Los propietarios de yates, motos naúticas y otras embarcaciones tienen hasta el 29 de abril para presentar la Declaración Jurada del Impuesto a las Embarcaciones de Recreo correspondiente al presente año.
El pago del referido impuesto (5% de la base imponible) podrá realizarse al contado o en cuatro cuotas fraccionadas.
En ese sentido, se ha fijado el 29 de abril como fecha límite para el pago al contado o de la primera cuota fraccionada. Los plazos para el pago de las otras cuotas fraccionadas son el 27 de julio y 31 de octubre, y el 31 de enero del 2012.
Diario Gestión (26.04.2011)
¡Cuéntame qué te pareció!