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Inicio » Laboral » Tendré un hijo, ¿Que beneficios obtendré?

Tendré un hijo, ¿Que beneficios obtendré?

Publicado por Miguel Torres el 26 de abril de 2020 198 comentarios

Miguel en una semana mi esposa dará a luz mi primer hijo, ¿Qué beneficio laborales obtendré al ser padre?,

Revisemos los beneficios laborales para los trabajadores que tendrán un hijo.

Licencia de Paternidad

La licencia de Paternidad es una ley nueva, que quizás muy pocos conocen, esta ley se dicto el 20/09/2009 mediante Ley Nº 29049.

Esta ley concede al padre o futuro padre un permiso especial, en el cual se ausentara en su centro de labores por unos días para poder pasar ese tiempo con su familia.

Adicionalmente, esta ley implica a los trabajadores del sector público y privado.

¿Cómo funciona la Licencia de Paternidad?

La licencia por paternidad se le otorgara al trabajador que está a punto de ser padre (unos días antes o después del nacimiento).

El tiempo que se otorgara será de 10 días hábiles consecutivos.

Por otra parte, el trabajador deberá informar al empleador con un plazo de 15 días con anterioridad para el permiso. También aplica para los trabajadores bajo la modalidad CAS.

Asignación Familiar

Otro beneficio laboral es el de la asignación familiar, para esto deberán llevar la partida de nacimiento o DNI de su menor hijo a su empresa (Recursos Humanos), para que puedan obtener dicha asignación. 

Dicha asignación es igual al 10% RMV (Remuneración Mínima Vital). Para el ejercico 2021 es S/ 93 soles.

El pago de la asignación familiar es independiente del numero de hijo, por lo tanto, solo recibirá ese monto así tenga 1 hijo o 4 hijos.

DerechoHabiente

No olvidar este detalle, es muy importante registrar a nuestro hijo como derechohabiente ante el essalud, con la finalidad que este acreditado y pueda atenderse ante el essalud.

Subsidio de Lactancia

Es el monto en dinero que se otorga con el objeto de contribuir al cuidado del recién nacido, hijo de asegurado regular o de régimen especial o agrario, por un monto de S/ 820.00, por cada lactante.

¿Cuáles son las condiciones para recibir el subsidio?

  • Contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se produjo el parto.
  • El asegurado agrario debe contar con tres meses consecutivos de aportaciones o cuatro no consecutivos en los últimos doce meses, anteriores al mes en que se produjo el parto.
  • El lactante debe estar inscrito como derechohabiente del asegurado.
  • Si la madre del lactante no es asegurada titular, deberá estar inscrita en EsSalud.
  • Si el lactante ha fallecido, antes de ser inscrito, corresponde efectuar la inscripción póstuma.

Asignación por Escolaridad

Este beneficio se aplica para el sector construcción, donde el peon, oficial o operario tienen derecho a percibir un monto de 30 jornales al año por hijo, cuando este empieza la etapa escolar (3 años – Inicial).

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198 comentarios

  1. Emer dice

    24 de diciembre de 2020 a las 1:35 pm

    Sr Miguel, yo y mi esposa estamos asegurados en diferentes empresas, puede cobrar el doble mi esposa por lactancia (osea el mio tambien)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de diciembre de 2020 a las 11:16 pm

      No, solo lo cobra la mama.

  2. Lorena López dice

    11 de enero de 2020 a las 4:13 pm

    Buenas tardes mi consulta es me atiendo con el seguro de mi ex esposo digo así pero no estoy separada mediante papeles ,pero el papá de mi bebe es de otro compromiso el tiene seguro de Essalud y pues yo también ya q me beneficio por medio de mi ex pareja quisiera saber si mediante a mi nuevo compromiso puedo recibir el beneficio de lactancia muchas gracias de antemano.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2020 a las 8:57 pm

      No seria necesario, porque al estar asegurada como derechohabiente, ya te corresponde el beneficio de lactancia (por el ex), no podrás cobrarlo por tu nueva pareja, porque no tienes ningun vinculo legal con el.

  3. Nixon dice

    4 de septiembre de 2019 a las 8:44 pm

    Requisitos para cobrar la lactancia de los 820 soles.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de septiembre de 2019 a las 11:07 am

      Solo necesitas 3 aportes consecutivos o 4 aportes no consecutivos dentro de los 6 meses anteriores al parto.

  4. Flor Laime Muñoz dice

    3 de septiembre de 2019 a las 11:35 am

    El trámite para el cobro de derecho de lactancia lo hago antes o después del parto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de septiembre de 2019 a las 6:46 pm

      Después del parto.

  5. Rodnay dice

    13 de agosto de 2019 a las 3:21 pm

    Hola, en el de julio entre en planilla en la empresa donde laboro la consulta es mi esposa esta gestando, a los cuantos meses puede ella llevar su control como asegurada ya tiene 5 meses de gestación estuvo controlando en el seguro por 3 meses antes que se acabe el seguro.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2019 a las 1:21 am

      Si en el momento de la concepción estuvo asegurada por ti, es posible. Necesitas tres aportes para que el seguro este vigente.

  6. Hann dice

    15 de enero de 2019 a las 7:26 am

    Soy trabajador venezolano y ya estoy con contrato, mi duda es que tengo un hijo que vive conmigo tambien venezolano. La empresa deberia pagarme la asignacion familiar o que debo presentar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de enero de 2019 a las 7:25 pm

      Si es correcto, debes acreditar con su partida de nacimiento (como es un documento del exterior, tiene que estar apostillado por la embajada del Perú).

  7. Saira dice

    10 de julio de 2018 a las 5:14 pm

    Tengo 23 semanas de embarazo y mi esposo esta asegurado en essalud hace 2 años, nosotros nos casamos hace 1 mes y la partida de la reniec sale en un mes mas cuando tenga aproximadamente 28 semanas. Todavia podré atenderme en essalud o existe un límite de tiempo para gestantes ?

    Responder
  8. Tania dice

    7 de julio de 2018 a las 7:47 am

    Hola tengo una duda mi esposo trabaja en construcción para empresas pero no es fijo por eso yo tengo sis. Aúnque yo no este asegura el puede pedir su licencia de payernidad.

