• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foro
    • Contables
    • Laborales
    • Tributarios
  • Planes
    • Suscripción Mensual
    • Suscripción Anual
    • Suscripción Premium
  • Recursos
    • Contable
    • Laboral
    • Legislación
    • Tributario
  • Webinars
    • Contable
    • Laboral
    • Tributario
  • Mi Cuenta
Inicio » Normatividad » Se mejorara la verificación del domicilio fiscal declarado en el RUC.

Se mejorara la verificación del domicilio fiscal declarado en el RUC.

Publicado por Miguel Torres el 27 de agosto de 2014Deja un comentario

Modifican las resoluciones de superintendencia N°s 210-2004/SUNAT y 157-2006/SUNAT respecto a la verificación del domicilio fiscaSiendo así, que en el caso de la RS N° 210-2004/SUNAT se procede con sustituir el último ítem del Rubro “Requisitos Generales” del anexo 1 – Inscripción en el Registro Único de Contribuyentes, indicando que: La SUNAT se reserva el derecho de verificar el domicilio fiscal declarado por el contribuyente, para lo cual seguirá lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 157-2006/SUNAT.

De otro lado se modifica el último párrafo del numeral 2.9 el rubro “Requisitos Específicos” del anexo N° 2 – Comunicaciones al Registro de la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT, indicando que: La SUNAT se reserva el derecho de confirmar el domicilio fiscal de los inscritos, para lo cual seguirá lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 157-2006/SUNAT.

Asimismo, se modifican los últimos párrafos de los numerales 10 y 19 del anexo N° 4 – “Datos cuya actualización y/o modificación sólo puede realizarse a través de SUNAT virtual” de la Resolución de Superintendencia N° 210-2004/SUNAT, indicando que: La SUNAT se reserva el derecho de verificar el domicilio fiscal comunicado por este medio, para lo cual seguirá lo establecido en la Resolución de Superintendencia N° 157-2006/SUNAT.

Ahora bien, para el caso de la RS N° 157-2006/SUNAT se procede con incorporar como segundo, tercer y cuarto párrafo del numeral 3 de su artículo 2° lo siguiente:

Cuando no se pueda realizar la verificación del domicilio fiscal por las situaciones a las que se refiere el numeral 2 del numeral 4.1 del artículo 4° del decreto supremo, el notificador o mensajero dejará una constancia de visita bajo la puerta y fijará un cedulón en el domicilio fiscal declarado por el deudor tributario.

El notificador o mensajero deberá anotar en la constancia de visita como mínimo la siguiente información:

1. La fecha y hora en la que se realizó la visita.

2. El motivo por el cual no se realizó la verificación del domicilio fiscal.

3. Nombre y firma del notificador o mensajero.

En tales casos, además de lo establecido en los incisos d) y e) del presente numeral, deberá anotarse en la constancia de la verificación del domicilio fiscal la indicación expresa que se ha procedido a dejar bajo la puerta la constancia de visita y fijar el cedulón correspondiente.

Cabe señalar, que la presente Resolución de Superintendencia entrará en vigencia el 28 de agosto de 2014.

Resolución N° 259-2014/SUNAT

Temas: domicilio, ruc, Sunat

¿QUÉ TE HA PARECIDO ESTE ARTÍCULO?

Califica esto post


PRÓXIMO EVENTO: "CASO PRÁCTICO SIRE SUNAT – PARTE III "

Invitarte este Viernes 29 de setiembre de 2023 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Más información aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.

Barra lateral principal

BANCO DE CONSULTAS

Revisa más de 9K consultas realizadas por nuestros suscriptores en nuestro foro.

¡SI QUIERO!

CURSO SIRE SUNAT

Taller Presencial SIRE SUNAT Octubre 2023

BUSCAR

EVENTOS DEL MES SETIEMBRE

Sep 29
9:00 pm - 10:30 pm

Caso Práctico SIRE SUNAT – Parte III

Ver calendario

WEBINARS DEL MES

Caso Practico SIRE Parte II
Caso Práctico SIRE SUNAT – Parte II
Tributario
caso practico SIRE SUNAT
Caso Práctico SIRE SUNAT – Parte I
Tributario

RECURSOS EMPRESARIALES

Icono
Material no obligado a llevar Registro de Compras y Ventas
2.8 MB 86 descargas
Icono
Modelo Contrato de Mutuo de Dinero
10 KB 138 descargas

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2023 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Estudio
  • Planes
  • Recursos
  • Contacto