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Inicio » Notas » Sunat – Incorporación  de la Factura Negociable

Sunat – Incorporación  de la Factura Negociable

Publicado por Miguel Torres el 17 de agosto de 2015 332 comentarios

La Resolución Sunat 211-2015 obliga a las empresas a cambiar sus talonarios de facturas vigentes (darles de baja),  con la finalidad de añadir una tercera copia: factura negociable.

¿Qué significa esta obligación de parte de Sunat?

Esta obligación es parte de la implementación de la Ley 29623 y su Reglamento Decreto Supremo 208 – 2015- EF, cuyo objetivo es promover el acceso al financiamiento a los proveedores de bienes y/o servicios que utilizan facturas comerciales y recibos por honorarios.

El artículo 5 del Reglamento de la Ley 29623 menciona:

La tercera copia denominada Factura Negociable que se incorpora en las Facturas Comerciales y/o Recibos por Honorarios impresos y/o importados únicamente por imprentas autorizadas por la SUNAT…

Por lo tanto: La Resolución Superintendencia 211-2015, reglamenta la obligatoriedad de la incorporación de la tercera copia: factura negociable para las facturas comerciales y recibos por honorarios.

[clickToTweet tweet=”Obligatoriedad de la incorporación de la factura negociable para las facturas comerciales.” quote=”Obligatoriedad de la incorporación de la factura negociable para las facturas comerciales.”]

¿Cuáles son los plazos para la incorporación de la factura negociable?

Mencionarte que es una obligación la incorporación  de la tercera copia llamada: factura negociable para todos los contribuyentes que pertenecen al régimen general y régimen especial.

Primer Caso: Impresión de comprobantes antes del 31 de Diciembre de 2014

Si has mandado a imprimir tus facturas de ventas y recibos por honorarios hasta antes del 31 de Diciembre de 2014, el plazo para dar de baja los comprobantes es el 31 de Octubre de 2015.

Segundo Caso: Impresión de Comprobante después del 01 de Enero de 2015

Si has mandado a imprimir tus facturas de ventas y recibos por honorarios después del 01 de Enero de 2015, el plazo para dar de baja los comprobantes es el 31 de Diciembre de 2015.

  • Factura Negociable – Baja de comprobantes de pago

La disposición complementaria transitoria de la Resolución Sunat 211-2015 menciona en su último párrafo:

Las facturas comerciales o recibos por honorarios impresos o importados a que se refiere la presente disposición, que no sean dados de baja en los plazos antes señalados, perderán su calidad de tales a partir del día siguiente del vencimiento de dicho plazo.

Modelo de Factura Negociable

El modelo de la factura negociable han sido sugerido por la sunat para tenerlo como guía para su aplicación.

factura-negociable

El modelo de recibo por honorario negociable han sido sugerido por la sunat para tenerlo como guía para su aplicación.

recibo-honorario

Aplicación Práctica de la incorporación de la factura negociable

Caso 01. Impresión antes del 31 de Diciembre de 2014.

La empresa Noticiero del Contador SAC realizo la impresión de sus comprobantes de pago el 01 de Marzo de 2014. ¿Cuál es su implicancia con la factura negociable?

La empresa Noticiero del Contador SAC, podrá seguir utilizando sus facturas hasta el 31 de Octubre de 2015.

Para poder emitir una factura comercial valida a partir del 01 de Noviembre de 2015, tendrá que contener obligatoriamente la tercera copia: factura negociable.

Día: Martes 20 de Octubre de 2015
Faltan 11 días para que venza el plazo de dar de baja los comprobantes de pago, la empresa recurre a la imprenta a realizar las nuevas impresiones de sus comprobantes.

Antes de utilizar los nuevos formatos de comprobantes (incluyendo la tercera copia: factura negociable), tendrás que dar de baja los comprobantes que no hayas utilizado (formato antiguo) hasta el 31 de Octubre de 2015.

Caso 02. Impresión luego del 01 de Enero de 2015

La empresa Noticiero del Contador SAC realizo la impresión de sus comprobantes de pago el 01 de Febrero de 2015. ¿Cuál es su implicancia con la factura negociable?

La empresa Noticiero del Contador SAC, podrá seguir utilizando sus facturas hasta el 31 de Diciembre de 2015.

Para poder emitir una factura comercial valida a partir del 01 de Enero de 2016, tendrá que contener obligatoriamente la tercera copia: factura negociable.

Día: Martes 20 de Diciembre de 2015

Faltan 11 días para que venza el plazo de dar de baja los comprobantes de pago, la empresa recurre a la imprenta a realizar las nuevas impresiones de sus comprobantes.

Antes de utilizar los nuevos formatos de comprobantes (incluyendo la tercera copia: factura negociable), tendrás que dar de baja los comprobantes que no hayas utilizado (formato antiguo) hasta el 31 de diciembre de 2015.

Endoso de la Factura Negociable

La factura negociable tiene una característica muy particular, tiene 2 lados impresos, la sección anverso y la reversa.

La sección anverso tiene el mismo llenado que las dos primeras copias, en cambio la sección reversa tiene una aplicación distinta.

En esta ultima sección se debe colocar el monto neto pendiente de pago de cago del adquiriente. Por ejemplo se debe descontar el valor de las retenciones, detracciones, pagos a cuenta, etc.

reverso-factura

Caso práctico de Factura Negociable

Miguel adquiere un servicio de asesoría empresarial valuado en 1,000 soles mas igv, notar que dicha operación esta sujeta a detracción – 10%.

El llenado de la factura será como cualquier otra factura, incluida la factura negociable (sección anverso), en dicha sección llenaremos la base imponible, igv y total de la factura.

factura-comercial

En la sección reverso de la factura negociable se llenara el saldo neto a pagar a cargo del adquiriente.

En esta sección también se procede al endoso a un tercero para la aplicación del factoring.

Preguntas sobre la factura negociable

Miguel una pregunta: ¿Qué pasa si emito una factura con el formato antiguo luego de la fecha de vencimiento?

Si la empresa Noticiero del Contador SAC emite una factura luego de la fecha de vencimiento con el formato antiguo (sin la tercera copia), esta factura no tendrá valor como comprobante de pago.

Miguel segunda pregunta: ¿Para qué sirve la Factura Negociable?

La factura negociable es un titulo valor “a la orden” que va ayudar agilizar las operaciones de factoring.

Ejemplo: Miguel realiza un servicio de asesoría a la empresa Credicorp Ltd, y por políticas de la empresa el pago del servicio se realizara a 90 días.

Una manera de poder disponer de liquidez es llevar la factura comercial a una entidad bancaria para la aplicación de un factoring. La entidad financiera le paga a Miguel la factura pendiente de cobro de manera inmediata, de tal forma que le inyecta liquidez.

Miguel tercera pregunta: ¿Puedo llevar mis facturas a una entidad financiera para liquidez?

Si puedes hacerlo, el problema es que te  aprueben la operación de factoring. Las entidades financieras no va aprobar todas las facturas negociables, primero tendrás que ser evaluado.

Recomendaciones sobre la factura negociable

No es para todos

Hay que ser sinceros, esta nueva obligación sobre la tercera copia: factura negociable que va ayudar a inyectar liquidez a las empresas, solo beneficiara a un grupo de empresas, no a todas.

Todo dependerá del historial financiero de la empresa, sus ingresos anuales y lista de clientes para la aprobación del factoring.

Elige bien la entidad financiera

Esto es muy importante, aplica el sentido común. Si tú le prestas servicios a la empresa Innova Schools mensualmente, la pregunta es: ¿Qué entidad financiera escogerías? , la respuesta es obvia tiene que ser el Banco Interbank. ¿Por qué? Porque son del mismo grupo empresarial.

Analiza bien a tus clientes y observa a que grupo empresarial pertenecen y luego busca la entidad financiera que más relación directa tenga con el proveedor.

[Tweet “Elige bien la entidad financiera para usar la factura negociable”]

La factura negociable no sustenta crédito fiscal

A pesar que la factura negociable será una tercera copia de la factura comercial, este documento no tiene ninguna incidencia tributaria, mejor dicho no sustenta crédito fiscal.

  • Preguntas frecuentes sobre la Factura Negociable

Planifica tus tributos

Si tienes ventas al crédito de periodicidad de 90 y 120 días que te incurren en desembolsar parte de tu capital para pagar los tributos, aplica lo mismo para tus compras para compensar tu crédito fiscal.

Por ejemplo: Realizas una venta de 90,000 soles al crédito (90 días) en el mes de agosto. Significa que para setiembre tendrás que pagar el IGV de esa venta, independientemente que te hayan pagado (S/. 16,200), una manera de compensar el pago de IGV es realizando compras al crédito, por ejemplo realiza una compra de S/. 50,000 soles al crédito (90 días), de esa manera puedes compensar el pago de tu IGV.

Entidades financieras para aplicar la factura negociable

Los bancos que ya han implementado la modalidad de factura negociable son varios, a continuación detallo una lista con las características, requisitos y costos.

  • BBVA Continental
  • Banco BCP
  • Baco Interbank
  • Banco Scotiabank

¿Cuál elegir? debe ser tu pregunta, te puse un ejemplo líneas arriba, lo primero busca que tenga relación tu cliente con uno de los bancos antes mencionado.

  • Banco BCP – Grupo Romero
  • Banco Continental – Grupo Brescia
  • Banco Interbank – Grupo Rodríguez – Pastor

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332 comentarios

  1. Monica dice

    5 de noviembre de 2016 a las 1:12 pm

    Hola, es ahora cuando me entero de todo esto, sin embargo cumplí con declarar mes a mes mia Fact. con F.I. Junio 2015, q pasará con mi cliente si utilizó el crédito fiscal, hasta hoy no me observó nada, o ya sería responsabilidad de su contador…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2016 a las 10:38 pm

      Tendría problemas con el crédito fiscal, en todo caso también es responsabilidad de la empresa.

  2. Luis Bolivar dice

    16 de septiembre de 2016 a las 6:50 pm

    Hola Miguel, una consulta un proveedor me entrego facturas desde enero 2016 pero no tiene copia NEGOCIABLE su fecha de impresión es 07/2015 ya declare impuestos dime como puedo hacer para corregir este problema? tengo multa?.

    gracias.
    saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de septiembre de 2016 a las 6:35 am

      Tendría que emitirte una factura nueva con la misma fecha pero que cuente con la tercera copia negociable.

  3. Carlos dice

    7 de septiembre de 2016 a las 10:33 am

    Miguel, buenos dias una consulta, la factura negocibale se puede endosar a nombre de un tercero que no sea una entidad financiera?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de septiembre de 2016 a las 2:47 pm

      Si puedes hacerlo a nombre de un tercero.