    Responder
  9. Juan dice

    7 de junio de 2018 a las 2:38 am

    Hola amigo disculpame quisiera saber . Mi comviviente dio a Luz pero no tiene essalud pero yo si aun puedo tramitar el condo de lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2018 a las 8:17 am

      No, porque necesitas primero asegurarla como derechohabiente.

  10. César Renteria dice

    6 de junio de 2018 a las 8:51 am

    El mes pasado deje de trabajar por motivos personales pero tengo aportes continuos hasta el mes pasado pudra cobrar el bono de maternidad??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2018 a las 10:27 am

      El bono de maternidad se lo otorgan a la trabajadora titular del seguro.

  11. Hayro dice

    30 de mayo de 2018 a las 9:10 pm

    Tengo tres hijos mi ex pareja los tiene asegurado yo los puedo volver asegurar de nuevo o puedo asegurar a mi madre

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2018 a las 7:04 pm

      Si los puedes asegurar a tus hijos, pero si ya están como derechohabientes ya no tiene sentido.

  12. David dice

    16 de abril de 2018 a las 3:52 pm

    Hola que tal tengo como 10 años trabajando y tengo essalud. pero tengo mi pareja no somos casados y ella tiene (sis). podremos recibir el monto de lactancia?. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2018 a las 9:21 pm

      No puedes, en SIS no existe ese derecho.

  13. Alexander dice

    28 de marzo de 2018 a las 5:22 pm

    Mi esposa dejó de trabajar en diciembre del año pasado y dio a luz en febrero, ella puede cobrar la lactancia o yo tmb lo puedo hacer por medio de mi trabajo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de marzo de 2018 a las 9:36 am

      En tu caso seria por medio tuyo, tienes que registrarla como derechohabiente.

  14. Mayra dice

    26 de marzo de 2018 a las 5:20 pm

    Hola estoy asegurada desde el año 2015 pero no me atiendo casi en essalud ahora estoy gestando de 5 meses y por el riesgo me atiendo en el INMP que beneficios me corresponde si soy titular en essalud

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2018 a las 12:17 am

      El subsidio de maternidad.

  15. Monica dice

    28 de febrero de 2018 a las 8:38 pm

    Que tal mi consulta es mi pareja tiene es salud tiene aportaciones ya 6 meses consecutivas siembargo yo. No estoy cazada por eso no m ha podido asegurar mi pregunta es podrá recicibir subsidio por lactancia ya q Mi bebe nació hace una semana

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2018 a las 4:28 pm

      Tienes que asegurarte como derechohabiente para cobrar el subsidio.

  16. Geyru dice

    7 de febrero de 2018 a las 1:21 pm

    Buenas soy venezolana ! Estoy embarazada mi esposo trabaja y paga el seguro ya tiene 2 meses pero me faltan dos meses para el parto y tengo (sis) como debe registrarme en el seguro para obtener los beneficios nosotros somos casados legalmente en nuestro pais de origen es valido aqui

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 5:27 pm

      Lo mas seguro es que te atiendas con el SIS, porque no te va cubrir el parto. Sobre los beneficios le correspondería solo lactancia (si cumple los 3 aportes antes del parto).

  17. erica dice

    19 de enero de 2018 a las 10:59 am

    hola miguel, por favor puedas responderme
    mi esposo lleva aportando por mas de 15 años a essalud y recién me case y me aseguro en noviembre del 2017. en ese entonces estaba embarazada de 4 meses daré a luz en abril, mi pregunta es si nos corresponde el subsidio por maternidad?

    Responder
  18. Luisa dice

    16 de enero de 2018 a las 1:06 am

    Hola estoi trabajando en una empresa i voi a tener mi hijo me corresponde el sudcidio

    Responder
  19. Jose dice

    6 de enero de 2018 a las 8:47 pm

    Amigo yo soy extranjero y mi esposa también y esta embarazada q beneficio podría tener q ella de a luz aca

    Responder
  20. Jorge Capillo dice

    12 de diciembre de 2017 a las 7:58 am

    Hola, hace 3 años no trabajo en planilla, recien llevo 1 mes que trabajo en planilla, mi esposa dara a luz al siguiente mes, me corresponde lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 2:25 am

      No corresponde.

  21. Marco dice

    19 de noviembre de 2017 a las 9:44 pm

    Hola, tengo mi hija q esta embarazada es menor de edad esta asegurada, tiene derecho a lactancia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de noviembre de 2017 a las 11:34 pm

      Si tiene derecho.

  22. Vanessa dice

    6 de noviembre de 2017 a las 10:03 am

    Hola tengo unas consultas:
    1- mi esposo Tiene ya más de un año trabajando y tiene EPS y a la vez EsSalud, soy su esposa y no me encuentro trabajando hace más de 2 años, él me inscribió al EPS por eso me atiendo en clinica
    Mi pregunta es: le dan el.monto de la.lactancia a él? Y cuánto sería?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de noviembre de 2017 a las 3:20 am

      Si le corresponde, 820 soles.

  23. Fiorela dice

    30 de octubre de 2017 a las 3:39 pm

    Hola buenas tardes, mi esposo y yo somos asegurados y trabajamos en diferentes empresas, a nuestro hijo le corresponde doble seguro, el actualmente es asegurado por mi.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de octubre de 2017 a las 6:34 pm

      Esta bien, solo uno lo debe asegurar como derechohabiente.

  24. Carlos dice

    22 de octubre de 2017 a las 10:23 pm

    Hola Miguel de antemano gracias por la respuesta. Un favor mi pareja hace una semana acaba de dar a luz por el seguro integral (sis) y mañana me dan el dni de mi hija recién nacida yo trabajo y vengo aportando 4 años a essalud ¿puedo recibir el derecho de lactancia para mi hija? ¿Que debo hacer asegurar ami pequeña y pedir la lactancia? ¿O algún trámite con la madre de mi pequeña?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2017 a las 11:25 pm

      Tienes que asegurar a tu esposa, de lo contrario podrás obtener el beneficio, te recomiendo ir a una oficina administrativa de essalud.

  25. Ale dice

    2 de octubre de 2017 a las 11:05 pm

    Buenas noches quisiera saber si doy a luz en el hospital de la policía podré recibir subsidio de lactancia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2017 a las 11:28 pm

      Si aportas al essalud si corresponde.

