 a las 10:54 pm

      Puedes hacer tu denuncia en el ministerio de trabajo.

  26. Danny dice

    29 de septiembre de 2017 a las 12:21 pm

    Hola Miguel

    Hay una ley o reglamento que especifique la oportunidad del pago, es decir, la empresa puede pagarte los sueldos cuando ellos tenga liquidez, o estan obligados a pagarte todos los fines de mes, sea dia habil o calendario, pero fin de mes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de septiembre de 2017 a las 9:04 pm

      En teoría debe ser de acuerdo a lo que diga el contrato de trabajo.

  27. Fernado dice

    22 de agosto de 2017 a las 10:55 pm

    Buen dia estimado mi consulta es soy empleador y estamos formalizando eh tenido 6 trabajadores y el encargado de administración no emitía boletas de pago tampoco estaban en planilla pero si se les pagaba con deposito bancario sin descuentos se pagaba el total en bruto como puedo regularizar las boletas de pago o se emite la boleta una ves ingresado a planilla.

    saludos…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de agosto de 2017 a las 6:11 am

      Tienes que declararlo en la planilla, luego pagar sus aportes, pensiones y realizas sus boletas de haberes.

  28. Renato dice

    22 de agosto de 2017 a las 10:32 pm

    Si yo ya no trabajo en una empresa, puedo pedir todas mis boletas de pago igual cierto? Como se podría hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de agosto de 2017 a las 6:11 am

      Si es correcto, presentar un documento o acercarte personalmente.

  29. Walter dice

    21 de agosto de 2017 a las 12:58 am

    Ya llevo trabajando mes y medio no me dieron copia de contrato ni hasta ahora la boleta que hago ya reclame al sub contratista y dijo que ya ha enviado un correo a la contratista para que mande las boletas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2017 a las 3:42 am

      Es correcto tu procedimiento, de no tener respuesta puedes ir al ministerio de trabajo.

  30. Bladimir dice

    6 de agosto de 2017 a las 2:07 am

    Estoy trabajando desde el 12/6/2017, y a la fecha NO me han dado mis boletas de pago de ningún mes, ni física ni electrónicamente. ¿hay multa? para ellos por NO enviarme mis boletas y qué N° de ley les obliga hacerlo: quiero saber para reclamar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 6:12 pm

      Si deberian haberte dado tu boleta de haberes. Base Legal: artículo 19 del Decreto Supremo 001-98-TR

  31. Caro dice

    1 de agosto de 2017 a las 1:38 pm

    Necesito saber que hacer con mi jefe xq no me liquida lo q dice mi boleta, me paga de menos. Donde hago el reclamo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2017 a las 9:49 am

      En el ministerio de trabajo.

  32. Lino dice

    16 de julio de 2017 a las 8:22 am

    Buen dia, una consulta firme boletas de pago con vacaciones pero en realidad no sali, tengo documentos q prueban que no descanse mas al contrario trabaje me refiero a tres años concecutivos, agradezco tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de julio de 2017 a las 2:53 pm

      Puede ayudarte esos documento ante un reclamo ante el ministerio o judicialmente.

  33. carmen dice

    17 de junio de 2017 a las 9:49 pm

    Buenas noches mi hija laboro por una semana en una pasteleria donde trabajaba 10 horas diarias y no querian darle ni un dia de descanso la despidieron y solo le pagaron 150 soles y la culparon de la perdida de una torta donde puedo quejarme gracias

    Responder
  34. Carlos dice

    17 de mayo de 2017 a las 2:44 pm

    Buenas tardes Miguel, hay accionistas en planilla, es obligatorio que ellos firmen las boletas de pago como trabajadores o solo bastara con emitirlas y la firma del representante de la empresa? Los cargos son gerente administrativo y gerente general. La otra consulta si no hay firma del trabajador ya sea por x motivos hay alguna inconsistencia?.

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 2:14 pm

      Es obligatorio que todo trabajador reciba su boleta de haberes, ademas de firmarlos.

  35. Alexis dice

    23 de abril de 2017 a las 3:21 pm

    Amigo una consulta yo laboro en una empresa 40 horas a la semana pero la empresa pone 48 a la semana eso reduce el costo de mis horas extras que si salen en mi boleta pero con el calculo de 48 horas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de mayo de 2017 a las 12:28 am

      Puedes llevar el control de una semana, y verificar si te estan pagando las horas extras, en la boleta debe figurar las horas extras realizadas.

