Decreto que deroga la Ley Nº 29707, Ley que establece un procedimiento temporal y excepcional para subsanar la omisión de utilizar medios de pago señalados en el artículo 4º de la Ley 28194, Ley para la lucha contra la evasión y para la formalización de la economía
Mediante el Decreto Legislativo N° 1118 publicado el 18.07.2012 se señala que la Ley Nº 29707 (11.06.2011) – Ley que establece un procedimiento temporal y excepcional para subsanar la omisión de utilizar los medios de pago señalados
En ese sentido, a través del decreto en comento, se deroga la Ley Nº 29707, Ley que establece un procedimiento temporal y excepcional para subsanar la omisión de utilizar los medios de pago señalados en el artículo 4º de la Ley Nº 28194, Ley para la Lucha contra la Evasión y para la Formalización de la Economía, en el artículo 4º de la Ley Nº 28194, y convalida situaciones de incumplimiento del uso de medios de pago al que estaban obligados de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 28194 – no contribuye al logro de los objetivos que se buscaron cumplir con la dación de la Ley Nº 28194 y que por el contrario impide a la Administración Tributaria la posibilidad de detectar casos de evasión tributaria mediante la trazabilidad de las operaciones.
El presente decreto legislativo entra en vigencia el 19.07.2012.
Estimados amigos
SOFTWARE SIOVIS – Sistema Integral Organización – Entorno Visual
Si ustedes requieren de un software que les permita clasificar el movimiento financiero por centros de costos y cada uno de estos estructurarlos con un juego de códigos independiente, que a su vez les permita hacer seguimiento de la ejecución presupuestal hasta en tres monedas. Sírvanse tomar contacto con el suscrito, indicándome su direccion, fecha y hora en que podría acercarme para hacerles una demostración. Un software escalable, con base de datos SQL en plataforma Power Builder, dinámico, ágil, amigable, en red local o por internet.
Saludos
Milton Ríos Correa
miltonrios@siovis.com
Estimada Judith
La operación no será reparada porque no excede de S/. 3,500.00 que es el importe a partir del cual se exige la utilización de medios de pago.
Saludos
Milton Ríos Correa
miltonrios@siovis.com
Estimado buen dia,
Consulta, tengo un FACT por consumo, el cual se pago una parte en efectivo o cheque (s/ 1000.00) y la diferencia con tarjeta de credito personal (s/ 50.00). ¿ la operacion se repara, por la cancelacion con tarjeta de credito?
Gracias.
Decreto Legislativo 1118 deroga ley 29707 que permitía subsanar omisiones a la bancarización