Hasta el próximo 31 de diciembre, la Sunat amplió el plazo para que el segundo grupo del directorio de principales contribuyentes nacionales, obligados a emitir comprobantes de pago electrónicos, culminen de forma adecuada la implementación del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) y puedan superar el periodo de estabilización.
Es así que este universo de contribuyentes podrá seguir emitiendo facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito en formatos impresos o importados por una imprenta autorizada y tiques o cintas de máquina registradora, de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Comprobantes de Pago.
Según la administración tributaria, el segundo grupo de obligados está conformado por los contribuyentes que al 30 de setiembre de 2014 tenían la calidad de Principales Contribuyentes (Pricos), conforme al numeral 9.2 del artículo 9 de la Resolución de Superintendencia N° 300-2014/SUNAT, publicada el año pasado en el diario oficial.
Diario El Peruano (10/06/2015)
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