  36. David Cruz Garcia dice

    17 de abril de 2017 a las 4:59 am

    Hola Miguel
    Estoy pidiendo un préstamo bancario y me piden boletas de pago pero a mi se me han extraviado algunas.
    Puedo solicitar nuevamente a mi empleador que me diera otra copia de mi boleta de pago o que puedo hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de abril de 2017 a las 3:26 pm

      Es correcto, puedes pedir una copia de las boletas de haberes.

  37. Luzmi dice

    29 de marzo de 2017 a las 12:19 pm

    Hola Miguel ,
    Es cierto que: ¿Si otra persona firma las boletas como Empleador sea el contador el jefe de RRHH tiene que estar inscrito en Registro públicos donde indique que el tiene ese poder? ¿Si deseo poner la firma digital u holográfica , necesariamente tengo que llevar un sistema (programa) de planillas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2017 a las 11:46 pm

      Es correcto, tiene que tener dicho poder.

  38. Yanis dice

    16 de marzo de 2017 a las 3:08 pm

    Por favor, quisiera saber si la firma del Gerente la podemos escanear y trasladarla a un sello Trodat para sellar las boletas de pago, ya que el Gerente constantemente está de viaje y no puede firmar las boletas a tiempo. Nosotros las elaboramos en excel y las imprimos. Agradezco tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 8:50 pm

      Tendría que ser una firma digital para que sea valida.

  39. Martin dice

    27 de diciembre de 2016 a las 10:27 pm

    Buenas que sucedería si no tengo todas mis boletas de pago para ser mas precisos del año 1980 a 1990 no tengo ninguna boleta , de los siguientes años también me faltan algunos que es lo que puedo hacer? Estos documentos me los solicitan para realizar mi jubilación? O automáticamente en el sistema de aportaciones aparece todos los años que aporte?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2016 a las 11:39 am

      Lo más probable es para verificar los aportes, pero en el ONP puedes solicitar un record de tus aportaciones.

  40. Maria dice

    26 de diciembre de 2016 a las 12:18 pm

    Buenos días, soy de Arequipa, Ingrese a trabajar a una empresa hace 3 meses y hasta la fecha no me entregan mis boletas de pago, mi contrato de trabajo, mi certificado de deposito de CTS y adicional a eso por parte de RRHH he tenido bastantes faltas de respeto y hostigamiento, como puedo hacer mi reclamo ante el MINTRA.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2016 a las 5:58 am

      Puedes realizar tu denuncia al MINTRA, puedes llevar documentos que prueben tu relación laboral (correos, fotocheck, depositos, uniformes, informes, etc).

  41. Gumer dice

    22 de diciembre de 2016 a las 2:55 pm

    Buenas tardes, trabajo en una empresa agroindustrial que se ha fusionado con otra del mismo rublo y dueño llevo 5 años laborando mi temor es quien asume las deudas que tiene conmigo como las utilidades, la AFP , falta que depositen 2 años de CTS etc. en la ultima boleta nos ha salido fecha de ingreso como nuevos. que hacemos, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de diciembre de 2016 a las 6:44 am

      Te recomendaría que puedas realizar tu denuncia al ministerio de trabajo de forma anonima, a fin de regularizar los beneficios pendientes de pago.

  42. Milenka dice

    15 de diciembre de 2016 a las 9:49 am

    Buenos dias Miguel, en el tema de las boletas de noviembre no he considerado la CTS puesto que a mis trabajadores les entregue una LIQUIDACION DE CTS y esta firmada por ellos y por el empleador; pero si coloque los montos pagados en el PLAME.
    En tema de gratificacion estoy generando boleta aparte. esta bien?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 6:36 am

      En el tema de la CTS, deberías considerarlo en la boleta de haberes. En el tema de la gratificación, si das una boleta a parte ya no es necesario.

  43. Erick Castro dice

    14 de noviembre de 2016 a las 10:59 am

    Buenos días estimado Miguel.

    Quisiera saber si en los meses de mayo y noviembre, meses en los cuales se depositan las CTS ,en las boletas de pago mensuales de los empleados debe figurar el monto depositado de CTS?

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 3:16 pm

      Debe figurar en su boleta de haberes, al igual que debes declararlo en el PDT PLAME.

  44. John dice

    2 de noviembre de 2016 a las 11:11 am

    Buenos dias .

    En mi caso mi empleador no me ha pagado 10 meses de AFP . sin embargo me obligan a firmar las boletas de pago donde figura el descuento de AFP . Muchas veces me rehuso a firmar y en otras les hago un rubrica cualquiera.
    Hay alguna consecuencia negativa al hacer ese tipo de rubricas .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de noviembre de 2016 a las 4:02 pm

      No hay consecuencia, pero deberías exigir el pago del AFP, porque al final el perjudicado eres tu al momento de tu jubilación.