  26. Susana dice

    25 de septiembre de 2017 a las 5:05 pm

    Hola, una consulta , estoy embarazada y no estoy trabajndo pero mi pareja si y para que me asegure a essalud nos piden un tramite que es union de hecho lo cual cuesta mucho si solo me inscribe como madre gestante que tramite necesito hacer,donde ? , y recibire el bono por lactancia ? , espero tu ayuda gracias .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de septiembre de 2017 a las 1:27 am

      En la notaria te mencionan los tramites.

  27. Lourdes dice

    22 de septiembre de 2017 a las 11:31 pm

    Hola yo soy asegurada de EsSalud mi hija dió a luz en EsSalud está asegurada por mi es menor de edad a ella le corresponde el subsidio de lactancia queda el seguro gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2017 a las 8:57 am

      No le corresponde.

  28. Yamila dice

    7 de septiembre de 2017 a las 2:14 am

    Hola soy yamila estoy asegurada x mi amterior pareja es pencionista pero tengo otro nuevo conpromiso y estoy enbarazada como puedo aser para recibir mi lactancia

    Responder
  29. Alexander dice

    16 de agosto de 2017 a las 4:46 pm

    Ola miguel torres mi consulta es k mi pareja dio a luz ace tres dias kn el segeguro del sis y io estaba asegurado en essalud tengo derecho ah los 820 ia ah k mi hijo no le eh asegurado en ninguno de los 2 todavia k puedo aser para cobrar esos 820 k me correponde

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2017 a las 9:38 pm

      Tienes que asegurarlo para que tengas el beneficio de lactancia (a tu esposa).

  30. Lucas Torres dice

    6 de agosto de 2017 a las 8:49 am

    Hola Miguel, de antemano gracias por tu respuesta. Mi consulta es que aún no he avisado el nacimiento de mi hijo a la empresa, se adelantó el parto por 20 días antes, voy a recibir mi licencia de paternidad?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 6:10 pm

      Ya no podrías, salvo que lo solicites de una vez (indicando que todavía no nace).

  31. Natalia dice

    20 de julio de 2017 a las 7:22 am

    Hola tengo semanas de de embarazo y renuncie a mi trabajo en mayo de este año y estaba en planilla desde 2015 de noviembre puedo ser atendida en el seguro social me corresponde o no

    Responder
  32. Betsy dice

    6 de julio de 2017 a las 7:14 pm

    Quisiera saber si puedo cobrar lactancia. Soy casada hace 21 años, separada, no divorciada(en tramite) 16 años. Con una convivencia de 9 años y acabo de tener a mi bebe hace 1 mes, el dni de mi bebe esta en tramite registrados con el apellido de su papa, el lo va inscribir en essalud. Yo figuro en essalud por mi esposo, tengo que estar divorciada para ya no figurar con el.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de julio de 2017 a las 10:47 pm

      No he visto un caso complejo como el que mencionas, pero no pierdes nada intentando haciendo el tramite.

  33. Neyda Lozano dice

    4 de julio de 2017 a las 3:16 pm

    Buenas tardes yo estoy asegurada en el essalud y mi pareja también pero trabajamos en diferentes empresas y boy a tener mi bebe me corresponde doble lactancia o no
    gracias espero su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2017 a las 11:33 pm

      Solo uno nada mas.

  34. Carla dice

    28 de junio de 2017 a las 11:00 am

    Hola, consulta el papa de mi hijo es de estadola civil casado yo solterase, ambos estamos inscritos en essaludmi pero por el momento yo no estoytengo trabajando, igual mi hijo tiene derecho de lactancia por su papa, que tendria que hacerte?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 6:51 pm

      La lactancia lo cobra la madre, pero para ello debes estar registrado en el Seguro.

  35. Keren dice

    21 de junio de 2017 a las 3:44 pm

    Hola buenas mi esposo esta. Asegurado en él.seguro pacifico ya tiempo y yo estoy embarazada de 7/meses bueno recién m acabo d casar y m han dicho k mi seguro se va activar él 1/d julio y mi fecha probable de parto es fines de julio quisiera saber si me van a dar algo x lactancia o no
    Spero su respuesta gracias 🙂

    Responder
  36. Jimy dice

    4 de abril de 2017 a las 1:28 pm

    En caso q falleció mi hijito me paga el seguro algún benefio

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de abril de 2017 a las 12:39 am

      No hay ningún beneficio.

    • Mery dice

      8 de mayo de 2017 a las 10:01 pm

      Hola Miguel soy venezolana tengo al papá de mis hijos en Perú está legal trabaja en una empresa que beneficios les corresponde a mis hijos aquí si necesito enviar algún documento o algo para alla para que ellos tengan todos los beneficios

    • Miguel Torres dice

      11 de mayo de 2017 a las 2:47 pm

      Para que tengo el beneficio de atención a essalud necesita enviar los documentos de identidad de los niños (apostillados).

  37. Rebeca dice

    17 de marzo de 2017 a las 3:29 pm

    Hola, mi consulta es si tengo derecho al subsidio por maternidad ya que mi fecha de parto es a finales de mayo 2017 y me ingresaron a planilla en noviembre 2016. Y si en ese caso tengo también derecho a subsidio por lactancia. Si no es asi, que puedo hacer? a donde puedo acudir? ya que no cuento con ningún apoyo. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2017 a las 12:36 am

      No tienes derecho al subsidio de maternidad, nadie lo puede solucionar.

  38. Janet dice

    9 de febrero de 2017 a las 4:26 pm

    Mi esposo es policía y yo también tengo 8 meses de embarazo y quisiera saber si tengo algún beneficio…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2017 a las 5:43 pm

      No le podría ayudar, creo que los policias tienen un régimen laboral especial.

  39. Geraldine Cavalier dice

    2 de enero de 2017 a las 8:28 pm

    Una pregunta, tengo 5 meses de embarazada y estoy en planilla desde el octubre2016 y mi bb nace en mayo2017 … tengo derecho de lactancia ? Y quien me paga los 3 meses de licencia ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de enero de 2017 a las 1:21 am

      La empresa te paga mediante el subsidio de maternidad (si cumples los requisitos). Si te corresponde lactancia.

