A partir de hoy 15 de Febrero de 2016 esta disponible el Formulario Virtual 701 para la declaración de la renta anual 2015 de persona natural.
Miguel ¿Quiénes deben declarar la renta anual 2015?
Para decirlo en palabras sencillas:
Si eres una persona natural que ha percibido ingresos superiores a S/ 25,000 soles en el ejercicio 2015, estas obligado a realizar la declaración renta anual.
Los ingresos que debes tener en cuenta son los generados por rentas de primera, segunda y rentas de trabajo (cuarta y quinta categoría) —> Resolución Superintendencia 358-2015
[clickToTweet tweet=”La renta anual 2015 de persona natural se debe utilizar el formulario virtual 701.” quote=”La renta anual 2015 de persona natural se debe utilizar el formulario virtual 701.”]
Miguel, no estoy seguro cuanto he percibido en ingresos ¿Qué puedo hacer?
No es bueno quedarse con la inquietud, por ejemplo: si te gusta una chica , no te quedes con la duda, díselo, al final se gana o se pierde.
Para matar la inquietud sobre tu “posible” renta anual, necesitas tener cierta información:
- Clave Sol
- Boletas de Haberes
- Recibo por Honorarios Electrónicos
- Pagos de impuestos
- Contratos de Alquileres
- Certificados de Retenciones
Formulario Virtual 701
Primer Paso. Ingresemos a la pagina de la Sunat – www.sunat.gob.pe
Luego nos dirigimos a la opción de Sunat Operaciones en Linea, y en la ventana emergente clic en la opción de: Formulario Virtual 701 – Persona Natural.
Segundo Paso. En el formulario de la mano derecha, seleccionaremos el formulario 701 Renta Anual PN 2015.
Tercer Paso. Ingresaremos al formulario virtual 701, dicho formulario esta compuesto por dos secciones:
- Sección Informativa
- Sección Determinativa
Cuarto Paso. Primero empezaremos llenando las sección informativa, por ejemplo:
Tipo de declaración
Seleccionaras si eres persona natural o sociedad conyugal.
Condominios
Rentas obtenidas por concepto de primera categoría (condominios).
Alquiles Pagados
En esta sección detallaras si has realizado contratos de alquileres (tú como inquilino).
Otros Ingresos
En esta sección detallaras si has percibidos ingresos exoneras y/ inafectos.
Quinto Paso. Luego pasaremos a la sección declarativa, en esta sección se detallara los ingresos por rentas de primera, segunda y/o rentas de trabajo.
Sexto Paso. Prácticamente el llenado es automático, de acuerdo a la información que Sunat ha podido recaudar de nuestros movimientos financieros y tributarios.
Séptimo Paso. Revisaremos la sección de rentas de primera categoría, es importante hacer el cruce de información con los contratos de arrendamientos y/o subarrendamientos, así como los pagos a cuentas.
Octavo Paso. Revisaremos la sección de rentas de segunda categoría.
Noveno Paso. Revisaremos la sección de rentas de trabajo y/o fuente extranjero. En esta sección es importante revisar los ingresos obtenidos por rentas de 4ta categoría y 5ta categoría.
Décimo Paso. Revisaremos los ingresos recibidos por concepto de 4ta categoría, así como también las retenciones por 4ta categoría.
Décimo Primer Paso. Revisaremos los ingresos recibidos por concepto de 5ta categoría, así como también las retenciones recibidas.
Décimo Segundo Paso. Luego nos dirigiremos a la sección determinación de la deuda.
En esta sección ingresaremos los saldos a favor de ejercicios anteriores.
Décimo Tercer Paso. Finalmente colocaremos el monto a pagar por la renta anual 2015.
Décimo Cuarto Paso. En esta sección agregaremos a la bandeja nuestra declaración anual 2015 para su presentación.
Décimo Cuarto Paso. En esta sección presentaremos la declaración.
Décimo Quinto Paso. Elegiremos la opción de pago, en este caso la opción del NPS.
Décimo Sexto Paso. Descargamos nuestras constancia de presentación.
Finalmente, para no tener problemas con el llenado del formulario guía pagos varios, realizamos el pago mediante el NPS.
Cronograma
El vencimiento de la declaración jurada renta anual 2015, empieza el 23 de Marzo de 2016.