  45. Leon Noboa dice

    27 de octubre de 2016 a las 5:08 pm

    Hola, una pregunta. El empleador te puede obligar a recibir la paga quincenal?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de octubre de 2016 a las 9:45 am

      Es correcto.

  46. Cely dice

    18 de octubre de 2016 a las 11:25 am

    Buenos días miguel una consulta trabajo en una empresa y realizo las planillas y hay trabajadores que estan con el sueldo minimo de 850 y aparte la empresa les da un bono mensualmente. mi pregunta es en que código lo registro el bono que le dan mensualmente a los trabajadores. esta bien que le ponga en bono de productividad.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de octubre de 2016 a las 3:19 am

      Si el motivo del bono esta relacionado con la producción de su trabajo esta correcto, además recuerda que es un concepto remunerativo (lo vas a considerar para calculo de beneficios laborales).

  47. Mariana dice

    13 de octubre de 2016 a las 10:53 pm

    Mi empleador siempre ha firmado las boletas de pago con su firma original,pero ahora cambió de firma sólo realizó una firma diferente a la anterior , podría tener diferentes firmas las boletas de pago??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de octubre de 2016 a las 1:54 am

      Puede ser una rubrica, o que realmente ha cambiado su firma al tramitar un nuevo DNI.

  48. Yadira Maite dice

    3 de octubre de 2016 a las 11:35 am

    Miguel una consulta en la empresa donde trabajo, hay algunos trabajadores que no les pagan asignación familiar pero sin embargo si tienen hijos. hay alguna multa cuando supervice mintra-sunafil, por no pagar asignación familiar.

    Responder
  49. Gabriela dice

    29 de septiembre de 2016 a las 3:06 pm

    Hola, Miguel! consultarte, que sucede si yo el 12/08/2016 pedí inspección (Mintra) de pagos y entrega de boletas el 19/09/2016 hacen la inspección y quedan para el 06/10/2016 para una conciliación Después de la inspección me han llamado e insistido para recoger mis boletas ¿estoy en falta al no ir a recogerlos? o espero hasta el 06/10/2016 para que me entreguen las boletas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de octubre de 2016 a las 9:12 pm

      Es una falta no acatar las ordenes del empleador en el caso de entrega de una obligación laboral, recuerda estas subordinada. Recuerda que la función del Mintra no es multar, el inspector vera que la empresa esta al día en las boletas y que solo falta de una persona “Tu”, que resulta es la persona que hizo la denuncia (se nota la mala intención que tienes).

  50. Laura dice

    27 de septiembre de 2016 a las 11:58 am

    Cual es la normativa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2016 a las 5:15 pm

      Artículo 19 Decreto 009-2011-TR

  51. Alexis diaz dice

    17 de septiembre de 2016 a las 2:03 pm

    Hola miguel ,la empresa para la q actualmente trabajo ponr en la voleta 30 dias trabajado pero todos los trabajados solo trabajan 20 dias ala mes al ser mas dias nuestras horas extras cuesta menos es legal esto.gracias saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de septiembre de 2016 a las 2:16 am

      Si realizas horas extras, debe reflejarse en tu boleta de haberes, numero de horas y monto.

  52. Cristina dice

    19 de agosto de 2016 a las 3:37 am

    2° Si 1 trabajador entra el 25/08/16, se inscribe este mes al trabajador en planilla, a fin de mes se le paga lo correspondiente a los días trabajados y beneficios. La pregunta es: el essalud se paga a inicios de mes?, entonces en set se pagaría por todo el mes ¿si revisa la pág de essalud el 03/09, va a aparecer activo del 01/09/16 al 30/09/16? o cuando aparece activo? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2016 a las 4:29 pm

      El trabajador debe aparecer en la planilla de agosto por los 6 días y pagaras el Essalud completo en la declaración de agosto que se declara en el mes de setiembre.

  53. Cristina dice

    19 de agosto de 2016 a las 3:35 am

    Miguel, 1° felicitarte por tu pág. Tengo dudas sobre una empresa nueva:
    1° Si se paga sólo los 15, a fin de mes el neto a pagar es 0.00? se puede dar ese caso? no se estaría infringiendo ninguna ley?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2016 a las 4:28 pm

      Si el neto a pagar sale cero, algún descuento, préstamo, etc. La boleta de haberes debe reflejar los montos.

  54. Ysabel dice

    5 de agosto de 2016 a las 12:41 pm

    Hola Miguel:
    Cuando se paga las quincenas a los trabajadores se le puede dar como sustento un recibo simple o necesariamente se le tiene que entregar una boleta de pago.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de agosto de 2016 a las 7:34 am

      La quincena puede ser recibo simple, pero si obligatoriamente al finalizar el mes tedría que ser la boleta de haberes.