    • Diego dice

      6 de febrero de 2017 a las 11:21 am

      Buen día, estimado Miguel mi consulta es si recibes el subsidio de maternidad si mi esposa esta asegurada por el S.I.S. ya que yo laboraba en una empresa pero no estaba en planilla y mi esposa solo se atendía por el S.I.S.

    • Miguel Torres dice

      7 de febrero de 2017 a las 7:53 am

      No le corresponde.

  40. Giomira dice

    6 de diciembre de 2016 a las 6:33 pm

    Hola Miguel tengo mi conviviente laborando desde hace 6meses yo tengo dos meses gestando, como hago para atenderme en essalud por parte d el, y mi pareja pueda recibir los beneficios, ya que a él le indican que no le corresponde nada por que no somos a casados, que requisitos necesitaria para poder atenderme y el pueda recibir lactancia??
    espero su respuesta gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2016 a las 7:14 am

      Tiene que registrarte como su conviviente, para ello necesitas tramitar tu “reconocimiento de union de hecho” en una notaria.

  41. Anthony dice

    16 de noviembre de 2016 a las 3:47 pm

    Hola miguel , mi esposa dara a luz la primera semana de enero pero todavia no la aseguro en mi trabajo si la aseguro lo mas pronto posible q derechos me toca a ella y a mi dependiendo desde cuando la aseguro a ella q toca recibir.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de noviembre de 2016 a las 2:15 am

      Recibirás lactancia, 820 soles.

  42. Rolmerd dice

    29 de septiembre de 2016 a las 9:48 pm

    Papá y mamá están asegurados, los 2 trabajan para diferentes empresas ¿los 2 podemos Cobrar Lactancia? gracias por la respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de octubre de 2016 a las 9:37 pm

      La lactancia solo lo cobra la mama.

    • Cinais dice

      12 de octubre de 2016 a las 7:20 pm

      La lactancia cobra sola la mama o ambos en caso que estamos asegurado los dos

    • Miguel Torres dice

      16 de octubre de 2016 a las 8:55 pm

      Solo la mama.

    • Viky carrasco dice

      7 de abril de 2018 a las 2:43 pm

      Hola tengo a mi hija gestando y es menor de edad ; esta asegurada en essalud por su papa podra cobrar lactancia .

  43. Katia dice

    19 de septiembre de 2016 a las 10:38 am

    Buenos Días Miguel, una consulta tengo un trabajador que no esta en planilla, su esposa se enfermara de aquí a una semana. Mi trabajador tiene beneficio de los 4 días de descanso y si lo tienen que me tiene que presentar.

    Gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de septiembre de 2016 a las 1:13 pm

      El beneficio del subsidio de paternidad se sustenta con un documento que pruebe que su esposa esta pronto a dar a luz.

  44. Liz dice

    14 de septiembre de 2016 a las 10:07 am

    Hola miguel una consulta yo tengo 7 meses de gestación y estoy asegura a por medio de mi esposo, aun no me ponen en planilla en mi trabajo que vengo laborando por casi ya 3 años, me gustaría saber si recibo el subsidio o que podría hacer para recibirlo.
    gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de septiembre de 2016 a las 6:30 am

      Si no estas en planilla, no habría subsidio.

  45. Cristian dice

    5 de septiembre de 2016 a las 10:34 pm

    Ola miguel.una pregunta,yo trabajo en una empresa ,y mi mujer en gestacion de embarazo y el 22 cumple 9 meses.pero kisiera saber si todavia estoy a tiempo de poder notificar a mi empleador para poder recibir los beneficios del subsidio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de septiembre de 2016 a las 1:40 am

      Si puedes, solo recibirás el subsidio de lactancia.

  46. javier velarde dice

    12 de agosto de 2016 a las 10:46 pm

    Amigo Miguel buenas noches, una consulta yo estoy en planilla como titular y mi esposa y mis tres hijos están inscritos como derecho habiente, ella da a luz este mes que viene. mi pregunta es si recibiré lactancia esta vez así no de a luz en es salud porque lo hará en otro lugar.

    Responder
  47. Laura dice

    4 de agosto de 2016 a las 9:22 am

    Buenos días
    Quisiera hacerle una pregunta, yo trabajo en una empresa mas de 1 año, estoy en planilla quisiera saber si me corresponde el beneficio por lactancia, y también si a mi novio se lo darán, no vivimos juntos hace poco nos enteramos lo del bebé, quisiera saber si a ambos nos corresponde el derecho de lactancia, ambos somos asegurados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2016 a las 10:24 am

      El beneficio de lactancia solo es para la madre, el monto es 820 soles. No lo recibe cada uno.

  48. Yeny dice

    1 de agosto de 2016 a las 5:05 pm

    Hola reicen me acabo de enterar q estoy embarazada y voy a ir a mi primer control en este miercoles en essalud pero yo estoy asegurada x mi conviviente. Recien voy a saber cuantos meses tengo al enterarme de eso cuanto tiempo mi esposo puede conbrar eso q llamam subcisio o x alumbramiento y como se hace y cuando y donde me puedes ayudar. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de agosto de 2016 a las 6:21 pm

      Lo que podría cobrar es lactancia, para eso el bebe tiene que nacer.

  49. Marlon dice

    31 de julio de 2016 a las 10:45 pm

    Hola Miguel quiero hacerte una consulta yo entre a trabajar el 15 de marzo y mi pareja da a luz los primeros días de agosto, corresponde el suicidio por lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2016 a las 7:40 pm

      Necesitas 3 aportaciones para que te corresponda el beneficio dentro de los 6 meses del nacimiento.

  50. Luis Alberto dice

    18 de julio de 2016 a las 11:17 am

    Hola Miguel, mi Hna. entro a planilla el 25 de abril 2016, este 31 de Julio sale de licencia por maternidad sin derecho a subsidio. le corresponderá el subsidio por lactancia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2016 a las 4:01 am

      Si le corresponde.

    • Mily Flores dice

      22 de julio de 2016 a las 7:57 am

      Hola, entre a trabajar el 20/04/2016 mi bebé nacerá las primeras semanas de octubre en la empresa q laboro me dice q no tengo derecho al subsidio por maternidad es correcto eso?

    • Miguel Torres dice

      26 de julio de 2016 a las 2:33 pm

      El punto es tener vinculo laboral en el momento de la concepción.