Recomendación
Esta declaración de renta anual 2015, es la base que tomara Sunat para una posible “esquela inductiva” dirigida hacia tú persona, por los siguientes asuntos:
- Desbalance Patrimonial y/o
- Lavado de Activos
De todas las casillas del formulario virtual 701, existe una que no puedes dejar de revisar, (muy similar, cuando una chica te gusta, siempre existe una parte que observas primero), en este formulario virtual 701, es una obligación revisar la casilla 522 – ITF
Miguel ¿Por qué es importante esta casilla?
Este valor es un dato muy importante que refleja tú movimiento financiero en el ejercicio 2015, para decirlo de una manera simple (cuanto dinero has movido en los sistemas financieros).
En el ejemplo la casilla 522 es = S/ 10.00
Miguel ¿Qué significa ese monto, tan pequeñito?
Bueno ese monto significa que la persona natural aproximadamente ha tenido un movimiento financiero de S/ 200,000 soles en ejercicio 2015.
Solo tienes que aplicar una regla de tres simples: 10 es igual 0.005% ¿Cuánto será el 100%?
Ten en cuenta esta pequeña ilustración, no es exacta (valga la aclaración), pero te muestra una idea por donde podría surgir las contingencias.
No es bien visto, tener un auto, un departamento y tener como sustento un ingreso en planilla de S/ 750 soles.
Roger dice
Miguel que tal?
Si he presentado mi declaración anual 2016 – cuarta categoría fuera del plazo cuanto es la multa? Tengo un saldo a favor ya realicé la solicitud pero quiero saber cuanto debo pagar por fuera de tiempo.
Miguel Torres dice
En teoría es 50% de la UIT con una gradualidad del 90%. La sunat esta en su facultad discrecional no esta multando por la declaración fuera de plazo.
Anibal dice
Miguel buenas, una pregunta recién me doy cuenta que nunca hice las declaraciones al menos de los años 2013, 2014 y 2015 la del 2016 ya la acabo de hacer, dime que tengo que hacer puesto que en el 2013 tengo una deuda de S/.410.00 y el 2015 tengo un saldo a favor, que debo de hacer y si me puedo acomodar con el FRAES.
Miguel Torres dice
Las multa no te puedes acoger, porque al 30/09 no existían.
Victor Jauergui dice
Buenos días estimado amigo quisiera saber como es con las deudas que se tienen en la sunat por fraccionamiento régimen de 5ta categorias menor a un UIT. he escuchado que el estado esta anulando estas deudas dime como es eso.
Miguel Torres dice
Si la deuda es menor a UIT al 30/09/2016.
Alan dice
Hola Miguel!
Si he percibido rentas de 2da categoria, aproximandamente por S/120,000 año (la cual yo mismo pague mi 5% de impuestos porque la renta es con un no domiciliado) y tambien estoy en planilla de una empresa los cuales mis ingresos han sido por S/60,000 al año. Estuve obligado a declarar??
Miguel Torres dice
Si estas obligado a declarar el Formulario 703.
Denisse Pingo dice
Hola Miguel, buenos días, mi consulta es respecto a la copia de la declaración jurada de una personal natural, sólo se obtiene la “Constancia de Presentación”? o se puede obtener otro documento?. Gracias.
Maca dice
Hola, buenas tardes.. Una pregunta se tiene una resolución de cobranza coactiva, como puedo realizar el pago.. Es el mismo que cuando declaras a tiempo, y sin interese. o Es que se tiene que hacer algo mas.
Gracias
Miguel Torres dice
Es el pago original del tributo más intereses.
Patricia Peñalva Arellano dice
Muy buen artículo, gracias Miguel.
Una consulta un contribuyente puede declarar sin estar obligado y aún asi pagar multa?.
Miguel Torres dice
Si no esta obligado a declarar no tendría porque pagar multa.
Matt dice
Muy chevere tu articulo brother!
Si solo trabajo para una empresa de EE.UU. y le mando recibos por honorarios, esto es RFE? o Renta Peruana?
El determinar esto me deja saber si le descuento el 20% o no?
Saludos!
Leslie dice
yo tambien tengo la misma duda, como se considera?
janet dice
hola, que pasa si declare en la fecha pero olvide pagar con el código nsp y genero un nuevo nsp luego de vencido el plazo de declaración?, hay multa?