    • Fernando dice

      18 de octubre de 2016 a las 12:26 pm

      Una opción es que en la quincena no se entregue ninguna boleta. El adelanto se va a reflejar en la boleta de fin de mes.
      En caso de inspección, es la constancia de depósito a la entidad bancaria la que va a demostrar el pago de la 15na.

  55. Mariela dice

    14 de julio de 2016 a las 3:13 pm

    Hola miguel, si no hice aportaciones a onp y afp, me sirven de algo las boletas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 7:05 am

      Si te sirve para sustentar el pago de la remuneración.

  56. Flor H dice

    22 de mayo de 2016 a las 12:07 pm

    Una consulta, que pasa en el caso de que la empresa para que trabajas te emite una boleta de pago con el monto menor a lo que recibes, es aceptable, o que es lo que podría hacerse en estos casos.

    Responder
  57. Favio Ayquipa dice

    23 de abril de 2016 a las 2:03 pm

    Trabajo en una empresa de seguridad 1 años y 5 meses de los cuales solo me a deposito dos aportaciones en la AFP, ¿como puedo denunciar al empleador para cobrar los aportes restantes que me tienen, los cuales figuran en mis boletas de pago a la actualidad

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2016 a las 8:14 pm

      Te recomiendo que te acerques a tu AFP y el comentes tu caso, ellos te van orientar, también puedes recurrir al defensor del pueblo, o indecopi.

  58. Adriana dice

    23 de abril de 2016 a las 12:07 pm

    HOLA MIGUEL
    POR FAVOR AYUDAME EN ESTE TEMA :
    trabajo en una empresa de construccion civil y las boletas quiero entregarlas mensual, se puede hacer esto o tiene que ser semanal obligatorio, ya que se les paga semanal por abono o por firma de recibo interno …..
    gracias

    Responder
  59. Fernando C. dice

    11 de abril de 2016 a las 5:20 pm

    Hola tocando este tema no se si me puedan ayudar con esta consulta, en la empresa donde laboro. parte del monto de nuestro sueldo nos lo dan como bono de gerencia todos los meses. Lo explico: si un sueldo es 2750, en la boleta figura en los ingresos: remuneracion basica 750 y bonificacion de gerencia 2000. Esto es usual o me estan perjudicando en algo? ..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de abril de 2016 a las 11:30 pm

      La pregunta sería como te pagan tu gratificación, si lo hacen con los 2750 no hay problema, de lo contrario te perjudica porque van a calcular tus beneficios por 750.

  60. Cristian dice

    31 de marzo de 2016 a las 5:54 pm

    Estimado Miguel buenas tardes… Desde ya muy agradecido por tus aportes.. ¿Que sucede si por el contrario, a un trabajador o empleado se le entrego su boleta de pagos y este no quiere firmar dicha boleta? Mas aun si esto es algo recurrente … ¿Existe alguna sancion hacia la empresa por parte del Mintra? ¿¿¿Como seria el proceder de la empresa ante el trabajador???… Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de abril de 2016 a las 1:43 am

      En todo caso se conversa con el trabajador ¿porque no quiere firmar?, en todo caso puedes amonestarlo por no recibir dichos documentos si no tiene algún sustento.

  61. Víctor Chumbiray dice

    19 de marzo de 2016 a las 12:39 pm

    Hola tengo más de año y medio en una empresa trabajando medio tiempo, y me enteré que a una compañera que ingresó en el mismo mes que yo a la empresa y que se retiró el mes pasado la liquidaron por la cantidad de 120 soles, eso es posible? Es legal? Como hago para saber cuánto deberían liquidarme si renunció?. Gracias de ante mano por la ayuda .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de marzo de 2016 a las 1:17 pm

      Es posible, depende mucho del regimén laboral de la empresa, puede ser mype y solo paga vacaciones truncas a razon de 15 dias, o es posible que ya se le pagado la mayoria de beneficios, puede haber tenido un prestamo, son muchos factores.

  62. Nieves Sanchez dice

    29 de febrero de 2016 a las 5:32 pm

    Hola miguel,
    tengo una duda. Es necesario entregar boleta de vacaciones? o basta con consignar las vacaciones en la boleta mensual del trabajador?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2016 a las 6:58 am

      Es correcto tu segunda idea, solo que figure en la boleta mensual.

