Para el presente año fiscal, todos aquellos prestadores de servicios independientes que emiten recibos por honorario y perciben ingresos mensuales que no superen los S/. 2,661 ya pueden iniciar el trámite para solicitar a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta del Impuesto a la Renta (IR), de conformidad con la RS Nº 298-2011/Sunat.
En tal sentido, los contribuyentes que se encuentran exclusivamente en Cuarta Categoría ya no estarán afectos a la retención y/o pago a cuenta que realiza el empleador mensualmente por concepto de IR.
Adicionalmente, la norma señala que quienes proyecten sus ingresos anuales durante este año y no superaren los S/. 31,938 también podrán solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, explicó el tributarista Francisco Pantigoso.
Los contribuyentes obligados para realizar dicho trámite deberán ingresar a Sunat Virtual (www.sunat.gob.pe) y acceder a la opción Sunat Operaciones en Línea, donde podrán ubicar el Formulario Virtual N° 1609. Luego de colocar la información solicitada y previa validación de los datos por parte de la Sunat, se podrá imprimir la Constancia de Autorización de susPensión.
La RS Nº 298-2011/Sunat, en general, regula las normas relativas a la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y a la suspensión de la obligación de realizar retenciones y/o pagos a cuenta, respecto del IR por rentas de cuarta categoría, entre otros aspectos.
Diario El Peruano (15/01/2012)
nilda dice
HOLA, quiero saber si el aguinaldo extraordinario esta afecto al impuesto a la renta
Miguel Torres dice
Es correcto, esta afecto a 5ta.
Marco Valdiviezo Ponce dice
me gusto ha aprecio el trabajoq hacen
Katty dice
si mis ingresos mensuales son superiores a 2,661 presento PDT 601, pero la otra parte dice que si proyecto mis ingresos para el año y no voy a pasar de 31,938 también pido mi retención. mi pregunta es si en un mes determinado emito recibo por 7,000 o más pero no pasare los 31,938 en el año tengo que presentar el PDT 601?
Carmen Dolores Zuñiga Flores dice
Debemos estar al dia en los temas del Impuesto a la Renta
Carmen Dolores dice
Es una buena noticia para quienes no exceden dicho monto.