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Inicio » Laboral » Trabajo por Recibos por Honorarios 2025

Trabajo por Recibos por Honorarios 2025

Publicado por Miguel Torres el 20 de enero de 2025 436 comentarios

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Miguel desea renunciar a su trabajo y tiene la siguiente pregunta:

Trabajo por Recibos por Honorarios ¿Me corresponde el pago de beneficios laborales?

Miguel lleva laborando más de seis años bajo la modalidad de recibos por honorarios en una empresa.

ÍNDICE DEL ARTÍCULO

  • Recibos por Honorarios
  • Trabajo por Recibos por Honorarios
  • Primacía de la Realidad
  • ¿Qué debe hacer el trabajador?
  • ¿Qué debe hacer la empresa?
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    • Artículos Relacionados:

Recibos por Honorarios

Los Recibos por Honorarios son comprobantes de pago que emiten personar que generan rentas de cuarta categoría.

Las rentas de cuarta categoría corresponden a servicios prestados sin relación de dependencia.

Por lo tanto, los ingresos que provienen de rentas de cuarta categoría no generan vínculo laboral, lo que significa que no hay beneficios laborales.

Trabajo por Recibos por Honorarios

Muchas empresas con el fin de “ahorrar costos”, contratan trabajadores mediante recibos por honorarios, realizando contratos de locación de servicios.

Existe una frase que dice “No se puede tapar el sol con un dedo”, y es que por más contrato de locación de servicios que se realice, ante un principio básico del derecho todo se cae: “Primacía de la Realidad”

Por ejemplo, Miguel emite sus recibos por honorarios todos los meses, un recibo por cada quincena con el mismo concepto “servicio de chofer”, le pagan mediante depósito en banco, además usa uniforme, fotocheck y le pagan el SCRT.

Te pregunto ¿Habría alguna forma de negar el vínculo laboral de Miguel con un contrato de locación de servicio?

Primacía de la Realidad

Dicho principio menciona: “en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que fluye de los documentos, debe darse preferencia a lo primero, es decir, a lo que sucede en el terreno de los hechos…” (STC N.º 1944-2002-AA/TC).

Por lo tanto, si un trabajador labora en una empresa cumpliendo los tres elementos básicos de un contrato de trabajo:

  • Prestación de Servicios
  • Subordinación
  • Remuneración

Aun así, este laborando mediante recibos por honorarios y/o haya firmado un contrato de locación de servicio, se impone el principio de la primacía de la realidad.

Lo que significa el pago de beneficios laborales.

¿Qué debe hacer el trabajador?

Si estás leyendo este artículo y te sientes identificado, la buena noticia es que te corresponde el pago de beneficios laborales.

La mala noticia es que no va a ser sencillo, quizás tome un tiempo.

Antes de que realices tu reclamo a la empresa, o tu denuncia ante Sunafil, primero tienes que obtener pruebas que cumples los tres elementos básicos de un contrato de trabajo.

En primer lugar, trata de obtener la siguiente información:

Tienes un correo corporativo, imprime dichos correos y guárdalos (es mucho mejor aquellos dirigidos a tu jefe), demuestras subordinación.

Posees un fotocheck, de igual manera sácale una copia o guarda el original.

Marcas asistencia mediante tarjeta de marcación, obtén una copia de las marcaciones.

Guarda los boucher de pagos, recibos de caja o los medios de pagos de tu remuneración mensual.

Si te han notificado con un memorándum por alguna falta cometida, guárdalo.

Tomate fotos con compañeros de trabajo, tu jefe directo, gerencia. Aprovecha las fiestas de fin de año o cumpleaños que normalmente celebran.

Firmas algún cargo de recepciones de documentos de empresas terceras, guarda dichos cargos donde figuren tu nombre y la empresa donde laboras.

Sácale, copia o guarda cualquier documento que te vincule con la empresa.

Trata de guardar los documentos antes mencionado en diferentes fechas.

El primer paso será acudir ante Sunafil a realizar tu denuncia y posteriormente de no solucionarse, ante el poder judicial.

Si tú tienes los documentos que te he recomendado, es probable que la empresa te pague sin decir nada o llegues a un acuerdo.

Resoluciones sobre el principio de la primacía de la realidad:

  • EXP. N.º 1944-2002-AA/TC
  • STC N.º 1944-2002-AA/TC
  • EXP. N.º 04691-2006-PA/TC
Trabajo por Recibos por Honorarios

¿Qué debe hacer la empresa?

Si por asesoría legal te han recomendado contratar trabajadores mediante contratos de locación de servicios, lo definiría como una bomba de tiempo.

Existen otras soluciones de reducción de costos laborales, evitando contingencias futuras.

Recuerda un locador de servicios, no está sujeto a horarios, y se entiende que es un servicio eventual y no permanente.

Conclusión

  1. Trabajo por Recibos por Honorarios … no importa, igual me corresponde el pago de beneficios laborales.

Recomendación

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436 comentarios

  1. Paola dice

    31 de diciembre de 2024 a las 12:40 am

    Muy interesante, sin embargo, en muchos casos no hay pruebas contundentes. Llevo trabajando 5 años en una entidad estatal, me pagan por RHE, mi puesto es de secretaria, un horario (menos de 8h diarias) y jefe. NO marco tarjeta, no tengo fotochek, ni uniforme. Las órdenes de servicio no reflejan el tiempo trabajado. Dicen que al ser estatal, es casi imposible hacer una denuncia.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de diciembre de 2024 a las 5:07 pm

      No pierdes nada, denunciando a SUNAFIL, y escuchas el fundamento.

  2. miriam dice

    10 de febrero de 2023 a las 11:28 am

    yo trabajo en una empresa privada por recibo por honorario, de lunes a sabado y me dijeron que si no trabajo el sábado me van a descontar, corresponde el descuento o no por favor.

    Responder
  3. Diego dice

    25 de octubre de 2022 a las 1:17 pm

    Trabajo bajo un contrato de Exclusividad, pero quiero emitir recibos por honorarios en mis tiempos libres por servicios de movilidad, eso me afecta?

    Responder
  4. Luis Eduardo dice

    11 de noviembre de 2021 a las 11:53 pm

    GRACIAS por la información, tengo una consulta, tendré inconvenientes si emito rxh como servicios de barberia (clases) y tener mi rus en barberia?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2021 a las 11:21 pm

      No debería.

  5. Daniel dice

    12 de septiembre de 2021 a las 1:42 pm

    Hola buenas tardes !!! Trabajo en una empresa donde me pagan por recibo por honorarios y tengo mi novia q pronto dará a luz que beneficios tendré al ser padre

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de septiembre de 2021 a las 12:57 pm

      Ninguno.

  6. Milagros OLazábal Meza dice

    11 de junio de 2021 a las 4:56 pm

    Una consulta ojalá puedas ayudarme, si yo como empresa emito facturas las cuales cuentan con el IGV y contrato a una persona para que ofrezca el servicio y esa persona me emite RH, que pasa con el IGV que yo he cargado en la factura emitida a mi cliente?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2021 a las 10:46 am

      Tienes que tributar o pagarlo mensualmente, salvo que tengas compras para disminuir ese IGV.

  7. Lissette dice

    10 de diciembre de 2020 a las 12:21 pm

    Muy interesante, me gustaria hacer una consulta si necesio una contadora externa para mis declaraciones mensuales, se le debe hacer contrato de locacion de servicios. Muchas gracias por su respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2020 a las 3:22 pm

      SI es valido, si solo sera declaraciones mensuales.

  8. Milagros dice

    6 de diciembre de 2020 a las 5:45 pm

    Hola! Tengo 10 meses trabajando y siendo pagada por una misma empresa y ahora me estan pidiendo los RXH de los meses anteriores el monto es de 1500 y por lo que se no implica una retención, puedo generar los RXH anteriores sin ningún problema? o hay algún problema y me pueden poner multas o a cobrar algo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2020 a las 9:43 am

      No hay problema, solo en la descripción colocas el periodo del servicio.

  9. Wendy Sanabria dice

    2 de diciembre de 2020 a las 4:30 pm

    Le hemos dicho para que pase a planilla, pero se negó por el tema de descuentos. así que se quedo por rhe, pasado el tiempo de 2 meses ella ya no quería seguir y pide su beneficios.
    antes la Srta. firmo un contrato donde se detalla que no recibiría beneficio.
    ¿ella puede incluso con un contrato firmado recibir sus beneficios ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2020 a las 9:01 am

      Si es correcto, recomendación, nunca crea en nadie.

  10. Clest dice

    21 de octubre de 2020 a las 10:26 am

    Buenos dias, existe un tiempo limite para que una empresa te contrate con recibos por honorarios y despues deba de pasarte a planilla o puede hacerlo infinitamente.
    Yo trabajo en una empresa desde el 20 de enero y cada mes emito RXH, tengo contrato que se va renovando primero trimestralmente y hoy en dia cada mes.

    gracias y saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2020 a las 9:19 am

      No existe tiempo limite, desde el primer día deberías estar en planilla.

  11. Gisella dice

    27 de abril de 2020 a las 11:47 pm

    Estimado Miguel: Soy nueva en una empresa colombiana, desde el 3 de marzo. Me pagan por RXH pero aún no me han hecho firmar contrato hasta la fecha. Necesito una constancia de trabajo por motivo de viaje y me dicen que no me la pueden dar porque soy de la categoría mencionada. Cuál sería el siguiente paso a seguir? Les he pedido constancia de servicios simple. Gracia de antemano. Gisella

    Responder
  12. Rolando Ormeño Mendoza dice

    21 de marzo de 2020 a las 8:51 pm

    Buenas noches. He trabajado 12 años consecutivos en la municipalidad de lurin con pago recibos por honorarios. Puedo hacerle juicio. Ya no trabajo. Orienteme

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de marzo de 2020 a las 9:45 am

      Si es correcto, te recomiendo asesorarte con un abogado.

  13. Lorena Vasquez dice

    2 de marzo de 2020 a las 4:01 pm

    Buenas tardes si emiten un recibo por honorario , el pago debo realizarlo en mismo día de la emisión de recibo o puedo pagarlo después pero dentro del mes en que se emitió el recibo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de marzo de 2020 a las 12:37 pm

      Si claro puedes cancelarlo días después (pero colocas la fecha de cancelación real).

  14. Diana V. dice

    19 de febrero de 2020 a las 1:22 pm

    Hola Miguel, buenas tardes. Una consulta, he contratado a una persona mediante un contrato de locación de servicios , él no cumple horarios , solo me entrega los avances en las fechas pactadas. el tiempo para que termine el proyecto es de tres meses. Me solicita un certificado de prácticas, Mi pregunta es si se lo puedo emitir ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de febrero de 2020 a las 12:16 pm

      Podrías, pero detallando lo que mencionas.

  15. Jose Daniel torres Rosas dice

    17 de febrero de 2020 a las 4:10 pm

    Holaa tengo un año y medio trabajando de seguridad en un condominio en el cual nunca firme contrato, ahora quieren contratar a una empresa para ser absorvido por tal y empezar a tener beneficios ya q en todo el tiempo anterior solo persivi mi sueldo. Que se hace con mi antigüedad.? Ya q no me hablan de liquidación y nunca he recibido gratificación utilidades vacaciones ni CTS. Que hago.?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de febrero de 2020 a las 10:18 pm

      Podrías denunciarlo ante SUNAFIL pidiendo tus beneficios laborales.

  16. Carlos Miguel Córdova Martínez dice

    6 de noviembre de 2019 a las 9:28 pm

    Miguel buenas noches una pregunta yo tengo trabajadores (Profesores) trabajan para una I.E.P. Evangélica tienen contrato de trabajo a tiempo parcial (4 Horas diarias, 20 Semanales) se les cancelan con ordenes de pago ¿Les compete beneficios laborales? Muchas gracias por tu respuesta. Saludos desde la ciudad de Sullana, Piura.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2019 a las 7:55 pm

      Solo les corresponde gratificación.

  17. Isabel dice

    6 de noviembre de 2019 a las 9:46 am

    Información muy interesante, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2019 a las 8:51 pm

      Muchas gracias, bendiciones 🙂

  18. Soraya dice

    5 de noviembre de 2019 a las 4:13 pm

    Hola Miguel pregunta, si trabajas en una mype pero no lo sabías igual tienes un contrato por mes a veces se renueva otras no porque el trabajo no es constante. Tengo derecho a la cts? Ellos me indican que no. Igual me pagan bien, pero quería saber mira derechos. GRACIAS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2019 a las 7:59 am

      Si es una mype afiliado a microempresa no corresponde.

  19. Nelly dice

    5 de noviembre de 2019 a las 2:38 pm

    Buenas tardes, una consulta Miguel sobre los recibos por honorarios en la empresa contamos con un auditor interno pero que se tiene un contrato de locación de servicios y en la semana laboral 8 horas por lo cual ella nos emite los recibos por honorarios por cada mes que cumple, le corresponde algún beneficio, o debería estar en planilla.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2019 a las 8:04 am

      Si está subordinada a la empresa, si corresponde beneficios.

  20. Eliana dice

    19 de agosto de 2019 a las 2:08 pm

    Hola Miguel tengo una duda una persona natural que emite facturas y recibo por honorarios ,puede emitir ambos documentos para la misma empresa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de agosto de 2019 a las 9:17 pm

      Si es posible, pero recuerda que existen ciertas actividades que no se pueden emitir RxH, como por ejemplo por comisiones.

  21. Francesca dice

    24 de julio de 2019 a las 5:12 pm

    Llevo 8 meses en una empresa por recibo por honorario y ahora que me voy estoy pidiendo que me den un certificado de trabajo y me dicen que no se puede porque no tenía un contrato. Es así? Asistía todos los días en horario de trabajo, tengo fotocheck y no tengo correo corporativo, pero tengo correos que me mandaban a mi personal con cosas que me pedía mi jefa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de julio de 2019 a las 8:00 pm

      En tu caso si no te quieren dar el certificado, y tienes todas esas pruebas, el dia que renuncies pide el pago de tus beneficios laborales o reclamas el no ingreso a planilla.

  22. Simon dice

    13 de junio de 2019 a las 12:16 pm

    Miguel, los docentes que dictan clases por 4 o 6 horas semanales, todo el año, en una entidad sin fines de lucro (CAFAE) , deberían estar en planilla, o se les podría pagar con RxH?, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de junio de 2019 a las 4:17 pm

      Deberían estar en planilla.

  23. Mercedes dice

    7 de junio de 2019 a las 4:44 pm

    Hola, 2 personas perciben honorarios mensuales, uno labora 3 días a la semana 2 a 3 horas por día, otro labora una vez a la semana, firma un cuaderno, pero no dice asistencia, y en su recibo dice asesoría a una determinada área, todos los meses, es el mismo concepto. consulta, les corresponde beneficios o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2019 a las 9:30 pm

      Si cumplen los tres requisitos: realiza la labor, esta subordinado y percibe un pago.

    • Jb dice

      6 de noviembre de 2019 a las 3:30 pm

      Gracias Miguel por compartir tus conocimientos, un buen artículo.