  4. Dany dice

    19 de mayo de 2016 a las 5:56 pm

    Miguel muchas gracias! excelente tus artículos mas populares. Sigo aprendiendo mas. Me llego en el momento preciso.
    Mil gracias, que Dios siga bendiciendo todo lo que emprendas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de mayo de 2016 a las 4:58 am

      Muchas gracias por el comentario 🙂

  5. Roberto dice

    8 de mayo de 2016 a las 7:56 am

    La explicación fue muy concisa y precisa ok.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de mayo de 2016 a las 12:36 am

      Muchas gracias 🙂

  6. Elvis Paquirachi dice

    11 de abril de 2016 a las 6:55 pm

    Una consulta si no me paga el cliente y ya lo ingrese al banco mi factura negociable, el banco lo protesta ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de abril de 2016 a las 11:32 pm

      El banco ya se encargara de realizar la cobranza, puede protestarlo o tomar otras medidas.

  7. Viviana CL dice

    8 de abril de 2016 a las 5:54 pm

    Muy interesante! Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de abril de 2016 a las 9:15 am

      Gracias por el comentario 🙂

  8. Franco Esteba dice

    8 de marzo de 2016 a las 8:50 pm

    Hola Miguel Torres, tengo una duda un comprobante dirección errada, se puede usar el IGV o no.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2016 a las 2:24 am

      El IGV si puedes utilizar.

  9. Cristian Gutierrez dice

    3 de marzo de 2016 a las 11:41 pm

    una consulta, si imprimi 500 facturas de las normales antes, y ahora que es obligatorio al momento de immprimir con 3 hojas sale desde 501, esa factura 501 vendria a ser como la primera con la hoja de no negociable es correcto, y las otras quedarian anuladas. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 2:47 am

      Se entiende que las facturas desde la 501 ya deben contar con la tercera copia, del grupo de 001 a la 500 las facturas no utilizadas las das de baja.

  10. Melita dice

    3 de marzo de 2016 a las 5:46 pm

    Miguel , algunas empresas, entendieron que la obligacion de emitir la copia factura negociable era solo para las empresas que iban a aplicar dicho procedimiento ,por lo cual no dieron de baja sus facturas al 31-12-2015,siguieron emitiendo sus facturas de manera normal cuales son las implicancias tributarias y en todo caso que deben hacer para subsanar las supuestas infracciones cometidas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 3:01 am

      Que dichas facturas no tienen valor, el problema lo van a tener tus clientes que no podrás utilizar el crédito fiscal de dicho documento.

  11. Reynaldo Castañeda dice

    28 de enero de 2016 a las 11:21 am

    Hola Miguel,

    Tengo 8 facturas ya vencidas que debieron pagarse a los 30 dìas de recibidas, pero ya van mas de 60 dias. El cliente no firmo la factura negociable. Como proceder alli?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2016 a las 1:08 am

      En ese caso se dan por aceptadas luego de 8 días transcurridos, solo tendrías que ir a una entidad bancaria haber si te las aceptan.

  12. Silvi dice

    19 de enero de 2016 a las 12:27 pm

    Hola Miguel, que pasa si ya imprimí las facturas con la copia negociable , pero aún no le doy de baja a las anteriores? lo puedo hacer hoy?? , en que me afectaría??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2016 a las 2:46 pm

      Claro lo puedes hacer hoy, no hay problema.

  13. Alexis dice

    12 de enero de 2016 a las 9:35 am

    Hola, tengo una consulta:
    1.- Cuando realizo una venta al contado, es obligación de dar la tercera copia?
    2.- Cuando es al credito no es obligatorio porque me serve como factoring, pero cuando me llegue a cancelar dicho cliente, es obligatorio a entregarle?

    saludos y graciass

    Responder
  14. Henrry Ortega dice

    7 de enero de 2016 a las 6:51 pm

    Hola Miguel, agradecido por tu respuesta y no olvido desearte un feliz año.

    En un hospedaje se emiten facturas, que pasa si a pesar de contar con la tercera copia ( factura negociable) esta no se llena y se deja en blanco, o si en caso de ser llenada se entrega al huesped, esto no conlleva a ninguna multa no, o problema alguno?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 1:24 am

      No, el punto es que el comprobante sea emitido contando con la tercera copia, mejor dicho el comprobante debe tener la tercera copia, más no es obligatorio contarlo.

  15. Luis dice

    7 de enero de 2016 a las 5:52 pm

    Que tal buenas tardes, te sigo desde hace ya buen tiempo y agradezco lo útil que es tu blog, tengo una duda, nos emitieron facturas el día 2 y 6 de enero pero no se dieron cuenta al recibir las facturas que no son las facturas con la 3ta copia se supone que la empresa X ya las dio de baja, ya presentamos la queja a y no nos quiere canjear las facturas vencidas por las nuevas

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de enero de 2016 a las 1:28 am

      Mandales una carta notarial, mencionado que haras tu denuncia a Sunat.

  16. Viviana dice

    7 de enero de 2016 a las 9:58 am

    Hola, si el cliente me paga con efectivo debo entregarle la factura negociable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2016 a las 12:36 pm

      No es obligatorio, ya que no has utilizado para nada el titulo y valor.

    • Viviana dice

      7 de enero de 2016 a las 1:13 pm

      Pero si me exigen darlo no tendré problemas con la SUNAT?

    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2016 a las 2:21 pm

      No tendrás problemas, ya que no tiene incidencia tributaria.

  17. Luis Linares dice

    6 de enero de 2016 a las 3:19 pm

    Hola Miguel, una pregunta, ¿que implicancias tendría si a partir de este año empiece a utilizar las facturas electronicas y deje de imprimir los talanarios con las facturas negociable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de enero de 2016 a las 3:23 pm

      Ninguna implicancia, las facturas electrónicas es una opción para realizar tu facturación.

  18. Reyna dice

    4 de enero de 2016 a las 11:42 am

    Buenas tardes, felicitarlo por tan buen blog..mi consulta es que segun lo leido ,cuando se realiza una venta al contado o servicio es que en la empresa donde trabajo es un hotel y todo es a contado, NO DEBERIA entregar la FN pero si la entregue porque el cliente me exigió ppasara algo malo..gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de enero de 2016 a las 12:50 pm

      No pasa nada, no tiene incidencia tributaria.

  19. Victor Ysahel Barrientos Gonzales dice

    30 de diciembre de 2015 a las 9:48 am

    Una consulta, mi plazo para dar de baja a mis facturas vencía el 31/10/2015, no les di de baja, pero ya habíamos mandado a hacer nuevo talonario con la 3ra copia (FACTURA NEGOCIABLE). Pero en noviembre por error seguimos emitiendo con nuestro talonario anterior y esas facturas ya fueron entregadas a nuestros cliente, en ese caso que tendría que hacer, ya que declare mi PDT.0621 de NOV-15, pero aun no presento mi PLE de NOV-15

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de diciembre de 2015 a las 3:04 am

      Pues trata de cambiar esas factura mal emitidas por las correctas (como mencionas que mandaste a imprimir el nuevo talonario) claro esta con la fecha original, en el caso del PLE espera hasta hacer el cambio de comprobante y recién anotaras.

  20. Vanessa dice

    28 de diciembre de 2015 a las 3:19 pm

    Hola miguel tengo una NC se imprimio en el 2007 y solo la usaron hasta el correlativo 67, y luego de frente se pasan a la NC 101(pero no encuentro la s nc desde la 68 hasta la 100, ni fisico ni en el rgistro de ventas), tu crees que sea tema de la factura negociable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2015 a las 2:06 am

      No porque la factura negociable solo aplicaba a facturas y recibos por honorarios, en todo caso si no lo has usado has la denuncia por perdida y da de baja dichos comprobantes.

  21. Edwin A. Moreno Rafaele dice

    18 de diciembre de 2015 a las 3:41 pm

    Hola Miguel, quiero registrar una factura de compra en el mes de noviembre, pero tengo una duda, su fecha de impresión es en el 2014 y su emisión es el 31 de octubre 2015

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de diciembre de 2015 a las 3:24 am

      Es valido.

  22. Juan José dice

    11 de diciembre de 2015 a las 6:25 pm

    Es obligatorio que para el registro contable, el cliente debe tener copia aceptada de la Factura negociable???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 4:15 am

      No es obligatorio.

  23. Carlos dice

    11 de diciembre de 2015 a las 12:05 pm

    Buenas tardes:
    Recibí una factura a finales de noviembre pero que había vencido el 31 de octubre 2015, y ya declare mi PDT, que debería hacer para solucionar esto? tengo alguna multa?, el emisor ya tiene nuevas facturas y me dice que me puede dar una nueva, es correcto?. Gracias por su ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de diciembre de 2015 a las 5:03 pm

      Dicho comprobante no es valido, que te cambie de factura con la misma fecha emisión, claro esta que concuerde con la fecha de autorización del comprobante.

  24. Vanessa dice

    10 de diciembre de 2015 a las 3:41 pm

    Buenas tardes, una consulta si mi cliente compra al contado le tengo que entregar la factura negociable,espero su pronta respuesta, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 6:31 am

      No es obligatorio hacerlo.

  25. Mary Condori dice

    9 de diciembre de 2015 a las 10:46 pm

    Hola Miguel en Noviembre gire una factura sin darme cuenta que la fecha de impresión decía 2012 ya se pago incluso se pago la detraccion que solucion habria, recien la imprenta nos entrego el nuevo talonario con fecha 07-12-2015, quedo a la espera de tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 6:57 am

      Dicha factura no es valida, tienes que cambiar de factura y corregir el comprobante de detracción.

  26. Arnold dice

    9 de diciembre de 2015 a las 9:30 pm

    Hola que tal buen aporte, tengo una consulta en la parte que dices de planificar tus tributos. Ejemplo yo voy a ser proveedor de equipos topográficos en alquiler y me han dicho que me van a pagar 60 días después de generar la orden de servicio previa emisión de la factura, entonces como haria para poder generar credito fiscal ya que al generar la factura ya tendría responsabilidad de pagar el igv. no entiendo bien lo que dices de hacer compras al credito, podrías explicar por favor te lo agradeceria mucho.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 7:00 am

      En el rubro servicios es muy difícil generar credito fiscal, el tema de compras al credito mas se aplica en una empresa comercial que por un pedido de venta al credito, realiza una compra al credito también.

  27. Raul Torres dice

    7 de diciembre de 2015 a las 11:45 am

    Entiendo que tengo 8 dias para pronunciarme sobre la factura negociable. Yo llego la caja de la empresa pero nosotros tenemos problemas de liquidez y normalmente me extiendo 30 dias mas del plazo de credito que me dan. Mi consulta es que pasa si mi proveedor presenta la factura negociable con su banco? Me obliga a que yo le pague en el plazo establecido, como si fuera letra en cobranza libre? Y al no poder pagarle en el plazo, va a afectar mi calificacion bancaria porque la factura rebotara en el banco?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2015 a las 7:32 pm

      No es tan sencillo como lo dices, por ejemplo si yo voy a realizar compra de mercadería, puedo realizar un contrato con mi proveedor donde me comprometo a pagarle a 30 o 60 días. Por lo tanto aunque el llevara la factura negociable, se respeta el plazo contigo. Es mas seria recomendable si tienes ese medio que firmes la factura negociable de tus proveedores indicado plazos mayores a 60 días por ejemplo.

