• Saltar a la navegación principal
  • Saltar al contenido principal
  • Saltar a la barra lateral principal

Noticiero Contable

Las principales noticias contables que tu empresa y contador necesitan saber en su trabajo diario para evitar futuras multas y fiscalizaciones de la Sunat.

  • Acerca
  • Blog
  • Cursos
  • Eventos
  • Foro
    • Contables
    • Laborales
    • Tributarios
  • Planes
    • Suscripción Mensual
    • Suscripción Anual
    • Suscripción Premium
  • Recursos
    • Contable
    • Laboral
    • Legislación
    • Tributario
  • Webinars
    • Contable
    • Laboral
    • Tributario
  • Mi Cuenta
Inicio » Sunat » Solicitud y cruce de información por parte de la Sunat

Solicitud y cruce de información por parte de la Sunat

Publicado por Miguel Torres el 27 de julio de 2011Deja un comentario

La administración tributaria está facultada para solicitar a las personas que ingresen y/o salgan del país y que porten más de US$ 10,000.00, la información referida a la fuente, origen, uso y destino de dicho dinero, en cumplimiento del DS Nº 146-2011-EF.

Así, la información declarada será registrada y transmitida electrónicamente a la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF-Perú), a través del oficial de enlace Sunat, informó el tributarista Francisco Pantigoso, al analizar los alcances de la citada disposición legal.

La norma, de esa manera, complementa la reglamentación de la Sexta Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 28306. Esta dispone que toda persona que ingrese y/o salga del país, nacional o extranjero, tiene la obligación de declara bajo juramento el dinero en efectivo y/o en instrumentos financieros que porte consigo por más de US$ 10,000.00 o su equivalente en moneda nacional u otra extranjera, correspondiendo a la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduana la implementación del control y cumplimiento de dicha obligación.

En este contexto, el DS Nº 146-2011-EF dicta las normas adicionales  reglamentando lo señalado en el párrafo anterior y, de esta manera, se faculta a la Sunat a fin de solicitar información referida a la fuente, origen, uso y destino del dinero en efectivo y/o en instrumentos financieros que hayan sido declarados.

Se le faculta asimismo a realizar cruces de información con cualquier persona o entidad pública o privada, respecto del dinero en efectivo y/o instrumentos financieros que han sido declarados, refirió Pantigoso.

Finalmente, se establece que la Sunat deberá aprobar, mediante resolución de Superintendencia, las disposiciones complementarias que sean necesarias para el cumplimiento de la facultad conferida.

El Peruano (27/07/2011)

Temas: extranjeros, no domiciliados, rentas, Sunat

¿QUÉ TE HA PARECIDO ESTE ARTÍCULO?

Califica esto post


PRÓXIMO EVENTO: "CASO PRÁCTICO SIRE SUNAT – PARTE III "

Invitarte este Viernes 29 de setiembre de 2023 a la conferencia virtual que realizaremos en forma GRATUITA a los Suscriptores Activos.

Más información aquí

Interacciones con los lectores

¡Cuéntame qué te pareció! Cancelar la respuesta

Para poder publicar un comentario tienes que tener una suscripción Apúntate aquí o Inicia sesión.

Barra lateral principal

BANCO DE CONSULTAS

Revisa más de 9K consultas realizadas por nuestros suscriptores en nuestro foro.

¡SI QUIERO!

CURSO SIRE SUNAT

Taller Presencial SIRE SUNAT Octubre 2023

BUSCAR

EVENTOS DEL MES SETIEMBRE

Sep 29
9:00 pm - 10:30 pm

Caso Práctico SIRE SUNAT – Parte III

Ver calendario

WEBINARS DEL MES

Caso Practico SIRE Parte II
Caso Práctico SIRE SUNAT – Parte II
Tributario
caso practico SIRE SUNAT
Caso Práctico SIRE SUNAT – Parte I
Tributario

RECURSOS EMPRESARIALES

Icono
Material no obligado a llevar Registro de Compras y Ventas
2.8 MB 99 descargas
Icono
Modelo Contrato de Mutuo de Dinero
10 KB 151 descargas

SUSCRÍBETE GRATIS

Recibe mis mejores tips y consejos sobre temas contables que te ayudaran en tu carrera profesional.

¡ME APUNTO!

© 2014–2023 , Derechos Reservados | Noticiero Contable | Miraflores - Lima - Perú

  • Bienvenido
  • Estudio
  • Planes
  • Recursos
  • Contacto