    • Miguel Torres dice

      24 de noviembre de 2019 a las 8:36 pm

      Gracias, bendiciones 🙂

  24. Alcides Abelardo Cajigas Sota dice

    7 de junio de 2019 a las 3:05 pm

    Miguel Buenas tardes, tengo una duda:
    ¿Se puede emitir un recibo por Honorarios de dos meses anteriores ? me explico brinde un servicio en Abril y recién me van a pagar por este, y me están pidiendo que gire un Recibo por Honorarios ahora que estamos en Junio indicando que trabaje en Abril.
    ¿Existe alguna multa por realizar esta operación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de junio de 2019 a las 9:33 pm

      No hay problema para tí, pero coloca en la descripción que el servicio se dio en abril.

  25. Edin dice

    15 de mayo de 2019 a las 3:25 pm

    hola Miguel, es necesario que por cada Recibo por Honorario que nos emitan debe exitir un contrato de locación de servicios (ejemplo: mensual o trimestral), de no ser el caso, en que supuestos seria necesario Elaborarlo (base Legal). Un contador nos Emite RH mensual pero no tiene contrato de locación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2019 a las 11:43 pm

      En las fiscalizaciones de Sunat, te piden contrato, informes, medio de pago y otro medio que pruebe la fehaciencia del gasto.

  26. Alejandro dice

    2 de mayo de 2019 a las 2:48 pm

    Hola miguel llevo laborando por 2 años y 3 meses fui contratado por una empresa x pero firmaba contrato de locador de servicios de una empresa y ,mis depositos salen como honorarios de 4ta categoria pero yo marco asistencia (entrada y salida) mediante huella digital , me han cesado pero antes me dieron una constancia de trabajo al nombre de la empresa y , me toca recibir beneficios?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de mayo de 2019 a las 12:10 pm

      Si te corresponde beneficios, puedes hacer tu reclamo por beneficios laborales.

  27. Elida dice

    15 de abril de 2019 a las 12:31 pm

    Hola Migue, se puede emitir recibos por honorarios por servicio de taxi?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2019 a las 10:12 pm

      Si por el servicio de chofer o conductor.

  28. Katy dice

    29 de enero de 2019 a las 10:59 am

    Hola Miguel, le presente la carta solicitando mis pagos de beneficios a mi antiguo trabajo ellos me insiste que no me corresponde por que yo no estaba en planilla el año 4 mese que permanecí laborando infinitas de actividades y cumpliendo con horario, uniforme , cte Ahora ellos me piden que le diga que ley y articulo me ampara me podrías decir a que articulo me puedo apoyar . gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2019 a las 1:56 pm

      Lo que tienes que hacer es reunir pruebas de tu relación laboral (correos, uniforme, fotocheck, pagos, honorarios), llevarlo al ministerio de trabajo y hacer tu denuncia laboral.

  29. Katy dice

    24 de enero de 2019 a las 11:03 am

    Hola Miguel , trabaje por 1 año y 4 meses en una empresa sin contrato de trabajo solo me pagaban con vale y luego por recibo por honorario realizaba infinitas de actividades , cumplía horario y uniforme, nunca disfrute vacaciones yo renuncie el 02 de enero y ahora ellos me piden que debo devolver mi pago de quincena de diciembre.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2019 a las 8:30 pm

      Hola, puedes denunciarlos por pago de beneficios laborales, has tu denuncia ante Sunafil con las pruebas que tienes (horario, uniforme, documentos, fotos, etc).

  30. Margarita dice

    6 de enero de 2019 a las 6:43 am

    Tengo tres meses y quince días en orden de servicio en la Municipalidad de surco y no me dejaron a ingresar el primero de enero puedo enjuiciar al municipio para la reposición y estar en planilla

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2019 a las 3:42 pm

      Si puedes hacerlo, tendrías que ir al ministerio de trabajo.

    • Ramón Molina dice

      17 de junio de 2019 a las 10:53 pm

      Hola, puedo hacer recibos por honorarios de meses anteriores? Ya me los han pagado pero me los están pidiendo… Cómo debo hacerlos?

    • Miguel Torres dice

      18 de junio de 2019 a las 5:50 pm

      Con fecha pasada no podrás, solo tendrás que colocar en la descripción el mes del servicio.

  31. George dice

    5 de enero de 2019 a las 10:01 pm

    Buenas Miguel, tengo una empresa privada de seguridad marítima y a cargo 40 empleados lo cual custodian los barcos..Llega un barco y se quedan 3 días , termina el servicio y los agentes vuelven a custodiar otro barco después de 4 días.Ya que trabajan solo por horas, puedo emitirles RXH?..,le corresponde los beneficios laborales ? ,o solo pueden estar en ESSALUD Y mas no EN AFPy/o ONP?.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de enero de 2019 a las 3:48 pm

      Si deberían estar en planilla, porque esta subordinados a tu persona, tienen un horario. Tienen derecho a essalud y a elegir una sistema pensionario.

  32. Pilar Alvarado dice

    1 de enero de 2019 a las 10:43 am

    Buenas tardes, muy interesante el articulo, es una micro-empresa y tenia un personal que no estaba en planilla trabajaba 4 horas diarias y se le pagaba 450 sols, por esa modalidad estuvo mas de 2 años y ahora la señora denuncio a la SUNAFIL…lo que quiero saber es un modelo de calcular los beneficios,

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de enero de 2019 a las 10:34 pm

      Si la señora trabajo antes de que afiliaras, debe pagar con los beneficios completos, de lo contrario le pagas como microempresa.

  33. Marcos Saenz dice

    23 de julio de 2018 a las 3:46 pm

    Buenas, yo llevo laborando 7 meses en una empresa privada y emitiendo recibos por honorarios, dicen q aun no me pondran en planilla, no recibi ni grati que es lo que debo de hacer gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de julio de 2018 a las 5:28 pm

      Primero reune información que demuestren tu vinculo laboral (fotos, contratos, recibos, pagos, correos, fotocheck, etc) luego haces tu denuncia en el ministerio de trabajo.

  34. Pedro Gomez Poquis dice

    22 de julio de 2018 a las 9:31 am

    Buenas miguel, Hay alguna manera de denunciar o exigir que te abonen por un recibo de honorarios que te deben, el problema que tengo es que yo emiti un recibo por 1200.00 soles y no me quieren pagar (en otras palabras me tienen paseando). la emision tiene mas de 1 año.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de julio de 2018 a las 5:39 pm

      Si tienes un contrato de locación, puedes realizar una demanda.

  35. Jonathan dice

    17 de julio de 2018 a las 1:57 pm

    Miguel buenas tardes, si es que soy profesor de una institución educativa particular y le emito un RxH mayor a S/ 1,500.00 la institución está obligada a retenerme? (no tengo suspensión de 4ta). Existe alguna norma, ley que disponga que las instituciones educativas están exoneradas de retener?

    Te agradezco de antemano la respuesta brindada.

    Responder
  36. Hector dice

    6 de julio de 2018 a las 8:56 am

    Buenos. Días tenía una. Consulta eh trabajado 2 años mi. Compañero y. Yo. Con recibo de. Honorarios con retención de 4ta categoría y de. Pronto nos dijeron hasta acá nomas quería saber si nos. Corresponde una liquidación por el tiempo laborado gracias

    Responder
  37. Hector dice

    6 de julio de 2018 a las 8:54 am

    Muy buena

    Responder
  38. Julio Ortega dice

    28 de junio de 2018 a las 3:11 pm

    Migue como estas, quería consutar en setiembre cumplo 5 años trabajando para el ministerio de agricultura por RH tengo correo institucional, celular asignado, tarjeta de presentación y soy responsable de un proyecto. Si dejo de trabajar que tendría que hacer para solicitar beneficios laborales.
    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2018 a las 6:09 pm

      Si, pero es mas complicado en una entidad estatal, te recomiendo consultarlo con un abogado.

  39. Vale valu dice

    24 de junio de 2018 a las 4:44 pm

    Hola ya voy a cumplir 4 meses trabajando en una empresa y no me quieren poner en plantilla porque el jefe dice que recién se está formando su empresa. Trabajo de 8 a 2 pm pero a veces me quedo hasta las 3 pm sólo de lunes a viernes. Me corresponde algún beneficio? Sólo me paga sin ningún recibo recién le voy a emitir eh este fin de mes.

    Responder
  40. Mirian dice

    20 de junio de 2018 a las 8:31 am

    Una consulta si yo tengo trabajadores por recibo por honorario que no cumplen el mes trabajando están dos meses retornan al siguiente mes, es necesario hacer un contrato por servicio especifico, se agradece anticipadamente por la respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      20 de junio de 2018 a las 12:14 pm

      Si es eventual la prestación de servicios, no sería necesario.

  41. Rosa dice

    4 de junio de 2018 a las 4:04 pm

    Hola, como técnica en enfermería, trabajo en casa de un anciano pero salí embarazada. Trabajo por Recibo por Honorarios pero eventualmente ya no van a contar con mis servicios porque no voy a poder levantar peso o hacer otras tareas. ¿Me corresponde algún beneficio? ¿subsidio de maternidad? ¿descanso post natal? Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de junio de 2018 a las 7:08 am

      En tu caso no te correspondería beneficios si laboras por recibos por honorarios.

  42. Roberto Carlos dice

    30 de mayo de 2018 a las 2:07 am

    Hola Miguel, soy enfermero trabajo 3a en una clínica los primeros 4 meses emití RH , luego ya no, he pedido q me pongan en planilla y están analizando eso , nunca me pagaron beneficios, gratificación, ni nada, me corresponde algún beneficio, tengo fotocheck, uniforme con mi nombre, y copias de documentos recepcioados por mi parte,
    Tengo algun beneficio

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2018 a las 7:37 pm

      Puedes hacer tu denuncia al ministerio de trabajo.

  43. Paul dice

    25 de abril de 2018 a las 5:45 pm

    Hola miguel, en mi empresa hay trabajadores prestando mediante acuerdo servicios por honorarios desde hace mas de 4 años. Aunque ellos no han querido que los ingresen a planilla. Vamos a cotizar el seguro ley para los que están en planilla, la pregunta es: a los que que están cobrando por honorarios..le corresponde el seguro de vida ley también? Gracias de antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de abril de 2018 a las 10:09 pm

      En teoria no les corresponde.

  44. Katherine dice

    14 de abril de 2018 a las 3:45 pm

    Me Encantó, más bien una pregunta si trabaje dos meses y dos semanas en una institución particular ,tengo derecho a una liquidación ,y me están pidiendo recibo por honorario por mi semana que trabaje para que me puedan pagar, es necesario sacar mi recibo por honorario por una semana de trabajo?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2018 a las 7:38 pm

      Si es correcto, te deben pagar tus beneficios laborales.

  45. Lis dice

    20 de marzo de 2018 a las 8:03 am

    Hola quisiera saber si cuando trabajaste con recibo x honorario hay una cantidad maxima de horas que puedes trabajar en x empresa

    Responder
  46. Ursula dice

    16 de marzo de 2018 a las 4:59 pm

    Hola, y que pasa si tengo sólo trabajando 2 meses por RxH y decido retirarme de la empresa, tengo derecho a beneficios sociales??

    Gracias

    Responder
  47. Lossy dice

    14 de marzo de 2018 a las 5:59 pm

    Una persona que trabaja dando capacitación por horas a la semana ( 9 horas a la semana) y renunció ahora me dice que tiene derecho a beneficios sociales? es verdad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2018 a las 10:29 pm

      Si no existe ninguna documentación, si le corresponde, para evitar eso en el futuro es bueno formalizar con contratos de trabajo que no tienen ningún costo adicional.

  48. Richard Leon dice

    9 de marzo de 2018 a las 10:16 am

    Según tengo entendido tienes hasta 4 años para hacer tu reclamo al ministerio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2018 a las 12:36 am

      Es correcto, 4 años es el plazo de prescripción.

  49. diana dice

    3 de marzo de 2018 a las 11:06 am

    ola yo voy ingresar a trbar en es salud pero por recibo de honoraruo y quisiera sabee si me corresponden beneficio trbjndo

    Responder
  50. Jesús dice

    2 de marzo de 2018 a las 1:58 pm

    Buenas tardes, una consulta, cuando se modificó las detracciones con el N° 063-2012/SUNAT supe que los médicos que emitían RH a las clínicas tuvieron que sacar su RUC para emitir facturas y le apliquen la detracción. Mi consulta es, en los casos de asesoría legal a una empresa aplicaría lo mismo?

    Responder
  51. Jackeline Sandoval dice

    28 de febrero de 2018 a las 7:16 pm

    Buenas noches. Estuve trabajando en un instituto privado desde diciembre del 2016 hasta octubre del 2017. Solo emitia recibos por honorarios. Al renunciar hablé con la contadora sobre mis beneficios sociales y me dijo que solo me corresponde CTS. Por favor quiero saber que beneficios me corresponden. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2018 a las 4:31 pm

      Te corresponde todos tus beneficios laborales (habría que analizar el régimen laboral del instituto), puedes realizar tu denuncia al Mintra.

  52. Abraham Celis dice

    26 de febrero de 2018 a las 1:56 pm

    Hola, yo emito desde hace tres años emito rhe mensualmente a una empresa, pero no cuento con correo corporativo, pero envió reportes, me corresponde algún beneficio laboral?

    Responder
  53. Rosa dice

    8 de febrero de 2018 a las 7:07 pm

    Buenas Tardes,
    Yo vengo trabajando 2 años para una empresa formal, emito mis recibos por honorario de manera mensual.
    En dicha empresa cuento con correo corporativo, tengo un jefe directo y tengo personal a mi cargo; en julio y diciembre recibo mi gratificacion.
    Al terminar mi relacion laboral con ellos, que beneficios tendria que obtener?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 4:25 pm

      Los beneficios completos que le corresponde a todo trabajador.

  54. Yenny Campos Castillo dice

    8 de febrero de 2018 a las 11:52 am

    Hola soy yenny trabaje en un hotel 12 años sin resivir ningún beneficio ….. sin recibos o una boleta que certifique mis años de trabajo ahora ya me retire y no me reconocieron para nada todos mis años de trabajo porfavor que puedo aser en este caso para reclar a mi ex jefe..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de febrero de 2018 a las 4:32 pm

      Tendrías que ir al ministerio de trabajo a realizar tu reclamo, pero necesitas alguna prueba de tu vinculo laboral.

  55. Javier Prince dice

    24 de enero de 2018 a las 12:02 pm

    Hola Miguel. Quisiera comentarte que he abierto una peluquería y tengo 2 chicas que trabajan en el puesto (es un puesto de 1.5m x 1.5m dentro de un mercado) y tengo rus pago s/ 20. Mensuales a la sunat y ellas ganan porcentaje no tengo contrato ni planilla de trabajadores que debo hacer para no tener problemas de multas con la sunafil o la sunat. Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2018 a las 5:40 pm

      En la parte tributaria esta bien pagando el Nuevo Rus. En la parte laboral si tienes algunos problemas si no pagas beneficios, deberías formalizar.

  56. Steve dice

    19 de enero de 2018 a las 7:13 pm

    Hola,

    Si gano 2400 por RxH, al pasarme a planilla cuánto me correspondería como nuevo saldo, o cuál sería el equivalente, es muy importante por favor!

    Saludos,

    Responder
  57. magi dice

    17 de enero de 2018 a las 8:28 am

    hola me llamo magi, trabaje hasta el mes pasado en una empresa por recibo por honorarios y no me quieren dar un certificado de trabajo, el asesor legal dice que no me va a servir para mi curriculum , es cierto esto?

