Evalúe. El afiliado tiene la decisión de elegir si desea el cobro de comisión de flujo o si no optar por el de saldo. Infórmese bien antes de realizarlo.
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), asegura que la reforma apunta a mejorar el sistema y ampliar la cobertura previsional. Afiliados tendrán un mes para escoger si cambian cobro de comisión de flujo a saldo.
¿Cuáles son los beneficios?
Luego de 20 años de estar en funcionamiento el Sistema Privado de Pensiones (SPP), se decidió su reforma, la cual busca ampliar la cobertura previsional para que de esta manera se reduzca el riesgo de pobreza en la vejez.
La afiliación será obligatoria para los trabajadores independientes y de microempresa menores de 40 años.
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), convocará a licitación a las AFP para competir por la cartera de los nuevos afiliados.
El titular de la SBS, Daniel Schydlowsky, estimó que en la primera licitación que se llevará a cabo el 20 de diciembre, las comisiones estarían por debajo de 1,60%.
Cobro de comisiones
Actualmente el cobro de comisiones es por flujo (un porcentaje de su sueldo). La reforma propone que este descuento se realice por saldo (de su fondo).
Usted tendrá del 2 al 31 de enero para elegir qué método le conviene.
En caso escoja por saldo, a partir de febrero se le aplicará una comisión mixta (una parte se pagará por flujo y otra sobre el nuevo saldo) durante diez años que será el periodo de transición.
Finalizado este periodo se pagará solo la comisión sobre el saldo por los nuevos aportes realizados.
La SBS asegura que el cobro sobre el saldo incentivará a las AFP a competir y seguir bajando sus costos.
Si no está afiliado…
Uno de los principales objetivos de la Ley de Reforma en el SPP es ampliar la cobertura previsional para que las personas cuenten con una pensión justa al llegar a la vejez.
Con la nueva Ley más trabajadores accederán a la seguridad social ya que es obligatorio que se afilien a un sistema (público o privado).
Con la licitación de afiliados que se dará el 20 de diciembre, los nuevos trabajadores que ingresen al SPP lo harán a la AFP que cobre menor comisión por administrar su fondo durante dos años.
Si usted es trabajador de una microempresa o independiente, menor de 40 años, también está en la obligación de afiliarse al sistema.
¿Cómo afiliarse a una AFP?
De ser trabajador dependiente de una empresa, para afiliarse debe ser mayor de edad (18 años) y contar con su documento de identidad vigente; en caso de ser extranjero, tiene que presentar su carné de extranjería o pasaporte con Visa de Trabajo.
En caso se encuentre afiliado a otro régimen de pensiones como la Oficina de Normalización Previsional (ONP), deberá presentar una copia simple de sus dos últimas boletas de pago.
Si es mayor de 50 años y está decidido a continuar trabajando hasta la edad legal (65) debe suscribir una declaración jurada en la cual declara haber tomado conocimiento del SPP y de la ONP.
¿Cómo se hacen los aportes?
En caso de que usted sea dependiente, el empleador es quien retiene el aporte obligatorio para su fondo de pensiones y el porcentaje destinado a financiar las prestaciones de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio, así como el porcentaje de comisión de la AFP.
Los trabajadores independientes podrán realizar su contribución a través del Convenio de Pago de Aportes de Trabajadores Independientes, mediante el cual se acuerda realizar aportes obligatorios y opcionalmente voluntarios.
Dichos aportes se pueden hacer mediante un cargo automático en su cuenta de ahorros o cuenta corriente; o acercándose a cualquiera de las entidades recaudadoras.
¿Cómo elegir el tipo de fondo?
Para elegir el tipo de fondo (1, 2 o 3) se recomienda tener en cuenta lo siguiente aspectos: su edad, ingresos futuros y tolerancia al riesgo.
Si está cerca de solicitar su jubilación es posible que prefiera un fondo de crecimiento estable y baja volatilidad. En caso esté muy distante, podría elegir uno de más riesgo.
Debe considerar qué tanto dependerá de su pensión de jubilación como fuente de ingreso al retirarse. Si está próximo a hacerlo y su pensión será su única fuente de ingresos, no te conviene asumir riesgos.
Sin embargo, debe tender en cuenta que si está dispuesto a asumir los riesgos puede generar mayores ingresos.
¿Cómo recibirá su pensión?
Las modalidades de pensión son las distintas formas a través de las cuales usted o sus beneficiarios pueden distribuir el capital, estas van desde: retiro programado, renta vitalicia familiar, renta temporal con renta vitalicia diferida, renta mixta, renta bimoneda a renta vitalicia personal.
Uno de los servicios que ofrecen las AFP es el Periodo garantizado. La empresa de seguros garantiza el pago de un monto de pensión por un determinado periodo, aun si el afiliado muere.
Se otorgará una protección adicional, pues si fallece la pensión de los beneficiarios sería igual a la que percibía en vida. Una vez terminado este, recién se aplicará los porcentajes de pensión que corresponden a cada beneficiario.
Trabajadores desempleados
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) explicó que si bien se le cobrará una comisión al afiliado así se quede desempleado, no se perjudicará ya que esta comisión en el largo plazo será menor a la rentabilidad.
Cabe precisar que este cobro se realizará si usted decide pasar al cobro de comisiones por saldo.
Para mayor información, la SBS pondrá a disposición de los afiliados indicadores de desempeño para elaborar un ranking de rentabilidad de las AFP; así como su calidad de servicio y cobro de comisiones.
Diario La República (12.11.2012)
¡Cuéntame qué te pareció!