  51. José Sime dice

    7 de julio de 2016 a las 11:36 am

    Buenos dias Miguel mi pregunta es yo entré a trabajar el 08/04/16 y mi esposa a dado aluz el 28/06/16 es posible que resina lactancia ayúdame por favor espero tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de julio de 2016 a las 7:25 am

      Necesitas minimo 3 aportes dentro de los 6 meses antes del nacimiento, en este caso no cumples el requisito.

  52. Dante dice

    1 de julio de 2016 a las 1:42 pm

    Tengo mi pareja, vamos a ser padre, pero no estamos casados, yo trabajo y gozo de EPS, mi pregunta es ¿me corresponde el subsidio de lactancia, luego que nazca e inscriba a mi hijo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2016 a las 1:44 pm

      Si, pero recuerda que un requisito es que la madre este registrado como derechohabiente, si no haces ese tramite no te darán el beneficio.

  53. Ana dice

    19 de junio de 2016 a las 9:21 pm

    Hola Miguel, mi consulta es, mi esposo es el titular del seguro, ya me hice poner el sello para atenderme el parto, le corresponde el subcidio, y si puedes enviarme el modelo de la solicitud de licencia por paternidad, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de junio de 2016 a las 1:50 am

      Solo le corresponderá como beneficio lactancia y los 4 días de paternidad.

  54. Pamela dice

    17 de junio de 2016 a las 3:06 am

    Hola Miguel, voy a tener a mi primera hija, ya estoy gozando de mi descanso prenatal subsidiado, mi consulta es tengo derecho a cobrar asignacion familiar durante el subsidio por maternidad (ya cuando mi bb nazca)? O recien lo empezaria a cobrar cuando regrese a laborar? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de junio de 2016 a las 4:31 am

      Todavía cuando nasca la bebe.

  55. Karina dice

    4 de junio de 2016 a las 6:36 pm

    Hola soy karina trabajo ase mas de tres años y estoy gestando dede siete meses en mi trabajo estoy en plnilla ganando el sueldo minimo de 850 y me entregan boleta tengo entendido que son micro empresa crees k teng derecho a lactancia y maternidad gracias

    Responder
  56. Fatima dice

    28 de mayo de 2016 a las 10:17 pm

    Si mi esposo es el titular asegurado y ya tiene 4 años aportando, es medico cas. mi bebita nace en unas semanas le corresponde el subsidio por lactancia, el me asegurado en essalud y dare ahi a luz.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de mayo de 2016 a las 12:48 pm

      Si le corresponde.

  57. José Luis dice

    10 de mayo de 2016 a las 6:57 pm

    Hola miguel una consulta, mi esposa era titular de essalud por eso cuando salió embarazada gozo de los derechos de lactancia y de 90 días pagados por la empresa en que laboraba, ahora ya no labora. Hemos cambiado la figura y yo soy el titular de essalud dime que beneficos recibiríamos ahora.
    gracias por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de mayo de 2016 a las 10:50 pm

      Pues cobras lactancia si tienes un hijo.

    • juaj jose dice

      18 de mayo de 2016 a las 8:48 am

      Miguel, yo en agosto tendre un hijo, ya tengo otro con discapacidad y con dependencia de 3 años, me han dicho que el primero por estar asi es como que vale por dos y pasare a ser familia numerosa, es verdad? es cierto que tendre mas días de permiso en el trabajo? tendre algún privilegio mas? muchas gracias por todo

  58. Gina keyla dice

    17 de abril de 2016 a las 10:58 pm

    Hola Miguel te cuento mi caso: mi pareja y yo estamos conviviendo el está en planilla hace 10 meses y no estoy asegurada le dijeron que no tenía derecho estoy embarazada y me falta dos semana para dar a luz como puede recibir la lactancia si no stoy en es salud xq no aceptan convivientes

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2016 a las 12:38 am

      Si aceptan convivientes, pero tienes que cumplir el requisito minimo de 2 años de convivencia y tramitar el certificado de reconocimiento de union de hecho que lo emite la notaría.

    • Claudio dice

      9 de mayo de 2016 a las 6:34 am

      Hola Miguel quisiera que me facicites con el modelo de licencia de paternidad porfavor en unos dos semanas nacera mi hijo

  59. Elena dice

    14 de abril de 2016 a las 1:28 pm

    Hola Miguel, una consulta yo y mi pareja (conviviente) trabajamos en la misma empresa , los dos recibiremos la asignación familiar y lactancia? los dos somos asegurados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de abril de 2016 a las 3:50 pm

      La lactancia solo le corresponde a la mama, la asignación familiar es para los dos.

  60. Jose dice

    29 de marzo de 2016 a las 9:17 am

    Hola me podrian enviar un modelo de solicitud de licencia por paternidad

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2016 a las 3:48 am

      Te mando al email.

  61. Fredy dice

    22 de marzo de 2016 a las 11:53 am

    Hola un gusto de conocerlo y agradecerle por el tiempo que se toma por las respuestas, mi duda es la siguiente mi esposa esta por dar a luz, los días que me darán en la empresa que laboro son ¿4? incluyendo sábado(día que no trabajo), domingo y feriados o solo son días laborables.Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2016 a las 9:34 pm

      Son 4 días de tu jornada laboral, si trabajas de Lunes a Viernes solo se cuentan dichos días.

  62. elisa dice

    16 de marzo de 2016 a las 4:00 pm

    Hola joven Miguel mi caso es el siguiente yo entre a trabajar el año pasado en abril del año pasado y deje de trabajar en octubre del año pasado ya q me despidieron al saber a estaba embarazada …mi seguro lo pagaron hasta noviembre del 2015 …mi pregunta es si yo tb puedo cobrar mi bono de lactancia ya q voy a dar a luz en mayo de este año …mi dni es 43717497 espero me pueda responder

    Responder
  63. jean pierre Vilanueva dice

    11 de marzo de 2016 a las 1:24 pm

    si entre a la empresa y mi mujer ese momento tenia 3 meses y medio de gestación
    me corresponde lactancia ?