    Responder
  58. Fernando dice

    12 de enero de 2018 a las 6:38 am

    Tengo casi 2 años laborando en una empresa emitiendo recibo x honorarios cuales son mis beneficios laborales

    Responder
  59. Evelin Liliana dice

    10 de enero de 2018 a las 10:17 am

    Hola, he estado en planilla en una empresa, me liquidaron en Diciembre, pero continúo laborando en la misma, ahora con RXH en el mismo puesto y con el mismo sueldo. ¿Que problema puede tener la empresa al yo seguir laborando fuera de planilla y con RXH?

    Responder
  60. Karla dice

    10 de enero de 2018 a las 9:52 am

    Hola, tengo trabajadores de RH sus servicios son de 3 a 6 horas al día, por lo que el pago q les corresponde no es el mismo cada mes, en caso de q por RH les corresponde beneficios, también debo hacerles descuentos , y cuáles serían

    Responder
  61. Aurelio dice

    8 de enero de 2018 a las 3:13 pm

    Hola,trabajo rxh para el,,estado me corresponde beneficos?gracias

    Responder
  62. Mila dice

    7 de enero de 2018 a las 10:23 pm

    Hola Miguel, gracias por tus aportes.
    Estoy trabajando en una empresa call center desde hace ya 2 años, trabajo de lunes a viernes 7 horas y sábados 4 a horas. No tengo planilla, emito mi recibo cada mes.
    Con las horas que trabajo y el tiempo que estoy en la empresa puedo solicitar mis beneficios?

    Responder
    • Carlos dice

      16 de febrero de 2018 a las 3:56 pm

      Cierto, verificando la concurrencia de los elementos esenciales de un contrato de trabajo, es procedente el pago de beneficios sociales. Cel 990906628

  63. Miguel dice

    7 de enero de 2018 a las 9:18 pm

    Hola tocayo una consulta trabaje con una empresa le envié recibo por honorarios por 1900 soles exonerado de retención y ellos solo me han depositado 1700 como puedo quejarme por el saldo restante

    Responder
    • fernando dice

      11 de enero de 2018 a las 12:48 pm

      con sunat!

  64. Luz delgado dice

    29 de diciembre de 2017 a las 1:35 pm

    Hola me gustaría saber si eh trabajado 6 meses solo con recibos por honorarios pagado quincenal mente y ahora me dice la empresa que ya no me puede tener por x motivos y no me quiere pagar mi ultima quincena completa me quieren descontar porque ya no quieren que siga es valido? YO NO ESTOY INCUMPLIENDO SI NO ELLOS POR SACAR TEMPESTIVAMENTE ayuda

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2017 a las 11:54 pm

      Puedes reclamar tus beneficios laboral, solo reúne documentos que pruebe tu vinculo laboral.

  65. Jose dice

    28 de diciembre de 2017 a las 12:17 pm

    Hola me llamo Jose llevo 2 años, y emito recibos por honorarios y en la empresa donde laboro soy el único que esta en esta condición ya que no percibo gratificaciones ni vacaciones ni cts he hablado con la dueña de la empresa pero es hablarle al aire ya que no me hace caso como puedo hacer para que me reconozca estos beneficios

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2017 a las 8:32 am

      Primero, reúne todas las pruebas que demuestren tu vinculo laboral, segundo, cuando cesas realizas tu denuncia al ministerio de trabajo.

    • juan nieto dice

      6 de febrero de 2018 a las 11:45 am

      yo pase casi la misma situacion pero ya no laboro en esa empresa desde hace tres meses. Puedo igual hacer la denuncia??

  66. MIRTHA dice

    27 de diciembre de 2017 a las 5:23 pm

    HOLA LABORE POR 15 MESES POR RECIBO POR HONORARIO Y LUEGO INGRESE A PLANILLA, TENGO DERECHO A COBRAR PAGO POR BENEFICIO LABORAL FUERA DE PLANILLA, SALUDOS…

    Responder
  67. Hector Sedano dice

    20 de diciembre de 2017 a las 6:46 pm

    Hola Miguel estoy a punto de trabajar en una empresa en donde pagan en recibos por honorarios, soy nuevo en esto, y quisiera saber si es recomendable trabajar con ese sistema de pagos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 11:34 pm

      Tienes que tener en cuenta que es probable que no te paguen beneficios laborales. Es importante que consultes el pago de beneficios en la empresa.

  68. Christopher Castro dice

    16 de diciembre de 2017 a las 12:35 pm

    Estimado amigo, estaba leyendo tu publicación debido a que estoy interesado en constituir una empresa, dicha empresa será familiar como recién vamos a empezar quería saber si es necesario que ponga a mi padre en planilla, ya que hice la consulta en sunat y me dijeron que podía ponerlo con recibo por honorarios mi padre será el representante legal de la empresa.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 2:57 am

      Si podrías hacer eso.

  69. Rosa dice

    16 de diciembre de 2017 a las 9:58 am

    Hola Miguel te saluda Rosa, una consulta vengo trabajando desde julio del presente con RxH y solicite pasar a plantilla desde enero. Tengo derecho que me liquiden x estos 5 meses?, esta quincena de diciembre me corresponde grati?…Espero tu respuesta, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de diciembre de 2017 a las 3:02 am

      Claro que le corresponde, si la empresa se niega, puede hacer su denuncia al Mintra.

  70. Vjpr dice

    7 de diciembre de 2017 a las 8:41 pm

    Hola porfa necesito ayuda, si trabajo en una empresa por recibos por honorarios, trabajando mis 48 horas semanales(ganando un minimo neto) tengo beneficios?como se manejan los dias feriados? pagos a final de año? Vacaciones? Etc , me urge (Peru)

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 4:19 am

      Si te corresponde el pago de beneficios, puedes realizar tu reclamo de beneficios al ministerio de trabajo.

  71. Anahi dice

    7 de diciembre de 2017 a las 9:31 am

    Hola Miguel, muy interesante..mi consulta es la sgte…. yo trabajo en un reataurant como Anfitriona por RXH la empresa me paga un monto mensual el cual tengo que declararlo en el RXH …. mi consulta es si falto al trabajo tengo que poner el mismo monto o le descuento el día que falté ? En que le beneficia a la empresa? Y si tengo derecho a una liquidación el día que ya no labore

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 1:19 pm

      Te corresponde beneficios laborales, claro esta la empresa no te lo va pagar. La recomendación es obtener pruebas de tu relación laboral, y en caso de cese a futuro, reclamas beneficios al ministerio de trabajo.

    • Jessy dice

      12 de diciembre de 2017 a las 10:57 am

      Hola trabaje en una empresa hace cinco años con RH hice el reclamo en el ministerio de trabajo de mi ciudad pero resulta que la empresa ya no existe y sus of estan en lima emiti mis documentos pero me llego una notificacion donde me dicen que la empresa uso un estudio de abogados como liquidador como puedo hacer en ese caso ayudame por favor

    • Miguel Torres dice

      23 de diciembre de 2017 a las 2:30 am

      Si la empresa ya se liquido, es muy difícil cobrar los beneficios.

  72. Felix dice

    5 de diciembre de 2017 a las 7:10 pm

    Hola Miguel acabó de reavisar tu blog y m parece muy interesante, yo acabó de iniciar con los recibos x honorarios, como es lo de pagar los impuestos en hasta cuánto de ingreso debo hacer y cuánto debo pagar mensual??!?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 2:26 pm

      Te sugiero consultarlo con la Sunat, por la complejidad del tema (4ta + 5ta) monto de tus ingresos, etc.

  73. Diego dice

    5 de diciembre de 2017 a las 12:11 pm

    Hola Miguel. Llevo trabajando en una empresa desde Julio de 2015 bajo la modalidad de RxH. Asimismo, cuento con un correo corporativo y un jefe directo. No marco ingreso y salida, pero si me pagan la grati en Julio y Diciembre mediante RxH también. Puedo cobrar CTS? puedo cobrar vacaciones porque no las he tenido?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de diciembre de 2017 a las 2:07 pm

      Dudo que la empresa te lo pague, trata de solicitarlo cuando decidas retirarte de la empresa.

  74. Facundo dice

    24 de noviembre de 2017 a las 8:55 am

    Hola Miguel excelente artículo, mira yo vengo trabajando 2 años en una empresa por la modalidad de RXH pero no he firmado ningun contrato de locación de servicios. Tengo el mismo horario que los otros trabajadores, tambien tengo correo en donde figura mi nombre,me corresponderia vacaciones y los otros beneficios de ley, ya que como te mencione no firme ningun contrato de locación de servicios.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2017 a las 8:56 am

      Si podrías reclamar tus beneficios laborales, reúne toda las pruebas que puedas, y haces tu denuncia.

  75. Polo Neyra Luis Marco dice

    14 de noviembre de 2017 a las 7:54 pm

    Tengo 5 años 6 meses trabajando como vendedor de repuestos al por mayor al principio me dijeron que tenia que extender facturas lo cual rehusó y empecé extendiendo recibos por honorarios con concepto de comisiones por ventas últimamente soy hostilidad.

    Responder
    • anthony dice

      17 de noviembre de 2017 a las 8:30 am

      Ola comenze a trabajar el 4de noviembre y todavía me pusieron en plantilla el día 14 del mismo mes..mi pregunta es …me van a descontar lo del seguro? . .(afp).prácticamente entre en la quincena y por esos días tendré ese descuento?

    • Miguel Torres dice

      20 de noviembre de 2017 a las 12:21 am

      Si te vas a descontar pensión.

    • Miguel Torres dice

      21 de noviembre de 2017 a las 4:48 pm

      No puedes emitir RxH por comisiones. Tendrías que emitir factura.

  76. Rosario dice

    6 de noviembre de 2017 a las 2:13 pm

    Miguel , hola, una consulta trabajo en el estado y ya vengo prestando servicios desde mayo del 2015, siempre por recibo pro honorarios con orden de servicios como asistente administrtaivo y hasta le momento no me pasasn a cas , sin ningun beneficio , dime hay algun aforma de pedir beneficio s?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de noviembre de 2017 a las 3:11 am

      Te recomiendo que lo consultes con un abogado. Es un poco mas complicado cuando el empleador es el estado.

  77. Roxana dice

    4 de noviembre de 2017 a las 3:22 pm

    Trabajé en un colegio el año pasado durante diez meses y en diciembre todos formamos nuestras renuncias. Este año, trabajé en el mismo, pero en otra sede desde marzo hasta mayo y también firmé mi renuncia. Durante ese tiempo emití RH ya que solo trabajaba tres días a la semana, 21 horas. ¿Me correspondería la CTS?, ¿existe una fecha límite para solicitarla?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 1:39 am

      Si trabajas mediante RxH no corresponde beneficio, salvo prueba contrario, en tu caso tendrías que reclamar.

  78. Ceci dice

    2 de noviembre de 2017 a las 10:36 pm

    Hola una consulta me pagan una parte por planilla y otra x recibo x honorarios de otra persona que infracción o ….esta cometiendo la empresa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de noviembre de 2017 a las 12:10 pm

      Evadiendo el pago de beneficios laborales.

  79. Rosa dice

    28 de octubre de 2017 a las 12:51 pm

    No entiendo? Yo trabaje casi dos años para un restaurante emitía recibos por honorarios, ya deje de trabajar allí, hace una semana. Me corresponde algún beneficio?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2017 a las 12:15 am

      Si puedes reclamar tus beneficios, si no te los quieren pagar, reclama a Sunafil.

  80. Mónika L. dice

    28 de octubre de 2017 a las 7:22 am

    Es la primera vez que trabajo bajo esta modalidad, empecé el 21.10.17 y mi consulta es: El prorrateo se debe hacer por 30 ó 31 días ya que he de laborar 21 días en este mes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de octubre de 2017 a las 12:18 am

      Debería realizarse por 30, entiendo que tienes horario fijo y estas subordinada.

  81. Melisa dice

    21 de octubre de 2017 a las 5:42 pm

    Hola miguel trabajo para una empresa al cual pertenecia a planilla parcial…ahora me dijeron que pasaria a emitir Recibo por honorario…me corresponde reclamar algo

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2017 a las 11:43 pm

      Si te correspondería cobrar una liquidación de beneficios.

  82. Gabriel Saavedra dice

    20 de octubre de 2017 a las 2:05 pm

    Hola tengo una consulta, estoy atado a la empresa con unos proyectos, me pagan con recibos por honorarios, estoy en una rango de sueldo donde no tengo que retribuir a la sunat, y los recibos los tengo en mi bandeja de la empresa. si renuncio no habría ningún problema, la empresa me puede denunciar. trabajo en el rubro de software, me da igual si hay una retribución solo quiero salir.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de octubre de 2017 a las 11:54 pm

      En ese caso solo dejo de asistir nada mas (presenta tu carta de renuncia), no te puede denunciar por abandono, porque no eres un trabajador.

  83. Styven dice

    13 de octubre de 2017 a las 12:30 pm

    Excelente articulo Miguel Quisiera preguntarle estoy emitiendo recibos por honorarios por tres meses, tengo una hija y no recibía asignacion, pienso renunciar quisiera saber si me corresponde algún beneficio lo que mencionaste puedo probar por que marco asistencia tengo remuneración

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de noviembre de 2017 a las 3:14 am

      Te corresponde beneficio, previa denuncia y demostración de tu parte.

  84. Raul dice

    5 de octubre de 2017 a las 3:57 am

    Hola Miguel, tengo 4 años trabajando en una empresa hace 6 meses recien firme mi contrato a planilla, que duro practicamente 6 meses ya que he decidido renunciar, pero la empresa solo me quiere pgar mi liquidacion por el tiempo que he estado en planilla, que debo hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2017 a las 12:45 pm

      Realizar tu reclamo ante el ministerio de trabajo.

  85. Alonso Noriega dice

    3 de octubre de 2017 a las 1:48 pm

    Miguel que tal, me acaban de despedir y siempre he sustentado recibos por honorarios, hasta me han hecho uno que otro descuento, tengo uniforme, correo, hasta mi propio sello, tarjetas de presentación.
    ¿Puedo pedir liquidación?

    Saludos.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2017 a las 10:21 pm

      Es correcto, realiza tu denuncia ante al ministerio de trabajo.

  86. Jairo dice

    2 de octubre de 2017 a las 10:35 pm

    Hola Miguel,

    ¡Excelente artículo! Quisiera por favor me absuelvas una duda, actualmente emito RHE a una persona jurídica(empleador), el problema es que desde hace dos meses mi pago se retrasa entre 1 y 2 semanas. ¿Puedo solicitar/exigir alguna compensación por el incumplimiento?. Cabe mencionar que solo emito RHE y no he firmado ningún tipo de contrato.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de octubre de 2017 a las 11:26 pm

      No existe norma sobre ello para el caso de locación de servicios. En todo caso podrías presionar tu pago si acudes a Sunafil.

    • Jairo dice

      3 de octubre de 2017 a las 7:24 pm

      Muchas gracias por la respuesta Miguel

  87. Nancy dice

    4 de septiembre de 2017 a las 12:23 pm

    Hola Miguel, la empresa en la cual laboro eventualmente …va a realizar un trabajo en el extranjero …voy como apoyo por una semana …por lo cual me van a pedir que emita un R honorario por los gastos q incurra la empresa en el exterior por mi trabajo y viáticos … o solo les emito por mis honorarios.