Cecilia dice
Miguel una consulta una persona jubilida recibe como pension 1,000.00 soles, asu vez trabaja en un colegio y gana 800.00 soles y tiene como ingreso de arrendamiento 400.00 soles en total como ingresos del año tiene 26,400.00 soles, la consulta es debo considerar el ingreso que recibe como pensión para hacer los cálculos.
Muchas gracias por la respuesta
angela dice
si en mi contrato cas me contratan por 4000 y estando suspendido en 4ta categoria, me pagan 3500, porque me descuentan afp, cual sumo para mi dj el monto de 4000 o lo que cobre que fue 3500, cual de los montos vale, gracias por la respuesta
john dice
Una pregunta, en el caso que he obtenido ingresos por 4ta y 5ta , solo saque 26,000 en 4ta y 5ta categoria y mi deuda es cero (0) que debo hacer? y si habría multa o no ya que el mio venció en 1 abril?
Karen dice
Hola Miguel. Una pregunta, en el caso que he obtenido ingresos por 4ta y 5ta categ. que son aproximado 29mil soles, estoy obligada a declarar obviamente, pero mi declaración venció el 23 de marzo. Cuánto sería mi multa?.. Vale recalcar que impuesto por pagar tengo 0.
john dice
yo también tengo esa misma pregunta, solo saque 26,000 y mi deuda es cero (0) , hay multa ?
Luis Pablo Medina dice
En la casilla 107 del formulario 701, el monto contiene error por duplicidad en el registro de un recibo de honorarios,en el reporte se detalla la duplicidad, podria indicarme como se hace para modificar y corregir el error.
Miguel Torres dice
En ese caso eliminarlo o llevarlo a monto cero.
jhonny herrera dice
Hola Miguel una consulta estoy declarando desde abril 2015 a una persona natural que esta en regimen general mi pregunta es se tiene que declarar su renta anual 2015
Miguel Torres dice
Es correcto, solo por el echo de estar en el regimen general.
Mariella dice
Por favor .Es obligatorio pagar la misma fecha de la declaración del impuesto ala renta?
Miguel Torres dice
No, puedes fraccionar la deuda.
Wilber dice
si se declaro fuera de fecha al dia siguiente del vecimiento, hay que pagar alguna multa y si lo hubiese me puedo acoger a una gradualidad
Miguel Torres dice
Es correcto, paga una multa 50% UIT, puede acogerse a la gradualidad.
Jorge dice
Buen dia. el total de la casilla 107 no coincide con el detalle del asistente. Formulario 701 PN2015. Por que sale esa indicación si todo coincide. Gracias.
Miguel Torres dice
Debe haber un problema en el detalle de los recibos por honorarios emitidos en el ejercicio.
Paola dice
Tengo un contribuyente que percibe un sueldo de 3,000 al mes y se le hace su retencion de quinta y a la vez ah obtenido renta de primera por 16,000. Se deberían sumar las dos rentas para ver si se esta obligado a declarar la renta anual ?? estaría obligado a declarar renta anual de persona natural?
Miguel Torres dice
En ese caso no esta obligado, la obligación se mide por cada renta por separado.
Omar dice
Buenos dias. El ejercicio 2014 el impuesto a al renta de 5ta. categoria me salio 3 mil soles los cuales lo fraccione en 10 cuotas voy por la 5ta cuota. ahora este año me salio par pagar 4 mil soles. tambien lo puedo fraccionar?? o refinanciar y como lo hago?. saludos
Miguel Torres dice
Si es correcto, solo una aclaración tu fraccionas la renta de trabajo (4ta + 5ta). El fraccionamiento lo realizas mediante tu clave sol, realizando la pre-calificación y descargado el archivo personalizado de las deudas. Luego lo presentas mediante el PDT, te recomiendo ir a un centro de sunat y pedir la ayuda.
Susy dice
Quisiera saber como se determina después de haber tenido un resultado de S/211,211.00 de Total Renta Imponible de Trabajo y Fuente Extranjera y luego verifico que en el casillero 120 sale unos S/ 38,354.00 de impuesto a la renta,me puede orientar como llega a este resultado. Porfavor, Gracias.