  28. Miriam Figueroa dice

    6 de diciembre de 2015 a las 5:18 pm

    Hola Miguel, yo para saber si mis proveedores cumplieron con las disposiciones de sunat les estoy pidiendo una copia de la factura negociable. De lo contrario ¿como puedo saber si esa factura que me presentan es valida como comprobante de pago?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2015 a las 7:55 pm

      Por la fecha de autorización del comprobante.

  29. Juan dice

    1 de diciembre de 2015 a las 5:51 pm

    Estimado una consulta, dime la factura negociable debe ser sellada en señal de conformidad por mi cliente o simplemente no le debo entregar.
    Saludos y gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de diciembre de 2015 a las 3:46 pm

      Si deseas usarla para el factoring debe ser aceptada o sellada por el representante legal, pero si no piensas usarlo no es necesario.

  30. Luis Gonzalez Aguilar dice

    1 de diciembre de 2015 a las 9:57 am

    Señores, mi pregunta es referida a que una Clínica especializada en exámenes de salud ocupacional en Pisco, nos emitió facturas que vencían el 31 de octubre (impresas en feb. 2014) en noviembre, y mi personal cancelo las facturas al contado, he generado varias comunicaciones y reclamos con esta empresa para que cambie las facturas emitidas, pero hasta ahora no he tenido éxito, a quien puedo dirigir mi reclamo ahora, para que esta Empresa nos emita facturas correctas.

    saludos

    Luis Gonzalez

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2015 a las 11:14 am

      Libro de reclamaciones y finalmente indecopi.

  31. Jesus Coaguila dice

    30 de noviembre de 2015 a las 1:11 pm

    Buenas Tardes señor miguel, mi consulta es con la incorporación de la factura negociable….. que impacto generara en el ambito tributario y bursatil?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 6:35 pm

      En lo tributario ninguno amigo.

  32. Claudia dice

    30 de noviembre de 2015 a las 12:15 pm

    Mi consulta es la misma , si yo pago al contado, tengo que quedarme con la tercera copia?.
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 6:43 pm

      No es correcto, ya que no has usado la factura negociable para que te la entreguen.

  33. Carlos dice

    30 de noviembre de 2015 a las 1:26 am

    Buenos días Miguel. Mi consulta es la siguiente: si todas mis compras las pago al contado, mi proveedor debe entregarme la tercera copia? Es confuso el manejo de la famosa tercera copia, pues si yo pago al contado lo que compro, pienso que mi proveedor debería entregarme la tercera copia, de otro modo mi proveedor podría exigirme nuevamente el pago de la factura al quedarse con la susodicha tercera copia. Por favor, señor Miguel, le pido su pronta respuesta. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 11:44 am

      La pregunta sería si has utiliza el tituto y valor para que te entregue, lo has firmado, lo has recepcionado. Por otra parte esa copia no te sirve a tí para nada y menos para fines tributarios.

  34. Rocio Peña dice

    29 de noviembre de 2015 a las 5:37 pm

    Buenas tardes! Mi pregunta es: ¿El hecho de no haber cambiado mis facturas que las imprimi en Dic 2014, me afecta con multa alguna o algo similar? ¿es valudo seguir usando mis facturas hasta que se acaben o estoy abligada a cambiarlos lo mas pronto posoblem. Gracias por su atencion.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 12:01 pm

      Esas facturas ya no son validad a partir del 01 de noviembre de 2015.

  35. Manuel Odar Bejarano dice

    26 de noviembre de 2015 a las 8:22 pm

    En principio, la ley, al reconocer a las Facts. y RR. HH. la calidad de Título Valor, está muy bien, pues da la posibilidad (la posibilidad de negociar esos documentos, si es que las entidades financieras aceptan al cliente esa transacción), pero está muy el hecho de que se obligue a todos a desechar todos los comprobantes de pago de esa categoría y tener que imprimir nuevos, perujudicando la economía de los contribuyentes. Por otro lado coincido con varios de los comentarios anteriores en cuanto a que sea optativo, y quienes tengan la seguridad o posibilidad de que sus “facuras o RR. de HH. negociables” puedan ser aceptados por las entidades financieras, que lo hagan, para lo cual podrían mandar a imprimer talonarios especiales (con Serie y Números, distintos) para que los usen con los clientes que también puedan ser tenidos en por cuenta los bancos. Todo es perfectible. Recuerdo que cuando se implementaron los comprobantes de pago, fueron muchos los reclamos, y varias las fechas que la SUNAT fue dando para que entren en vigencia. Gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de noviembre de 2015 a las 2:11 pm

      Muchas gracias por el comentario.

  36. Frank dice

    26 de noviembre de 2015 a las 5:07 pm

    Sr. Miguel Torres la Factura Negociable es un titulo valor que se origina por la compra y venta de bienes o prestación de servicios, según la ley 27287 LEY DE TÍTULOS VALORES articulo Nº 17: Devolución del Titulo valor pagado en el punto 17.1 dice: El tenedor de un titulo valor queda obligado a devolverlo a quien cumpla totalmente la prestación contenida en El.
    esto significa que el proveedor esta en la obligación de entregar la factura negociable cuando el cliente cancela toda la deuda

    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 10:12 pm

      Como puedes entregar un titulo y valor que ha sido aceptado o firmado, o llenado correctamente (teniendo en cuenta que el llenado revés de la factura negociable no se llena en una operación al contado), una compra al contado no origina la aceptación de la factura negociable para yo entregarla.

  37. Karim dice

    24 de noviembre de 2015 a las 12:01 pm

    Hola, a la fecha me vengo cursando correos con clientes grandes como Backus, Gloria y otros en los que no nos están recibiendo las facturas si no entregamos el cargo COPIA NEGOCIABLE, en ninguna parte creo yo indica que estamos obligados a entregarles, mas aún si la condición de pago es CREDITO, indican que es una política interna y nos estamos viendo de manos atadas, no me reciben las facturas, ya no se mas como explicarles que están procediendo mal.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 12:34 pm

      Es un tema más de seguridad para ellos, pero en fin, en ese caso el poder de negociación lo tienes ellos, en todo caso podrías ponerle el ejemplo al reves, si tu le compras a ellos (haber si ellos te van a entregar la factura negociable).

  38. Selma Velasquez Paima dice

    24 de noviembre de 2015 a las 10:31 am

    Por favor señor miguel, explícame sobre la entrega de la copia negociable, en caso que el cliente cancela al contado la copia negociable entrego al cliente o se queda con el emisor, pues algunos te entregan otros no, que hacer cual es lo real de esta hoja negociable.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 10:35 am

      No se entrega la factura negociable, haga la prueba, vaya a un mall (una empresa grande y conocida) y compre algo al contado, haber si le entrega la factura negociable.

  39. Michael dice

    23 de noviembre de 2015 a las 1:12 pm

    Dime, si por desconocimiento no se dio de baja el dia 31 de octubre, puedo mandar a imprimir la factura negociable hoy dia por ejemplo. y si no se puede como emito facturas? saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 10:17 am

      Si lo puedes hacer, tendrías que esperar tus nuevas facturas, o puedes emitir las antiguas pero con fecha pasada, o emitir factura electrónica.

  40. Catherine dice

    23 de noviembre de 2015 a las 10:59 am

    Buenos Días Miguel… te agradezco por anticipada la ayuda, una consulta la baja de comprobantes por el cambio del negociable aplica también a las N.C, en cuanto a fechas de imprenta. por ejemplo tengo una nota de crédito con fecha de imprenta 30-05-2014 es valido????

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 9:51 am

      No aplica, solo facturas y recibos por honorarios.

  41. Angelica dice

    19 de noviembre de 2015 a las 4:37 pm

    Buenas tardes Miguel quiero saber xq algunas empresas me entregan la copia negociable y otras no, cuando realizo una compra al contado, yo me encuentro en el régimen especial y ya entregue 2 copias negociables a un cliente xq me exigió . hay algún problema.
    mil gracias .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2015 a las 8:23 pm

      Pues decisión de cada empresa, al final no hay problema.

  42. Marcia dice

    18 de noviembre de 2015 a las 10:55 am

    Primero.-Me gustaria saber si en una entidad gubernamental que el pago se hace directo a una cuenta interbancaria es obligatorio pedir la factura negociable.
    Segundo.- si no se firma la factura Negociable al momento de la entrega esta servira para los creditos devengados.
    gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de noviembre de 2015 a las 2:34 pm

      Lo primero no es necesario contar con la factura negociable para fines tributarios, lo segundo en caso de utilizar la factura negociable no necesitas la firma, solo espera 8 días y se da por aceptada.

  43. Oscar Leon dice

    18 de noviembre de 2015 a las 9:57 am

    Con respecto a este tema, tengo un cliente con el cual tengo una venta a crédito y por la cual se utiliza el medio tradicional (letras, etc). Pero el cliente exige la factura negociable.
    Que es lo que debería decirle para que entienda que mientras no se aplique la factura negociable como un valor, no es mi obligación enviarle la copia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de noviembre de 2015 a las 3:06 pm

      Es correcto lo que mencionas, primero preguntale ¿porque solicita la copia?, es probable que su contador lo este solicitando para garantizar el crédito fiscal, puedes explicarle que la factura negociable no sustenta crédito fiscal, o dependiendo de su respuesta le puedes dar un buen sustento.

  44. Pilar dice

    16 de noviembre de 2015 a las 10:44 am

    Respecto a los 8 dias, corre a partir de la recepcion del documento o de la emision del documento.
    Respecto a el llenado al reverso de la factura negociable, es necesario que yo como cliente firme o no es necesario, y tiene que ser el representante legal o no? como saber si mi proveedor uso la factura negociable si no me deja ni una copia y no puse ningun visto bueno y ya paso los 8 días.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de noviembre de 2015 a las 12:47 pm

      Pues la entidad bancaria verificara el comprobante, no es logico que un banco le entregue dinero sin verificar, porque tu simplemente diras ya pague esa factura (adjunto el voucher).

  45. Rosa dice

    15 de noviembre de 2015 a las 10:29 pm

    Consulta: Se realizan ventas al crédito (7, 15 y 30 días) al entregar la factura a mi cliente (adquirente y sunat) debo llenar el reverso de la factura y hacerle firmar, o espero a que pase el plazo del crédito?, por otro lado puedes ayudarme con el llenado del reverso de la factura negociable, si tienes algún modelo seria fantástico. Quedo a la espera de su apoyo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de noviembre de 2015 a las 6:15 am

      Solo llenas el reverso de la factura si quieres aplicar la factura negociable, de lo contrario déjalo vacío, has como si no existiera. Si deseas utilizar el factoring si lo llenas sobre el saldo final a cobrar.

  46. Katy dice

    13 de noviembre de 2015 a las 10:23 am

    Miguel mi consulta es; cuando la venta se realiza al contado, es cierto que la factura negociable se entrega al cliente? osea el cliente se queda con el cargo de factura negociable. por favor te agradecería responderme ya que no encuentro información de ello y mi contadora nos indicó ello. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 12:42 am

      No concuerdo con dicha posición.