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2017 a las 5:15 pm

      En ese caso, emite por tus viáticos también, para que puedan sustentar el desembolso.

  88. Elizabeth dice

    4 de septiembre de 2017 a las 10:17 am

    Hola miguel tengo una gran duda, trabajo para el estado por mas de 1 año por recibo por honorarios, no pudieron ponerme en planilla por falta de presupuesto y ahora estoy embarazada aun no he comunicado este hecho a mis jefes pues nose como proceder, quisiera saber si me correspondería beneficios o descanso por maternidad. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2017 a las 5:01 pm

      No te corresponde beneficios, es mejor que comuniques a tu empleador.

  89. Katy dice

    29 de agosto de 2017 a las 2:59 pm

    Me pareció muy interesante.
    Yo he laborado como nana 6 meses, pero genere recibos por honorarios para la empresa del padre de la menor me corresponde una liquidación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de septiembre de 2017 a las 1:43 am

      No corresponde utilidades.

  90. Jhamely dice

    9 de agosto de 2017 a las 4:51 pm

    Hi Miguel; estoy trabajando bajo el régimen de recibo por honorarios, por orden de servicio para una institución publica más de 1 año. Se puede exigir a la empresa un contrato, como sustentaría mi tiempo laborado, me darian una constancia de trabajo, tengo algún beneficio. Podría denunciar a la empresa por no ponerme en planilla o en cas??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de agosto de 2017 a las 5:21 pm

      En tema es mas complicado en el sector publico, te recomendaria primero ir al ministerio de trabajo a realizar tu denuncia o consulta, ellos con la experiencia te van a dar un mejor consejo.

  91. Gladys dice

    4 de agosto de 2017 a las 4:44 pm

    Hola Miguel e trabajado e una empresa de régimen general durante 6 meses tiempo completo por recibo por honorario y cuando me sali no me dieron nada. y cuando reclame me dice que que no me corresponde por que trabaje por recibo.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2017 a las 12:42 am

      Es falso, puedes reclamar, pero necesitaras pruebas de tu labor como trabajador. Puedes denuncia al ministerio.

  92. Franc dice

    2 de agosto de 2017 a las 11:58 am

    Ola amigo kisiera saber ….yo entré a trabajar el tres de julio en la empresa solidez empresarial .como personal de mantenimiento yo kisiera saber si el pago es igual k al de un contratado por ejemplo los contratados están ganando 1000 soles

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2017 a las 8:37 am

      Si te debe corresponde todos los beneficios.

  93. Esmin dice

    28 de julio de 2017 a las 10:05 pm

    Hola Miguel, voy a empezar a trabajar para el estado pero por RxH, no estoy en CAS que beneficios me correspondería?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de julio de 2017 a las 9:17 am

      Ningún beneficio.

  94. Brigith dice

    28 de julio de 2017 a las 11:44 am

    Hola buenos días, llevo trabajando dos meses en una E.I.R.L. EMPRESA DE COMBUSTIBLE. emito recibo por honorario, y durante todo ese tiempo me han obligado a trabajar los días feriados. Dígame estoy obligada en hacerlo aun sin que me paguen por el feriado trabajado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de julio de 2017 a las 9:23 am

      Si te obligan a trabajar, deberían pagarte el 100% del jornal diario por laborar en feriado. Si no te pagan denuncia al ministerio de trabajo.

  95. Armando dice

    27 de julio de 2017 a las 2:44 pm

    Excelente. De gran ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de julio de 2017 a las 10:32 am

      Gracias por el comentario.

  96. Seven dice

    26 de julio de 2017 a las 12:36 pm

    Hola, quisiera saber si puedo dar constancia de trabajo a un personal que laboro 6 meses con recibos por honorarios y que consecuencias puede haber

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de julio de 2017 a las 6:02 am

      No puedes hacer eso, podrías tener problemas que luego te exija beneficios.

    • Eliza dice

      4 de diciembre de 2017 a las 4:16 pm

      Hola mi esposo cumplio 6 meses de trabajo y le dijeron de un momento a otro q ya no trabajaria mas pero el tiene contrato hasta el 10 de diciembre en este caso el trabaja para una servi pero a el le dan boletas de pago en este caso el le toca algun beneficio??

    • Miguel Torres dice

      5 de diciembre de 2017 a las 12:42 am

      Si le corresponde una indemnización por despido arbitrario (proporcional a los días faltantes para terminar su contrato).

  97. Raquel dice

    13 de julio de 2017 a las 2:42 pm

    Hola, una consulta , he trabajo en mype y ahora en una empresa de régimen general hace un mes, me corresponde gratificación?, ya que cuando trabaje en la mype sin contrato y por recibo de honorarios tenia todos mis beneficios.
    gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2017 a las 2:52 am

      En la empresa régimen general si te corresponderá tus beneficios.

  98. Sandra dice

    6 de julio de 2017 a las 4:41 pm

    Hola Miguel, para las empresas mencionas otras alternativas para no tener locadores ¿cuales son esas alternativas? te agradecería las menciones.
    mil gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de julio de 2017 a las 12:02 am

      Depende mucho de cada empresa, su actividad y los puestos de los trabajadores, hay que hacer un planeamiento, pero por ejemplo contratos part time.

  99. Renzo Castro dice

    3 de julio de 2017 a las 12:01 pm

    Mi consulta es la siguiente vengo laborando en una empresa desde abril del 2015 por recibos por honorarios, hasta el día de hoy no he recibido ningún beneficio, pero mensualmente me descuenta por motivos de tardanzas… poseo correo corporativo, entre otras cosas… mi consulta es si este mes de julio puedo solicitar la gratificación o no, Gracias por tu respuesta Julio!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de julio de 2017 a las 9:57 pm

      Si no te pagan beneficios no creo que te paguen gratificación, lo único que te recomiendo es trabajar, y el dia que ya no deseas pide tus beneficios, con tu denuncia al ministerio y procedimiento legal.

  100. Perry dice

    27 de junio de 2017 a las 5:18 pm

    Hola Miguel 1 pregunta si estoy trabajando desde agosto 2016 y firmo contrato enero 2017 debieron darme gratificacion o cts trunca del periodo agosto a diciembre 2016? para esto siempre me pagaron por RH tengo correo de la empresa desde el primer dia etc .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de junio de 2017 a las 7:04 pm

      En la practica debieron darte el beneficio, pero bueno ya depende de ti reclamarlo.

  101. Maria dice

    27 de junio de 2017 a las 12:17 pm

    Estoy trabajando hace 9 meses en una empresa “X” bajo RH, firmo contrato, pero este contrato y RH no es con la empresa X sino con una empresa Y. En este caso, tengo algún beneficio con la empresa Y?(la firma de mi correo esde la emp. X, al igual que la asistencia, reu., celeb. fin de año y cumples) Es correcto q me descuenten x tardanza?en caso de renunciar, tengo que avisar 15 días antes?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de junio de 2017 a las 1:29 pm

      Por lo mencionado si te debe corresponder beneficios, puedes acercarte al Ministerio de Trabajo para hacer tus quejas.

  102. JUAN GARCIA dice

    16 de junio de 2017 a las 5:17 pm

    Trabajo para una empresa ya 14 años año a año me renuevan mi contrato de sujeto a modalidad, por administrador de la empresa, además como profesional contable firmo un recibo mensual por S/850.00 por servicios de contabilidad el pago de contador seria renta de 4ta categoría o parte del sueldo mes

    Responder
  103. HUGO SOTO LOZA dice

    16 de junio de 2017 a las 7:19 am

    Hola Miguel como estas, para complementar la demostración de la PRIMACÍA DE LA REALIDAD , es bueno que los Usuarios ( con R/H) se vayan agenciando para la demanda laboral.
    1.- Obtener el numero de las ctas ctes de las empresas. Placas de Vehículos, Marca y NUMERO DE SERIES DE LAS MAQUINARIAS : TODOS PARA EMBARGAR Y ASI SERA MAS FACIL. Es mi realidad.
    SALUDOS.

    Responder
  104. Edison Garcia dice

    27 de mayo de 2017 a las 11:45 am

    Hola, entre a trabajar 11/2015 ganando $2000. siempre me pagaron por recibo por honorario y en febrero de este año me redijeron el sueldo unilateralmente a$1000 me dicen que ahora me vaya este fin de mes quería saber cuanto puedo pedir de liquidación , el ministerio me indico que si me correspondía. gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de mayo de 2017 a las 9:25 pm

      En todo caso puede seguir coordinando con el ministerio de trabajo para que te reconozcan tus beneficios.

  105. Dialiny dice

    19 de mayo de 2017 a las 12:33 pm

    Hola Miguel, llevo un año trabajando para una entidad publica en la modalidad de locador como asistente de la gerencia de abastecimiento, el año que viene por cambio de gobierno vamos a salir todos. mi pregunta es si reúno los documentos sustentatorios que nos recomiendas ¿que beneficios me pagara la entidad?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de mayo de 2017 a las 2:54 am

      Pues ninguno, salvo inicies una demanda laboral. Es mas complicado cuando el demandado es una empresa publica.

  106. Deybe dice

    11 de mayo de 2017 a las 3:21 pm

    BUENAS TARDES MIGUEL tengo una consulta tenia una empresa EIRL pero como tenia deuda con sunat la dimos de baja en sunat ya esta de baja pero lo que pasa que le estan cobrando la deuda al representante legal. es correcto o no. la deuda es del año 2008 y de recién la han notificado al representante de ese entonces sino paga le embargan los bienes. como me puedes ayudar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      26 de mayo de 2017 a las 4:36 pm

      En toco caso podrías presentar un recurso de reclamación indicando que la deuda prescribió.

  107. Pablo dice

    1 de mayo de 2017 a las 8:43 am

    Hola Miguel, tengo contrato de locacion hasta Junio del 2017 (ya tengo trabajando 2 meses para esta empresa), hoy es 1ero de mayo y estoy trabajando… Segun ley, los que estan en planilla les corresponde 3 sueldos por trabajar hoy. ¿A mi me corresponde pago doble o triple? considerando que mi descanso son los fines de semana. Espero tu respuesta.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2017 a las 11:27 pm

      En realidad para los trabajadores de locación no esta reglamentado porque no existe vinculo laboral.

  108. Manuel Pacheco dice

    18 de abril de 2017 a las 9:34 am

    Tengo un personal que ingreso el 01/ 01/2016 hasta el 31/12/2016 por recibo por honorarios trabajando sus 48 horas semanales los dos 3 primeros 400 soles, 3 recibos de 600, 3 recibos 800, 3 recibos de 1000. y en el 01/01/2017 ingreso a a planilla con todos los beneficios de ley si retirara el 30/04/2017. como se le haría el calculo de sus beneficios ?
    espero sus respuestas .
    gracias

    Responder
  109. Rony dice

    12 de abril de 2017 a las 9:01 am

    Trabajo para Claro Peru SAC 4 años me han pagad con recibos x honorarios cada mes , ayer llamaron d la empresa y m hicieron firmar un document de Resolución d contrato d vendedor Libre el cuál sera ara efectiva a los 30 días, dieron la opción q siga trabajand con RUC 20 como empresa o q trabaje a nombre de otra persona d mi confianza ,que hago?

    Responder
  110. Jessy dice

    5 de abril de 2017 a las 5:31 pm

    Hola, trabajo para una empresa de servicios petroleros y estoy con RH desde mayo 2015 hasta la fecha escuche que habrá reducción de personal y entre ellos estoy yo tengo derecho a una liquidación y como seria el calculo en base.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de abril de 2017 a las 12:36 am

      Si tienes un horario fijo, estas subordinado, y te correspondería una liquidación beneficios laborales. Es importante que tengas a la mano pruebas que demuestren tu vinculo laboral.

  111. Alex dice

    29 de marzo de 2017 a las 6:38 pm

    Una consulta llevo trabajando en un hotel por 40 días y aun no eh firmado contrato ni estoy en planilla, que pasaría si me despiden ?porque han estado tomando entrevistas a gente de mi puesto y ademas me deben horas nocturnas desde que empece a trabajar, que puedo hacer.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de abril de 2017 a las 12:13 am

      En ese caso trata de acumular pruebas que demuestren tu vinculo laboral, para que puedas quejarte al Mintra.

  112. Fiorela M. dice

    11 de marzo de 2017 a las 4:25 pm

    Buenas tardes,tengo una Microempresa,los trabajadores cobran al destajo (+ del sueldo mínimo), uno de ellos quiere liquidar su tiempo de servicios.¿Estoy obligada a pagar esta liquidación u otros beneficios sociales? y de ¿cuánto sería s/.?Ellos no están en planilla,reciben canasta a fin de año y en julio y diciembre una gratificación (- del sueldo mínimo).

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de marzo de 2017 a las 6:35 pm

      Si eres una empresa acreditada por el Mintra como microempresa solo estas obligada a pagar 15 días de vacaciones por año.

  113. Patty dice

    9 de marzo de 2017 a las 12:57 pm

    Buenas Tardes tengo un contrato por recibo por honorarios hasta el 30 de marzo, yo a renuncie y estoy trabajando hasta el 15 pero no me quieren dar certificado de trabajo que puedo hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de marzo de 2017 a las 5:07 pm

      Puedes quejarte ante el ministerio de trabajo, lleva documentos que prueben tu trabajo.

  114. Melissa dice

    8 de marzo de 2017 a las 11:34 am

    Hola estoy por contrato de locación y cobro por recibo si deseo renunciar tengo que esperar 30 días o simplemente lo comunico .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2017 a las 1:58 pm

      No tienes obligación.

  115. Becky dice

    28 de febrero de 2017 a las 7:37 pm

    Hola miguel. he tenido visita 2 oportunidades de sunafil xq una trabajadora me quejo x benef. sunafil indico no había vinculo laboral. Hoy me puso una demanda. Después de un año lo puede hacer?, puedo denunciar por calumnia xq mintio dijo despido arbitrario pero luego dijo q se fue. No tenia hora de ingreso y pagaba x horas y x trabajo especifico. estuvo 2 años. Que pasara.
    Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de marzo de 2017 a las 12:32 am

      Si lo puedes hacer, dado que los beneficios laborales prescriben a los 4 años de culminado el vinculo laboral.

  116. Bruno dice

    20 de febrero de 2017 a las 4:18 pm

    Hola Miguel, te cuento estoy laborando desde 2014 hasta actualidad recibo honorarios en una empresa multinacional laboro como 8 diarias tengo correo cooperativo (partir agosto 2015), anexo, contraseña ingresar a la pc, hasta recibi capacitaciones , lei tengo beneficios labores ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de febrero de 2017 a las 1:50 am

      Pues claro, con dicha información tienes para ganar en un juicio laboral, pero primero sigue el procedimiento administrativo ante Sunafil.

  117. Mario dice

    29 de enero de 2017 a las 2:09 am

    Hola miguel yo soy jugador de reserva de un equipo de futbol profesional me pagaban por recibos por honorarios pero nos dejaron de pagar desde septiembre 2016, la sunafil también inspecciona los clubes.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 6:05 am

      Si es correcto, puedes hacer tu denuncia ante Sunafil, llevando la documentación que pruebe tu vinculo laboral (recibos, pagos, documentos, fotos, etc).