Miguel Torres dice
Se obtiene calculando las rentas de 4ta y 5ta categoría, en primera instancia a tus rentas de 4ta categoría (descuento 20%),luego lo sumanos tus rentas de 5ta categoría, a dicho monto le descontamos 7 UIT, al resultado le aplicamos la tasa de impuesto.
Geraldine dice
Hola, intente hacer la declaración pero se colgo mi maquina, volvi a entrar con mi clave sol y ya no me aparece el formulario a que se debe?
Miguel Torres dice
Problemas con la pagina de la sunat, trata de intentarlo nuevamente.
Yanina dice
Hola Miguel buenas tardes, tengo una duda, uno de mis recibos por honorarios emitidos no me figura la retención en el formulario 701, pero en el libro de ingresos y gastos electrónicos allí si se aprecia, bueno si lo considero esa retención no tengo para pagar al contrario, me sale a favor, crees que lo pueda presentar así, espero su respuesta, Gracias .
Miguel Torres dice
Si no figura el recibo por honorario, tienes que agregarlo en el formulario 701.
Luz dice
Estimado Miguel, si un profesional dentista no ha emitido recibos pues su pacientes son personas sin ruc, pero si anoto en un cuadernos de ingresos, puede declarar como consolidado el importe total ? de todas maneras no paso los 30 mil en el 2015 pero desea hacer su declaracion. gracias
Iris dice
Estimado Migue, los recibos por honorarios emitidos en diciembre pero cobrados en enero 2016, debe figurar como ingreso del 2015.
Gracias por la respuesta.
Carlos dice
Estimado Miguel, gracias por el post, muy ilustrativo.
Aprovecho para hacer una consulta: Tengo un familiar que ha laborado como dependiente (5ta categoria) hasta el mes de junio, su empresa le hizo la retención de acuerdo a ley Luego de eso no ha laborado hasta diciembre del 2015 donde conformó una empresa, recién empezó a generar ingresos en enero.
Debe presentar declaración anual?
Miguel Torres dice
Si solo percibió renta de 5ta no esta obligado.
Juan José Valerio Bastidas dice
Que pasa si laboré en varias entidades en el transcurso del año y no me retuvieron correctamente el impuesto y al revisar su formulario 701 tengo una diferencia por pagar de impuesto a la renta de quinta de 2,800 soles digamos. Igual tiene que regularizar la multa y el impuesto? O no está obligado?
Miguel Torres dice
Tienes que regularizar el impuesto de 5ta, recuerda que cada vez que llegas a una empresa nueva, tienes que adjuntar tu certificado de 5ta para que tomen en cuenta tus ingresos percibidos.
Luis Quispe dice
Estoy realizando mi declaracion de renta de 2da categoria y solo veo datos por 7 meses, es decir que no aparecen ls retenciones de junio, setiembre, octubre noviembre, asi como julio y diciembre no es correcto.
Cual es el procedimiento a seguir para que cuadre como mi constancia de retencion?.
Miguel Torres dice
Primero comunicarte con la empresa que realizo la retención y verificar el pago del tributo.
Joel dice
buenas tardes Miguel tengo el siguiente caso: una persona que esta obligado a presentar declaración anual de persona natural, que percibe ingresos de cuarta categoría , en el caso de que en algunos meses no registro el pago puede presentar su declaración anual?
Miguel Torres dice
Es correcto, en tu declaración jurada anual te va salir tus recibos por honorarios emitidos, verifica que esten todos y el monto.
Jessica dice
Si solo tengo impuesto por pagar en 1era categoría, y en la renta de 5ta se refleja en la casilla 522 del formulario 701 un importe por ITF, debo declarar este importe asi ya no halla tenido ingresos de 5ta o debo eliminarlo y solo declarar 1era?. Gracias de antemano por su respuesta. Saludos
Miguel Torres dice
EL importe de ITF no tiene nada que ver con el impuesto a 5ta , dejalo tal como esta porque es como un saldo para tí.
Mariella Ferruzo M. dice
Gracias por el tiempo que nos dedicas. Los comemtarios y/o informacion que publicas nos es muy util.
Cambiando de tema, espero una charla presencial de Libros Electronicos para poder seguir con la virtual.
Saludos estimado Miguel.
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario, no esta planificado uno por el momento.