  63. Fio dice

    16 de febrero de 2016 a las 6:08 pm

    Una consulta,yo trabaje una empresa siendo menor de edad,laboré hasta que cumplí los 18 y de igual manera nunca me pusieron en planilla no me dieron nada,cuando salí de trabajar de ahí me fui habiendo discutido con mi jefe, nada wow un desacuerdo nada mas, he entrado a laborar a otra empresa y me piden mi constancia de trabajo y el gerente de la otra empresa simplemente no me la quiere dar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de febrero de 2016 a las 9:07 am

      Puede ir al ministerio de trabajo a realizar tu reclamo (tus beneficios se extinguen a los 4 años).

  64. Santiago dice

    11 de febrero de 2016 a las 10:49 am

    Hola , quiero hacer una consulta, si me hacen firmar un contrato por un cargo en un puesto y en la boleta de pago sigue figurando un cargo que asumí con anterioridad, la empresa esta en falta o hay algún reclamo que tengo que hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de febrero de 2016 a las 1:59 am

      Puedes pedir que hagan la actualización de su sistema.

  65. Florvidal dice

    4 de febrero de 2016 a las 10:09 am

    Si me llego una inspección por un denuncia de un trabajador trabajo mas de 4 años pero solo dos meses no se le entrego su boleta, habrá alguna multa se pagaron sus cts vacaciones gratificaciones y el renuncio por favor espero su respuests. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de febrero de 2016 a las 11:03 pm

      No creo, en dicho proceso lo que se estable es el pago de sus beneficios y esclarecer el despido.

  66. Hugo Salazar dice

    7 de enero de 2016 a las 12:06 pm

    Amigo en mi boleta de diciembre en la parte de ingresos me aparece la gratificación y en las deducciones me la descuentan ? Es eso legal?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2016 a las 12:21 pm

      Lo más probable que sea es las deducciones de tu salio normal y no de las gratificaciones, o en todo caso revisa si te han echo doble descuento de pensión. Las gratificaciones están inafectas de descuento.

  67. Renzo Rodriguez dice

    14 de diciembre de 2015 a las 2:55 pm

    Buenas dodne estoy trabajando a ni uno de los trabajadores estamos en planilla ni con ni un beneficio si lo denuncio la empresa te imndeniza con plata a cada trabajador eso es cierto o no cual seria el proceso q debo hacer

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de diciembre de 2015 a las 5:46 am

      Bueno primero tienes que seguir la parte administrativa del ministerio de trabajo y luego la parte judicial en caso de no llegar a un acuerdo.

  68. Zue dice

    13 de noviembre de 2015 a las 1:16 pm

    Es obligatorio entregar boletas de cts?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 12:44 am

      Debes entregar una liquidación.

  69. Luisa dice

    25 de octubre de 2015 a las 9:01 am

    Lo que sucede es que a mi trabajo vinieron a verificar si estábamos con los beneficios a l enterarse que no obligaron a los dueños a ponernos en planilla a nos hicieron firmar botas de pagos amenazandonos con despedirnos , ahora me doy con la sorpresa que eran liquidaciones de los años de trabajo, como puedo hacer xq yo no recibí nada . que puedo hacer en este caso.
    por favor respondame ..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de octubre de 2015 a las 1:30 am

      Pues tienes que recurrir al ministerio de trabajo indicando que no haz recibido absolutamente nada.

  70. Liz Salvatierra dice

    14 de septiembre de 2015 a las 9:47 pm

    Soy representante de ventas, en una empresa textilera pero en mi boleta de pago no figura mis comisiones y ahora me descuentan de mis comisiones deudas de los clientes es esto legal o puedo quejarme en el ministerio de trabajo.tengo documentos que acredita que me pagan comisiones .y me las pagan al mes siguiente de lo que corresponde.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de octubre de 2015 a las 6:30 pm

      Puedes quejarte al ministerio de trabajo, lleva las pruebas que tienes sobre tus comisiones para tu reclamo.

  71. Mercedes dice

    10 de septiembre de 2015 a las 8:22 pm

    Hola miguel, de antemano gracias por tu apoyo y guía, es el primer paso para darnos la seguridad para solicitar lo justo, he laborado hasta el 31 agosto y no me quieren dar la boleta de agosto, porque dice que ya estaría todo cancelado en la liquidación de beneficios, ya se negaron innumerable veces, ahora que paso debo seguir?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de septiembre de 2015 a las 10:45 pm

      Puedes enviar una carta notarial o solicitar la ayuda del ministerio de trabajo.

    • Mercedes dice

      11 de septiembre de 2015 a las 12:41 pm

      Gracias por tu atención miguel, aprovecho para desearte un Feliz Día del Contador y a tus colegas también.