  47. Vidalina dice

    13 de noviembre de 2015 a las 9:46 am

    Hola Miguel tengo una consulta sobre GUIA DE REMISION tengo que mandar imprimir por que mande imprimir el 02/02/2014 como las facturas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 12:36 am

      No aplica para las guias de remisión.

  48. Vane dice

    12 de noviembre de 2015 a las 11:56 pm

    Una consulta, que pasa si por desconocimiento se emitió una factura al cliente el 01/11/2015, siendo la obligación de dar de baja el talonario el 31/10/2015, habría una forma de regularizar ese error para no perjudicar a mi cliente y afectar su derecho al crédito fiscal.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2015 a las 12:29 am

      Tendrías que anular dicha factura y cambiarla.

  49. Victor dice

    11 de noviembre de 2015 a las 3:58 pm

    Buen día, mi consulta es. quien llena el reverso de la factura negociable?? y quien se la queda.
    yo voy a un restaurante y pido una factura. que copias me tengo que llevar yo? y quien llena la factura negociable.. favor de aclarar mi duda. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2015 a las 11:28 am

      El reverso de la factura negociable solo se llena cuando vas a utilizar el titulo y valor, lo llena el que vende por el saldo por cobrar.

  50. Cinthia dice

    11 de noviembre de 2015 a las 1:43 pm

    Miguel una consulta ya he llamado a SUNAT mas de 3 veces y me dice lo mismo que:

    Cuando se trate de una operación al contado tengo que entregarle al cliente la factura negociable y si es una operación a crédito si no lo utilizo como titulo valor con el banco me quedo y cuando me pague recién le entrego la factura negociable.

    Yo estoy de acuerdo con la información brindada por ti pero la SUNAT insiste en que debemos hacerlo de esta manera. Lo único que queda es creo hacer lo que dicen ellos, al final ellos nos fiscalizaran. Estoy confundida. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2015 a las 12:01 pm

      Al final es tu decisión como profesional.

  51. Karen dice

    11 de noviembre de 2015 a las 12:44 pm

    MIGUEL que pasa si no le di de baja a mis comprobantes? hay multa por eso?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2015 a las 12:00 pm

      No hay multa, solo pierden su condición de comprobantes de pago.

  52. Edward Roberto dice

    10 de noviembre de 2015 a las 10:51 pm

    Buenas noches tengo un pequeño negocio y quisiera un modelo a seguir de como llenar una factura negociable, muchas gracias por su tiempo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 11:42 pm

      Cuando llenes tu factura, se llenara solo la factura negociable por el papel autocopiativo.

  53. Brigitte dice

    9 de noviembre de 2015 a las 1:16 pm

    Buen día, ¿en el caso que no se use la facturas negociable, el proveedor debe entregar la factura negociable al cliente o se queda con el proveedor?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 2:15 pm

      No debes entregarlo.

  54. Jorge dice

    5 de noviembre de 2015 a las 11:44 am

    Hola: Ya emitimos con la FN, mi pregunta es si vendemos al contado, ¿con quien se queda la copia factura negociable el proveedor o el cliente?, se supone que es el proveedor que tendra su archivo emisor y facturas negociables canceladas.

    Responder
  55. JOSE LUIS UCHUYA dice

    4 de noviembre de 2015 a las 10:16 pm

    Miguel una consulta si la venta es al contado tengo que entregarle la tercera copia o me la debo quedar yo

    Responder
  56. emely dice

    4 de noviembre de 2015 a las 6:53 pm

    Una pregunta sunat dice k cuando son ventas al contado se debe de entregar la factura negociable ya k si fuera al credito solo se entregaria las dos primeras copias yo hago mis ventas y compras al contado deberian entregarme las 3 copias asi como yo tambien

    Responder
  57. Milagros Gomez dice

    4 de noviembre de 2015 a las 3:34 pm

    Quisiera saber si mis ventas son al contado estoy en la obligación de entregar la copia de la factura negociable, en caso que me la pidan o yo me la tengo que quedar ojo si es al contado….

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2015 a las 10:26 pm

      No estas obligado.

  58. Lorena dice

    3 de noviembre de 2015 a las 6:52 pm

    Hola Miguel, una consulta en el caso de las compras al contado quien se queda con copia negociable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2015 a las 9:00 pm

      El que realiza la venta.

  59. Jas dice

    31 de octubre de 2015 a las 11:09 am

    Hola Miguel , disculpa quisiera saber en el caso si es al contado ¿también se tiene que llenar la parte de adelante de la factura negociable? ¿ y la factura negociable no se lo entrego al cliente?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 12:46 pm

      La parte delantera se llena automaticamente al llenar el adquirente, y la factura negociable no se entrega al cliente.

    • Nancy dice

      6 de diciembre de 2015 a las 11:27 pm

      Estimado Miguel: cual es la base legal, la cual tengo que decirle a mi cliente que esa factura negociable no la puedo dejar puesto que es una factura negociable? y que ley estaria infrigiendo si no me quiere sellar mi FN

    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2015 a las 7:50 pm

      Si existiera una base legal clara, estoy seguro que el tema no seria tan controversial como es, lamentablemente no hay base legal, es mas interpretación, pero te doy un consejo: realiza compras en empresas grandes y veras el procedimiento (buenas prácticas).

  60. Saul dice

    30 de octubre de 2015 a las 5:16 pm

    Esta norma no debe tener carácter obligatorio. Seamos justo solo un pequeño sector se beneficiará del factoring y Sunat busca sancionar para obtener mayor recaudación y perjudicar a los que no utilizamos esta herramienta.. Ya tenemos un antecedente cuando las facturas tenían fecha de vencimiento… Solo es un negociado el estado y los bancos… No debería ser impositivo ni obligatorio , debería ser de libre elección para quien lo utilice… Solo genera mayor consumo de papel y contaminación…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 12:28 pm

      Es correcto, lamentablemente ya se oficializo.

  61. Ana dice

    28 de octubre de 2015 a las 7:28 pm

    Hola Miguel, buenas tardes una consulta con esto de la factura negociable como se manejan las guias de remisión , van a seguir siendo dos copias o cambia a 3 copias?, gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 10:21 am

      La factura negociable solo afecta a la factura y recibos por honorarios.

  62. Tezo dice

    28 de octubre de 2015 a las 7:11 pm

    Hola Miguel, una consulta, yo mande imprimir mis facturas en agosto 2014 que según indicas las puedo usar hasta el 31.12.15, pero estas tienen una copia adicional que lleva el nombre CONTROL ADMINITRATIVO, es posible que pueda usar esta copia como FACTURA NEGOCIABLE?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 10:19 am

      No es posible amigo.

  63. Cesar dice

    27 de octubre de 2015 a las 3:09 am

    Hola Miguel, que claro está todo, tengo una pregunta concisa, yo emitiré una factura por 236 dolares incluido el igv, y me darán el efectivo en la mano. Debo llenar la parte posterior de la factura negociable?, debo quedarmela, o debo entregarla al cliente. Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de noviembre de 2015 a las 11:48 pm

      No es necesario llenarla y te quedas tú con la factura negociable.

    • Andrea Albornoz dice

      10 de noviembre de 2015 a las 9:00 am

      Miguel, buen día. sobre esto estoy confundida, ya que ayer emiti una factura y mi Cliente exigió quedarse con la copia Negociable.
      Al respecto hice la consulta y me explicaron que es porque se trata de una operación al contado y el cliente en ese caso tiene la opción de quedarsela porque si ya hizo el pago no autoriza a que sea negociada. Sobre lo que comentas en este post…no me queda claro.
      y si la operación es a crédito ¿quién se queda con la copia negociable? ¿debes tener el sello de recepción al igual que la copia cargo?
      gracias!

    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 1:11 pm

      Hola te mando un link de un video con la explicación.

    • Liliana Barba dice

      30 de noviembre de 2015 a las 12:16 pm

      Estimado Miguel es la misma consulta que tengo yo, en las ventas ¿al contado la factura negociable con quien se va con el cliente o el proveedor ?

    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 6:42 pm

      Se que con el vendedor.

  64. Maritza dice

    22 de octubre de 2015 a las 6:23 pm

    Gracias Miguel, sos lo máximo!
    saludos

    Responder
  65. Luisa Ledesma dice

    22 de octubre de 2015 a las 10:39 am

    Estimado,
    Como saber cuantas facturas he impreso para darlas de baja. Sé que figura en parte inferior donde estan los datos de la empresa autorizada pero en mi caso creo que he realizado otras impresiones de talonarios pero quiero confirmar…
    A la espera de tu respuesta

    Responder
  66. Humberto dice

    21 de octubre de 2015 a las 9:15 pm

    Buenas noches miguel, consulto; trabajo en un karaoke y damos tickets boletas y/o facturas, en este caso al emitir facturas como se hace para emitir también las facturas negociables? o no es necesario.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2015 a las 1:04 am

      Emite facturas que contengan la factura negociable, cuando el cliente te pida factura le entregas el adquirente y copia sunat, la factura negociable te la quedas, si te exige puedes darle una copia nada más.

  67. LEIDY dice

    20 de octubre de 2015 a las 11:47 am

    Gracias por el aporte…!!!!!!!!

    Responder
  68. Gisella dice

    19 de octubre de 2015 a las 5:05 pm

    Veo que contestas a todas las interrogantes , por favor me gustaría saber si al momento de entregar la factura tiene que estar llena y firmada la parte posterior de la Negociable ? . Gracias por tu tiempo…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2015 a las 10:05 pm

      Solo si vas usar la factura negociable para un factoring.

  69. CRISTIAN dice

    12 de octubre de 2015 a las 5:53 pm

    Hola Miguel , disculpa quisiera saber si ¿Las facturas canceladas al contado también tienen que ser llenadas con las factura negociable? .. Gracias

    Responder
  70. ANGHELL dice

    12 de octubre de 2015 a las 10:59 am

    HOLA UNA CONSULTA EL PLAZO QUE ES HASTA EL 31/10 ES PARA DAR DE BAJA A LAS FACTURAS , PERO NO HAY PROBLEMA SI MANDO A IMPRIMIR MIS NUEVAS FACTURAS EL 05/11 , ES QUE NOS VAMOS A MUDAR Y NO QUEREMOS IMPRIMIR POR LAS PURAS

    GRACIAS

    Responder
  71. MARIA JULIA dice

    11 de octubre de 2015 a las 8:40 pm

    MIGUEL BUENAS NOCHES TE AGRADECERÉ LA SIGUIENTE ACLARACION, SI ANTES NOS FIRMABAN EL CARGO EMISOR, EN ESTE CASO DE LA COPIA DE LA FCTUR NEGOCIABLE …COMO SERA? POR FAVOR TE LO VOY AGRAADECER

    Responder
  72. maria dice

    9 de octubre de 2015 a las 11:45 pm

    Hola Miguel , muy bueno tu articulo, pero una consulta si realizo la compra al contado, existe la necesidad de tener que llenar la factura negociable o simplemente la puedo dejar en blanco.

