Se precisa la obligación del trabajador de comunicar a su empleador el sistema pensionario al cual se desea afiliar o en el cual se encuentra afiliado.
Mediante Resolución SBS N° 6202-2013, publicada el 17 de octubre, la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS) ha establecido una serie de precisiones respecto de la obligación del trabajador de comunicar a su empleador, al momento de ingresar a la empresa, a qué sistema pensionario desea afiliarse o si ya se encuentra en el Sistema Privado de Pensiones, en qué AFP se encuentra.
En ese sentido, según esta norma, cuando un trabajador ingrese a laborar a un centro de trabajo, el empleador deberá obligatoriamente requerirte que a partir de su registro en la Planilla Electrónica (PE), le informe por escrito el sistema previsional al que se encuentra incorporado, con indicación de la AFP a la que está afiliado, de ser el caso.
En caso el trabajador no pertenezca a ningún sistema pensionario, el empleador deberá entregar el Boletín Informativo y deberá requerirle le informe el régimen pensionario al que desea ser incorporado mediante la suscripción del “Formato de Elección del Sistema Pensionario”, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 112-2013-TR. El trabajador tendrá un plazo de diez (10) días calendario para ello.
Sin perjuicio de que el trabajador ratifique o cambie su decisión de conformidad con lo señalado, el empleador deberá, una vez cumplido el plazo máximo de elección o los primeros diez (10) días calenda no contados a partir de la entrega del Boletín Informativo y en caso no hubiese elegido un sistema pensionario, informarle al trabajador su incorporación automática al SPP a cuyo efecto la AFP sobre la base de la información suministrada bajo los estándares de transmisión de la PE llevará a cabo las acciones de contacto correspondiente.
Lleana dice
Soy empleadora de una trabajadora del hogar y no se como afiliarla AFP. Es posible hacerlo
Virtualmente?
Miguel Torres dice
Por la pagina del AFP.
Daniel Diaz dice
Buenas tardes mi estimado, una consulta sobre la facultad de elegir renunciar al regimen previsional en las microempresas, si aportabas en afp de enero – marzo y renuncias para trabajar en una microempresa puedes elegir no aportar mas?
Miguel Torres dice
Esa opción estuvo disponible al inicio de la promulgación mype, actualmente ya no se ha mencionado dicho opción, puedes revisar el Decreto Supremo 013-2013-PRODUCE.
Daniel Diaz dice
Muchas gracias por el alcance mi estimado. Muchos exitos en todo.
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
mary dice
tengo trabajadores que en febrero del 2014 han ingresado a trabajar pero antes en algunos meses del 2013 trabajaron y renunciaron , bueno la contadora anterior en febrero ha declarado sin regimen pensionario yo pienso que ya no es opcional que es obligatorio tener un regimen pensionario segun ley , confirmame por favor
isabel dice
si un trabajador se encontraba en la onp y dejo de trabajar y nuevamente ingresa a trabajar pero a otra empresa es necesario u obligatorio que informe el regimen pensionario en el que se encontraba de manera escrita mediante el formato de elección el sistema pensionario
Miguel Torres dice
No es necesario, es obligacion de la empresa verificar dicha información.