  72. Ketty Anghela dice

    12 de noviembre de 2014 a las 10:55 am

    Puede firmar las boletas de pago el contador o el encargado de RRHH o se tiene que pedir permiso

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2014 a las 4:52 pm

      Si es posible no hay problema, en el contrato de trabajo del contador o encargado rrhh puede figurar ese detalle.

  73. jose dice

    9 de septiembre de 2014 a las 7:55 am

    Buenos dias. mi consulta es que yo laboro en una empresa textil, y los viernes dan boleta ala hora de salidad y a nadie dejan salir de la empresa , si no tienen su boleta en la mano.

    Hay personas que tienen hijos estudiando y quieren salir urgente a recoger alos hijos pero no dejan salir sin haber recibido la boleta de pago, aveces me da colera porque uno tiene que hacer cola para recibir las boletas unos 20 minutos.

    Es normal eso, o solo en la empresa que laboro pasa eso, o como se puede hacer, espero que me puedan ayudar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de septiembre de 2014 a las 1:33 pm

      Es una mala politica de la empresa para entregar las boletas de pago, deberían cambiar dicho procedimiento.

  74. Katherine Giulia dice

    18 de octubre de 2013 a las 3:43 pm

    Buenas tardes tengo una consulta mi esposo labora en inversiones h y k y no le quiere dar sus boletas de pago y le dicen que el contador a un no las hace mejor dicho es el cuento que le dan, quisiera saber por que medio podria reclamar las boletas ya que desde hace un mes se le viene pidiendo a la empresa.

    Responder
  75. Diana dice

    3 de octubre de 2013 a las 4:15 pm

    Buenas tardes, espero pueda orientarme.

    ?Es obligación del empleador del empleador dar la boleta de pago de setiembre al trabajador en esta circunstancia:
    renuncia voluntaria y termino del contrato 30/09/2013
    a parte se entrego la hoja de liquidación de bbss detallando la fecha de culminación de vinculo laboral.
    La empresa argumenta que no están obligados a dar boleta de pago porque dice en la liquidación que salio en setiembre.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de octubre de 2013 a las 9:49 pm

      Falso, tiene que dar boleta.

  76. victor jimenez dice

    5 de septiembre de 2013 a las 11:37 am

    hola buenos dias… yo quisiera saber y si me podrian ayudar con una duda que tengo.. yo trabajo en una empresa la cual se me paga quincenalmente… pero dias atras checando mi nomina y sacando cuentas de lo que me pagan a diario me di cuenta que solo se me esta pagando 13 dias y no 15 dias… mi horario es de lunes a sabado.. y quiero saber si esto se debe ha que estan excluyendo los 2 domingos de cada quincena que no laboro y es por eso que me estan pagando solo 13 dias… y si es legal esto que estan haciendo o va en contra de la ley federal del trabajo.. de antemano muchas gracias…. saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de septiembre de 2013 a las 12:51 am

      Deben pagarte por los 15 días trabajadores, se entiende que un día a la semana se descansa, pero es remunerado.

  77. SONIA MEJIA dice

    22 de agosto de 2013 a las 9:39 am

    Quiero tramitar mi desafiliacion a una afp, pero me indica que hay meses en que no hay aportaciones y estos meses si los he trabajado como consta tanto en la liquidacion de beneficios sociales como en el certificado de trabajo, la afp me indica que el unico medio probatorio son presentando mis boletas de pago.
    esas boletas correspondes a mis labores realizadas en chiclayo pero para una empresa en lima, y solo me enviaron algunas boletas no todas, pero en estas si indica mi fecha de ingreso lo que avalaria que si trabaje en ese periodo.
    mi problema radica que son 8 las boletas que me faltan y la afp me indica que no se consideraran en los aportes, lo que me perjudica ya que quiero tramitar con la onp(por eso el tramite de la desafiliacion), mi jubilacion adelantada ya que tengo mas de 50 años y posiblemente los 25 años de servicio
    por favor a quien debo recurrir o como puedo obtener estas boletas ya que las solicite verbalmente a esta empresa pero me indica que por el tiempo tra nscurrido ya no me las puedes facilitar a pesar que nunca me las mandaron (es de los años 2001 y 2002), MUCHAS GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de agosto de 2013 a las 11:16 am

      Es un problema que pasa, muchas veces las empresas no cumplen con los pagos de las pensiones (AFP) y los trabajadores todavía se dan cuenta muy tarde. Trata de que la empresa te pueda ayudar, es la única solución.