Magaly Pezo Zegarra dice
Miguel gracias por la informacion que brindas una consulta cual es la base legal para la retencion del 8% en los recibos por honorarios por mas de S/1 500.00. a partir de cuando surte efecto la suspension de retencion de renta de cuarta categoria
Miguel Torres dice
Te mando un link a tu email.
Oscar Valencia dice
Gracias Miguel por tus buenos comentarios y ejemplos prácticos.
He aprendido mucho con solo leer tus artículos.
Un fuerte abrazo y millones de bendiciones
Miguel Torres dice
Muchas gracias por el comentario.
Daniel dice
Buen dia Miguel:
A la fecha he registrado y verificado mis calculos como indicaste pero no he podido pasarlo a la bandeja, hice lo que le indicaste a Jorge Alegre pero no lo he podido terminar.
Miguel Torres dice
Debe ser un problema de la web de la sunat o en todo caso acercate a un centro de sunat a pedir ayuda.
Jerry dice
Hola Miguel, Emiti un RHE con retención de 4ta me cancelaron en su momento pero no registre un pago, hay alguna multa por no registrar los pagos ? ahora en declaración anual no figura la retención que me hicieron (la empresa que le emití si lo a declarado correctamente) no figurara por que no registrado el pago ahora si lo registro con la fecha que me pagaron habrá algún problema?
Miguel Torres dice
Si no figura la retención es porque la empresa no ha pagado el tributo, puedes ir a sunat a revisarlo.
Alfonso Alva dice
Hola buenas tardes. felicitarlo por este espacio y a la ves preguntar. como se cuanto he pagado de itf para colocarlo en la casilla 522 de la declaración anual, si no he guardado ningún vaucher. gracias y saludos desde arequipa
Miguel Torres dice
Ese calculo es automático, debe aparecer el ITF retenido por las entidades financieras en el ejercicio.
Daniel dice
Ingresos del 2015 por 4ta fue de S/. 78,000.00; restando el 20% y 7UITs da S/. 35,450.00; los % por los topes del impuesto seria por 5UIT (8%) – S/. 1,540.00 y por el restante (14%)- S/. 2,268.00, por lo que el resultado seria s por S/. 3,808.00.
Retenciones del 8% de S/. 78,000.00 es S/. 6,240.00
La diferencia a favor seria S/. 2,432.00.
Por favor corregir si me equivoco.
Gracias
Miguel Torres dice
No te hagas problemas, ingresas con tu clave sol a tu declaración anual, y el calculo es automático, solo verifica que todos los recibos por honorarios figuren.
Gilma A Huaman Trejo dice
Importante el aporte que Ud. dirige .
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Paola dice
Buena explicacion…. gracias 🙂
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Elizabeth dice
Buenos dias,
Tengo el mismo problema, alguien sabe que estoy haciendo mal?
Genere mi declaracion de persona natural,en la que detallo mis ingresos de 4ta y 5ta pero me exige que llene informacion en las casilla 350 o 355 o 358 de renta de 2da, aqui a la vez no me permite colocar 0, no puedo enviar a la bandeja a presentar, mucho menos pagar.
Espero tus comentarios
Jorge Guillermo Alegre Garayar dice
Lo que sucede es que en la Seccion Determinativa debe de ir a Determinacion de la Deuda y luego en las dos columnas de Renta de segunda y rentas de trabajo no poner cero dejarlo en blanco. Y asi podra pagar su impuesto o informar
Saludos
Jhoncitoo dice
hola Miguel felicidades por el aporte,
quiero que me saques de una duda, tengo ingresos de 4ta y 5ta catg; ahora los montos de 5ta a ingresar en el form 701 son las rem. netas o rem. brutas? mil gracias por tu apoyo.
saludos,
Miguel Torres dice
Se realiza el calculo sobre la remuneración bruta.
Mijael dice
Hola Miguel;
Primero felicitarte tu página, es de gran utilidad.
Consulta:
Con una renta imponible de S/ 220,000.00 (casilla 517 de formulario) ¿cómo aplico los porcentajes de impuesto a la renta según la escala? mi cálculo con coincide con Sunat.
Agradezco tu apoyo.
Saludos desde Piura
Miguel Torres dice
El formulario virtual 701 calcula automáticamente el impuesto, no tienes que hacer nada.