    Responder
  64. Cielo dice

    9 de marzo de 2016 a las 3:09 pm

    Hola estoy inscrita como derecho habiente,mi esposo esta aportando desde octubre 2015 yo voy a dar luz este mes ¿Me van a atender en el momento del parto,me corresponde la lactancia,teniendo en cuenta que no me he hecho atender en el seguro ninguna vez?
    Gracias espero su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de marzo de 2016 a las 5:49 am

      Si al momento de la concepción estuvo en planilla su esposo si es posible, pero de lo contrario no.

    • Cielo dice

      10 de marzo de 2016 a las 8:30 am

      Eso es respecto a la lactancia ¿pero la atencion en el momento del parto, voy a gozar del seguro o me van a cobrar?

  65. Juana Caile dice

    7 de marzo de 2016 a las 9:43 pm

    Hola miguel una consulta yo soy soltera trabajo en una empresa puedo asegurar a mi madre gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2016 a las 11:13 am

      No puedes hacer eso.

    • elisa dice

      16 de marzo de 2016 a las 4:04 pm

      Hola joven Miguel mi caso es el siguiente yo entre a trabajar el año pasado en abril del año pasado y deje de trabajar en octubre del año pasado ya q me despidieron al saber a estaba embarazada …mi seguro lo pagaron hasta noviembre del 2015 …mi pregunta es si yo tb puedo cobrar mi bono de lactancia ya q voy a dar a luz en mayo de este año …mi dni es 43717497 espero me pueda responder

  66. Raul dice

    4 de marzo de 2016 a las 8:22 am

    Hola mi estimado Miguel; mi consulta es la sgte: yo estoy separado de mi esposa mas no divorciados, pero ella trabaja y ha asegurado a mi hijo. Yo entrare a trabajar y quiero saber si yo tambien puedo asegurarlo a mi hijo o ya no es necesario , y si no lo aseguro ¿dejare de percibir la asignacion familiar?. Y mi otra pregunta es quien se encarga de inscribir a essalud mi empleador o yo. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de marzo de 2016 a las 11:40 am

      Ya no es necesario, la asignación familiar es independiente quien lo asegure, solo manifiesta que tu esposa lo tiene asegurado a tu hijo.

  67. Victoria dice

    20 de febrero de 2016 a las 10:37 pm

    Hola miguel, EH estado trabajando bajo recibo por honorarios y estoy embarazada ya 5meses cumplidos y bajo el sis llevo mis controles, me indican que pasare a plantilla…Existe problema alguno con estar en sus y me pongan en plantilla!?y luego puedo acceder al subsidio por lactancia esas son mis dos dudas agradecería tu orientación…ah estoy programada fecha de parto 28 29 de mayo…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de febrero de 2016 a las 7:46 am

      Necesitas minimo 3 aportaciones consecutivas antes de los 6 meses del parto para el beneficio de lactancia.

  68. Josue dice

    17 de febrero de 2016 a las 6:55 pm

    Mi conviviente v a dar a luz en mayo y esta llevando sus controles en un hospital que no es essalud si puedo sacar el derecho de lactancia y como puedo hacerlo soy docente contratado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 7:56 am

      Si tienes el seguro activo y registrado a su esposa, si tendrías derecho al derecho de lactancia.

  69. Maribel dice

    28 de enero de 2016 a las 9:20 am

    SOMOS DOCENTES CONTRATADOS: hola mi esposa esta embaraza y da a luz a fines de marzo ,pregunta cuantos dias por paternidad me corresponde y que beneficios mas puedo reclamar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2016 a las 1:21 am

      Te corresponde 4 días de descanso de paternidad remunerado.

  70. Yony Ramirez dice

    27 de enero de 2016 a las 12:05 pm

    Hola mi esposa dio a luz hace 3 días y esta asegurada en un hospital del estado y yo estoy en el es salud quisiera saber si recibirá derecho de lactancia como puedo hacer y como puedo saber

    Responder
  71. Gymnier dice

    24 de diciembre de 2015 a las 1:54 pm

    Consulta: Yo soy el titular pero mi conviviente lleva susu controles en un hospital del estado como puedo hacer para pasarla a essalud y que pueda cobrar lactancia … que requisitos necesito o si ya no puedo … ojo ella ya tiene 5 meses … gracias por tu informacion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de diciembre de 2015 a las 10:50 am

      Tienes que registrarla como tu derechohabiente, te envió el link con algunos datos.

  72. Tachi dice

    22 de diciembre de 2015 a las 1:58 am

    Hola miguel quisiera q me ayudes mi pareja pertenece a la policia nacional del peru no estamos casados y yo estoy embarazada quisiera saber si tengo derecho a recibir lo de la lactancia y como se tramita o a donde se tiene q ir. Graciass

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de diciembre de 2015 a las 2:43 am

      No he visto casos de trabajadores del estado, en todo caso puedes llamar al essalud 265-6000.

  73. Osnar S dice

    17 de diciembre de 2015 a las 11:28 am

    Hola Miguel, una consulta si mi pareja no esta inscrita en seguro pero yo si soy un trabajador en planilla con 6 meses de aportaciones, es a mi a quien me darán el bono por lactancia a demás de la asignación familia??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2015 a las 1:06 pm

      El bono de lactancia le emiten a la madre, para ello tienes que asegurarla como derecho habiente.

  74. Soledad dice

    13 de diciembre de 2015 a las 3:34 pm

    Buenas tardes soy Soledad, mi pregunta es: entre a trabajar en marzo y estoy gestando y mi bb nacera en febrero y mi cierre de contrato es en diciembre .. mi pregunta es si yo recibiré subsidio de lactancia (820 soles) me corresponde o no …….. gracias x su respuesta ..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 7:43 pm

      Si corresponde, ya que el requisito tener 3 aportes consecutivos o 4 no consecutivos en lapso de 6 meses antes del nacimiento.

  75. Jose dice

    8 de diciembre de 2015 a las 9:35 am

    Tengo una pregunta resien he entrado a trabajar tengo 15 dias de prueba y a lo que yo se son 3 mese que se activa el seguro y si mi señora da a luz despues de esos 3 meses me compete Subsidio de Lactancia? O tengo que estar 3 mese despues de esos 3 meses que se active el seguro ? Me puedes explicar y ese monto de 820 es depende del sueldo que ganas o es para culalquier sueldo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de diciembre de 2015 a las 2:00 pm

      Es un monto fijo los 820 soles (no importa tu sueldo actual), para gozar dicho beneficio necesitas contar con 3 aportaciones antes del parto y registrar a tu esposa como derecho habiente.