  78. michela dice

    24 de mayo de 2013 a las 8:59 pm

    La empresa donde trabaja mi hijo no le quieren dar sus boletas de pago lo nesecita para cobrar subsidio por lactancia que.hago.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de mayo de 2013 a las 4:44 pm

      Lo primero es conversar con gerencia, ante la negatividad presentar una queja ante el ministerio de trabajo.

  79. Yaneth Manrique dice

    3 de mayo de 2013 a las 11:03 am

    Donde se denuncia el retraso de pago del empleador??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de mayo de 2013 a las 11:44 am

      Lo primero seria que hables con tu empleador el porque del retraso, una vez hecho esto y no encontrar solución tendrías que ir al ministerio de trabajo.

  80. freddy dice

    30 de abril de 2013 a las 10:55 am

    hola miguel torres veo q eres el q mas sabe del tema laboral
    mi consulta es donde puedo sacar boletas de pago de empresas q ya no estan en funcionamiento,que su ruc ya no esta en funcionamiento,para solicitar pension de jubilacion ,teniendo encuenta q trabaje en nicolici hermanos como transportista ,pero ya dejo de funcionar dicha empressa,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de abril de 2013 a las 2:36 pm

      Bueno tendrías que cotactar con la parte administrativa de la empresa, ellos deben de tener guardado las planillas, boletas, etc.

  81. Israel dice

    22 de abril de 2013 a las 9:56 pm

    Una consulta , estoy laborando en una empresa ,cuando renuncie si se dará el caso , me están depositando mi cts ok . Hasta ahí bien . Si se da el caso de renunciar me tienen que dar mi liquidación o solo es cts. Gracias x ayudarme.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de abril de 2013 a las 9:55 pm

      Si tu renuncias te tienen que dar tu liquidación de beneficios labores, que esta formada por cts, gratificación y vacaciones truncas; dependerá también del régimen laboral.

  82. alito dice

    21 de abril de 2013 a las 7:21 pm

    vengo laborando casi dos años en una empresa que se dedica a la construcción de modulos para minas NEXCOM SAC me obligan a hacer horas extras pero no me las pagan ,me dicen q me darán días libres …pero tampoco me los dan ..he presentado mi carta de renuncia pero no me la aceptan y desean que firme una carta de suspensión sin fechas ..lo peor de todo es q si no firmo hasta fin de mes no me dejaran entrar a laborar…anteriomente con 160 trabajadores le querían hacer firmar dicha hoja de cese pero como no firmaban no los dejaban laborar fueron la mayoría al ministerio pero eso hace dos meses y hasta el dia de hoy no tiene ninguna solución Y NINGUN PAGO DE SUS BENEFICIOS solamente conciliaciones y después que.. nada de nada que se puede hacer ante esta situación si el ministerio no resuelve esto a quien se puede recurrir para que se puedan cobrar los beneficios laborales que uno se ha ganado por su trabajo de antemano muchas gracias por su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de abril de 2013 a las 2:33 pm

      Lo mas seguro es que en las conciliaciones, que es el primer paso entre el empleador y el trabajador, se solucionan las cosas. El Ministerio de Trabajo es el encargado de resolver dichos casos.

  83. gustavo dice

    18 de abril de 2013 a las 1:14 pm

    hola soy chefs hace un tiempo trabajaba en una empresa q me daban todos los beneficios pero hace ya cuatro mese me ofrecieron trabajar en un restoran q recien ivan a empesar nunca me dieron boletas ni beneficios ni nada solo me pagaban siempre reclame pero no podia salir de hay ya q es tan dificil encontrar un trabajo como chef ahora me dijeron q les va mal y q van a cerrar el restoran me quieren dejar en la nada, tengo una bebe de cuatro meses quiero denunciarlos ante el ministerio q debo hacer porfavor ayudenme.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de abril de 2013 a las 8:33 pm

      Acércate al ministerio del trabajo y has tu queja, trata de llevar recibos de pago, marcaciones, etc pruebas que demuestren que laborastes en el restaurante.

  84. Pilar Reyes dice

    10 de abril de 2013 a las 12:11 pm

    En mi boleta del mes de febrero aparece remuneración vacacional, ¿debo firmarla si he trabajado ese mes y no me han pagado vacaciones?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de abril de 2013 a las 1:48 pm

      Pues no deberías firmarla, ya que no has gozado de vacaciones.

  85. Harry dice

    14 de marzo de 2013 a las 11:31 am

    le informo que en el GADM del canton Alfredo Baquerizo Moreno-Jujan no han cancelado el sueldo el mes de febrero hasta la fecha, siempre sucede eso, ayudenos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de marzo de 2013 a las 11:36 am

      Lo primero es siempre conversar con gerencia de porque se da el problema, falta de dinero, liquidez, etc. De no estar satisfecho con la respuesta, puedes acudir al ministerio de trabajo a presentar tu queja.