    Aparte me podrías indicar algún link del tema que has tocado sobre las compensaciones de IGV entre compras y ventas al crédito que no me a que dado claro, muchas gracias.

    Responder
  73. Tony Zea dice

    9 de octubre de 2015 a las 9:00 pm

    Buenas tardes quisiera saber yo emito facturas al estado (municipios) también están obligadas al factoring.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2015 a las 9:54 pm

      Es correcto amigo, estas obligado.

  74. Cristian dice

    7 de octubre de 2015 a las 4:08 pm

    Hola Miguel , disculpa quisiera saber si ¿Las facturas canceladas al contado también tienen que ser llenadas con las factura negociable? o en que casos se llena y en que casos no se llena la factura negociable?

    Responder
  75. Dioni dice

    6 de octubre de 2015 a las 10:59 am

    Hola Miguel , disculpa al emitir un factura tengo que entregar el original y las 2 copias a mi cliente (sunat y factura negociable) esta ultima mi cliente la podrá tener por un plazo máximo de 8 días para que le de la conformidad y devolvérmela antes del plazo cierto ?
    Lo pregunto por que yo brindo servicios a una minera, las facturas las tengo que enviar de moquegua a lima y veces demoran en recepcionarla.
    Otra pregunta,esa factura puede ser endosada tanto a personas jurídicas como a personas naturales sin restricción alguna?

    Responder
  76. Milagros dice

    5 de octubre de 2015 a las 6:04 pm

    Muy buenos aportes miguel tu siempre al día informándonos 🙂 ,sin embargo estoy de acuerdo con algunos colegas ..es una medida que no se ajusta a la realidad …solo favorecerá a una minoría … ademas si ya existe el factoring q necesidad había de implementar esto…en todo caso debió ser opcional… por que los colegios de los contadores xk no se pronuncian, dan su opinion! nos hemos acostumbrado a aceptar todo .. pues para la sunat es facil sacar resoluciones e implementarlas … pero nosotros como contadores sabemos la realidad ..creo que debemos hacernos escuchar ..q tengan buen día todos 🙂

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 2:25 am

      Yo particularmente estoy de acuerdo, solo una aclaración, dicha decisión de incorporación no es de sunat, es por la promulgación de la ley 29623.

  77. Marlon dice

    5 de octubre de 2015 a las 1:17 pm

    Hola Miguel, muy bueno tu aporte felicitaciones, a la vez tengo una consulta, yo como un adquiriente del servicio o bien que recibo de mi proveedor, como me doy cuenta que la factura electronica o el recibo por honorario electronico cumple con los requisitos establecidos? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 2:38 am

      Uno podría ser por la fecha de autorización de los comprobantes de pago, si tiene fecha del 2014 esta claro que no cumple.

    • Marlon dice

      6 de octubre de 2015 a las 11:12 am

      Hola Miguel… estoy revisando un una factura electronica, pero no encuentro por ningun lado la fecha de autorizacion. Algo lei que debe estar registrado en la ICLV sabes algo de eso?.

      Espero tu pronta ayuda gracias!

    • Miguel Torres dice

      7 de octubre de 2015 a las 3:37 am

      Todavía no esta implementado en el caso de las facturas electrónicas emitidas desde el portal de sunat.

  78. Trilce Sotil dice

    5 de octubre de 2015 a las 7:53 am

    Quisiera saber si las facturas canceladas al contado también tienen que ser llenadas y que pasa cuando vendo a crédito pero a provincia como hago para que me firmen la factura negociable.

    Responder
  79. Andrea dice

    2 de octubre de 2015 a las 6:38 pm

    Si ya tengo mis facturas impresas y voy por la factura numero 001-00054 debo de dar de baja el restante y mandar a imprimir desde la factura 001-00055, o puedo solamente sacar impresión la factura negociable y adjuntarla.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2015 a las 7:31 am

      No, tienes que anular las facturas e imprimir nuevas facturas incluida la factura negociable.

  80. Ramiro dice

    2 de octubre de 2015 a las 3:29 am

    Una pregunta miguel. Mensualmente emito recibos por honorarios electrónicos, si es correcto emitir la factura negociable, entonces ¿como puedo hacerlo a través de mi clave sol?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 11:36 am

      Todavía no lo implementa sunat, solo hay que esperar haber que pasa.

  81. Angélica dice

    29 de septiembre de 2015 a las 12:56 pm

    Estimado Miguel, una consulta , si la empresa se dedica a alquileres de unidades pesadas, servicio de transportes y servicios generales también están obligados a generar la factura negociable? De antemano muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 12:06 pm

      Es correcto, tiene que implementar.

  82. Julio dice

    28 de septiembre de 2015 a las 8:56 pm

    Estimado: mi proveedor se queda con la factura negociable verdad? a mi como cliente solo me emiten dos hojas correcto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 6:28 pm

      Es correcto amigo.

  83. Franklin dice

    28 de septiembre de 2015 a las 4:13 pm

    En verdad aprecio tu aporte pero el trasfondo del asunto donde nadie se dio cuenta es que sunat quiere que todo sea electrónico si observas la mayoría va a migrar al sistema electrónico de comprobantes de pago y eso jala libros electrónicos y asi se evita muchos temas con respecto a facturas.
    Es mas logico emigrar al sistema electrónico que volver a gastar, ya que no tiene sentido dar de baja a tantos comprobantes impresos.
    Hay empresas que mandan para 2 o 3 años de impresión y no eso sunat lo sabe pero igual saca esas normas y resoluciones que en realidad perjudica a la gran mayoría.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de octubre de 2015 a las 12:24 am

      Todo cambio cuesta un poco al inicio, pero a futuro se verá los beneficios. La tecnología avanza y el sistema tributario tb tiene que ir a par.

  84. Cesar Armas dice

    25 de septiembre de 2015 a las 5:58 pm

    Con respecto a la factura negociable, la tercera copia (que es la factura negociable) se le entrega al cliente o adquirente? Si fuese es así con que se queda el proveedor o emisor?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de septiembre de 2015 a las 11:16 pm

      La factura negociable se queda con el emisor, para el proveedor es lo de siempre: adquirente y copia sunat.

  85. Katherine dice

    25 de septiembre de 2015 a las 4:38 pm

    Buenas Tardes; gracias por la información. Una consulta, ese reverso de la factura negociable se puede dejar simplemente en blanco al momento de enviarla a mi proveedor? O en su defecto puedo solo llenar Fecha de vencimiento y dejar el resto en blanco? Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de septiembre de 2015 a las 11:31 pm

      La parte reversa se llena para el endoso de la del valor, por ende lo puedes dejar en blanco si tu modalidad de cobro no necesita lo del factoring.

  86. Ronny Angelo dice

    25 de septiembre de 2015 a las 10:21 am

    Aun no entiendo cuando se emite un recibo por honorarios electrónico, donde esta la opción de factura negociable.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de septiembre de 2015 a las 12:04 am

      Todavía no esta implementado en el portal de sunat, habra que esperar un poco.

  87. Milagros dice

    24 de septiembre de 2015 a las 3:26 pm

    Miguel buenas tardes, tenemos una imprenta y nuestro cliente nos ha pedido que incorporemos las clausulas especiales en el reverso, sin embargo quiero saber si es obligatorio que en este campo esten llenos con las respectivas clausulas de un titulor valor la falta de esto puede traer algun problema cuando la empresa desee aplicar el factoring, porque para los demas clientes le estamos imprimiendo ambas caras y dejamos en blanco las clausulas, sin embargo consultando con sunat nos indica que ellos solo ven que este la tercera copia impresa por ambos lados, por favor tus comentarios, gracias!!!.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2015 a las 10:12 pm

      Los requisitos mínimos es la impresión según los modelos de sunat, a solicitud del cliente puede incluir algunos datos extras.

  88. Mercedes dice

    22 de septiembre de 2015 a las 12:32 pm

    Excelente Miguel! Claro y conciso.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de septiembre de 2015 a las 11:00 pm

      Gracias 🙂

  89. Sonia dice

    20 de septiembre de 2015 a las 9:24 pm

    Gracias por tus aportes Miguel. Pero tengo una duda, después que se dan de baja el formato antiguo. La continuidad del numero de la factura sera desde 01 o se seguirá con el numero del formato anterior.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2015 a las 11:49 pm

      El correlativo de la factura sigue no mas.

    • Miguel Torres dice

      7 de octubre de 2015 a las 2:49 am

      Sigues con el numero del formato anterior.

  90. Elizabeth dice

    16 de septiembre de 2015 a las 10:24 pm

    Bien explicado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de septiembre de 2015 a las 10:09 am

      Gracias 🙂

  91. Marco Alvarado dice

    15 de septiembre de 2015 a las 2:54 pm

    Si no requiero de usar la factura negociable es obligatorio llenarla al reverso ??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de septiembre de 2015 a las 8:57 am

      Es una obligación de impresión del comprobante de pago.

  92. Luis dice

    15 de septiembre de 2015 a las 12:53 pm

    Somos un restaurante, y emitimos boletas, facturas tickes facturas de una maquina registradora, estas también están afectas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de septiembre de 2015 a las 9:30 am

      No se aplica a los ticket factura.

  93. Magda dice

    15 de septiembre de 2015 a las 10:18 am

    Felicitaciones por la información Miguel, tengo una consulta una empresa que esta en régimen especial que solo emite boletas de ventas le corresponde emitir la factura negociable? gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de octubre de 2015 a las 6:35 pm

      No estas obligado hacerlo, si solo emites boleta de ventas.

  94. Fredy dice

    14 de septiembre de 2015 a las 12:03 am

    Buenas noches, soy el proveedor la factura la puedo endosar a cualquier empresa o persona natural o necesariamente tiene que ser una entidad financiera, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2015 a las 12:50 am

      La norma establece que no necesariamente tiene que se entidad financiera, pudiendo ser una persona natural.

  95. mijaelder dice

    10 de septiembre de 2015 a las 5:55 pm

    Hola Miguel, He impreso mis facturas en junio 2015 y veo que mencionas que el plazo para dar de baja los comprobantes es el 31 de Diciembre de 2015, necesariamente tiene que ser ese día o hasta ese día osea puedo dar de baja mis facturas voluntariamente?, y luego imprimir mis facturas con las 3 copias? gracias por su ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de septiembre de 2015 a las 11:28 pm

      Es la fecha maxima, puedes hacerlo antes.

  96. Mirta Monzon dice

    10 de septiembre de 2015 a las 12:48 pm

    Es obligatorio imprimir el reverso según modelo de sunat o tro modelo, que pasa si no se imprime nada en el reverso.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2015 a las 1:01 am

      El modelo de factura comercial incluye de anverso y reverso.

  97. Meli dice

    9 de septiembre de 2015 a las 1:08 pm

    Buenas una consulta, pero si es un negocio de tipeos sin empresas ni creditos, de que sirve esta factura.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2015 a las 1:47 am

      En tu caso no te ayudara mucho.