  76. Johann dice

    5 de diciembre de 2015 a las 3:53 pm

    Hola Miguel, tengo una duda, espero tengas la amabilidad de responderme.

    En la empresa donde laboro, se ha pagado asignación familiar a los trabajadores, pero, aún recién en el siguiente mes se les registra a los derechohabientes en el T-Registro. Hay alguna infracción laboral en este caso?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2015 a las 1:31 am

      No hay sanción por ello.

  77. Georgina dice

    4 de diciembre de 2015 a las 10:43 am

    una señora que entro a trabajar a la empresa al quinto mes de embarazo le dieron el subsidio de lactancia pero no le dieron el subsidio de maternidad (el descanso del pre y post )
    ¿¡ tiene derecho a la hora de lactancia ahora que ya nacio su hijo ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2015 a las 1:07 pm

      Es correcto.

    • Frank dice

      4 de marzo de 2018 a las 5:24 pm

      Consulta yo trabajo y tengo EPS Y ES ALUD A LA VEZ mi esposa también trabaja y esta asegurada a mi EPS. Bueno ambos trabajamos pero en diferentes empresas mi consulta es quien resibe los beneficios de lactancia y asignación familiar. O resivimov lod dos cada uno por su empresa?

  78. John dice

    23 de noviembre de 2015 a las 3:22 pm

    Mi esposa esta embarazada y tiene 7 meses y deje de trabajar el 24 de agosto y mi seguro se venció el 30 de septiembre ,y ahora encontré un trabajo en una empresa y mi pregunta es si le corresponde lactancia a mi esposa o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2015 a las 10:25 am

      Si le corresponde amigo.

  79. jaime dice

    17 de noviembre de 2015 a las 1:32 pm

    Estimado Miguel, buenas tardes. tengo una consulta: el 13/04/15 nacio mi hijo, yo trabaje desde 21/08/14 hasta 22/12/14 en una empresa, luego entre a trabajar a la empresa que actualmente laboro el 18/03/15, mi pareja se atendio mediante el SIS, ya que ella poseia ese seguro; ella tiene 18 años. mi hijo no esta inscrito como derechohabiente en el segurado, y la madre de mi hijo no esta inscrita en EsSalud. la pregunta es, si se puede hacer uso de ese derecho a ESSALUD y de ser posible hasta cuando?

    Responder
  80. Miguel Z dice

    3 de noviembre de 2015 a las 10:07 am

    Hola, mi consulta es, si yo trabajo (planilla) y estoy registrado en essalud con mas de 1 año de aportaciones, y mi pareja (conviviente) no está registrada en essalud y estuvo trabajando en un lugar en el cual no estuvo en planilla y tampoco dio recibos por honorario, ¿es posible que yo pueda recibir el subsicio de lactancia?

    Responder
  81. Roy Vargas dice

    2 de octubre de 2015 a las 8:34 am

    Hola miguel espero puedas responderme esta consulta los mas pronto posible, hace poco nació mi hijo, mi conviviente y yo estamos asegurados, ambos en distintas empresas, quería saber si a nuestro hijo podríamos asegurarlo en forma individual es decir ella tendría que registrarlo en su empresa como derecho habiente y yo del mismo modo en la empresa donde laboro. o es que uno solo de los padres debe registrarlo como derecho habiente? muchas gracias miguel

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de octubre de 2015 a las 8:02 am

      El registro solo se realiza por parte de uno de los padres, pero si háganlo saber en cada uno de sus empresas para fines de la asignación familiar.

  82. Rocio dice

    23 de septiembre de 2015 a las 10:17 am

    Hola, una consulta: a una micro empresa le corresponde darle licencia por paternidad y asignación familiar?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de septiembre de 2015 a las 11:30 pm

      El primero si es de aplicación para las microempresas, sobre la asignación familiar no es obligatorio pagarlo.

  83. Melanie dice

    16 de septiembre de 2015 a las 10:31 am

    Buenos días, si una trabajadora que estará con licencia por maternidad entre octubre y diciembre ha recibido un aumento de sueldo en junio, ¿La gratificación que le correspondería sería en base al sueldo de noviembre con el aumento o en base al subsidio calculado a noviembre, es decir la gratificación que le correspondería sería un promedio de los 12 últimos meses anteriores al descanso? Base legal. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de septiembre de 2015 a las 10:50 am

      La gratificación tiene como base el sueldo percibido al 30 de junio o al 30 de noviembre – Artículo 3.2 Decreto Supremo 005-2002-TR.

  84. Sara dice

    10 de septiembre de 2015 a las 11:31 am

    Hola Miguel mi consulta es …Mi esposo está asegurado por ende mis 2 niños y yo..pero tengo un hijo que no es de mi actual esposo..¿como puedo asegurarlo?..

    Responder
  85. Mauro dice

    17 de agosto de 2015 a las 10:55 pm

    Estoy casado pero estoy separado de cuerpo ya hace mas de 8 años pero no estoy divorciado, tengo mi pareja y vamos a tener un bebe, mi pareja actual no trabaja y no puedo asegurarla, podre recibir Subsidio de Lactancia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 11:32 pm

      No podrás hacerlo, la madre debe estar asegura como derechohabiente en el essalud.

  86. Angie dice

    11 de agosto de 2015 a las 9:18 pm

    Hola mi esposo trabaja desde enero y yo estoy asegurada en essalud desde mayo y voy a dar a luz este 19 de setiembre que tengo que hacer para que mi esposo pueda recibir lo de la lactancia en el trabajo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 8:57 pm

      Si le corresponde el bono de lactancia, primero tienen que nacer el bebe y registrarlo en el essalud para luego tramitar el bono.

  87. Vanessa Cubas dice

    27 de julio de 2015 a las 6:51 pm

    Hola tengo una consulta mi pareja y yo convivimos ya hace 8 años pero el aún esta casado con otra mujer hace años que ya estan separados pero todavia no hacen el tramite de divorcio ahora estoy embarazada ya de 7 meses y quisiera saber como puede asegurarme y que beneficios puede tener mi bebé apesar de este contratiempo muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de julio de 2015 a las 7:49 am

      La única manera es como madre gestante, pero eso solo durara el tiempo del parto, mientras no se divorcie no puede asegurarte al essalud, a menos que te pague un seguro privado.