  86. Emanuel Peña dice

    22 de octubre de 2012 a las 4:36 pm

    Como podría saber el monto exacto de la multa q percibe el empleador, ¿es en proporción a que?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de octubre de 2012 a las 3:11 am

      Recuerda que las multas laborales es en base a los trabajadores afectados. 

  87. jose torres dice

    5 de junio de 2012 a las 9:33 pm

    no se como me beneficia mi seguro lo cual me dieron una copia de una boleta pero no firme nada y no se si el beneficio es para toda mi familia no se por que estoy en la 19990 quisiera unos consejitos gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de junio de 2012 a las 12:02 am

      Es importante que tu como trabajador solicites tu boleta de pago, ya que te sirve para muchas cosas, prestamos, en el essalud y a la hora de jubilarte.

  88. Juan Carlos dice

    28 de diciembre de 2011 a las 11:50 am

    En mi caso la UNIVERSIDAD ALAS PERUANAS, nunca no hizo llegar la póliza de SEGURO VIDA LEY ni siquiera para actualizar los datos según la modificatorias realizadas por el Minisrerio de Trabajo ese año que ya fenece (2011); No entrega constancias de participación de utilidades, la boletas de pago las firma cualquier vecino que pasa por la Universidad Alas Peruanas menos el representante legal como manda la Ley no respetan el D.S. 009-2011-TR, aumentaron el horario de trabajo de 40 horas semanales a 48 sin previo aviso ni conocimiento de los trabajdores, etc, etc, y nadie dice esta boca es mia y DONDE ESTA EL MINISTERIO DE TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO, ahora que ya no tiene esta Universidad los amigos Apristas que los apoyaban en el Congreso de la República y ni que decir de los Magistrados viajeros que ahora deben estar haciendolos a un lado……

    Responder
  89. jeniffer dice

    6 de diciembre de 2011 a las 11:43 pm

    es decir cuando uno esta en planilla en periodo de prueba ellos si te pueden despedir  el mismo dia   que te dicen que ya no vayas ok entendido   espero me ayude a resolñver las otras preguntas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2011 a las 11:50 pm

      El periodo de prueba es un tiempo en el cual el empleador evalúa al trabajador (es de 3 meses), durante ese periodo el empleador tiene que asegurarlo y retenerla su pensión.  En caso de despido en ese periodo no hay indemnización por despido arbitrario, pero si tiene que darle su liquidación.

  90. jeniffer dice

    6 de diciembre de 2011 a las 11:42 pm

    no me corresponde imndennizacion pero yo era administradora de hay  osea de un restaurante  osea que representaba al dueño y mi basico era 1200 y 300 de recargo al consumo cuanto me corresponderia  y que es lo que me deben de pagar ???  y tampoco he sido inscrita en el ministerio de trabajo  por que  busco el  escrito en es salud  y nho me sale nada

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2011 a las 11:53 pm

      Para que aparezcas en el essalud tienes que aportar como mínimo 3 meses, pero de hecho, si están olbigados apagarte tu sueldo completo, y tu liquidación, y si tu tienes pruebas que has laborado ahí, puedes quejarte en el ministerio.

  91. Jeniffer dice

    6 de diciembre de 2011 a las 11:20 pm

    Holas quisieran que me ayuden yo estuve trabajando en una empresa un mes y quince días firme contrato el primer mes que me pagaron me hicieron descuentos de afp todo lo normal ,pero al cabo de los primeros quince días del segundo mes un día en la mañana sin mas decir me llamaron y me dijeron que ya no vaya que estaba despedida sin justificación alguna ,luego al cabo de unos días llame para preguntar cuando me pagaban me dijeron a fin de mes ósea el 30 de noviembre y me pagaron solo de un día por que hasta el dieciséis de noviembre trabaje ,así que espere a fin de mes y aun no me pagan mi liquidación volví a llamar me dicen que espere , quiero saber como puedo hacer en estos casos si lo que hicieron ellos es legal por que yo perdí y rechace otras oportunidades de trabajo tbn me hicieron trabajar en un descanso y no me lo han pagado …. Alguien que me responda todo esto por favor.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2011 a las 11:36 pm

      Laboraste 1 mes 15 días, los cuales debieron pagarte completos y tu liquidación, en cuanto al despido si es valido por que te encuentras e el periodo de prueba que son 3 meses (en dicho periodo no hay indemnización). Lo que puedes hacer es seguir insistiendo tu pago o quejarte al ministerio de trabajo.

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