Como la máxima autoridad en la verificación del cumplimiento laboral en el país, la Sunafil puso al debate diversos criterios técnicos para el control de las obligaciones del régimen de los trabajadores del hogar.
Se trata del proyecto ‘Directiva de fiscalización de las obligaciones del régimen de los trabajadores y trabajadoras del hogar’, publicado mediante la RS Nº 050-2015-SUNAFIL, de acuerdo con la estrategia para el empoderamiento del sector.
Vínculo y subordinación
La iniciativa, de esta forma, plantea diversas reglas para la comprobación de la relación laboral sin necesidad de visita al centro de trabajo. Entre otras, con la verificación de la existencia del contrato escrito y las constancias de pago anotados en el registro de empleadores de trabajadores del hogar a cargo dela Sunat.
Comprobación que también procederá en forma indirecta, por intermedio de testigos, terceros o personal relacionado con el centro de trabajo, como los administradores de edificios, vigilantes o similares. Incluso, con fotos, cartas y otros medios suficientes que pudieran demostrar este vínculo laboral, que hubieran sido recabados por el inspector comisionado durante la comprobación de datos y entrevistas.
En caso de inexistencia de un contrato laboral por escrito y el empleador niegue la existencia de un contrato verbal, se afirma que prevalecería la constatación de la realidad frente a la información que pudiese desprenderse de la documentación escrita o de las declaraciones de partes.
Para la Sunafil, comprobada la existencia de la relación laboral, el domicilio donde se realiza el trabajo para el hogar debería ser considerado el centro de trabajo para todos los efectos laborales.
Situaciones especiales
También, la iniciativa contempla la actuación inspectiva en situaciones especiales, como aquella sobre la modalidad de cama adentro, actos de hostilidad u hostigamiento sexual, en casos de embarazo o período de lactancia. Al respecto, declara que toda afectación de derechos será sancionada según el reglamento de la Ley general de inspecciones.
Estas pautas enfatizan, además, en la protección del trabajo de menores de edad.
Pronta certificación
La experiencia laboral de las trabajadoras del hogar será reconocida por el sector Trabajo, mediante el Plan de Actuación de Certificación de Competencias Laborales, informó su titular, Daniel Maurate. Así, aquellas trabajadoras del hogar que sean mayores de edad, posean dos años de experiencia general y un año en el desempeño de sus funciones en estas labores, podrán participar en la evaluación gratuita para obtener dicha acreditación. Los perfiles ocupacionales, en que podrán ser evaluadas, son cocinera, operaria de limpieza, lavado y planchado en los hogares. Este año esperan atender a 100 trabajadoras del hogar en Lima Metropolitana.
Registro
El ministerio de Trabajo y Promoción del Emplo (MTPE), en este año, iniciará el empadronamiento de este colectivo laboral, destinado a crear el Primer Registro Nacional. Esta nómina posibilitará identificar y conocer sus condciones laborales y, en especial, su ubicación. Se estima que en la actualidad, existen más de 400,000 trabajadoras del hogar. De ellas, el 94% corresponde a mujeres.
Precisamente, el sector Trabajo como parte de las actividades por el Día Internacional de las Trabajadoras del Hogar organizó una gran feria de promoción de los derechos en este sector. En dicha actividad, se ofrecieron servicios de defensa legal gratuita y orientación de promoción de los derechos fundamentales.
Novedades
La propuesta de la Sunafil para la fiscalización de las obligaciones en este régimen laboral define a la persona responsable del hogar o empleador.
Diario El Peruano (30/03/2015)
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