  118. Enrique A dice

    27 de enero de 2017 a las 4:25 pm

    Hola MiguelTrabajo en una empresa desde nov del año 15 al momento de pedir que me pongan en planilla, me exigieron que de mi recibo por honorarios ahora me quieren despedir y tengo correos, era la represen de la empresa como el supervisor tengo cargos y firmas de todos los proyectos entregados¿Puedo exigir mis beneficios?tengo también en algunos meses del año 2015 SCRT¿me sirven como pruebas? Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de enero de 2017 a las 10:31 am

      Si es correcto, tendrías que realizar tu denuncia ante sunafil.

  119. Rodnay dice

    23 de enero de 2017 a las 4:11 pm

    Hola miguel, trabajo con orden de servicio y en la orden no indica que hora es mi ingreso y salida, pero me indican que tengo que seguir el horario de los que están planillados, quisiera saber si tengo que ingresar igual que los trabajadores indeterminado.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de enero de 2017 a las 8:55 am

      Se entiende que debes respetar la jornada labora, mejor dicho tu ingreso o salida debe estar en rango de horas que laboran los trabajadores.

  120. Josue dice

    18 de enero de 2017 a las 3:56 pm

    Me pagan media te recibos por honorarios quisiera saber si descuenta Seguro & AFP ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2017 a las 6:01 am

      No te descuentan.

  121. Ronald dice

    17 de enero de 2017 a las 12:06 pm

    Tengo 10 años haciendo trabajos sin contratro( rph ) a una empresa grande el cual asistia 1vez por semana ( 300 soles x mes en 2006 ) tuve mas trabajos y superaba los 2500 ( 2007-2013) yo realizaba mantenimiento electronico.me comentaron q ya no necesitaran mas del trabajo, cual es mi situacion x estos 10 años de servicio? tengo correos , pago x b2mining
    gracias x su respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de enero de 2017 a las 6:25 am

      Si podrías reclamar beneficios laborales, sería bueno que te asesores con un abogado.

  122. Betty dice

    11 de enero de 2017 a las 12:52 pm

    Buenas Tardes: quisiera saber si trabajando 6 meses con honorarios a tiempo completo tengo algun beneficio, ya que despues me registraron en planilla y en total ya cumpli 1 año y medio.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de enero de 2017 a las 10:17 am

      En teoría no tendrías beneficios, pero podrías pedir que te reconozcan como parte de tus beneficios.

  123. Beatriz dice

    28 de diciembre de 2016 a las 7:51 am

    Hola verás presto mis servicios de asesoría legal para una empresa por mas de siete años llevando procesos judiciales de la empresa me pagan mediante recibos por honorarios en forma mensual y no tengo contrato escrito, me corresponde beneficios sociales. Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de diciembre de 2016 a las 10:01 am

      Si tienes un horario fijo, estas subordinada, podrías solicitar tus beneficios.

  124. Leonardo dice

    19 de diciembre de 2016 a las 4:48 pm

    Hola que tal, espeor me puedas ayudar. Tengo laborando 14 años en una empresa bajo recibo de honorarios (desde un inicio de 2,500 ahasta hoy en día de 4,500 a la quincena) y ahora me requieren liquidar con la cantidad de 24, mil pesos. ¿cuanto es lo que realmente me puede tocar o si realmente me puede tocar algo a derecho?

    Responder
  125. Wilmer E.R. dice

    19 de diciembre de 2016 a las 12:56 am

    Hola Miguel,

    una pregunta, si laboro durante el periodo de 1 mes o 2 meses, tengo mi registro de ingreso y salidas 8:30 am a 6:15 pm, me corresponde mis beneficios sociales…?

    Responder
  126. Gissela dice

    17 de diciembre de 2016 a las 1:05 am

    Hola Miguel, trabajo para 1 empresa ya 1 año y giro Rh es verdad que no me corresponde gratificación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de diciembre de 2016 a las 7:10 am

      No te corresponde, pero al finalizar el tu trabajo podrías reclamar al ministerio de trabajo, para ello guarda toda prueba que demuestre tu vinculo laboral.

    • Elmer dice

      17 de diciembre de 2016 a las 2:00 pm

      Hola, Miguel trabajo de vigilante en un condominio , ya hace tres años me pagan con recibos por honorarios , y quiero? Saber , si me toca recibir mis beneficios

  127. Susana dice

    12 de diciembre de 2016 a las 7:27 pm

    Hola Miguel, muy buen artículo, me ayudó a documentarme y animarme a hacer mi denuncia ante el MINTRA, salió a mi favor y estoy a la espera de que la empresa mee contacte para conversar. Una consulta la empresa puede intentar conciliar sobre el monto que le ha indicado el MINTRA que debe pagarme o sólo puede conciliar sobre el contrato que me harían para pasar a planilla?

    Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de diciembre de 2016 a las 12:50 pm

      En una conciliación el monto es referencial, puede ser lo del Mintra o lo que la empresa haya calculado. Es recomendable que este punto trates de llegar a un acuerdo, porque de lo contrario lo siguiente será el juicio, ahi toma tiempo, y si la empresa es pequeña desaparecen a mitad del juicio.

  128. Antonio dice

    5 de diciembre de 2016 a las 4:33 pm

    Hola Miguel, gracias por el aporte ..
    Trabajo en una empresa por 2 años y medio bajo modalidad de rxh. parece que me pasan a planillas mi consulta es si me toca liquidacion y si me tocara se tiene que incluir vacaciones truncas, gratificaciones truncas y cts ?

    gracias..

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de diciembre de 2016 a las 1:28 am

      En realidad no te corresponde bajo dicha modalidad, pero en la practica debería. Conversa con la empresa y de no quedar satisfecho podrías acudir al ministerio de trabajo.

  129. Rocio Lorena dice

    1 de diciembre de 2016 a las 10:10 am

    Miguel: Si un trabajador ha laborado por dos años y seis meses y de éstos sólo 1 año y 8 meses ha estado en planilla ganando “X” remuneración y pero al inicio del vínculo laboral trabajó por RXH durante 10 meses ha estado con subordinación comprobada y marcando etc, con una remuneración “Y”. ¿Cómo se calcula los beneficios laborales que le corresponden? Sobre la remuneración x o Y

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2016 a las 10:47 pm

      En ese caso calculas sobre la ultima remuneración, y el plazo de 2 años y seis meses. Claro esta que la empresa no lo va hacer, tendrías que conversar o reclamar ante el MINTRA.

  130. Wills dice

    30 de noviembre de 2016 a las 6:24 pm

    Muy buen Blog Miguel,
    de ante mano gracias por la respuesta a mi siguiente pregunta…

    He trabajado para una institucion, la cual me dio una constancia de trabajo, como docente pero por RxH, termine de trabajar…. en setiembre y ya estamos en diciembre practicamente y aun no me pagan. que seria lo conveniente hacer?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de diciembre de 2016 a las 10:53 pm

      En ese caso denunciar ante Sunafil para presionar el pago.

  131. Dimitrious dice

    23 de noviembre de 2016 a las 12:34 pm

    Hola Miguel Torres, tengo un par de dudas, y espero puedas ayudarme. Estoy contratado por una institución gubernamental por contrato de honorarios, y pretendo renunciar. ¿Debo presentar renuncia escrita? y ¿me corresponden beneficios como liquidación, etc?
    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de noviembre de 2016 a las 12:14 am

      Si es por locación de servicios no hay beneficios, por ende tampoco obligación de renunciar.

  132. Julio dice

    8 de noviembre de 2016 a las 6:26 pm

    Laboro actualmente en un municipio, llevo 6 años trabajando en lamodalidad de locacion de servicios , mensualmente desde enero 2011 hasta la actualidad , lunes a viernes 8 a 5pm que beneficios puedo solicitar a la fecha y si puedo pedir una estabilidad laboral.
    Estan haciendo convocatoria al regimen y quieren que entre, espero su respuesta muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de noviembre de 2016 a las 9:54 pm

      Si puedes hacerlo, pero tendrá que ser judicialmente, te recomiendo asesorarte con un abogado.

  133. Ruben dice

    17 de octubre de 2016 a las 1:42 pm

    amigo tengo trabajando 1 año 6 meses en una empresa..no estoy en planilla tampoco me pagan por RXH…la empresa me esta exigiendo que saque mi ruc para cobrar por recibos por honorarios…que me recomiendas amigo…nunca me an dado vacaciones ni gratificaciones que puedo hacer al respecto..te agradeceria bastante que me ayudaras

    Responder
  134. Fresia dice

    17 de octubre de 2016 a las 11:55 am

    Hola yo llevo 2 años trabajando para una microempresa y no estoy en planilla que beneficios me corresponden ?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de octubre de 2016 a las 1:22 am

      Si no estas en planilla, ninguno. Por otro lado el echo de ser microemrpesa solo pagara vacaciones por 15 días, por cada año laborado.

  135. Alex dice

    12 de octubre de 2016 a las 3:34 pm

    Hola Miguel consulta, durante 3 años emiti factura a una sola empresa estuve bajo subordinación es posible acojerme al principio de la primacía de la realidad aún así haya emitido solo facturas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de octubre de 2016 a las 8:38 pm

      Si podría ser posible, tienes que demostrar tu vinculo laboral mediante documentos, debido a que la empresa sustentara que no hay vinculo laboral si no una prestación de servicios.

  136. Cynthia dice

    29 de septiembre de 2016 a las 11:29 am

    Hola, empece a trabajar como tercero para la municipalidad de lima(exactamente para el corredor azul), hace dos días me dijeron que por mi talla ya no podre seguir laborando. me siento discriminada…que puedo hacer.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de octubre de 2016 a las 9:02 pm

      En ese caso tendrías que acudir al ministerio de trabajo para realizar tu denuncia, si no obtienes respuestas quedaría un proceso contencioso (juicio).

  137. Jose dice

    28 de septiembre de 2016 a las 5:49 pm

    Hola, primero que nada agradecerte por los aportes que brindas.
    Mi enamorada trabaja en una editorial, el “contrato” es por 6 meses para un proyecto. A ella le van a pagar por rph. Es el trabajo que siempre ha querido y no le importa tener beneficios.
    Mi pregunta es, culminados los 6 meses la empresa puede darle una constancia de trabajo para constatar que ella ha trabajado en la empresa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      29 de septiembre de 2016 a las 9:38 am

      En teoría al no tener vinculo laboral no están obligados.

  138. Silvia dice

    12 de septiembre de 2016 a las 9:10 pm

    Soy médico trabajo en un service para la municipalidad hace 4 años, veo pacientes 3 veces x semana y todo este tiempo me han pagado por rxhp. Ahora me dicen q tendría que buscar un familiar que de recibos de tal manera que 1 mes los doy yo y el otro mes mi familiar o q me constituya en empresa. Qué hago? no tengo ningún contrato y mi horario es fijo 3 veces x semana, 15 horas semanales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de septiembre de 2016 a las 1:30 am

      La empresa lo hace para evitar una posible denuncia por beneficios laborales, yo te recomendaría buscar un trabajo que te otorgue todos los beneficios, de lo contrario si estas de acuerdo con las condiciones puede seguir laborando, pero ya sabes que significa.

  139. Amelia dice

    2 de septiembre de 2016 a las 12:25 pm

    Es muy bueno seguir enterandose de todo sobre planillas, tengo un colaborador que trabajo en abril de 2014 x recibo de honorarios hasta julio 2014 en agosto 2014 ingreso a planilla, como se liquida

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de septiembre de 2016 a las 1:05 pm

      En teoría lo liquidas por el tiempo de planilla, ahora adicional le podrías dar un monto por el tiempo que laboro por recibos. La idea es que el colaborador no vaya a denunciarte.

  140. Amalia dice

    26 de agosto de 2016 a las 11:04 pm

    Trabaje durante 7 meses por recibos por honorarios, asimismo, realizaba labores que no estaban estipulados en mi contrato al ser “personal de confianza”, pero no recibí ningún pago extra por ellos ni incumplí con mi contrato. Deseo saber si tengo derecho a una Constancia de Trabajo.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de agosto de 2016 a las 12:14 am

      Si deberían darte una constancia de trabajo, el punto es que tienes que demostrar tu labor como dependiente, podrías presionarlos con una denuncia al ministerio de trabajo.

    • Amalia dice

      27 de agosto de 2016 a las 3:21 pm

      Tengo todas la evidencias necesarias.

    • Miguel Torres dice

      28 de agosto de 2016 a las 12:45 am

      Presenta tu queja al ministerio de trabajo.

  141. Lesly dice

    7 de agosto de 2016 a las 3:48 pm

    Una consulta Miguel, si uno trabaja por 4 meses en una empresa y emite recibo por honorarios, si uno decide renunciar, la empresa esta obligada a emitir un certificado de trabajo o no?? dónde puedo encontrar mas información al respecto. Gracias!!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de agosto de 2016 a las 5:09 pm

      No deberías renunciar ya que no existe vinculo laboral y tampoco debería emitirte un certificado de trabajo.

  142. Michelle dice

    6 de agosto de 2016 a las 12:47 am

    Hola Miguel, por favor disipame la siguiente duda: laboro hace 2 años para una misma empresa, la cual me ha tenido bajo emisión de rxh durante 1 año y 10 meses, y no es hasta hace un mes que me pusieron en planilla. Mi interrogante es ¿me debieron liquidar de 4ta categoria?. Gracias por tu tiempo.

    Responder
  143. Johan Silva dice

    15 de julio de 2016 a las 12:16 am

    Hola Miguel

    Tengo una duda, eh trabajado en una empresa con recibos un aprox de 7 meses por cada año y eh llevado trabajando un aprox 3 años y 6 meses
    Hace un mes me quisieron hacer firmar un contrato por cada año que estuve, ¿debería firmar y pedir algo? o en todo caso que podría hacer, que me recomiendas gracias.

    Saludos

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de julio de 2016 a las 6:46 am

      Si te hacen firmar un contrato laboral es posible que desean regularizar tu situación, entiendo que eso los obliga a ingresarte a planilla. Lo unico en contra podría ser que tienes una fecha de cese, solo ese punto debería revisar.

  144. Hannah Hannah dice

    13 de julio de 2016 a las 9:18 am

    Hola Miguel! Una consulta,trabajo en una empresa desde el 15 de enero 2016. L-V: 8-6 pm y sábado de 8 – 1pm .
    Emito RXH desde Abril,la verdad quiero salirme son muchas horas,Quisiera saber si tengo derecho a reclamar liquidación si me voy el 15 de Agosto

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de julio de 2016 a las 6:41 am

      Bajo dicho regimen no corresponde, pero en realidad tu deberías estar en planilla, solicita tu liquidación, si te deniegan puedes quejarte al ministerio de trabajo (primero trata de guardar las pruebas que demuestran tu vinculo laboral: correos, fotocheck, asistencia, memos, etc).

  145. Silvia Tarazona dice

    7 de julio de 2016 a las 11:06 pm

    Hola soy Silvia, yo trabajo en un empresa 16 años Pero los 14 años sólo 4 horas diarias y los dos años 8 horas, siempre me han pagado con RH , y nunca m dieron ningún beneficio, q ley m ampara para reclamar todos mis beneficios, gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de julio de 2016 a las 7:09 am

      El decreto legislativo 728, puedes ir a reclamar al ministerio de trabajo.

