Mediante Decreto Supremo N° 006-2014-PCM, publicado el 23 de enero, la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) ha modificado el Decreto Supremo N° 011-2011-PCM, norma que aprobó el Reglamento del Libro de Reclamaciones del Código de Protección y Defensa del Consumidor del 19 de febrero de 2011.
Entre los aspectos previstos por esta modificatoria tenemos, entre otros, a:
- Definición de establecimiento comercial abierto al público
- Características de la hoja de reclamación
- Entrega de información al INDECOPI
Por su parte, entre las incorporaciones ordenadas por este decreto tenemos, entre otros, a:
- Definición de proveedor virtual
- Libro de reclamaciones de respaldo
- Sistema de reportes de reclamaciones
La entrada en vigencia de la norma aprobada es, en principio, a los tres (3) meses de publicada en el Diario Oficial El Peruano.
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