  98. Elizabeth dice

    8 de septiembre de 2015 a las 3:19 pm

    Hola Miguel, una consulta y creo que nadie hizo èsta pregunta, que pasa si mi empresa factura al dia mas de 300 facturas al dia. Creo que me quedò claro que para imprimir mis facturas negociables antes debo dar de baja mis comprobantes antiguos o de lo contrario no me aceptaràn la nueva impresión de las Fact. Negociables, estoy en lo cierto o no?, si fuera asì, que hago en esos días si la imprenta se demora en imprimir dos o tres días en realizar las impresiones para poder empezar a girar las nuevas facturas negociables. La empresa perdería miles y miles por esos días. Existe la posibilidad de poder imprimir antes las facturas negociables y mientras tanto seguir con los antiguos?. Por favor responde mi pregunta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2015 a las 3:57 am

      El plazo máximo es el 31 de octubre para dar de baja, se entiende que ya lo puedes hacer ahora.

  99. Jerson dice

    5 de septiembre de 2015 a las 11:52 am

    Hola Miguel una consulta, el plazo de los 8 dias corre a partir del dia que yo le emito el comprobante a mi cliente? o el dia que yo voy presentar ese titulo valor a alguna ICLV para solicitar un factoring? dese que dia tiene plazo mi cliente para presentar alguna disconformidad?

    Responder
  100. Cristian Capillo dice

    3 de septiembre de 2015 a las 9:07 pm

    Me parece que este sistema debería ser opcional en caso los montos que facturo son minimos, la tercera copia no me sirve para nada.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de septiembre de 2015 a las 3:49 pm

      Lamentablemente es obligatorio.

  101. Rocio Diaz dice

    3 de septiembre de 2015 a las 5:29 pm

    Sinceramente, no se ajusta a la realidad de todas las empresas, estoy de acuerdo con el factoring, pero no todos vamos a recurrir al banco. Me parece que faltó aplicar mejores criterios en esta implementación. Gracias Miguel por tus aportes

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de septiembre de 2015 a las 8:27 pm

      Gracias rocio por el comentario 🙂

  102. Pedro dice

    3 de septiembre de 2015 a las 12:25 pm

    Buenas tardes, en primer lugar Felicitaciones por los aportes informativos que se dan. Yo como cliente debo exigir que mi proveedor tenga impreso la tercera copia FACTURA NEGOCIABLE. Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2015 a las 9:03 pm

      Es correcto debes verificar que lleve la tercera copia.

  103. Abigail dice

    2 de septiembre de 2015 a las 10:54 am

    Si mi cliente no paga en el tiempo establecido en la factura negociable, qué le puede suceder?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2015 a las 8:09 pm

      El que posee el valor de la factura negociable, seguirá los procedimientos de cobro como por ejemplo una demanda por deuda.

  104. Reynaldo Huaman dice

    1 de septiembre de 2015 a las 6:39 pm

    Quiero agradecer muchísimo por toda la información y ejemplo claros sobre Facturas Negociables.

    Felicitaciones Miguel!!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 9:23 pm

      Gracias por el comentario.

  105. Juan Rojas dice

    1 de septiembre de 2015 a las 2:28 pm

    Miguel que va a pasar con los que emiten liquidación de compra.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 9:35 pm

      No hay obligación para ellos.

  106. Juanca dice

    1 de septiembre de 2015 a las 12:53 pm

    Hola Miguel, una consulta que pasa si realizo una compra el 02/11 y me dan mis facturas y ellos no han mandado a imprimir su tercera factura, es valida esa factura para mi credito fiscal, o como verifico que sea valida

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 9:05 pm

      Por la fecha de autorización de la factura.

  107. Nicolas Ocros dice

    1 de septiembre de 2015 a las 10:51 am

    Hola Miguel, una consulta: los que emiten facturas y recibos electrónicas ellos también tendrán que sacar factura negociable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 7:57 pm

      Es correcto.

  108. Elisa Abanto Reyna dice

    1 de septiembre de 2015 a las 10:29 am

    Buenos días muchas gracias por tus aportes es de gran ayuda. Pero tengo una duda la factura negociable están obligadas solo para el régimen especial y general en mi caso algunas de mis empresas se encuentran en el régimen de amazonia también tendría que sacar mi factura negociable.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 7:56 pm

      Tambien es obligatorio para dicho regimen, su aplicación es para todas las empresas que están obligadas a emitir facturas comerciales.

  109. Alfredo dice

    31 de agosto de 2015 a las 11:56 pm

    Una duda amigo miguel si la venta es al contado necesariamente se tiene que desglosar la factura negociable, todo esto es un caos y muchos no creo que le den uso a las facturas negociables, las facturas negociables se quedarán en el talonario de adorno.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 7:50 pm

      Es correcto, su aplicación no es obligatoria.

  110. Alan Huaman Sanchez dice

    31 de agosto de 2015 a las 7:10 pm

    Estimado, quiero felicitarte por tus aclaraciones, excelentes ejemplos y facilidad de explicación para el publico en general.

    Ahora quiero hacer una acotación, respecto a una consulta que te hicieron sobre como dar de baja a los comprobantes, el cual también es necesario dar de baja el N° de serie de los comprobantes según el formulario virtual 855 con CLAVE SOL.

    Responder
  111. Marissa dice

    31 de agosto de 2015 a las 3:45 pm

    Tengo una empresa de restaurante estoy obligado a cambiar mis facturas, es que lo pagos solo se hacen efectivo y los montos son minimos no pasan los 300 no recurre a ningún banco.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 6:37 pm

      Estas obligado a realizar el cambio.

  112. Walter dice

    31 de agosto de 2015 a las 3:33 pm

    Muchas gracias Miguel por el alcance. Y tambien de acuerdo con el comentario de Nestor Herrera y Raul deberian ser opcional y/o abrir otra serie .mas no dar de baja las facturas quese mandaron a imprimir.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2015 a las 6:34 pm

      Gracias, lamentablemente es una obligación.

  113. Raul dice

    31 de agosto de 2015 a las 12:35 pm

    Buenas tardes, esta norma de hecho que va favorecer a algunos, pero no a todos, incluso si hablamos de porcentajes será mínimo. La SUNAT no se puesto a pensar (sus funcionarios) que mejor , en vez de dar de baja a toneladas de papel e imprimir nuevamente miles de toneladas de comprobantes, a solo abrir otra serie y de acuerdo a la necesidad de la empresa imprimir el nuevo formato. Porque obligar a todos, incluso a los que hacen solo venta al contado. Nadie se pronuncia, ni la CCL. Otra norma enemigo del medio ambiente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2015 a las 7:36 pm

      Creo que es una medida que ayudara mucho pero a mediano y largo plazo, cuando los peruanos tengan cultura de pagar sus deudas.

    • Victor Chamaya dice

      16 de noviembre de 2015 a las 1:18 am

      Hola Miguel gracias por tus aportes, comentarios y respuesta.
      Por favor unas preguntas:
      ¿Y qué pasará con las entidades gubernamentales en sus tres estamentos? ¿Aceptarán las FN´s?
      Y si esto sucede, ¿el sistema financiero responderá adecuadamente?
      Si se presupone que esto es es para masificar el factoring, incrementar la cultura de pago de los peruanos y empresas que operan en el país, rentabilizar a quienes no tenemos grandes capitales y por ende dinamizar la economía, ¿realmente los micro mini empresarios o emprendedores nos veremos beneficiados con la norma o sólo seguirá siendo un gran beneficio para los mismos privilegiados actuales?
      Saludos y reitero mi agradecimiento.

    • Miguel Torres dice

      16 de noviembre de 2015 a las 6:21 am

      Hay microempresas proveedores de grupos como el interbank (innova school), o el grupo romero (alicorp), croe que la idea esta bien, los cambios muchas veces no son bien aceptados, por otro elimina el procedimiento de pasar tu factura a letra (ya que la factura negociable es un titulo y valor).

  114. Néstor Herrera Mell dice

    29 de agosto de 2015 a las 11:25 pm

    Mi opinion va mas a que como se usa es a PROTESTAR porque primeramente es una gasto inutil de dinero de papel y tinta ademas a quien CONSULTO SUNAT para hacer tremenda barbaridad en contra de la economia del 90 % Calculo ? Hay empresas que NO LE INTERESAN estas Facturas y el banco es Un engaño Uds. creen que te van a dar Plata asi de Facil por Una Factura Girada a Un DESCONOCIDO. No Se pasen creo que la defensoria del Pueblo deberia tomar cartas en el asunto y si no una demanda. Alguien deberia dar idea ante este nuevo atropello de la SUNAT. Mira el que quiera que imprima su Talonario de Facturas y el que NO No y Punto. Por que nos obligan al 90 % hacer un gasto inutl. No Comprendo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de agosto de 2015 a las 5:28 pm

      Solo una aclaración, sunat emite esta normatividad porque la ley 29623 lo obliga a realizar dicha medida.

  115. Ana Arias dice

    29 de agosto de 2015 a las 12:44 pm

    Estimado Miguel muy interesante y claro tus alcances, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de agosto de 2015 a las 8:42 pm

      Gracias por el comentario.

  116. Bunbury dice

    27 de agosto de 2015 a las 1:42 pm

    Buenas tardes Miguel, dime la factura negociable que emito a quien se la debo entregar????.

    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 4:23 pm

      Si tu emites la factura a un cliente por ejemplo, se entiende que tu cliente debe firmate la recepción de la factura negociable, para que tu lo puedas llevar a un banco y hacer disponible. Esta operación no es obligatoria, en el sentido de que emites tu factura a tu cliente y quizás te dice en 10 días te pago, y no es necesario aplicar el factoring por ende no tiene que firmarte la recepción de la factura negociable.

    • Rolly dice

      1 de septiembre de 2015 a las 9:43 pm

      Buenas noches Miguel, pero si te dice que te paga en 10 días y pasan 45 días o mas y no te paga, no sería mejor que firme siempre así diga que me va a pagar?

    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2015 a las 7:56 pm

      Si puedes hacer eso, al final cada empresa conoce bien a sus clientes.

  117. Noemi dice

    27 de agosto de 2015 a las 11:30 am

    Miguel una consulta: si tengo un autoservicio en que emito ticket factura, también se aplica para este caso las facturas negociables?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 4:24 pm

      No aplica para dicho comprobante de pago.

  118. Miguel Millones dice

    27 de agosto de 2015 a las 10:52 am

    Me gustaría tener el formato o los formatos de las Nuevas Facturas, porque se ha generado una confusión sobre el modelo, si hay impresión por el lado reverso, si es para la Copia Negociable, o para todas (Usuario, Sunat y Emisor), y que se cambiaria en el anverso. Saludos.

    Responder
  119. Noemi dice

    27 de agosto de 2015 a las 10:42 am

    Hola miguel, una consulta: existe algún procedimiento especial para dar de baja a los talonarios impresos?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:51 am

      Es el mismo como dar de baja un comprobante.