Andres Lazo dice
Una consulta que pasó si el empleador devolvió al empleado el mes de diciembre el impuesto a la renta de 5ta categoría retenido en exceso pero no lo declaró en la casilla 605 puede declararlo ahora para el periodo de enero?
Eliana Alarcon dice
Mil gracias por la explicación tan detallada Dios te Bendiga…
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Carlos Olivera Bravo dice
Miguel excelente el tema de hoy, y no tengo mas que agradecerte por tan valioso aporte solo tengo una duda, si percibo sólo rentas de trabajo (quinta categoría) mi empleador hizo todas las retenciones en el 2015 paso los 25 mil ¿yo debo declarar como persona natural renta 2016? o basta con la declaración del empleador, Gracias anticipadamente por tu respuesta.
Miguel Torres dice
No estas obligada a declarar la renta anual (los que solo perciben rentas de 5ta categoría).
Rosa Camargo dice
Buenos dias sr. Miguel cuanto seria mi multa por no declarar renta de cuarta y quinta categoria formulario 701 renta anual PN 2015 y si hay fraccionamiento para el pago de la renta 2015
Miguel Torres dice
La multa 50% UIT.
Magaly Nole dice
Muchísimas Gracias!!!!!
Miguel Torres dice
Gracias 🙂
Carmen Rosa dice
Gracias, Sr. MIguel.
Es usted muy claro en sus explicaciones.
Una vez mas gracias.
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂
Mily dice
Buenas noches, por favor tengo una gran duda. Intente ver la declaración 701 para mis rentas de cuarta, pero he visto que esta jalando el pago de los recibos pero lo esta sumando al total. Nose pero quisiera me conforme si debo eliminar esos montos duplicados, o como debo hacer?? Por favor me ayudaría, estaría muy agradecida. Gracias
Miguel Torres dice
Si hay documentos duplicados puedes eliminar o editar los momentos.
Mariluz Sanchez Salazar dice
Hola Miguel,tus artículos son A1, ya que son muy didacticos super faciles de entender, Felicidades y agradecimiento de nosotros los usuarios 🙂
Miguel Torres dice
Muchas gracias, que tengas una super semana.
Alexander dice
Miguel, el año pasado me hicieron 02 retenciones en dos mese diferentes. Peor no figuran en el archivo preliminar, que hacer?
Miguel Torres dice
En todo caso lo puedes llenar manualmente, lo más probable es que la empresa no pago dicha retención.
Paola dice
Igual me paso a mi, no me figura una retencion que si realizo segun mi boleta de pago. de todas forma e realizado el cambio manual, ya que fue por la misma entidad y el mismo mes en dias consecutivos, 30/12 y 31/12. Dime habra algun inconveniente?
Miguel Torres dice
No, mientras tengas el sustento en tu boleta de haberes.
Heydi dice
Hola miguel, una consulta no declare mi renta anual como persona natural de cuarta categoría desde el 2014 y 2015, y verificando me pase de los 25,000 que hago?, tengo alguna multa por ello?, y si declaro tengo derecho a pagar el impuesto?, si se sabe que te tienes que pasar de los 34560 al año recién para pagar tu renta?, por favor una ayuda
Belissa dice
Buenas Miguelito
Desde tu portal, genere mi declaracion de persona natural,en la que detallo mis ingresos de 4ta y 5ta pero me exige que llene informacion en las casilla 350 o 355 o 358 de renta de 2da, aqui a lavez no me permite colocar 0, no puedo enviar a la bandeja a presentar, mucho menos pagar.
Espero tus comentarios
Belissa
Miguel Torres dice
No debería pedirte dicha información, en todo caso puedes colocar el monto cero, si no hay solución comunicate con la sunat.
Juan dice
Hola Miguel
yo declare hoy pago cero mi declaracion de renta de 4ta categoria y quiero pagar con mi guia de pagos varios, consigne el codigo 3041 con el periodo 13/2015, y el banco me rechazo, puedes indicarme porq?
Miguel Torres dice
El código es 3073.
Erasmo Juan Chuquihuara Toribio dice
Miguel
Buenas tardes
Te felicito por tu explicacion muy didactiva para entender la importancia de la DJ Renta Anual 2015 de personas Naturales
Miguel Torres dice
Muchas gracias 🙂