  146. Pilar Ruiz dice

    30 de junio de 2016 a las 5:53 pm

    Trabaje 8 años en una empresa, los dos primeros años fueron con recibos por honorarios y luego entre a planilla. cuando termine mi trabajo, solo me dieron mi liquidación y cts. de los años en planilla sin considerarme los dos primeros años.
    que leyes me amparan para reclamar mis beneficios de los dos primeros años?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de junio de 2016 a las 9:39 pm

      Si tienes como demostrar esos dos años, puedes reclamarlo, has tu denuncia al ministerio de trabajo.

  147. Percy dice

    20 de junio de 2016 a las 12:48 am

    Hola Miguel trabajo en una chacra de naranjas, hace 5 años, mensualmente sólo me pagan mi sueldo mínimo, no me dejan quedarme con ningún documento, quiero que me paguen mis beneficios labores, como podría proceder, muchas gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      23 de junio de 2016 a las 1:46 am

      Tienes que tener pruebas de tu vinculo laboral, fotos, correos, pagos, ordenes, llamadas, mensajes de texto, etc para que hagas tu denuncia al ministerio de trabajo.

  148. Pamela dice

    13 de junio de 2016 a las 10:00 pm

    Hola yo vengo trabajando en una empresa de noviembre a abril estoy pidiendo que me liquiden por esos meses que estuve por RH, he trabajo 7 horas diarias no firmaba asistencia pero si llegaba tarde me llamaban la atención, me he reenviado algunos correos de esos meses a mi correo personal. Ganaba 800 soles por RH quisiera saber cuánto debería recibir por esos meses?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de junio de 2016 a las 2:36 pm

      Por 6 meses de labor, aproximadamente 1 gratificación, 1/2 vacaciones y 1 deposito de CTS, con tu remuneración de 800 soles, sería aproximadamente 1,600 soles. Te recomiendo que te quejes en el ministerio de trabajo y lleves todos los documentos que prueben tu vinculo.

    • Pamela dice

      14 de junio de 2016 a las 6:38 pm

      Y varía el monto si es una MYPE?

    • Miguel Torres dice

      16 de junio de 2016 a las 1:55 pm

      Es correcto, si es microempresa no recibe casi nada de beneficios.

  149. Alexander dice

    17 de mayo de 2016 a las 6:51 pm

    Saludos soy docente de colegio trabaje hace 2 años en 2014y 2015 en el cual todo el 2014 nos paganban en mano sin honorarios sin planillaqs recién en el 2015 emitíamos rxh pero solo nos pidieron los 4 primeros meses y después nada lo mismo sin recibo sin planilla tengo beneficios sociales

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de mayo de 2016 a las 10:02 am

      Por lo que mencionas no tienes beneficios, deberías acudir al ministerio de trabajo.

  150. Eduardo Loayza dice

    13 de mayo de 2016 a las 11:05 am

    Hola MIguel, yo vengo laborando en una universidad publica por recibo por honorarios 2 años y nueves meses , yo puedo exigir mis beneficios laborales si tengo mis comprobantes de pago, cartas de mi centro de labores donde indica mi horario y todo eso , por favor me gustaría que pudieras aclararme esa duda, muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      15 de mayo de 2016 a las 4:21 am

      Te recomiendo que lo consulte con un abogado, o acudas al ministerio de trabajo, debido a que tu empleador es una entidad publica, lo más probable es que termines en la via judicial.

  151. Victoria dice

    10 de mayo de 2016 a las 2:39 pm

    Hola; a mi me pagan por recibo por honorarios, me indicaron pasar a planilla al tercer mes ya llevo un año en la empresa y aun nada, también nos están descontando las tardanzas y ahora han tomado la decision de que si nos pasamos unos breves minutos nos descuentan el día, me podrías indicar si es correcto?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de mayo de 2016 a las 11:17 pm

      No es correcto, te sugiero que guardes toda prueba de tu vinculo laboral, en caso de despido y no pago de beneficios, puedas realizar tu queja al ministerio de trabajo o via judicial.

  152. Jorge Diaz dice

    6 de mayo de 2016 a las 6:06 pm

    Una consulta yo trabajaba en un restaurant bueno solo 3 días a la semana x 4 horas diarias, por un tiempo de 3 meses puedo reclamar liquidación, porque me dicen los dueños q no cumplo las horas de un empleado q son 48 horas x semana o part time q son 24 horas semanales, quisiera saber si esto es cierto.

    Responder
  153. Jose dice

    1 de mayo de 2016 a las 10:33 pm

    Muy informativo y muy practico me aclarastes las dudas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de mayo de 2016 a las 5:48 pm

      Muchas gracias 🙂

    • Antonio dice

      8 de julio de 2016 a las 11:00 pm

      Miguel una pregunta yo trabajo en una empresa micro o pyne no se bien pero gano 1500 al mes x recibos x honorarios tengo gratificaciones o algun beneficio tengo 7 meses ya.

    • Miguel Torres dice

      10 de julio de 2016 a las 7:57 pm

      Si trabajas mediante recibo por honorario no te corresponde.

  154. Richard Diaz dice

    16 de abril de 2016 a las 6:15 pm

    Hola miguel, vengo trabajando en el minsterio de cultura ya 2 años y cada mes genero recibo por honorario, este mes se me ha presentado una oferta laboral mejor, mi consulta es; estos 15 dias que estoy trabajando me los tienen que pagar?? o ya los doy por perdido.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de abril de 2016 a las 9:35 pm

      Claro que tienen que pagarte.

  155. Carlos dice

    13 de abril de 2016 a las 11:25 am

    Miguel que tal bueno mi consulta va por parte del empleador hay trabajadores que no desean tener beneficios sociales TRABAJAN EN UNA industria que empaquetan bolsas de plastico bueno practicamente el trabajo que quieren realizar es a destajo no hay hora de entrada ni salida.. ¿? cuanto es el tiempo máximo para que me emitan RxH Que estima el MINTRA…??

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de abril de 2016 a las 4:23 pm

      En realidad no hay tiempo minimo, desde el primer día debes estar en planilla.

    • Carlos dice

      15 de abril de 2016 a las 8:54 am

      pero puede estar con Recibos por Honorarios o la SUNAFIL no permite esto 🙁

    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2016 a las 1:22 pm

      Ese es otro tema, en realidad si tu labor es de trabajador dependiente debes estar en planilla.

  156. Blopa dice

    12 de abril de 2016 a las 5:54 pm

    Hola, buenas tardes, una consulta: si te contratan en un centro educativo inicial que tiene menos de 3 años de fundación y te pagan sin recibos por honorarios, es decir, solo te llaman el día de pago y te dan la plata en mano; trabajas en un horario fijo sin ningún beneficio, ni gratificación, ni seguro, ni CTS, nada; mi consulta es: ¿Te pueden descontar de tu sueldo mensual por tardanzas?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de abril de 2016 a las 4:59 am

      No sería lo correcto, porque según su modalidad no eres una trabajadora con relación laboral.

  157. JoseAllpas dice

    6 de abril de 2016 a las 4:15 pm

    Alguien por ahi tendra un contrato de locación.

    Responder
  158. Diana dice

    29 de marzo de 2016 a las 4:31 pm

    Hola hace 4 meses la empresa donde trabajo me hizo sacar R x H son de confianza y tienen mi clave Sol . Me pagan menos de lo que emiten , quisiera saber si es un beneficio para ellos? y la desventaja o riesgo para mi ? 🙁

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de marzo de 2016 a las 4:18 am

      El beneficio es para ellos, no te recomiendo que les des tu clave sol, le pueden dar un mal uso.

  159. Carolina dice

    22 de marzo de 2016 a las 9:53 am

    Hola Miguel, yo trabajo en una empresa por mas de 7 meses por RxH, y no tengo contrato de trabajo y tampoco estoy en planilla. Ahora estoy embarazada, y no sé cual sería mi situación en el trabajo, porque tampoco tengo seguro médico. O como debo proceder? porque aun no he comentado nada a mi jefe. Gracias por tu ayuda.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      27 de marzo de 2016 a las 9:26 pm

      Es el primer paso comunicar a la empresa, si no te quieren ayudar puedes denunciarlo al ministerio de trabajo.

  160. Jose Miguel dice

    18 de marzo de 2016 a las 9:37 pm

    Hola broder una consulta ya se acerca feriados por semana santa y ps queria saber si yo esatoy cobrando por recibo de honorarios deberian darme mis 2 dias feriados xq en la empresa donde trabajo en los dias de navidad y año nuevo nuestro jefe nos dio dia libre aunq fue reclamandole pero ahora parece que no nos quiere dar feriados gracias por la respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de marzo de 2016 a las 1:31 pm

      El pago de feriados solo aplica para trabajadores dependientes.

  161. Dina Salgado dice

    9 de marzo de 2016 a las 5:01 pm

    Hola:

    Quiero consultarte, es cierto que los que trabajamos por recibo por honorarios no tenemos derecho a un certificado de trabajo por el tiempo laborado, y si no fuera así cual es el procedimiento y en que ley se basa, yo trabaje para el Ministerio de Cultura pero me doy con la sorpresa que no me quieren otorgar un certificado de trabajo.

    Responder
  162. Maria dice

    7 de marzo de 2016 a las 3:29 am

    Hola aun no me han pagado unos recibos por honorarios ya mas de un mes, lo único que tengo es mis notas de pago que la empresa me dio

    Responder
    • Miguel Torres dice

      8 de marzo de 2016 a las 12:20 pm

      Pues comunicarte con la empresa, si deseas hacerlo más formal puedes enviar una carta notarial.

  163. Eleni dice

    2 de marzo de 2016 a las 5:09 pm

    Si uno paga por rxh se le considera el dominical y feriado?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de marzo de 2016 a las 4:58 am

      Se entiende que no, no hay beneficios laborales, pero va depender de tu acuerdo con el locador (xk no es un trabajador de la empresa).

  164. Yoly dice

    17 de febrero de 2016 a las 8:59 pm

    Hola miguel consulta a mi yo percibia sueldo mediante los recibos x honorarios,c cuando sali en gestacion se dieron cuenta y en una me dijeron que estaba muy lenta osea peros y peros por mi estado hasta que decidieron sacarme de la empresa existe alguna penalidad por ello, a la espera de tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2016 a las 7:49 am

      Tendrías que recurrir al ministerio de trabajo a realizar tus reclamo.

  165. Angel dice

    13 de febrero de 2016 a las 7:27 am

    Hola he trabajado por mas de 6 años en un colegio parroquial nunca me hicieron un contrato y siempre me extendieron recibo por honorario ultimamente electronico este año no trabajare allí tengo constancia por todos los años trabajados debo y puedo pedir mi liquidación?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de febrero de 2016 a las 10:03 am

      Es correcto, en caso de no tener respuesta afirmativa, puedes quejarte al ministerio de trabajo.

  166. Jessica dice

    9 de febrero de 2016 a las 9:39 am

    Hola Miguel soy Jessica trabaje cuatro años en un colegio particular me pagaban x RH…sin recibir ningun beneficio,tengo certificado de trabajo x los cuatro años tengo derecho a pedir mi liquidacion?????

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de febrero de 2016 a las 2:26 am

      Si podrías pedir beneficios, pero ya seria por medio del ministerio, te recomiendo primero conversar y luego hacer tu reclamo.

  167. Noemi dice

    25 de enero de 2016 a las 10:51 am

    Buenos dias, tenemos un taxista que nos apoya en traslado de personales y mi pregunta es si el nos puede emitir recibo por honorarios mensual, por que su servicio lo hace solo por horas.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de enero de 2016 a las 3:14 pm

      Es correcto, utiliza siempre la palabra “eventual” en los servicios.

  168. Luis dice

    18 de enero de 2016 a las 2:58 pm

    Tengo una pequeña empresa de servicios en salud y he firmado contrato con un municipio para brindar atención médica a la población, para ello debo contratar a dos médicos para que brinden este servicio de 8 a.m. a 1 p.m…mi pregunta es si los médicos a contratar deben de emitir Recibos por Honorarios o que otra modalidad sería más conveniente si perjudicar a la empresa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      25 de enero de 2016 a las 3:00 am

      Te recomendaría mejor colocarlos en planilla, porque si van a laborar en ese horario fijo, con un sueldo, y están subordinados, puedes tener problemas a futuro.

  169. Paloma dice

    16 de enero de 2016 a las 12:39 pm

    Buenas Tardes, estuve los tres primeros meses con locación de servicios con un sueldo de S/. 950.00, ahora estoy en planilla con un sueldo de S/. 875.00 , tengo hijos y me dicen que la asignación familiar estaba dentro de mi sueldo inicial por honorarios, quisiera saber si eso puede hacer la empresa sin avisar y que reclamo puedo presentar.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de enero de 2016 a las 1:08 am

      No es correcto, la asignación familiar es un ingreso muy aparte del salario mensual.

  170. Oscar dice

    12 de enero de 2016 a las 10:43 am

    Trabajo de 8 a 1 pm, de lunes a sábado, ya llevo trabajando 9 meses, me corresponde algún beneficio? Gracias por su respuesta.

    Responder
  171. Pakuki dice

    5 de enero de 2016 a las 11:51 am

    Buenas tardes, el motivo de mi consulta es el siguiente: si una empresa me paga por honorarios. Me han tenido que hacer previamente algún contrato?

    Disculpen esta pregunta, pero soy novato en esto y me piden justificar ingresos familiares para un trámite.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 2:21 pm

      Podría ser un contrato de locación de servicios (contrato civil).

  172. Deysi dice

    4 de enero de 2016 a las 11:44 pm

    Me parece muy interesante todo lo publicado. Quisiera saber algo, yo como dueña de una pequeña empresa, ellos ganan según las horas trabajadas y otros según lo que producen. ¿Que les puedo ofrecer a los trabajadores sin afectar las ganancias a la pequeña empresa?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de enero de 2016 a las 6:55 pm

      Podrías recurrir a pagos en especie, artículos de tu propia producción quizas, todo por escrito, esto se aplica a trabajadores de una empresa con vinculo laboral.

  173. roxana dice

    2 de enero de 2016 a las 9:44 pm

    hola miguel te cuento yo trabaje en un institución educativa por 7 años desde el 2009 hasta diciembre del 2015 los últimos tres años de enero a diciembre y mi pago era por recibos por honorarios tengo documentos, fotos, y recibos mi horario de trabajo era de 8 a 2:30 de la tarde de lunes a viernes quisiera saber si puedo recibir liquidación y como calcularla gracias epsero tu respuesta

    Responder
  174. Renzo dice

    22 de diciembre de 2015 a las 12:11 am

    Gracias por tu pronta respuesta miguel, una pregunta , porque te parece que yo me encuentro en planilla?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      22 de diciembre de 2015 a las 2:46 am

      Porque a pesar de que los papeles dicen locación de servicios, tu cumples un horario, esas subordinado y esos son causales para que estes en planilla.