  120. Sofia dice

    26 de agosto de 2015 a las 3:24 pm

    Hola una consulta solo son las empresas quienes tienen que dar de baja sus facturas, por ejemplo las personas naturales con negocio que emiten facturas también que dar de baja asus facturas???

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:16 am

      Es correcto la norma aplica a todos en especial del régimen general y régimen especial.

  121. Melissa TM dice

    26 de agosto de 2015 a las 12:38 pm

    Hola Miguel, Como saber si mi proveedor esta emitiendo sus facturas junto con la nueva copia Factura Negociable, ellos tendrían que enviarme junto con las demás ( Adquiriente, Sunat ,Cobranza y su guía remisión ) y devolvérsela solo (cobranza y Factura Negociable ) para yo poder registrarlo en el R. de Compras? así sea una compra mínima ?

    En el caso que mi proveedor emita factura electrónica, también lo enviaran por correo la nueva copia Factura Negociable?, gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2015 a las 10:47 am

      La resolución menciona que sunat va implementar una opción de búsqueda para validar el comprobante de la factura negociable, otro dato importante es la fecha de autorización de la imprenta. Se entiende que si tiene fecha 01/09 o posterior ha sido emitido ya con el nuevo formato. Es más las imprentas tienen la obligación de imprimir con el nuevo formato, de no hacerlo puedes perder su autorización de imprentas.

  122. Kimberly dice

    25 de agosto de 2015 a las 6:34 pm

    Buenas tardes quisiera saber si no llego a imprimir mis facturas con la tercera copia que es la factura negociable en la fecha establecida
    Tendría alguna multa la empresa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de agosto de 2015 a las 6:37 pm

      No tanto multa, lo que pasa es que tus facturas de venta no tendrán validez, y tus clientes no podrán usarlo para sustentar crédito fiscal, gasto y costo.

  123. Etbert Pizarro Conde dice

    25 de agosto de 2015 a las 6:24 pm

    Buenas tardes, para efectos de la factura negociable de las empresas que emiten factura electrónica, tengo entendido que Sunat indica que debo usar una copia de la Factura Electrónica como Factura Negociable. Sin embargo esta copia no tiene el titulo de FACTURA NEGOCIABLE ni los requisitos de aceptación, endoso etc. y por lo tanto no sería un TITULO VALOR, tendría problemas para protestar dicho documento?, es correcta mi apreciación?
    Gracias por la atención y su comentario.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de agosto de 2015 a las 6:28 pm

      Es correcto, es por ello que el inciso a) del artículo 3 de la resolución sunat 211-2015 menciona la implementación en caso de factura electrónica. Para los que emiten desde el portal de sunat, en los meses proximos lo van a implementar.

  124. Javier Pantoja dice

    24 de agosto de 2015 a las 4:14 pm

    Hola Miguel, La norma señala que el plazo para dar de baja los comprobantes de pago que no tienen la nueva copia se darán en 2 tramos hasta el 31 de Octubre y 31 de Diciembre, pero NO INDICA QUE SE PUEDEN UTILIZAR HASTA DICHAS FECHAS, he llamado a SUNAT y me han respondido que solo se pueden usar hasta el 01 de Setiembre ¿que opinas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de agosto de 2015 a las 3:07 am

      Mi opinión esta en el artículo.

  125. Antonio dice

    23 de agosto de 2015 a las 10:35 am

    Una consulta, quien debe firmar la factura negociable?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de septiembre de 2015 a las 10:55 am

      El que recibe el servicio o compra el bien.

  126. Leonardo Chambi Ramos dice

    22 de agosto de 2015 a las 11:47 am

    Las facturas impresas en este año hasta cuando tienen validez.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de septiembre de 2015 a las 10:47 am

      Tienen validez hasta el 31 de diciembre de 2015.

  127. Alfredo dice

    21 de agosto de 2015 a las 10:53 pm

    Tengo una imprenta, a los modelos de factura q se imprimen actualmente en la parte de arriba hay que agregarle la denominación FACTURA NEGOCIABLE, y solo debe ir impreso en la tercera copia o en todas, se supone que el diseño es uno solo; y mi segunda pregunta es respecto a las leyendas seguirán yendo “copia sin derecho al crédito fiscal del igv” en las copias xq hay una nueva q dice “copia transferible-no valida para efectos tributarios”. desde ya gracias x la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 11:08 pm

      Es correcto, te voy adjuntar algunos modelos a tu email.

  128. Wilman dice

    20 de agosto de 2015 a las 11:12 pm

    Buenas noches miguel, una duda?, la norma en mencion es para contribuyentes del Reg. Gral y ESpecial, en ese sentido los contribuyentes acogidos al regimen de amazonia (agricultores) y q no realizan factoring, tambien stan obligados a emitir la 3era copia – factura negociable?. Gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 6:49 am

      Es correcto amigo, es una disposición obligatoria. Mejor dicho a partir del 01/09 cada vez que una empresa vaya a una imprenta a solicitar un talonario de factura, tendrá que emitirse con esa tercera copia.

  129. Miguel dice

    20 de agosto de 2015 a las 6:33 pm

    Buenas noches si hoy 20/08/2015 mando a imprimir mis facturas la imprenta ya debe imprimir desde hoy con la factura negociable o tengo k esperar k entre en vigencia al 1° de setiembre del 2015 para que la imprenta recién pueda imprimir las facturas con el modelo de factura negociable agradeceré tu apoyo gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 7:37 am

      Ya debería poder imprimir con el formato de la tercera copia: factura negociable.

  130. Jorge dice

    20 de agosto de 2015 a las 5:53 pm

    Buenas tardes:
    1. Que ocurre si antes del 14/08 (fecha de la RS) se mandó a imprimir facturas y no incluyeron la copia de fact negociable, dejarían de valer las que queden es stock al 31/12.
    2. Con las impresas en el 2014 y que queden al 31/10 en stock se perderían desde el 01/11 ¿como compensar esa perdida y este gasto? la Sunat (ademas de dar informacion confusa, pues me dijeron que valian hasta el 31/08) debe ser un poco mas flexible con los contribuyentes que estaban cumpliendo con tener los documentos y que de un momento a otro te digan esos documentos dejarán de valer.
    Aqui va a tener que entrar a tallar la Defensoria del pueblo y la Contraloría.
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 7:43 am

      La primera respuesta es correcta, solo serán validas hasta el 31/12. La segunda respuesta también es valida hasta el 31/10.

  131. Carlos dice

    20 de agosto de 2015 a las 5:20 pm

    Miguel, gracias por tus grandes aportes, mi consulta es, si me emiten una factura con fecha 31 de Octubre sin la tercera copia negociable y yo todavía no la cancelo ni pago la detracción para tomar el crédito fiscal en el periodo de Octubre sino recién hago la cancelación en Novimiembre en el 6to día hábil ¿podre registrar este comprobante en el periodo de Noviembre o en tal caso en Octubre para tomar su crédito fiscal? ¿deben emitirse otra factura?

    Muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 7:50 am

      Hay 2 posibles alternativas, si la factura fue impresa este año es valida hasta el 31/12/2015 y no necesita la tercera copia: factura negociable. Si la factura fue impresa en el 2014, solo es valida hasta el 31/10 para efectos de su emisión por ende tb sería valido, independientemente que lo uses el crédito en noviembre o diciembre.

  132. DAYANA dice

    20 de agosto de 2015 a las 12:12 pm

    Buenos días
    Estimado

    Una consulta yo estoy en el régimen especial y tengo un taxi presto servicios a mis clientes y emito facturas. Yo también tengo que añadir la 3 era copia porque todos mis pagos son al contado.

    Responder
    • Gerson Tristan dice

      27 de septiembre de 2015 a las 7:08 pm

      Es solo para las empresas que facturen al crédito, recuerda que es para inyectar liquidez.

    • Marcos Crispín dice

      25 de octubre de 2015 a las 5:32 pm

      Tienes que imprimir tus comprobantes con la factura negocible es para todos asi vendas al contado al crédito.

  133. MARITA dice

    20 de agosto de 2015 a las 11:36 am

    Miguel gracias anticipadamente por tu respuesta, que pasa si estoy en planilla y aparte emito recibos por honorarios físicos casi una vez al año igual debo de dar de baja a estos recibos por honorarios así no los use en forma constante. Y la 2da pregunta y las personas que emiten recibos por honorarios electrónicos también deben de dar de baja al talonario físico y volver a imprimir con la 3era hoja , pues uno puede usar ambos tipos de recibo (electrónico y físico).

    Muchas gracias,

    Responder
    • Marita dice

      31 de agosto de 2015 a las 4:20 pm

      Gracias por todo.

  134. Tony dice

    20 de agosto de 2015 a las 9:42 am

    Una consulta, yo no realizo factoring, es necesario imprimir la factura negociable, para quienes nace la obligatoriedad.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de agosto de 2015 a las 10:07 am

      Todas maneras tienes que imprimir la tercera copia.

  135. Irma dice

    20 de agosto de 2015 a las 9:37 am

    Estimado Miguel, un buen resúmen y análisis sobre esta Resolución.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de agosto de 2015 a las 10:08 am

      Muchas gracias 🙂

  136. Juan Fredy dice

    19 de agosto de 2015 a las 11:50 pm

    Veo que tambien dicen para los recibos x honorarios agregar la otra copia mi pregunta es como se agrega la otra copia si los recibos x honorarios son electronicos gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de agosto de 2015 a las 12:50 am

      La sunat implementara la tercera copia: factura negociable en sus sistema de emisión.

  137. Juan Fredy dice

    19 de agosto de 2015 a las 10:49 pm

    Al dar de baja mis comprobantes tambien dan de baja a la serie o sigue siendo la misma gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2015 a las 11:30 pm

      Solo los comprobantes, la seria no dar de baja.

  138. Dante dice

    19 de agosto de 2015 a las 9:12 pm

    Estimada Miguel, como usuario como saber si mi proveedor tiene la factura negociable si la negociable se va quedar con el emisor o va tener un formato diferente.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2015 a las 11:44 pm

      Porque para que la factura negociable sea valida, tienes que firmar la conformidad, ademas sunat implementara un modulo para la validación de dichos documentos.

  139. Santos dice

    19 de agosto de 2015 a las 4:16 pm

    Una consulta yo tengo el rubro de imprenta y estoy en el régimen general, también tengo q dar de baja mis facturas para poder emitir las nuevas a mis clientes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2015 a las 11:55 pm

      Es correcto amigo.

  140. Maria Hilario Garcia dice

    19 de agosto de 2015 a las 11:12 am

    Muchas gracias Miguel Torres, contribuyes mucho a mantenernos siempre actualizados 🙂 Muchas Gracias 🙂 ¡¡

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de agosto de 2015 a las 12:19 am

      Muchas gracias por el comentario.