    • Vanessa Cubas dice

      30 de julio de 2015 a las 7:05 pm

      Mi bebe no goza de ningún beneficio como lactancia etc?

    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 11:41 pm

      Puedes registrar a tu bebe como derechohabiente, pero tampoco bono de lactancia ya que un requisito es que la madre este asegurado.

  88. Martin dice

    10 de julio de 2015 a las 12:06 pm

    Buenos tarde…. tengo una pregunta, ojalá pudieran absolverla… mi conviviente y yo somos asegurados en EsSalud ya tenemos mas de un año de aportaciones, cada uno en una empresa distinta… ella está embarazada y está por dar a luz, como sería en ese caso… mi conviviente tiene puede percibir el subsidio de lactancia y yo también, o sea ambos por separado???. Gracias por la respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2015 a las 4:33 pm

      No, solo es para la madre.

  89. Deinner dice

    4 de mayo de 2015 a las 7:41 pm

    Las micro empresas también están obligados a pagar asignación familiar, o es opcional

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2015 a las 5:09 am

      No están obligadas a pagarlo.

  90. Mayita dice

    4 de mayo de 2015 a las 5:32 pm

    Buenas tardes una consulta aurita tengo 5 meses de gestacion estaba trabajando con recibo de honorarios y aurita me quieren poner en planilla igual recibiria el beneficio de cobrar 820 soles x lactancia

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2015 a las 5:11 am

      El requisito es que tengas 3 aportes consecutivos o 4 aportes no consecutivos dentro de los 6 meses antes del alumbramiento. Estas casi en la fecha limite, bueno depende de la fecha del nacimiento del bebe.

  91. Rocío dice

    28 de abril de 2015 a las 12:32 pm

    Buenos días, tengo dos consultas, estoy trabajando en el régimen CAS, ¿tengo derecho a asignación familiar?, y ¿para asegurar a mi conviviente en ESSALUD, es necesario solo una Declaración Jurada de Convivencia?
    Gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2015 a las 5:46 am

      Hola Rocio, no le corresponde asignación familiar, y con respecto al registro de la concubina solo es realiza con la declaración jurada, formato que descargas de la pagina de essalud.

  92. luchano dice

    20 de febrero de 2015 a las 8:05 am

    Que sinverguenza esa pareja. Tendre un hijo y que beneficios tendre que piensa que aca pagan por hijo sinverguenzas trabajen y mantengan a sus hijos si no tienen los medios no traigan hijos al mundo a sufrir no sean egoistas. Lo mas hermozo es tener un hijo pero si tienes los medios y la responzabilidad para mantenerlos y darles educacion. Pero si eres una larcra mejor no lo hagas porque no le daras nada bueno a ese niño.

    Responder
  93. Diana dice

    25 de septiembre de 2014 a las 9:42 am

    En caso de los trabajadores de las fuerzas armadas sanidad también aplica este derecho ??? acabo de tener a mi primer bebe y no sabia de esta ley .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2015 a las 11:05 pm

      Es correcto

  94. Eber dice

    4 de diciembre de 2013 a las 10:33 am

    hola como estan gracias por la informacion.. pero tengo una duda soy casado mas de 2 meses pero no vivo con mi esposa hace 6 meses estamos separados sin devorcio.
    pero voy a tener un hijo con mi conviviente trabajo en una empresa y tengo seguro mi hijo tendra todos los beneficios???? lincencia paternal, lactancia, asignacion familiar.
    espero su respuesta gracias….

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de diciembre de 2013 a las 11:15 pm

      Si los beneficios que me mencionas si tendrás.

  95. Soledad Ksenia dice

    27 de marzo de 2013 a las 10:17 am

    Buenos dias: yo tengo una consulta y me gustaria me ayudaran, yo estoy asegurada como titular porque mi familia tiene un negocio en huaraz y bueno yo no estoy trabajando como 4 meses pero si se esta pagando mi pension y mi essalud, mi consulta es : si mi esposo esta asegurado tambien como titular porque el trabaja aca en lima en otra empresa, el puede cobrar la lactancia y no yo, ya que yo tendre que viajar a cobrarlo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2015 a las 11:06 pm

      La lactancia le pagan a la mama 🙂

  96. Manuel Eduardo dice

    27 de febrero de 2013 a las 9:56 pm

    Que pasaría si se firma un contrato de trabajo por 6 meses y te liquidan al 4to mes existe la penalidad por no cumplir el contrato de trabajo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2015 a las 11:09 pm

      Si habría una indemnización por despido arbitrario.

  97. Alex dice

    22 de julio de 2012 a las 4:36 pm

    Si gano por recibo por honorario tengo también el derecho de pedir mi licencia como padre de 4 días utiles.

    Responder
    • Madrid dice

      26 de abril de 2015 a las 4:15 pm

      Tengo entendido que es solo para trabajadores dependientes ósea que están en planilla.

  98. Hugo Lopez dice

    10 de octubre de 2011 a las 2:13 pm

    Gracias por el dato ….. pero tengo una observación …. la registración del derechohabiente se hace por el T-REGISTRO

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2015 a las 11:10 pm

      Es correcto lo puedes por el T-Registro con los documentos que acrediten el vinculo de derechohabiente.

    • Cesar dice

      27 de abril de 2016 a las 4:43 pm

      Hola mi consulta es lo siguiente soy docente contratado trabajo ya 4 años y tengo mi pareja que esta embarazada y me pareja no esta inscrito en ESSALUD, podré cobrar todos estos beneficios yo gracias por su respuesta.

    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2016 a las 1:45 pm

      El beneficios de lactancia, le dan a la madre previo registro, si te va corresponder asignación familiar.

    • Francisco dice

      6 de julio de 2018 a las 8:17 pm

      Buenas Miguel quiero hacer una pequeña pregunta mi pareja esta embarazada y ella da a luz el 14 de agosto aproximadamente sin embargo tengo un contrato con la empresa x 3 meses la cual aporte junio este mes julio que sera mi segundo aporte y el tercer mes es en agosto me corresponde lactancia ya que aporto dentro del tercer mes de agosto

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