  175. Renzo dice

    21 de diciembre de 2015 a las 5:20 pm

    Hola miguel me es grato saludarte y a la ves comentarte que tengo trabajando para una empresa de asesoramiento financiero , donde ya tengo trabajando 1 año y 10 meses como jefe comercial y bajo contrato de locación y girando rxh para el pago de mi sueldo que es s/1500 y que me depositan a través del banco .

    Mi pregunta es , me corresponde gratificación o algún incentivo por diciembre ? ya que yo cuento con un jefe a quien reporto semanal .
    recibo ordenes y tengo horario de trabajo, tengo fotocheck y correo electrónico de la empresa, fotos con mi jefes en almuerzo y reuniones .

    y si quiero renunciar al cumplir los 2 años con la empresa que en febrero 2016 lo cumplo , podría pedir liquidación y de cuanto seria? ante lo mencionado quedo atento a tu gentil apoyo y pronta respuesta .

    saludos cordiales .

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de diciembre de 2015 a las 7:06 pm

      En todo caso bajo dicha modalidad no te corresponde, pero parece que tu laboras como un trabajador en planilla, sería bueno que al terminar los dos años solicites tus beneficios si no te lo dan ya tendrías que seguir el procedimiento ante el ministerio de trabajo y luego la via judicial. Lo primero es conversar de no ser positivo procedes.

  176. Jose Marcos dice

    21 de diciembre de 2015 a las 12:23 pm

    Hola Miguel, muy bueno el articulo, mi duda es que si tengo un trabajador efectivamente labora por recibo por honorario, que solo me da su servicio cuando hay producción, pueden ser 3 mese seguidos de trabajo y de hay 1 o 2 meses de para. y luego si hay, y asi varia mucho. solo llegan cuando hay trabajo, el resto de meses esta en otra empresa. seria conveniente hacer un contrato de locación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de diciembre de 2015 a las 7:59 pm

      Es recomendable mejor para evitar problemas, puedes usar contrato intermitente o de temporada o de necesidad de mercado.

  177. Julio Cesar dice

    16 de diciembre de 2015 a las 10:03 pm

    Tengo laborando en un empresa educativa 4 años dos de los cuales trabaje 28 horas semanales y los otros dos años 21 horas semanas . siempre me pagaron por recibo por honorarios y no me hicieron contrato por locación o algo asi . bueno supongo que la empresa esta en falta , lo que quiero saber es que beneficios me corresponderían si mi ultimo sueldo fue de 1750 . cabe señalar que nunca me pagaron ni un beneficio laboral, ni cts , ni gratificaciones ni nada es mas en el mes de diciembre nos hicieron trabajar solo una semana y pagándonos solo los días trabajados. que me recomiendan en ese caso? alguien podria asesorarme , tengo recibos por honorarios directas a la empresa y mis pagos en una cuenta sueldo de la misma empresa

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de diciembre de 2015 a las 11:40 pm

      Lo primero es siempre tratar de negociar con la empresa, en caso de negativa contacta con un abogado laboral, en el poder judicial hay abogados de oficio.

  178. Eduardo dice

    11 de diciembre de 2015 a las 7:52 pm

    Hola Miguel :

    Una consulta, trabajo en una empresa por honorarios profesionales, dicha empresa podría capacitarme y sus gastos deducibles ante la sunat????
    gracias por tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      13 de diciembre de 2015 a las 4:10 am

      Personalmente no lo deduciría como gasto (la norma habla de trabajadores de la empresa), la pregunta es como se define la figura de trabajadores en una empresa, mi punto es mas conservador.

  179. André dice

    2 de diciembre de 2015 a las 3:32 pm

    Excelente artículo, los Contratos de Locación de Servicios se elevan al Ministerio de Trabajo? tal cual fueran cualquier otro tipo de Contrato.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de diciembre de 2015 a las 4:37 pm

      No se eleva al ministerio.

  180. Aldair dice

    30 de noviembre de 2015 a las 12:27 pm

    Miguel Consulta,
    Me hicieron un contrato por locacion de servicio el cual dio inicio el 02 De Noviembre del 2015 (ya que el 1 PRIMERO era DOMINGO) y el monto a a pagar mensual era S/. 1000, pero al llegar fin de mes es decir el dia 30 noviembre giro mi recibo y el empleador me dice que debo descontar un dia por cual me hace el siguiente calculo S/. 1000/30 = 33.33. Es correcto esto? ya que el horario de trabajo es de Lunes a Sábado. y ellos me están descontado El 1° Domingo Noviembre es posible esto siendo Por locacion de servicio??.

    Espero que me puedas ayudar. Gracias de Antemano

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de noviembre de 2015 a las 6:39 pm

      Te recomiendo seguir laborando y al finalizar pides tu liquidación, si no te quieren dar te quejas al ministerio de trabajo.

  181. Jose dice

    25 de noviembre de 2015 a las 5:03 pm

    Buenas tardes Miguel, una consulta si un trabajador estuvo por recibos de honorarios por varios años en la empresa y por razones propias el ya no continua trabajando y llega en buenos términos con la empresa y el empleador decide realizar el pago de sus beneficios (CTS, gratificación y vacaciones) por todo el tiempo laborado en la empresa; mi pregunta es la siguiente ese gastos es aceptado tributariamente es decir se puede considerar como gasto.

    Gracias por tu tiempo

    Responder
  182. Fernando Mendoza dice

    12 de noviembre de 2015 a las 11:44 am

    Un asesor pedagogico se le contrata con rh o en planilla

    Responder
    • Miguel Torres dice

      12 de noviembre de 2015 a las 12:45 pm

      Lo importante son 3 puntos: horarios fijo, subordinación y pago, es este caso es planilla.

  183. Diego Rodriguez dice

    27 de octubre de 2015 a las 4:48 pm

    Hola Miguel, llevo trabajando nueve meses para una persona natural con negocio emitiendole RxH, hace un mes cambie de cargo y pase a ganar mas. Pero el RxH que emiti fue de 1600 y puse que no estaba sujeto al impuesto de 8% de la 4ta categoria y ya registre el pago. Dime cometi una infraccion? Hay una multa por eso, ya que el recibo lo emiti el 29/09/15. Y este mes e pasado a ganar 2000 soles y como ya se acerca fin de mes quiero sabe si puedo emitir dos recibos por honorarios uno de hoy y otro de mañana cada uno de 1000 para no me retengan el 8%.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de noviembre de 2015 a las 9:38 am

      Puedes hacer eso, es recomendable que le coloques diferente motivo.

  184. Sami Silva dice

    10 de octubre de 2015 a las 1:03 pm

    He trabajado por 9 meses con recibos de honorarios, quisieron obligarme a firmar contrato por servicios de locación lo que no acepte debido a que tenia un horario y estaba subordinada, voy a iniciar un proceso quisiera saber sobre que monto es el calculo para mis beneficios antes o después de la retención del 8%.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de octubre de 2015 a las 4:59 pm

      Es sobre el sueldo bruto, ahora te recomiendo obtener la mayoría de pruebas que demuestren tu vinculo laboral.

  185. Paulo Cesar Diaz Miraya dice

    6 de octubre de 2015 a las 5:36 pm

    Hola, estube trabajando con recibos por honorarios durante 9 meses, 8 horas diarias y de lunes a sabado mi pregunta es tengo derecho a percibir vacasiones truncas, gratificaciones truncas, cts, etc

    Responder
    • Miguel Torres dice

      6 de octubre de 2015 a las 8:49 pm

      Tendrías que reclamarlo por la via judicial o mediante el ministerio de trabajo. Te recomiendo reunir las pruebas que verifiquen tu relación laborar y acercarte al ministerio de trabajo.

  186. Ricardo clausen dice

    18 de septiembre de 2015 a las 4:28 pm

    Soy vendedor tengo un sueldo base de un sueldo mínimo mas las comisiones y me pagan por recibo de honorario, en esta empresa tengo 8 años laborando, quiero saber si puedo recibir liquidación y cuanto.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de septiembre de 2015 a las 9:17 pm

      Si puedes recibir beneficios laborales, te recomiendo consultarlo con un abogado.

  187. Gaby dice

    18 de septiembre de 2015 a las 4:26 pm

    Hola, una consulta trabajo en una I.E.P y hace unos dia me acaban de pedir que saque mi recibos por honorarios , la verdad es que no estoy muy ingomada sobre esto, pero quisiera saber si tendré que pagar algún impuesto cada mes a la sunat ? gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de septiembre de 2015 a las 9:19 pm

      Va depender de tus ingresos, recuerda que todos debemos declarar impuesto, no hay excepción.Respecto a la renta de 4ta categoría si superas los 2807 en un mes declaras impuesto mensual.

  188. Silvia Briquisu dice

    14 de septiembre de 2015 a las 12:32 pm

    Buenas tardes; trabajé tres años y medio en una empresa 8 horas diarias de lunes a viernes. Me retiré en julio porque incumplimientos de pago; emitía recibo electrónico. Me informaron que La semana pasada la empresa ha sido multada por el ministerio de trabajo; quisiera saber si puedo reclamar una liquidación. Gracias!

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de septiembre de 2015 a las 9:50 am

      Si puedes hacerlo, acércate al ministerio de trabajo con tus documentos (recibos , pagos, documentos que prueben tu relación laboral).

  189. Ledi Marit dice

    9 de septiembre de 2015 a las 12:37 pm

    Mi pregunta es la siguiente: dan cursos virtuales y si es así como hago para tener acceso a ello, gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de septiembre de 2015 a las 1:38 am

      Por el momento no damos cursos virtuales.

  190. Martin Grados dice

    21 de agosto de 2015 a las 2:27 am

    Buen aporte Miguel.

    Mira tengo los correos y todos los recibos por honorarios emitidos a esta empresa a la cual estuve 13 meses laborando.

    Me puedes indicar, a ¿qué sitio me tengo que dirigir, si tienes las direcciones y el área en dónde tengo que presentar todos estos documentos? te agradecería bastante. Saludos. Martin Grados.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de agosto de 2015 a las 6:32 am

      El ministerio de trabajo es lo primero, luego de ahí ya vendrá la parte judicial.

  191. Alfredo Campos dice

    13 de agosto de 2015 a las 4:28 pm

    Buenas tardes, yo trabajo por recibos por honorarios y aunque actualmente no estoy pensando en renunciar, quisiera saber a que tengo derecho en esta modalidad.

    Cabe resaltar que percibo un salario muy variable, como basico 1500 + almuerzos + horas extras (approx 400 o 500 más)

    Además de esa pregunta quisiera consultar, en el pago de la gratificación:

    1) ¿Es una obligación? (¿es decir debieron pagarme maximo el 15 de julio?)
    2) En caso se me haga el abono en agosto, mi gratificación tiene que ser ajustada al tiempo?
    3) De cuanto sería mi gratificación? mi basico es 1500 pero mi ponderado de los 6 meses que comprende la gratificación es S/.1950…

    Muchas gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de agosto de 2015 a las 2:15 pm

      Si trabajas con recibo por honorario, no hay beneficios laborales.

    • Andre Alvarez dice

      30 de agosto de 2015 a las 11:55 pm

      Hola miguel, te cuento mi experiencia en una empresa, labore por tres meses y mis pagos fue mediando recibos por honorarios presente mi carta de cese de servicios profesionales consulte con un abogado sobre mis beneficios y me recalco que no recibiría beneficios por ley, este es el punto.. el ministerio hizo mi calculo de liquidación y figuraba todos mis beneficios lo presente a la empresa y me abonaron todo lo adeudado “beneficios”, me cambio la figura.

    • Miguel Torres dice

      12 de septiembre de 2015 a las 7:25 pm

      Muchas gracias por compartirlo 🙂

  192. Juan Dìaz dice

    7 de agosto de 2015 a las 8:53 am

    Hola….trabajo en una empresa hace mas de 01 año estoy en planilla, mi sueldo es 2850 soles, pero solo me pagan por boleta (eso figura en mi boleta) 1,400 soles, el resto 1450 me pagan por caja chica, pero desde este mes me están obligando que presente recibos por honorarios por esta diferencia -obvio que tiene que ser RxH de otra persona- caso contrario sino presento RxH, van a retener mi pago… ¿¿¿ esto es legal o que me sugieres que haga…..porque no encuentro quien me preste algun RxH…
    Gracias por su respuesta…

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de agosto de 2015 a las 2:42 pm

      No es legal, la empresa lo hace para no aumentar su gasto laboral, yo te recomiendo que con el tiempo que le entregues de familiares y luego cuando te vayas pidas tu liquidación sobre el monto total. Claro que tendrás que hacerlo mediante el ministerio de trabajo indicando la forma que te paguen.

  193. Sandra dice

    5 de agosto de 2015 a las 1:38 am

    Hola mira mi papa fallecio hace poco y cuando nos dimos cuenta el trabajo para una petrolera durante 11 años mes a mes y con recibo por honorarios. Ahora mi mama quedo sin nada ya q se hicieron los locos. Los e demandado ante la vía judicial. Dime esto procede. Ya que jamas le dieron nada solo su sueldo. Ahora tengo todo contrato. Adendas. Correo electrónico. Charlas con originales y firma de trabajores. Puedes ayudarme ????

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de agosto de 2015 a las 8:02 am

      Si lo has demandado, entiendo que el juez si ha aceptado la denuncia ya procede el juicio. Por otro lado la persona que mejor te puede asesorar es tu abogado, pero déjame decirte que estos procesos puede tardar 1 año entero, incluyendo apelaciones.

  194. Margarita dice

    4 de agosto de 2015 a las 9:56 am

    Hola, soy enfermera técnica y tengo un poco mas de un año trabajado en una empresa con un contrato de locación de servicios y me pagan con recibos por honorarios, cumplo un horario de 8 horas diarias, estoy sujeta a ordenes y tambien firmo una asistencia diaria. tengo cargos de los informes que presento mensualmente y otras evidencias. Que hago, como actuó? por favor podrías orientarme. Gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de agosto de 2015 a las 11:43 am

      Pues primero reúne todas las pruebas necesarias y luego conversa con tu empleador sobre tus beneficios, de no ser posible tendrías que recurrir al ministerio de trabajo.

  195. Lali dice

    1 de agosto de 2015 a las 3:41 pm

    Tengo 5 años trabajando para la municipalidad por recibos honorarios ya me despidieron tengo opcion a liquidacion

    Responder
    • Miguel Torres dice

      2 de agosto de 2015 a las 12:18 pm

      Lo tendrías que solicitar por vía judicial.

  196. Julio César Villanueva dice

    30 de julio de 2015 a las 11:33 am

    Hola, desde el 01 de mayo trabajo en una municipalidad, cumplo horario de oficina ya que estoy encargado de una jefatura, tengo una contrata por locación de servicios, y presento mi recibo por honorarios mensualmente, e decidido renunciar por trato aspero, tengo algún beneficio?, ya que anteriormente trabaje en otra municipalidad durante dos años con de la misma manera.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      17 de agosto de 2015 a las 7:29 am

      Si trabajas mediante recibo por honorario no hay beneficio.

  197. Inti dice

    28 de julio de 2015 a las 11:43 am

    Estimado Miguel felicitaciones por tus aportes, mi consulta es la siguiente yo labore 46 meses para una empresa con contratos por locación de servicios, bajo un régimen de 25×5 trabajando mas de 8 horas diarias, en mayo del 2015 decidí retirarme para lo cual comunique vía correo electrónico a mis jefes inmediatos superiores, quienes solicitaron que entregara cierta información y equipamiento a mi cargo, a la fecha no han cumplido con pagarme mis honorarios correspondiente al mes de mayo del 2015, lo otro tengo derecho a reclamar los beneficios de ley por los 46 meses laborados.