  141. Cesar Lopez dice

    19 de agosto de 2015 a las 11:10 am

    Muchas gracias Miguel por la aportación pero tengo una pequeña duda son para todos no interesa si tus ventas son mínimas claro siempre que estés en régimen genera y especial verdad , es tanto para el cliente o proveedor osea a partir del 01 de set. a pero que pasaría si pasado la fecha nos llegan facturas de los proveedores sin aplicar la esta ley , lo podremos registrar igual.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de agosto de 2015 a las 12:27 am

      Dichos comprobantes luego de pasado la fecha de vencimiento no tendrán validez como comprobante de pago.

    • Gustavo dice

      6 de noviembre de 2015 a las 11:25 am

      Hola, colega, creo que la pregunta de César López puede ser mejorada con esto: ¿qué pasaría si nos llegan facturas impresas el 2013 (por decir) en Noviembre pero con fecha 31-10-2015? Valen? para mi sí. Tu comentario. gracias un abrazo

    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2015 a las 11:42 am

      Es valida amigo 🙂

  142. Edgar MolinaTeran dice

    19 de agosto de 2015 a las 10:56 am

    La Factura negociable en su diseño difiere del resto (Emisor, Sunat, usuario)? o es el mismo por que en algunos modelos hay rubros en el que figura la fecha de aceptación y cancelación y el número de cuotas. Y si es así original y copias deben tener dichos rubros?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de agosto de 2015 a las 12:18 am

      El diseño es igual al resto, solo que la aceptación tiene una hoja adicional, cuyo modelo es diferente.

  143. Patty dice

    18 de agosto de 2015 a las 9:44 pm

    Una consulta Miguel, y como seria con la correlación del numero de la factura, seguiría desde el numero ultimo que emití, o desde el numero ultimo de mi talonario?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2015 a las 12:22 am

      Va continuar del ultimo talonario anulado. Si has mandado imprimir 1,000 facturas comerciales, el nuevo comprobante de pago con la tercera copia empezara del 1001.

  144. Nicolas Ocros dice

    18 de agosto de 2015 a las 5:21 pm

    Hola mi estimado tengo este duda, su uso es obligatorio para toda empresa que facture hasta 2,300 Unidades Impositivas Tributarias (UIT) anuales, que equivalen a S/. 8.855 millones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 8:30 pm

      La resolución sunat 211-2015 no ha limitado su uso por el nivel de ingresos, se entiende que es para todos.

  145. Irma dice

    18 de agosto de 2015 a las 5:20 pm

    Muchas gracias Miguel no entendia como eran los cambios pero ahora si ya los entendido tus respuestan son muy claras

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 8:17 pm

      Gracias por el comentario 🙂

  146. Prado sipiran dice

    18 de agosto de 2015 a las 3:25 pm

    Hola: Mi consulta es tengo forma de identificar a mis proveedores q no den de baja su comprobantes de pago porque no sera valido su comprobante de pago después del plazo establecido. Gracias por su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 8:12 pm

      La sunat implementara la búsqueda en su pagina web, la resolución sunat 211-2015 lo menciona.

    • Juan P.C. dice

      20 de agosto de 2015 a las 11:45 am

      Estimados, creo que seria suficiente verificar la fecha de impresion de la factura, que se consigna en todos los documentos impresos

    • Leydi Chavez dice

      2 de septiembre de 2015 a las 11:56 am

      Correcto Juan…

    • Sarvani dice

      14 de diciembre de 2015 a las 12:16 pm

      Lo q pasa es q también hay quienes mandaron a imprimir la factura negociable antes de las fechas señaladas (set)

  147. Lourdes dice

    18 de agosto de 2015 a las 2:20 pm

    Gracias Miguel por el aporte.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 8:05 pm

      Gracias lourdes 🙂

  148. Perez dice

    18 de agosto de 2015 a las 11:47 am

    Hola buenos días, que pasa si al 20 de agosto tengo que imprimir otro talonario. ¿Tendré que imprimir con las dos copias o puedo hacerlo con la factura negociable? Ya que los necesito para facturar mis ventas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 12:35 pm

      Solo 2 copias, se entiende que el nuevo talonario con la tercera copia: factura negociable, todavía entrara en vigencia a partir del 01 de Setiembre.

    • Rita Risco Luyo dice

      20 de agosto de 2015 a las 7:07 pm

      Me parece que en la respuesta a esta consulta existe un error porque en la tercera disposición complementaría indica que si puedes utilizar los documentos impresos antes de la entrada en vigencia siempre que cuenten con la FACTURA NEGOCIABLE, como detallado líneas abajo, o estoy interpretando mal, por favor si es así me corriges:

      Las facturas comerciales o recibos por honorarios impresos y/o importados por imprenta autorizada hasta antes de la entrada en vigencia de la presente resolución, que cuenten con un tercer ejemplar – factura negociable, tendrán validez siempre que cumplan con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia N.° 129-2011/SUNAT, que establece disposiciones para la incorporación de la factura negociable en la factura y el recibo por honorarios electrónicos, y normas modificatorias.

  149. Gaby Caya dice

    18 de agosto de 2015 a las 10:49 am

    Buenos días tengo una pequeña imprenta la pregunta es: la impresión de las facturas lo puedo realizar con copia negociable en el mes de agosto 2015.
    Otra pregunta: hay empresas muy pequeñas que están en régimen especial que sus ventas mensuales no superan 5,000.00 nuevos soles y no trabajan con el banco, es necesario dar de baja sus comprobantes?, al imprimir con una copia negociable igual no lo van a usar es un gasto para ellos.
    Gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 10:51 am

      La impresión todavía se realiza a partir del 01 de Setiembre, ya que la resolución entra en vigencia en esa fecha. La obligación de la factura negociable es para todo contribuyente (no hay un limite en ventas).

  150. Bertha C. Quispe dice

    18 de agosto de 2015 a las 10:27 am

    Miguel,muchas gracias por el alcance de información , son muy claras tus aportes, mi consulta también es sobre facturas electrónicas, habrá que esperar , qué implementación lo añade la sunat.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 10:31 am

      Es correcto, solo hay que esperar la implementación.

    • Leslie Aguilar dice

      17 de noviembre de 2015 a las 9:58 am

      Buenos días, todavía no se puede imprimir las facturas negociables desde el portal ?

    • Miguel Torres dice

      1 de diciembre de 2015 a las 12:12 pm

      Por el momento todavía no.

  151. Milagros Alarcon dice

    18 de agosto de 2015 a las 9:27 am

    Miguel buenos días mil gracias por tus aportes tengo una duda esto no se aplica a las boletas de venta verdad? lo que pasa es que tengo un stock que vence al 31 de octubre del 2015 y quiero saber si estan incluidas en ellas. Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de agosto de 2015 a las 6:05 am

      Las boletas de ventas no están incluidas en estos cambios.

  152. Cesar Villar Celis dice

    18 de agosto de 2015 a las 8:30 am

    Una pregunta Miguel, aclarame si la copia FACTURA NEGOCIABLE, se queda con el cliente o con el proveedor.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 9:50 am

      Si yo presto servicios al grupo romero, el que tiene que conservar la copia de la factura soy yo como proveedor, titulo o valor que podre llevar a una entidad bancaria para una operación de factoring.

    • Andrea Albornoz dice

      9 de noviembre de 2015 a las 11:15 am

      Miguel, hemos presentado hoy una factura a un Cliente, y nos exigió quedarse con la Copia de factura Negociable. Nos mostró que todos los proveedores le estaban dejando la copia.
      ¿cómo es eso si se supone que nosotros, el proveedor, debemos quedarnos con esa copia? gracias!

    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 2:29 pm

      Dile porque todos lo hacen, no lo van hacer ustedes, no hay base legal que lo indique, ademas no tiene sentido entregar la factura negociable, porque no lo estas utilizando.

    • Katheryn dice

      21 de enero de 2016 a las 12:51 pm

      Pero, si el cliente llega a cancelar en su totalidad la factura, le puedo entregar la factura negociable?

    • Miguel Torres dice

      22 de enero de 2016 a las 3:37 pm

      Si deseas lo puedes hacer.

  153. Eduardo Plasencia dice

    18 de agosto de 2015 a las 12:06 am

    Si se va a imprimir el primer talonario de Facturas, estas saldrán con la tercera copia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de agosto de 2015 a las 2:46 am

      Es correcto , pero esto todavía se aplica para las impresiones a partir del 01 de setiembre.

  154. Edwind dice

    17 de agosto de 2015 a las 10:37 pm

    Y para los que emiten Recibos Honorarios y Facturas Electrónicas. como seria

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 11:11 pm

      También se va incorporar, el portal de sunat lo va considerar con una opción para descarga, hay que esperar un poco para ver la implementación.

  155. Juan dice

    17 de agosto de 2015 a las 10:35 pm

    Miguel formato antiguo debe ser octubre 2015 y diciembre 2015, cosniseraste 2014. Salds

    Responder
  156. Zulema dice

    17 de agosto de 2015 a las 9:46 pm

    Miguel gracias por tus aportes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 11:12 pm

      Gracias 🙂

  157. David dice

    17 de agosto de 2015 a las 6:42 pm

    Miguel gracias por tus aportes, sólo me quedaría una duda serían entonces 4 copias en las facturas y rh (emisor, sunat, usuario y el negociable) o como es.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 11:15 pm

      Es correcto amigo.

  158. Manuel Iraido Rimachi Serván dice

    17 de agosto de 2015 a las 6:07 pm

    La (s) Empresas que están obligados a emitir sus Facturas y/o Recibos por Honorarios a través del Programa de Libros Electrónicos – PLE; como se aplica la incorporación de la Factura y/o Recibo por Honorarios?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 6:15 pm

      Las empresas NO emiten sus facturas a través del PLE, el PLE es un programa que sirve para anotar sus libros electrónicos. Se entiende que la factura negociable, no se registrara en el PLE, ya que no tiene implicancia tributaria.

    • Sara dice

      17 de agosto de 2015 a las 7:23 pm

      Entonces si deseo usar mi factura electrónica para un factoring, como hago?

    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 11:13 pm

      Actualmente lo primero es que tu empresa califica por una entidad financiera. Lo segundo ya viene solo, adjuntando sus facturas.

  159. Ciprian dice

    17 de agosto de 2015 a las 5:24 pm

    Tengo una empresa de transportes en régimen general estoy obligado a cambiar mis facturas, es que lo pagos solo hacen efectivo no recure a ningun banco

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 5:45 pm

      Tienes que dar de baja tus comprobantes e implementar la tercera copia: factura negociable.

  160. Ernesto Ames Rocca dice

    17 de agosto de 2015 a las 4:01 pm

    Hola Miguel: Consulta : Se entiende que antes de emitir la primera Factura con el nuevo formato se ha debido de dar de baja a los antiguos formatos eso esta claro , Pregunta ¿ Yo ya puedo emitir factura con el nuevo formato a partir de la quincena de Setiembre 2015 si recién estoy obligado el 01.11.2015.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 5:50 pm

      Si lo puedes hacer, ya que el 01/11/2015 es la fecha maxima. La resolución 211-2015 entra en vigencia desde el 01 de setiembre de 2015, se entiende que desde esa fecha ya se puede emitir la factura comercial con la tercera copia.

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