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Prestación por Sepelio ESSALUD

Publicado por Miguel Torres el 16 de octubre de 2023 18 comentarios

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Miguel ¿Qué es el seguro de sepelio por Essalud?

Es el monto en dinero que se otorga a la persona que cumpla la condición de beneficiario y que acredite haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte de un asegurado regular titular (activo o pensionista), de regímenes especiales y agrarios.

Beneficios del Seguro de Essalud

Actualmente, algunos trabajadores piensan que estar asegurado es una pérdida de tiempo, motivado por el descuento de la pensión (ONP o AFP) que se realiza mensualmente, por lo cual deciden ser prestadores de servicio y recibir íntegro su sueldo.

1. Atención. Todo trabajador dependiente tiene derecho a  la atención en los centros de ESSALUD, aunque muy criticado actualmente por la pésima atención, pero de todas maneras es una ayuda para poder enfrentar una enfermedad.

2. Subsidios. Los subsidios son descansos remunerados para el trabajador por fuerza mayor, como por ejemplo el subsidio por incapacidad temporal y el subsidio de maternidad.

Sepelio Essalud

Si tu suegra actualmente está laborando para una empresa como trabajador dependiente o es pensionista y lamentablemente fallece, puedes tramitar como yerno, el bono de sepelio.

El Bono de Sepelio es el monto en dinero que se otorga a la persona que acredite haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte de un asegurado.

El monto que se otorga, es como máximo de S/ 2,070.

Requisitos para Sepelio en Essalud

Miguel ¿Cuáles son los requisitos para sepelio en ESSALUD?

Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que ocurrió el fallecimiento.

Si el fallecido es pensionista, dicho requisito ya no es necesario.

Observaciones

a. El formulario para tramitar la prestación por sepelio, es el Formulario 1010 – Solicitud de pago directo de prestaciones económicas.

b. Dicho beneficio alcanza para los trabajadores dependientes y pensionistas, de los diferentes regímenes laborales.

c. El plazo máximo para solicitar el bono por sepelio es hasta 6 meses contados desde la fecha de fallecimiento del asegurado titular o pensionista.

d. Existe una lista de gastos reconocidos por el bono por sepelio, que son los siguientes:

  • Nicho perpetuo, terreno o cualquier cobro por derecho de cementerio.
  • Ataúd (alquiler o compra).
  • Lápida, urna o capilla (incluye mano de obra y materiales de construcción).
  • Capilla Ardiente.
  • Vehículo para traslado de aparatos florales.
  • Cargadores.
  • Salón Velatorio.
  • Mortaja o ropa cadáver.
  • Aparatos florales.
  • Vehículo para acompañantes.
  • Necropsia.
  • Urna para cenizas
  • Alquiler del horno de cremación.
  • Tablilla de cremación.
  • Derecho de cremación.
  • Embalsamiento del cadáver.
  • Servicios para vestir el cadáver.
  • Publicaciones.
https://www.instagram.com/p/CGsTwXjDs_C/

Conclusión

  1. La Prestación por Sepelio es el monto en dinero que se otorga a la persona que acredite haber efectuado los gastos de los servicios funerarios por la muerte de un asegurado.

Recomendación

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18 comentarios

  1. Jaime dice

    24 de octubre de 2020 a las 12:08 pm

    Miguel un saludo cordial, una consulta cuales son los requisitos para que un Yerno haga los trámites de solicitud del bono de Sepelio. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2020 a las 9:07 am

      En la pagina de Essalud lo encuentras >> http://www.essalud.gob.pe/sepelio/

  2. Luis Curi dice

    20 de diciembre de 2019 a las 4:45 am

    Mis felicitaciones siempre leo tus publicaciones eres muy didáctico, saludos desde ayacucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2019 a las 12:50 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  3. Isaac Chuquillanqui Rodriguez dice

    1 de octubre de 2019 a las 4:33 pm

    Miguel felicitaciones como siempre buenas informaciones nos alcanzas para informar a nuestros clientes y que dios todopoderoso lo bendiga en su trabajo y a su familia gracias.
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2019 a las 8:44 pm

      Muchas gracias, bendiciones y buenas vibras.

  4. Diego Luna dice

    9 de agosto de 2019 a las 12:18 pm

    Miguel, el beneficio solo es para el titular?? en caso de los derechobientes (concubinos e hijos)??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de agosto de 2019 a las 5:33 am

      Solo titular.

  5. Vicky dice

    4 de julio de 2019 a las 11:52 pm

    Hola Miguel! Cuando mi papá falleció, ese bono solo nos dieron cerca de la mitad, porque mi papá tenía su Finisterre ( ya había pagado sus serv funerarios y espacio de entierro) pero en Finisterre mi papá no era titular, sino un hermano de mi mamá. Y por eso no nos dieron el bono completo. Nos dijeron que el titular no es un familiar directo. Mala experiencia con eso. Saludos.

    Responder
  6. Hugo Cuellar Maugriola dice

    2 de julio de 2019 a las 6:25 pm

    Lista de gastos por sepelio contempla entre ellos un nicho.La cantidad de 2070 soles alcanza para todo el listado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de julio de 2019 a las 10:06 pm

      No alcanza, pero es el monto máximo que te otorgan.

  7. Ana Lucía dice

    1 de julio de 2019 a las 8:44 am

    hola Miguel una consulta, el bono de sepelio que tiene que dar ESSALUD, es muy aparte que haya aportado o no a la AFP verdad, o no es asi, gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de julio de 2019 a las 10:21 pm

      Es muy aparte, el bono de sepelio es por ser asegurado titular del Essalud.

  8. Diana dice

    2 de febrero de 2017 a las 9:16 pm

    Si cobro en ESSALUD me elimina el cobro por sepelio de su trabajo?

    Responder
  9. Jimmy dice

    18 de septiembre de 2016 a las 9:50 pm

    Miguel una consulta en el caso que el derechohabiente del pensionista fallecio como se tramita el sepelio?
    con que documentos?
    saludo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de septiembre de 2016 a las 1:04 pm

      EL bono de sepelio lo tramitas en un centro administrativo de essalud. Puedes conunicarte al telefono 265-6000

  10. Carol dice

    26 de agosto de 2016 a las 10:12 pm

    Hola no tenemos las boletas de gastos mi abuela tenia todo cubierto por la fap.
    Aun puedo tramitar el bono se sepelio como su nieta ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2016 a las 12:15 am

      El tramite lo realiza un familiar directo, acercate al AFP para más informes.

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