    Responder
  198. Magaly dice

    25 de julio de 2015 a las 10:19 am

    Trabajo dos dias a la semana de 7:45 a 2:30 de la tarde, cobro mi sueldo por recibos por honorarios y tengo un contrato . Ya tengo trabajando 2 años y 6 meses. He renunciado por el ambiente y trato áspero. tengo algún beneficio laboral.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      28 de julio de 2015 a las 8:22 am

      Si laboras por recibos por honorarios no tienes beneficios, a parte laboras menos de 20 horas semanales laboralmente tampoco te correspondería, excepto por gratificaciones.

  199. Roberto dice

    23 de julio de 2015 a las 1:50 pm

    Estoy trabajando en una empresa , ya tengo 1 año 3 meses , giro recibo de honorarios 1 por mes por el pago de mi sueldo ,cumplo 8 horas de trabajo , tengo un correo creado por la empresa , pero en la empresa me dicen que no me corresponden las gratificaciones de julio ni la de diciembre ( es cierto eso o que debo hacer.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      3 de agosto de 2015 a las 11:33 pm

      Lo que pasa es que trabajas por recibo por honorarios, lo que puede hacer es denunciarlos al ministerio de trabajo y pedir tus beneficios.

  200. Froiran Machado dice

    21 de julio de 2015 a las 8:07 am

    Miguel felicitarte por el gran aporte,respecto al principio de la primacía de la realidad, las empresas aveces no tienen en cuenta los riesgos que pueden suceder y terminan enjuiciados y pagando fuertes sumas de dinero.
    por ejemplo en los contratos de trabajo o papeles dicen una cosa y en la realidad es otra.
    se recomienda a los trabajadores o empleados antes de firmar un contrato tomarse su tiempo en leer bien el contenido del contrato y luego firmar.
    SALUDOS

    Responder
    • Miguel Torres dice

      21 de julio de 2015 a las 9:48 am

      Buena recomendación 🙂

  201. Angella milagros dice

    16 de julio de 2015 a las 8:59 am

    Trabajo por recibos por honorarios 10 meses y tengo 7 meses de gestacion no se que tengo hacer ni a donde acudir porfavor mandame una solucion gracias

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 3:34 pm

      Lo primero es que hables con tu empleador, de no ser posible bueno tendrías que acudir al ministerio de trabajo que te reconozcan como trabajadora.

  202. Hector dice

    15 de julio de 2015 a las 3:27 pm

    Hola Miguel,

    Una consulta, vengo trabajando en una empresa desde octubre del 2014 como Ejecutivo de Ventas, pero no en planilla, sino por recibo por honorarios, en Diciembre no recibi Gratificación o parte de ella, pense por el tiempo que llevaba laborando, pero hoy 15 de julio tampoco me han depositado nada mas que mi quincena.

    Me gustaria saber si tengo derecho a mi gratificación para hablar con Gerencia.

    Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de julio de 2015 a las 8:21 am

      Lo que pasa es que la modalidad de 4ta categoría (recibo por honorarios), no le corresponde beneficios laborales. Ahora puedes hablar con gerencia indicando tus motivos.

  203. Sebastian Flores dice

    5 de julio de 2015 a las 9:29 pm

    Estimado, desde hace 8 meses que estoy trabajando en una empresa por RxH, la consulta que tengo cual seria el tramite que deberia de realizar para obtener la liquidación, porque solo tengo los recibos electronicos emitidos y como calculo el monto a cobrar

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de julio de 2015 a las 11:09 pm

      Primero que nada mencionar que los trabajadores mediante locación de servicios no tienen derecho a gratificación, si quieres reclamar tus beneficios tendrías que hacerlo por el ministerio de trabajo.

  204. Pedro Castro dice

    5 de julio de 2015 a las 5:45 pm

    Una consulta estuve trabajando durante 4 años en una empresa del estado siempre por recibos por honorarios , mi ultimo sueldo fue 3332 soles, que puntos se consideran para el pago de beneficios sociales aparte de estos
    -CTS
    -Vacaciones y vacaciones truncas
    – Gratificaciones

    También consideran el pago de AFP y ESSALUD que deje de percibir durante los 4 años?
    Cúal sleldo se considera para el pago el último sueldo?

    Gracias por tu respuesta

    Responder
    • Miguel Torres dice

      5 de julio de 2015 a las 11:14 pm

      Si es una empresa del estado, va depender de tu regimen: 276, CAS recuerda que cada regimen tiene sus beneficios, no es igual que el regimen privado.

  205. Juan dice

    3 de julio de 2015 a las 3:16 pm

    Cómo debería calcular la remuneración Computable para presentar mi demanda de liquidación de beneficios, si estuve emitiendo recibo por honorarios desde hace mas de 10 años y recién hace unos 4 años me pusieron en planilla.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      4 de julio de 2015 a las 8:56 am

      Pues el monto que percibías en tu recibo por honorario ese seria el monto computable.

  206. Brian Escobar dice

    9 de junio de 2015 a las 10:21 am

    Hola Miguel, vengo laborando en una empresa desde la quicena de enero y emito recibos quincenales desde el 30. Me iban iban renovando por mes y a la fecha ya van 9 o 10 recibos. Mi consulta es, está la empresa en la obligación de tenerme en su planilla? Y tendría derecho a beneficios laborales, considerando que vengo emitiendo un mismo monto y trabajo con jefes inmediatos? Si la respuesta es negativa, qué condiciones se deben dar para que la empresa se encuentre en la obligación de contratarme o que tenga derecho a mis beneficios laborales?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      11 de junio de 2015 a las 4:45 am

      La respuesta es afirmativa, más bien te recomendaría que guardes los correos, fotocheck, uniforme, todo lo que pruebe tu relación laboral.

  207. Alfonso Peter Castro Candela dice

    31 de mayo de 2015 a las 10:15 am

    Trabajo en una empresa hace 4 años de los cuales trabajé un año con recibos por Honorarios, con horario, fijo establecido por la empresa de 7:00 a 17:00 .Tengo conocimiento que cuando trabajas así, eres dependiente, por consiguiente, tengo derecho a todo(vacaciones, cts, gratificaciones). Sin embargo, nunca me dieron nada. Solo mi sueldo y gracias…Ahora acabo de renunciar. Presenté mi carta de renuncia, el 1 de mayo. Mi otra pregunta es, hasta que mes se contabiliza mi liquidación?… Me refiero a que cuando presentas tu carta de renuncia, la empresa se toma un mes mas hasta que busque quien me reemplaze. Agradecería me respondieras a estas dos consultas, Gracias.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      31 de mayo de 2015 a las 2:09 pm

      En tu caso deberán pagarte como si fueras trabajador, pero un detalle lo mas probable es que tengas que recurrir al ministerio de trabajo o por la vía judicial.

    • Alfonso dice

      31 de mayo de 2015 a las 9:51 pm

      Muchas gracias. y lo que respecta a la liquidacion…Hasta cuando tendria que calcularlas…?

    • Miguel Torres dice

      1 de junio de 2015 a las 1:30 am

      Hasta tú ultima día laborado.

  208. Elias dice

    4 de mayo de 2015 a las 5:51 pm

    hola soy taxista y hace unas semanas estoy apoyando en el reparto de mercadería a una empresa con mi vehiculo, me pagaba diario pero ahora me dice que mejor seria que yo tenga recibo por honorarios, dime me conviene o voy a tener que pagar a la sunat algunos. tipo de impuesto.?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      7 de mayo de 2015 a las 5:12 am

      Si vas a emitir menos de 2,807 mensuales no pagas impuesto. Además trata de que cada recibo no supere los 1,500.

  209. Rodrigo dice

    29 de abril de 2015 a las 2:37 pm

    Quisera que me ayuden hace un tiempo estube trabajando en una institución educativa y bueno la paga no era tan buena era através de recibos por honorarios, asi que a los 15 días obtuve un mejor empleo, y decidi irme avisando con un día de anticipación sin emabrgo me pidieron que emita los recibos electronicamente y me han depositado solo correspndiente a un recibo ya van casi 2 meses y no me depositan el otro recibo,yo presumo que legalmente los derechos laborales son irrenunciables y que si yo hubiera estado con contrato de trabajo (relación laboral) y no hubiera avisado eso seria una falta, pero cuando es por recibo por honorarios tu puedes irte en cualquier momento y te tienen que pagar por tus servicios… entonces mi pregunta es esto verdad o no?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      1 de mayo de 2015 a las 4:43 am

      Lo que pasa es que los recibos por honorarios no es sinonimo de relación laboral, es por un servicio independiente. Te aconsejaría comunicarte con ellos o en todo caso decirles que si no te pagan iras al ministerio de trabajo.

  210. Edward dice

    17 de abril de 2015 a las 9:38 pm

    Hola, bueno yo trabajo en un empresa ase un año con dos meses, no estoy en planilla. solo por recibo por honorario. la consulta es si debería tener vacaciones.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      18 de abril de 2015 a las 9:42 am

      Hi Edward, deberías tenerlo , pero en tu condición de recibos por honorarios no tienes derecho a beneficios laborales.

  211. Daniel dice

    16 de abril de 2015 a las 7:59 pm

    Amigo tengo 5 años trabajando en una empresa ganando mensualmente 4000 mil soles mensuales y siempre por recibos por honorarios. hace pocos dias me despidieron y convocaron una reunion con recursos humanos. …imagino que por temor que me acerque a misterio del trabajo. en cuando lo economico que me asesorias, cuanto seria lo justo?…y otra cosa que quiero mencionarte, tengo todas las pruebas laborales.

    Espero tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      16 de abril de 2015 a las 11:48 pm

      Hola Daniel, pues negocia con la empresa un monto de liquidación, pide 12,000 soles por año. Ahora los pasos son ministerio de trabajo y por ultimo la via judicial de no conciliar.

  212. Kathy dice

    9 de marzo de 2015 a las 10:27 am

    Hola Miguel, mi consulta es; he trabajado en una empresa desde Julio del 2014 hasta febrero 2015 pero no emito recibos por honorarios ni estoy en planilla, mis pagos mensuales los realizaban en en mi cuneta bancaria, tengo derecho a recibir mi liquidación.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de marzo de 2015 a las 1:01 pm

      Mira si no estas en planilla no tienes beneficios laborales, pero la realidad es otra, te recomendaría que platiques con el dueño sobre tus beneficios. En caso de negarte puedes ir al ministerio a pedir ayuda.

  213. Miguel Yalan dice

    23 de febrero de 2015 a las 5:27 pm

    Estimado Miguel. Una consulta, yo empece a laborar desde mayo de 2012 en una empresa, estuve por RH hasta Mayo de 2013, y de ahí pase directamente a planilla. Mi consulta es si mi liquidación tendría que ser desde el 2012 o desde que estoy en planilla?. Te agradezco de antemano tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      24 de febrero de 2015 a las 2:19 am

      En teoría seria desde que ingresaste a planilla, pero la realidad seria desde mayo 2012. Ahora podrías hacer presente tu pedido de liquidación desde el primer día que empezaste a laborar o decir que vas a ir al ministerio de trabajo a ver ese tema.

    • Miguel Yalán dice

      24 de febrero de 2015 a las 9:41 am

      Una consulta adicional, mira, yo estoy actualmente con un sueldo + un bono que me dan desde hace un poco mas de 1 año. Me quieren hacer un nuevo contrato, pero ya no me quieren considerar el bono, es esto posible?

  214. Yoel dice

    17 de febrero de 2015 a las 10:45 am

    VI. Me han ofrecido renovarme el contrato, pero por RECIBO POR HONORARIOS. Mi consulta es, ¿me conviene? Actualmente estoy en planilla gano 200 soles menos que en el trabajo anterior. Agradeceré tu respuesta.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      19 de febrero de 2015 a las 2:54 am

      No te conviene, estar en planilla es tener beneficios laborales y tener tu seguro y pensión.

  215. carlos dice

    29 de enero de 2015 a las 5:26 pm

    Hola a mi me pagan x recibo honorario lo k kisiera saber es k si te pagan x ese método no puedes estar en planilla o tusi

    Responder
    • Miguel Torres dice

      30 de enero de 2015 a las 12:09 am

      Depende mucho de tu labor, si trabajas en un horario fijo, subordinado y pago; en esos casos cumples todos los requisitos de un trabajador dependiente, por ende podrías reclamar tus beneficios.

  216. maria fernanda dice

    14 de enero de 2015 a las 5:34 pm

    ok mi primo trabajo en una minera por dos años le pagaban solo por recibos por honorarios te indico que solo tiene los recibos emitidos hacia la empresa por el pago de dos años consecutivos y posteriormente lo votaron y sin pagarle el ulltimo me trabajado

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de enero de 2015 a las 9:42 pm

      Bueno lo que tendría que hacer es ir al ministerio de trabajo hacer su reclamo por despido arbitrario, luego de ello sera el proceso judicial.

    • Roland dice

      29 de marzo de 2016 a las 1:10 am

      Trabajo en la onpe y es por locasion pero no tengo hora de salida , estudio lunes miercoles viernes a las 6pm y la jefa me dice o mi trrabajo o mis estudio? mi pregunta es me puedo retirar a las 6pm ya que cumpli mis 8horas

    • Miguel Torres dice

      29 de marzo de 2016 a las 6:57 am

      Es muy difícil poder hacer un reclamo a un organizmo del estado, en todo caso sería bueno que busques otro trabajo o en todo caso conversar con tu jefa. En todo caso podrías recurir al ministerio de trabajo por asesoría.

  217. maria fernanda dice

    13 de enero de 2015 a las 5:01 pm

    exelente tu informacion como hago para acceder a tus cursos me interesan cual es su costo , lugar y fecha

    Responder
    • Miguel Torres dice

      14 de enero de 2015 a las 9:48 am

      Gracias, los cursos los publicamos en nuestra fans page https://www.facebook.com/NoticieroContable

  218. alex dice

    10 de octubre de 2014 a las 9:16 am

    Me parece bueno todo lo que se menciona, según mi experiencia cuando me tocó buscar trabajo habían algunas empresas que te pagaban por recibos por honorarios (RH), cabe mencionar que antes de trabajar se tiene ese acuerdo entre empleado y empleador cuando se quiere recibir la información que uno necesita al menos como empleado. En el caso que la situación fuera crítica y fuera el único trabajo a presentarse. Qué se debería hacer desde el punto de vista ético? aceptar la situación ya que fue un acuerdo entre los dos o ir buscando trabajo en donde estás seguro que entrarías a planilla y renunciar inmediatamente al que te pagaban por RH?

    Responder
    • Miguel Torres dice

      10 de octubre de 2014 a las 3:01 pm

      Nadie podría decir cual es el procedimiento, depende de cada uno. Lo importante siempre es conversar y dialogar.

  219. Jimmy Baldeon dice

    9 de octubre de 2014 a las 2:24 pm

    Hola.
    Felicitarte por los aportes que das.

    Responder
    • Miguel Torres dice

      9 de octubre de 2014 a las 11:19 pm

      gracias 🙂

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